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Autor Tema: Rechazar o no rechazar la interinidad por Inglés (Zeronter, echa un ojo please)  (Leído 16219 veces)
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unomas2003
  

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« Respuesta #20 : 16/Sep/2012~23:50 »

En Andalucía si rechazas cuando te llaman te sacan de la bolsa aunque tengas contrato de trabajo en otro sitio, donde te dejan  es en Murcia, La Rioja, pero en nuestra comunidad no.
de todas maneras es mejor que lo pregunte en la consejería de educación. Para salir de duda, o en qué casos se permite, en casi todas autonomías, se puede, no sé pq no se podría en Andalucía, aunque si es cierto que cada autonomía tiene su potestad en esos aspectos, y legisla sus normativas.
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« Respuesta #21 : 16/Sep/2012~23:52 »

Unomás, eso te lo he leído alguna vez.Yo no conozco ninguna comunidad que haga eso.Conozco algunas que te ponen como no disponible si rechazas un puesto, aunque la mayoría te echan.Pero lo del contrato no lo había oído en mi vida.¿Puedes decir en que CCAA sucede?.
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aguilarat
  

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« Respuesta #22 : 16/Sep/2012~23:53 »

Mañana lo hablaré con una persona que conozco que trabaja en Delegación y os cuento.

Miiiiiiiil gracias.
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IVS
  

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« Respuesta #23 : 17/Sep/2012~17:39 »

Como se está poniendo la pública...."más vale pájaro en mano que cientos volando".
Dos años en la privada da lugar a cobrar el paro y acumular tiempo de servicio para oposicones, que aunque vale menos que trabajando para la pública, como está el patio, ¿quién te garantiza 2 años de tiempo de servicio en la pública?, vamos...ni uno....
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"La enseñanza, debe ser sobretodo, una provocación intelectual"
unomas2003
  

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« Respuesta #24 : 17/Sep/2012~18:26 »

Unomás, eso te lo he leído alguna vez.Yo no conozco ninguna comunidad que haga eso.Conozco algunas que te ponen como no disponible si rechazas un puesto, aunque la mayoría te echan.Pero lo del contrato no lo había oído en mi vida.¿Puedes decir en que CCAA sucede?.
sucede en la mayoría, lo que pasas es que no tengo una legislación para poder demostrarlo, pq aún así dpenderá de cada autonomía  como aparezca en su legislación autonómica y es imposible ahora buscar los 17 decretos autonómicos uno a uno.
Pero yo por ejemplo he opositado en Aragón, y castilla la mancha, y en ambos sitios he presentado contrato de trabajo y no ha habido problemas, simplemente me han mantenido en la posición que estaba, estando en suspensión de llamamientos.

Luego comentan en la rioja, no conozco opositores en esa autonomía, pero en murcia si, un amigo se ha ido de camarero a irlanda ( lleva ya todo este año), y presentó el contrato de trabajo y no ha tenido problemas, de hecho lo miró muy mucho todo eso, y no tuvo ningún problema.

En valencia y cataluña ocurre del estilo ( aunque no he opositado en ellas por el tema del idioma, pero una amiga que hizo la adaptación a grado en la c. valenciana, presentó papeleos como que iba a seguir estudiando, y le denegaron eso como motivo para mantenerle en la bosa , en el caso que la llamaran para trabajar, pero si le comentaron que presntando contrato laboral, no la echaban, lo que ya no sé si le ponían al final de la bolsa o la mantenian en su puesto, eso ya no me comentó ella nada).

En el resto de autonomías es mirar el decreto autonómico como aparezca legislado, en Andalucía no sé, no tengo conocidos en esa situación, supongo que en el BOJA, aparecerá algo, pero lo mejor es ir y preguntarlo en la consejeria de educación y así salir de dudas. Pero vamos si pasa en muchas autonomías, no sé pq no puede pasar igualmente en Andalucía,.... dependerá de cómo esté legislado allí.
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aguilarat
  

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« Respuesta #25 : 17/Sep/2012~20:50 »

Pues hoy no he podido hablar con la persona que conozco en Delegación. A ver si mañana hay suerte.
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« Respuesta #26 : 17/Sep/2012~21:14 »

Es un chollazo estar en un Centro que te gusta al lado de tu casa y por dos años con opción a más, sin duda a corto plazo es la mejor opción, pero a largo plazo estoy con Zeronter y yo me decantaría por la pública, aunque nunca se sabe.
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« Respuesta #27 : 17/Sep/2012~21:22 »

En Andalucía si rechazas cuando te llaman te sacan de la bolsa aunque tengas contrato de trabajo en otro sitio, donde te dejan  es en Murcia, La Rioja, pero en nuestra comunidad no.
de todas maneras es mejor que lo pregunte en la consejería de educación. Para salir de duda, o en qué casos se permite, en casi todas autonomías, se puede, no sé pq no se podría en Andalucía, aunque si es cierto que cada autonomía tiene su potestad en esos aspectos, y legisla sus normativas.
En Andalucía te expulsan de la bolsa, en otras Autonomías como Aragón teniendo un contrato de trabajo en otro sitio te sacan de la bolsa y te vuelven a incluir al año siguiente en la misma situación en la que estabas.
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unomas2003
  

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« Respuesta #28 : 17/Sep/2012~21:31 »

En Andalucía si rechazas cuando te llaman te sacan de la bolsa aunque tengas contrato de trabajo en otro sitio, donde te dejan  es en Murcia, La Rioja, pero en nuestra comunidad no.
de todas maneras es mejor que lo pregunte en la consejería de educación. Para salir de duda, o en qué casos se permite, en casi todas autonomías, se puede, no sé pq no se podría en Andalucía, aunque si es cierto que cada autonomía tiene su potestad en esos aspectos, y legisla sus normativas.
En Andalucía te expulsan de la bolsa, en otras Autonomías como Aragón teniendo un contrato de trabajo en otro sitio te sacan de la bolsa y te vuelven a incluir al año siguiente en la misma situación en la que estabas.

no es que te saquen, te ponen en suspensión de llamamientos, manteniéndote en la misma posición. Pero vamos, hay muchas autonomías, no solo Aragón. Andalucía dependerá de cómo lo tengan legislado.
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Godichi
  

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« Respuesta #29 : 18/Sep/2012~01:30 »

Artículo 14. Excepciones a la exclusión de las bolsas de
trabajo.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13.1.d), no
procederá la exclusión de las bolsas cuando no pueda ocuparse
el puesto adjudicado u ofertado por alguna de las siguientes
circunstancias:
a) Hallarse en alguna de las situaciones que establece el
artículo 87.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del
Empleado Público, para el personal funcionario de carrera.

b) Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados
con la maternidad, la adopción o el acogimiento, o
del período de descanso legalmente establecido para la maternidad,
en el momento de la oferta.

c)Enfermedad o accidente

d)Cuidado hijo menor de 3 años

e)Trabajar en proyectos educativos en el exterior

f)Obtener una beca de estudios

g)Por trabajo del cónyuge

h)Enfermedad superior a 3 meses

i)Protección por violencia de género

j)Familiar con enfermedad

Te lo he puesto resumido pero aquí NO dice nada de tener un contrato laboral
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unomas2003
  

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« Respuesta #30 : 18/Sep/2012~14:40 »

Artículo 14. Excepciones a la exclusión de las bolsas de
trabajo.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13.1.d), no
procederá la exclusión de las bolsas cuando no pueda ocuparse
el puesto adjudicado u ofertado por alguna de las siguientes
circunstancias:
a) Hallarse en alguna de las situaciones que establece el
artículo 87.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del
Empleado Público, para el personal funcionario de carrera.

b) Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados
con la maternidad, la adopción o el acogimiento, o
del período de descanso legalmente establecido para la maternidad,
en el momento de la oferta.

c)Enfermedad o accidente

d)Cuidado hijo menor de 3 años

e)Trabajar en proyectos educativos en el exterior

f)Obtener una beca de estudios

g)Por trabajo del cónyuge

h)Enfermedad superior a 3 meses

i)Protección por violencia de género

j)Familiar con enfermedad

Te lo he puesto resumido pero aquí NO dice nada de tener un contrato laboral

según lo que has expuesto no comenta nada de contrato laboral, pero yo aún así, me quedaría más tranquilo ( de necesitar esa información), preguntarlo en la consejería de educación, porque esa norma que comentas, son excepciones para la no exclusión, pero no dice nada de suspensión de llamamientos  ( igual en Andalucía, tiene otra interpretación), por eso desde el primer momento comenté que lo mejor es ir a la consejería y preguntarlo, pero no preguntarlo a uno, sino a dos, que ya me ha pasado veces, que uno me dice una cosa y luego otro dice lo opuesto, y a ser posible que te lo comenten basado en algún documento del BOJA.

Como curiosidad, decir, que en otras autonomías, por becas de estudios o por estudios, no se considera motivo de no exclusión de las bolsas, mientras que según parece en Andalucía, si es motivo para no excluir.
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aguilarat
  

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« Respuesta #31 : 22/Sep/2012~16:27 »

Bueno compis, pues ya hablé con la persona que conozco en Delegación en Sevilla y me ha confirmado con total seguridad que en caso de renunciar sería expulsada de la bolsa a pesar de presentar un contrato porque este supuesto no es recogido como supuesto válido para la suspensión temporal. Así que nada, toca decidir.

Cada día opino unan cosa diferente. Tengo claro que prefiero la pública, pero no estoy en la mejor situación económica y además no descarto irme al extranjero en un futuro, por lo que sigo sin tener una clara predilección por alguna de las opciones.

Zeronter, tengo una duda. Estando como estoy ahora mismo, la 160 de Sevilla (que es la única provincia que tengo puesta), en caso de que no hubiera opos este año, ¿crees que trabajaría el año que viene rapidito? Yo imagino que sí, pero no tengo experiencia en estos lares.

Muchas gracias a todos de verdad por vuestras opiniones.
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