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Foro de Maestros25 > FORO MAESTROS Y PROFESORES > Foro General-maestros25.com > Tema: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
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Autor Tema: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo  (Leído 26711 veces)
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yomisma85
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #20 : 16/Mar/2014~22:36 »

Cita de: mandap en 16/Mar/2014~22:30
Cita de: yomisma85 en 16/Mar/2014~22:25


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http://www.adideandalucia.es/normas/decretos/Decreto301-14julio2009calendariojornadaescolar.pdf


Pero yo juraría que esa no vale en cuanto al horario del profesorado...
Pues no se Mandap si vale o no. Segura al 100% no estoy, pero en la página de ADIDE (la de inspectores de Andalucía) viene como vigente.
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mandap
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #21 : 16/Mar/2014~22:38 »

Sí, pero no habla del horario del profesorado... como funcionario.

Mira la del 87 y te darás cuenta de lo que te digo.
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Gloria Fuertes
mandap
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #22 : 16/Mar/2014~22:39 »

Y en esa dice y aquí está el matiz:

1. Con carácter único, la jornada semanal de los funcionarios docentes, que presten servicios en Centros Públicos de niveles no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia, será la misma que, de forma general, se fije para los demás funcionarios públicos, con las adecuaciones de la presente Orden


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Gloria Fuertes
fumarmata
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #23 : 16/Mar/2014~22:50 »

¿Y por qué no dejamos de dar ideas?
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mandap
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #24 : 16/Mar/2014~22:59 »

Jajajaj también es verdad
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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #25 : 16/Mar/2014~23:03 »

Pero sí es que es cierto que yo siempre he oído en los coles que estamos a disposición de la consejería en julio y nunca he encontrado dónde dice eso... Algunos ED por los que he pasado han llamado a compañeros durante este mes porque se han dejado actas sin firmar o etc varios a pesar de haberlo repetido hasta la saciedad... y han tenido que ir.

Sí que me gustaría saber exactamente, qué normativa regula nuestro horario, nuestras vacaciones y nuestro sueldo, para hablar con propiedad... En mi caso, es muy probable que sean frikismos legislativos, lo reconozco... pero es que oigo y leo tantas ignorancias y en este tema, me parece, que sabemos tan poco de nuestra propia situación laboral, que a mí por lo menos, me anima a buscar... (sí, lo sé, soy una minoría, pero cuando las minorías investigamos se nos abre el cielo de la satisfacción, aunque solo sea para decir: mierda, pues es verdad que tengo que trabajar en julio)
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Gloria Fuertes
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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #26 : 16/Mar/2014~23:09 »

creo que en el titulo de funcionario de carrera, es donde viene legislado ( vamos no lo sé pq soy funcionario), pero vengo de docentes funcionarios de familia, los cuales, siempre han sabido que en julio hay que estar localizable y a disposición de la administración.
El mes vacacional es agosto, no julio.
Lo que pasa es que porque como el cole no tiene alumnos en julio, ya de por si, nos tomamos el mes de julio de vacaciones,  y eso no es así.
Es como las vacaciones de Navidad, hay que estar disponible para que el profesorado haga cursos de reciclaje? quien sabia eso? prácticamente nadie, pero no puedes coger en Navidad las dos semanas y decir, me voy a Madagacar esas dos semanas; la realidad es que no se puede;  (pq el profesorado " teoricamente" tiene que estar reciclandose con cursos los dias no festivos de Navidad), otra cosa es que no lo hagamos, y mientras la administración no nos diga nada... pero poder, no se puede estar de vacaciones ni en Navidad, ni en Julio.
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mandap
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #27 : 16/Mar/2014~23:12 »

...y eso lo dice la normativa.... cuál? Porque tú dices creo... pero no estás seguro.
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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #28 : 16/Mar/2014~23:21 »

Cita de: mandap en 16/Mar/2014~23:12
...y eso lo dice la normativa.... cuál? Porque tú dices creo... pero no estás seguro.
digo " creo" pq no tengo el decreto delante, o el documento o enlace para colocarlo en el foro.  Estoy seguro que es así, pero no tengo un link delante para incluirlo en el foro y que veamos todos que esta establecido legalmente esto. No es algo que unos digan por decir.

Es como el ejemplo que he puesto antes, el tribunal de oposiciones de maestros, está formado por maestros funcionarios los cuales trabajan en julio, les guste o no, tienen que estar, porque han de estar disponibles para la administración. Es un mes laboral como cualquier otro, aunque no sea lectivo para los alumnos.
Agosto ya es cierto, que ese si es el mes vacacional, y uno puede hacer o irse lo que quiera, mientras el 1 de septiembre esté en el cole otra vez.
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mandap
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #29 : 16/Mar/2014~23:25 »

Ya lo he encontrao.... xD xD

Estatuto de la función pública

Artículo 50. Vacaciones de los funcionarios públicos.

Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar, durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de veintidós días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor.

A los efectos de lo previsto en el presente artículo, no se considerarán como días hábiles los sábados, sin perjuicio de las adaptaciones que se establezcan para los horarios especiales.

Se modifica por el art. 8.2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio. Ref. BOE-A-2012-9364.
Téngase en cuenta, para su aplicación en el año 2012, la disposición transitoria 1.

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La modificación por el RD del recortazo:


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http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-9364



Y concretando, normativa de Cantabria:

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http://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=132508


Resolución disponiendo la inscripción en el Registro y
publicación del acuerdo entre la Consejería de Educación
del Gobierno de Cantabria y las organizaciones Sindicales,
para incorporar las previsiones del EBEP y de la Ley
Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres,
al Régimen de Vacaciones, Permisos y Licencias del
Profesorado de la Enseñanza Pública no Universitaria.

Viernes, 2 de mayo de 2008

Que dice así:



Hala, ya me voy a la cama más tranquila... o no... si lo mejor es vivir en la ignorancia, leche, si se vive mucho más feliz..
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Gloria Fuertes
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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #30 : 16/Mar/2014~23:27 »

joer que eficacia madre mia jajaja
gracias por los documentos, muy buena información. eusa_dance
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mandap
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #31 : 16/Mar/2014~23:28 »

Los periodos de no permanencia en el centro se consideran de formación, etc, etc, como has dicho tú y como recoge vuestra orden del 87...

Ains señor.... qué cosas.

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #32 : 16/Mar/2014~23:36 »

como dice el refranero español: " el desconocimiento de la ley, no exime de su cumplimiento"
xdd
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verdepardo
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #33 : 16/Mar/2014~23:37 »

Cita de: mandap en 16/Mar/2014~23:28
Los periodos de no permanencia en el centro se consideran de formación, etc, etc, como has dicho tú y como recoge vuestra orden del 87...

Ains señor.... qué cosas.



Entonces, si uno se saca (por ejemplo) una carrera por la UNED y el curso del que se matricula va de octubre a junio, ¿tiene cubiertas las horas de formación consideradas de no permanencia en el centro?
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verdepardo
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #34 : 16/Mar/2014~23:41 »

Cita de: tiritas en 16/Mar/2014~23:36
como dice el refranero español: " el desconocimiento de la ley, no exime de su cumplimiento"
xdd

Siempre he tenido claro ese aspecto, al menos por mi parte. Siempre he sabido que, en julio, estamos a disposición de las Delegaciones.

Pero no es menos cierto que la propia Administración (educativa) se la salta a la torera cuando quiere: ratios, espacio por alumno, condiciones mínimas de habitabilidad, equiparación de sueldos de acuerdo al grupo profesional....

Lo que quieren estos negreros es que trabajemos más por menos dinero.
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tiritas
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #35 : 16/Mar/2014~23:48 »

Cita de: verdepardo en 16/Mar/2014~23:41
Cita de: tiritas en 16/Mar/2014~23:36
como dice el refranero español: " el desconocimiento de la ley, no exime de su cumplimiento"
xdd

Siempre he tenido claro ese aspecto, al menos por mi parte. Siempre he sabido que, en julio, estamos a disposición de las Delegaciones.

Pero no es menos cierto que la propia Administración (educativa) se la salta a la torera cuando quiere: ratios, espacio por alumno, condiciones mínimas de habitabilidad, equiparación de sueldos de acuerdo al grupo profesional....

Lo que quieren estos negreros es que trabajemos más por menos dinero.
totalmente de acuerdo.
Pero para nuestra desgracia, " donde hay patrón, no manda marinero". Con esto quiero decir, que la administración es quien crea la ley, y se la puede saltar a la torera cuando crea conveniente, porque nadie le va a decir nada, ya que son ellos la máxima autoridad, para hacer y deshacer. Entonces...

No es que defiencia a la administración ni mucho menos, solo comento la realidad, tal como dices, ellos usan la ley, según les convenga, pero nosotros cuando tenemos que ampararnos en ella para ratios, condiciones de habitabilidad, sueldos, etc, se lo pasan por el forro, pq la administración autonómica es la máxima autoridad, entonces, ellos pueden hacer y deshacer como quieran, según les convenga.
Es así de triste.

PD. como curiosidad, ya veis la que organizó la comunidad de castilla la mancha, hace un par de años, mandando a maestros titulados, a colegios a trabajar, sin cobrar nada, pero certificandoles unas horas como si fueran de prácticas, cuando ya eran titulados. Y esto lo hacia la propia consejería de educación.  En lugar de mandar a profesores a trabajar cobrando sueldo, les mandaba a trabajar, sin cobrar y certificandoles unas horas de prácticas que luego encima no valieron para nada en las oposiciones de aquella comunidad, puesto que valían lo mismo que que un curso de 110 horas de sindicatos.
En fin... menos mal que no se extendió a otras comunidades.

Cuando le interesa a la consejería de educación autonómica, bien se salta las normas a la torera.
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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #36 : 17/Mar/2014~00:00 »

Cita de: tiritas en 16/Mar/2014~23:48
Cita de: verdepardo en 16/Mar/2014~23:41
Cita de: tiritas en 16/Mar/2014~23:36
como dice el refranero español: " el desconocimiento de la ley, no exime de su cumplimiento"
xdd

Siempre he tenido claro ese aspecto, al menos por mi parte. Siempre he sabido que, en julio, estamos a disposición de las Delegaciones.

Pero no es menos cierto que la propia Administración (educativa) se la salta a la torera cuando quiere: ratios, espacio por alumno, condiciones mínimas de habitabilidad, equiparación de sueldos de acuerdo al grupo profesional....

Lo que quieren estos negreros es que trabajemos más por menos dinero.
totalmente de acuerdo.
Pero para nuestra desgracia, " donde hay patrón, no manda marinero". Con esto quiero decir, que la administración es quien crea la ley, y se la puede saltar a la torera cuando crea conveniente, porque nadie le va a decir nada, ya que son ellos la máxima autoridad, para hacer y deshacer. Entonces...

No es que defiencia a la administración ni mucho menos, solo comento la realidad, tal como dices, ellos usan la ley, según les convenga, pero nosotros cuando tenemos que ampararnos en ella para ratios, condiciones de habitabilidad, sueldos, etc, se lo pasan por el forro, pq la administración autonómica es la máxima autoridad, entonces, ellos pueden hacer y deshacer como quieran, según les convenga.
Es así de triste.

PD. como curiosidad, ya veis la que organizó la comunidad de castilla la mancha, hace un par de años, mandando a maestros titulados, a colegios a trabajar, sin cobrar nada, pero certificandoles unas horas como si fueran de prácticas, cuando ya eran titulados. Y esto lo hacia la propia consejería de educación.  En lugar de mandar a profesores a trabajar cobrando sueldo, les mandaba a trabajar, sin cobrar y certificandoles unas horas de prácticas que luego encima no valieron para nada en las oposiciones de aquella comunidad, puesto que valían lo mismo que que un curso de 110 horas de sindicatos.
En fin... menos mal que no se extendió a otras comunidades.

Cuando le interesa a la consejería de educación autonómica, bien se salta las normas a la torera.

 eusa_naughty eusa_naughty eusa_naughty

Son autoridad, pero no la MÁXIMA autoridad.

La máxima autoridad en materia educativa es el Ministerio de Educación, y tiene a la Alta Inspección del Estado para hacer cumplir ciertas exigencias en esa materia (tales como mínimos curriculares, nombramiento de funcionarios, etc). Otra cosa es que la Alta Inspección no haga nada porque no se le mande actuar.

Y, si me apuras, tanto las decisiones de una u otra Administración pueden ser impugnadas por otro poder del Estado, el JUDICIAL, si van contrarias a Derecho en sus distintas vertientes.

Un ejemplo: fíjate lo que ha pasado con los monitores administrativos de los colegios andaluces por una decisión tomada por la Inspección de Trabajo.

Para terminar: ningún poder del Estado PUEDE HACER LO QUE LE VENGA EN GANA.
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tiritas
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #37 : 17/Mar/2014~00:08 »

si, pero sabes que pasa.. que todo eso es a nivel teórico.
Luego la realidad es que quien tiene comptencias en educación es la propia comunidad, que para eso las tiene transferidas.
Cuando lo de castilla la mancha, tb hubo mucha polémica, y tb se llevó a al MEC, y como si no; se dejó en mano de la propia comunidad a decisión de ellos, puesto que ellos se lo guisan y ellos se lo comen, al tener transeridas las competencias en ese ámbito.

Quiero decir, que si, puede haber órganos superiores por encima, pero que a la hora de la verdad... la que pincha y corta es la administración autonómica.
Casí se podría comparar con el ejemplo del Jefe de Estado, todos sabemos que tiene autoridad sobre las decisiones de gobierno, pero a nivel simbólico; por mucha autoridad que tenga, no va a cotradecir al gobierno en sus decisiones.

Pues igual para con la administración autonómica; el MEC está por encima, pero rara vez, contradecirá a lo que una autonomía diga, siendo que encima tiene transferidas sus comptencias.
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castuo
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #38 : 17/Mar/2014~18:35 »

Pues también lo ha dicho verdepardo: si las administraciones se cubren unas a otras, está la instancia judicial.

Pero es muy de los españolitos de a pie eso de "¿defender mis derechos? ¿Meterme en un berenjenal de papeleos, pleitos, abogados...? Uyy mejor que no". Para el trabajo, para las compañías telefónicas, para los seguros, para las administraciones...

Y así nos va.
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JUAJUAJUANITO
  

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Re: Permiso de asuntos propios: una tomadura de pelo
« Respuesta #39 : 17/Mar/2014~19:54 »

Según lo que dice la ley podemos pedir esos días en periodos no lectivos por lo que pienso que se refiere a septiembre y a junio.
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