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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Concursos de traslados (Destinos definitivos-Funcionarios) => Mensaje iniciado por: AMADOR en 04/Abr/2013~23:31

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Título: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: AMADOR en 04/Abr/2013~23:31
Otro concurso es posible :117: puntos por tiempo de servicio como interino YA¡¡  :041: :041: :041:


Título: Re: puntos por tiempo de servicio ya
Publicado por: seño09 en 05/Abr/2013~15:23
¿Cómo? ¿Nos va a contar el tiempo de servicio como interinos en el próximo concurso?


Título: Re: puntos por tiempo de servicio ya
Publicado por: jocla en 05/Abr/2013~15:40
Mejor no soñar. Ojalá!


Título: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 06/Abr/2013~00:06
:031:

Citar
Sentencia favorable contra la convocatoria de Concurso de Traslados 2012

En un tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, se ha ganado una sentencia que

 “…acuerda anular los apartados 1.1.2, 1.1.3, y 1.2 del Anexo II de la Orden de 27 de diciembre de 2011 de la Consejería de Educación ( BOJA de 16 de enero de 2012) por la que se convoca concurso de traslado del personal funcionario de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y artes escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos, con los efectos inherentes a ello. Sin hacer especial imposición de costas.”

 Esto significa que un tribunal de justicia reconoce el derecho al personal funcionario de carrera que tiene tiempo de servicio como personal interino, ya que  “en sus apartados 1.1.2, 1.1.3, y 1.2 del Anexo II, en cuanto a que los apartados citados, en cuanto a la baremación de la antigüedad, no asignan puntuación alguna por los servicios prestados como interino.” Razón por la cual anula dichos apartados.

Esta sentencia todavía no es firme, pero confirma la ilegalidad de no valorar todo el servicio docente en el concurso de traslados.

Esta será una sentencia de tantas que confirmarán la demanda que USTEA lleva mucho tiempo solicitando.


¡¡SÍ, VALE, NO ES FIRME!! ¿¿PERO QUÉ OS APOSTÁIS A QUE LO SERÁ??
:117: :041: :112: :038: :023: :031: :006: :eusa_clap: :026:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: Jero027 en 06/Abr/2013~00:32
Hace una semana se ha resuelto el concurso de traslados de la administración andaluza. Llevaba paralizado varios años por la denuncia para que contara el tiempo de servicio. Al final no ha contado ese tiempo de servicio.

No digo que no cuente en un futuro, pero por ahora no lo veo tan claro.




Título: Re: puntos por tiempo de servicio ya
Publicado por: Imaginarium en 06/Abr/2013~01:16
Pues yo no lo veo bien, con todos mis respetos, pero ya esta bien. He conocido a compañeros que no se han movido de sus casas, que no se presentaban a oposiciones porque sabían que estaban cerca de casa, a otros que obtenían plaza en oposiciones por el famoso informe, y yo como otros muchos, que no hemos sido interinos, hemos tenido que marcharnos a tres horas de casa, aprobando previamente, y ahora nos vuelven a adelantar? No me parece para nada justo. Debe de contar desde que es funcionario de carrera. Mil disculpas a los compañeros interinos, pero es que he visto de todo, afortunadamente.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 06/Abr/2013~10:44
Hace una semana se ha resuelto el concurso de traslados de la administración andaluza. Llevaba paralizado varios años por la denuncia para que contara el tiempo de servicio. Al final no ha contado ese tiempo de servicio.

El juez correspondiente lo que ha hecho es poner las cosas en su sitio. La ejecutabilidad de la sentencia... ya veremos. Pero con esos antecedentes, la próxima convocatoria, que además es ANDALUZA, tendrá en cuenta el tiempo de servicio como interino. Lo contrario no tendría el menor sentido porque la propia Junta de Andalucía ha defendido en tribunales la computación de ese tiempo como interino en concurso de traslados en el ámbito de la Administración General.

El argumento más poderoso es justamente el que leíamos en el blog del concurso de traslados respecto al reconocimiento de situación comparable entre funcionarios interinos y de carrera docentes de la Comunidad de Castilla y León porque marca hasta qué punto el TSJA desvirtuaba la correcta interpretación de la doctrina europea.

Además, la citada doctrina europea que sirve de base a la sentencia dice que, respecto a la no discriminación del personal con contrato de duración determinada (léase interinos), cada caso ha de ser revisado atendiendo a las circunstancias que concurren y esas circunstancias son distintas entre los puestos y funciones de la Administración General de la Junta de Andalucía y los/las de docentes de la Consejería de Educación andaluza. Luego, para nuestro asunto, nada que ver y por tanto, la obligación de proceder como se está haciendo.

Sobre lo que me cabe dudas ahora mismo es sobre la situación jurídica de los concursos de traslados de docentes en todo el territorio nacional. Porque una vez declarada no conforme al derecho comunitario la convocatoria andaluza, queda en entredicho la orden nacional y el mismísimo Real Decreto1364/2010 que regula todos los concursos de traslados en territorio nacional.

No digo que no cuente en un futuro, pero por ahora no lo veo tan claro.
Este primero es el paso previo. Era condición necesaria no suficiente. El juez que sentencia nos ha puesto en el carril correcto. Ya lo veremos... :006:


Título: Re: puntos por tiempo de servicio ya
Publicado por: sansila en 06/Abr/2013~10:52
Disculpas, AMADOR, he abierto un hilo con el mismo tema un rato después que el tuyo.

¡¡¡PERO MACHO, ES QUE TENÍAS QUE HABERLO PUESTO CON MAYÚSCULAS!!!!
:026: :038: :056: :045: :035: :048: :eusa_angel: :icon_lol: :058:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 06/Abr/2013~11:00
Por cierto, rogaría a algún moderador con el perfil de permisos adecuado, refunda los dos hilos abiertos, por AMADOR primero y luego por mí, porque aún tratando el mismo asunto, los dos hilos son compatibles e igualmente informativos.

eso sí, por favor, mayúsculas en el asunto, creo que debería conservarse el asunto que yo he puesto, AMADOR ;), que no pase desapercibido el pedazo de notición!!!!!!

Gracias. :007:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: andalusito en 06/Abr/2013~11:22
OEEEEEEEEEEEEEEEEEEEE OEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEE OEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEE


Título: Re: puntos por tiempo de servicio ya
Publicado por: AMADOR en 06/Abr/2013~13:04
     :041: :041: :041: :041:            VIVA EL TIEMPO DE SERVICIO DE  FUNCIONARIO INTERINO¡¡¡
QUE HA SIDO  MUCHÍSIMO TIEMPO DE DEDICACION, AFECTO Y CARIÑO A LA PROFESIÓN Y SOBRE TODO A MILLARES DE NIÑOS-AS DE TODA ANADALUCIA.
OLE,OLE Y OLE.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: AMADOR en 06/Abr/2013~14:01
 :041: :041: :041: :041: BRAVO POR LOS COMPAÑEROS-AS INTERINOS QUE HAN DADO TODO,POR SU PROFESIÓN,POR SUS ALUMNOS-AS, INCLUSO POR DELANTE DE SU PROPIA VIDA PERSONAL Y QUE HAN DEMOSTRADO (siempre hemos
tenido eso,que demostrar a todo el mundo)SU EFICIENCIA,HABILIDADES Y SUS CONOCIMIENTOS,
GRACIAS A TODOS¡¡


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: zeronter en 06/Abr/2013~14:10
Esto es cierto o es un rumor¿? Se tendrá en cuenta tu petición Sansila.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 06/Abr/2013~14:30
Esto es cierto o es un rumor¿? Se tendrá en cuenta tu petición Sansila.

Hola zeronter :) Cierto? Eso ha publicado USTEA. Y el April Fool's Day ya pasó ;D

Sobre "mi petición"..., coincido con el blog del concurso de traslados al cien por cien:

1. Baremación del tiempo de interino en concurso de traslados; en igualdad, añado, con los provisionales. No existe la menor diferencia entre estar dando tumbos como provisional y los tumbos que das de interino.

2. Para PROVISIONALES que no han obtenido un primer destino definitivo, la no obligación de consignar todas las ocho provincias andaluzas para destino de oficio sino al menos una. De no obtenerse destino en concurso de traslados el provisional sigue de provisional. Tal como en las dos Castillas.

3. Para DEFINITIVOS que no obtienen en concurso el destino deseado, el CONCURSILLO, un procedimiento de adjudicación preferente de plazas provisionales para el siguiente curso, prorrogables otro curso más (como en Extremadura), así hasta que obtengan el destino deseado. Tal y como en las dos Castillas.

Lo fuerte de todo esto es que las propuestas 2 y 3 no son ningún disparate (ninguna lo es), son parte de la gestión del personal docente en las dos Castillas desde hace la tira de años. Y están EN-CAN-TA-DOS. Y no se trata de ninguna ocurrencia sino de la POLÍTICA DE GESTIÓN DEL PERSONAL DOCENTE EN LAS CONSEJERÍAS AUTONÓMICAS CORRESPONDIENTES.

Que tomen nota de una puta vez en la CEJA. COJONESSS.


Título: Re: puntos por tiempo de servicio ya
Publicado por: sansila en 06/Abr/2013~14:57
     :041: :041: :041: :041:            VIVA EL TIEMPO DE SERVICIO DE  FUNCIONARIO INTERINO¡¡¡
QUE HA SIDO  MUCHÍSIMO TIEMPO DE DEDICACION, AFECTO Y CARIÑO A LA PROFESIÓN Y SOBRE TODO A MILLARES DE NIÑOS-AS DE TODA ANADALUCIA.
OLE,OLE Y OLE.

Enhorabuena!!! Vamos por el buen camino!!!!


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: prieto en 06/Abr/2013~15:50
Como todos los temas son igual de importantes, no creo que haya que escribir en mayúsculas para destacar ninguno de ellos especialmente, porque según NETETIQUETTE, se considera gritar el escribir con mayúsculas.
http://es.wikipedia.org/wiki/Netiqueta


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 06/Abr/2013~16:28
Como todos los temas son igual de importantes, no creo que haya que escribir en mayúsculas para destacar ninguno de ellos especialmente, porque según NETETIQUETTE, se considera gritar el escribir con mayúsculas.
http://es.wikipedia.org/wiki/Netiqueta

Creo que algunos casi parimos las netiquetas. La interpretación es flexible, no obstante. En el caso de las mayúsculas, al mismo tiempo que para gritar, se suelen usar para enfatizar, como el que subraya. El contexto puede ser suficiente para deshacer la ambigüedad. Hay que usar el lenguaje escrito con prudencia porque no podemos valernos del enorme tanto por ciento que Ferdinand de Saussure, padre de la Semiótica, le atribuye al habitual acto comunicativo presencial, donde lo más exiguo es lo hablado y todo lo demás, gestual, temporal, espacial... Volviendo al foro, los tacos, igual. Quien bien me quiere, bien me entiende. Incluso gritar tiene sus matices; no es lo mismo gritar(le) a alguien que gritar de júbilo. No obstante, aclaro (por si hiciera falta) que el grito del asunto de este tema es de pura alegría.

Aprovecho para reiterar mi ruego de refundir los dos hilos, el tempranero de AMADOR (que no grita su nombre; lo enfatiza) y el mío :083:


Título: Re: puntos por tiempo de servicio ya
Publicado por: mita83 en 07/Abr/2013~00:19
Pues yo no lo veo bien, con todos mis respetos, pero ya esta bien. He conocido a compañeros que no se han movido de sus casas, que no se presentaban a oposiciones porque sabían que estaban cerca de casa, a otros que obtenían plaza en oposiciones por el famoso informe, y yo como otros muchos, que no hemos sido interinos, hemos tenido que marcharnos a tres horas de casa, aprobando previamente, y ahora nos vuelven a adelantar? No me parece para nada justo. Debe de contar desde que es funcionario de carrera. Mil disculpas a los compañeros interinos, pero es que he visto de todo, afortunadamente.

Totalmente de acuerdo contigo imaginarium. Ya se ha reconocido bastante el tiempo de servicios. No sería justo.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: rgilvil en 07/Abr/2013~00:30
Coincido, además me parece que hay cierta intención de crear polémica en un momento en el que se sabe que tenemos todos los nervios a flor de piel por el dichoso CGT.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: zeronter en 07/Abr/2013~00:50
Crea algo de polémica pero es algo que ya algunos jueces estan empezando a valorar y considerar que ese tiempo de servicio ha existido aunque le pese a algunos compañeros y no puede quedarse en la nada pues son años de enseñanza trabajados como tales y que deben ser reflejados en el concurso.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: rgilvil en 07/Abr/2013~00:57
Desde luego que no se quedan en la nada, porque ya les ayuda bastante a sacaese la plaza sin tener que hacer todo el examen.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 07/Abr/2013~07:47
Desde luego que no se quedan en la nada, porque ya les ayuda bastante a sacaese la plaza sin tener que hacer todo el examen.

Tanto la disposición transitoria de la LOE que contemplaba el período excepcional de convocatorias de acceso en las que se ha valorado la experiencia con el máximo LEGAL permitido por la jurisprudencia española como las sentencias que reconocen el derecho de los funcionarios interinos a la percepción de trienios y sexenios, así como la sentencia que celebramos en este hilo son hijas de la Directiva 1999/70 de la Comunidad Europea y el Acuerdo Marco sobre contratación de duración determinada. Ambas se inscriben en una doctrina que superpone el derecho que emana del trabajo, las funciones desempeñadas, las condiciones en las que se desarrollan y las responsabilidades que se derivan a cualquier otra consideración, como la de que se ejerza con carácter fijo o eventual, sea empleo privado o público.

Y respecto al ámbito del trabajo público, repito,

Oposiciones y concurso de traslados son dos procedimientos distintos con efectos para distintas causas. Nada que ver, por muy alto que lo diga el TSJA. Abramos la mente, que lo que nos viene a decir Europa es que tenemos unos prejuicios arcaicos respecto a la la función pública y que los funcionarios son empleados, trabajadores por cuenta ajena, no seres supremos por encima de las directivas europeas; como la 1999/70 y el acuerdo marco sobre trabajo de duración determinada, que vienen a subsanar discriminaciones históricas.

La fuente del derecho es el trabajo, no la superación de un procedimiento de selección donde x personas (siendo x la arbitraria oferta de plazas para la ocasión) tienen toda la validez del mundo (la misma, de 1 a x) mientras que x + 1 no tiene ninguna, porque esto sí que supone una insostenible arbitrariedad.

Lo que llamas "ayuda" Europa lo llama "derecho" y es lo que nos dignifica; una dignidad que un juez español está haciendo valer impartiendo justicia e imponiendo el derecho donde era necesario.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 07/Abr/2013~08:00
Copio y pego lo siguiente por esclarecedor:

No podemos confundir lo que es un rango con la experiencia.

Eso del "rango" no tiene ningún fundamento en la jurisprudencia europea pero responde a una rancia percepción nacional de la función pública y está basado en algo absolutamente subjetivo: el número de plazas ofertadas. Pues vaya "rango". Pero después de las oposiciones, unos y otros desempeñábamos luego exactamente el mismo trabajo y sometidos a las mismas obligaciones. Aunque los interinos con menos derechos, por cierto.

Ya vale de querer justificar lo injustificable. El blog es claro: hace doce años que deberían haber adaptado la administración española a la jurisprudencia europea y no les da la gana. NO SE HA HECHO. Aquí más chulos que nadie. Pues tiene que haber una forma de romper con esta rebeldía encubierta de administración y sindicatos, narices.

http://otroconcursoesposible.blogspot.com.es/2013/01/el-infame-silencio-de-los-sindicatos-i.html

Hasta que no se saca plaza definitiva no optas a antigüedad en el cuerpo, y eso es así, porque hasta que no apruebas con plaza NO eres funcionario.

Lo siento pero he de decir que eso es rotundamente erróneo. Al artículo 8 del Estatuto básico del empleado público (EBEP) me remito.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l7-2007.t2.html#a8

Citar
Artículo 8. Concepto y clases de empleados públicos.
2. Los empleados públicos se clasifican en: Funcionarios de carrera. Funcionarios interinos. Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal. Personal eventual.

no veo muy claro que lo que refiere el TSJE pueda aplicarse a la baremación del Concurso de Traslados.....

Yo, por contra, leo lo que leo y coincido plenamente con el bloguero. Se le remite al tribunal europeo información sobre los funcionarios interinos y de carrera por el tribunal nacional; sobre esa información el europeo determina que están en situación comparable atendiendo a que "tanto unos como otros ejercen funciones similares, están sometidos a iguales obligaciones y para nada se les exige diferentes cualificación académica o experiencia" (NADA que ver hasta aquí con sexenios, trienios ni leches, sino pura y dura comparación de su desempeño, cualificación, obligaciones, etc...) y puesto que existe una situación comparable, se le conceden, ahora sí, los sexenios.

¿Por qué el TSJA cuando tiene que sentenciar sobre el concurso de traslados de Función Pública no eleva cuestión prejudicial a Europa? ¿Tan claro lo tenía? ¿Tanto que el TJUE les dice justo lo contrario en cuanto le dan la ocasión? ¿Y después de esos dos párrafos el TSJA lo sigue teniendo igual de claro? No me digáis que por lo menos esos dos párrafos no crean... una ligera sombra de duda, por decirlo suave. Aquí están, que es que me gustan...

Citar
"Sin embargo, en el litigio principal no se desprende del auto de remisión que el ejercicio de las funciones docentes por parte de los profesores que tienen la condición de funcionarios de carrera y de los profesores funcionarios interinos exija unas cualificaciones académicas o una experiencia distintas. Antes al contrario, se desprende de dicho auto que ejercen funciones similares y están sometidos a las mismas obligaciones, en particular en materia de formación permanente.

Por consiguiente, sobre la base de las informaciones proporcionadas al Tribunal de Justicia por el juez remitente, y habida cuenta de la definición del concepto de trabajador con contrato de duración indefinida comparable recogido en la cláusula 3, apartado 2, del Acuerdo marco, se advierte que los funcionarios interinos del cuerpo docente no universitario que prestan servicios para la Comunidad Autónoma de Castilla y León se hallan en una situación comparable (véase, por analogía, el auto Montoya Medina, antes citado, apartado 39)".

Para mi opinión, si queremos meterlo en el baremo del concurso de traslados, por la misma regla habría que hacer algo con la colocación de efectivos (es decir, ordenar a los provisionales e interinos por tiempo de servicio y no establaciendo diferencia entre prosivional, funcionario en prácticas e interino)

Pues en mi opinión, lo cierto es que sí. ¿Quién lo recurre...? Estas son las consecuencias de haberse liado la manta a la cabeza desde hace doce años.

Seamos sensatos,..., es concurso de traslados tal cual está planteado hoy en día es justo. Todo el mundo parte en igualdad de condiciones, sin tener en cuenta su pasado interino

Lo que llamas "pasado interino" es tiempo de servicio como funcionario en el Cuerpo correspondiente.

(algunos entraron por oposición, otros por bolsa...

Irrelevante. Todos han estado trabajando en aplicación de los principios de capacidad, mérito y publicidad. Unos aprobaron en función de la oferta de empleo público (pedazo de arbitrariedad) y otros se quedaron fuera. Pero repito, todos eran buenos para desempeñar luego su trabajo.

A pesar de que el modelo de función pública español ha tendido a la laboralización a pasos agigantados y la doctrina europea debería resultarles más afable, ahora que Europa les dijo en 1999 que no podían seguir abusando de aquella gente como mano de obra barata y que esos, le pese a quien le pese, tenían los mismos derechos si desempeñaban el mismo trabajo, con las mismas obligaciones y tenían la misma cualificación profesional, ¡¡ahora van y se rasgan las vestiduras!! Pues que se entere la reaccionaria España: los funcionarios son también TRA-BA-JA-DO-RES. Y a igual trabajo, iguales derechos. La limitación pecuniaria que pretenden algunos es una interpretación reaccionaria y claramente restrictiva de la doctrina igualitaria de la UE, palmariamente contraria al espíritu y a la letra de la Directiva 1999/70 y el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada.

Al igual que se "gastan" los puntos por permanencia en un centro cuando concursas, los interinos ya han gastado el baremo del tiempo de servicio en el acceso a la función pública como baremo, porque esa expeiencia se valora y mucho en el apartado del baremo, no cae en saco roto.

GRAVE ERROR: La antigüedad en el Cuerpo no se gasta; se acumula, tiene su apartado correspondiente y es, dentro del Derecho Administrativo, un criterio diferenciador. Y respecto a la antigüedad en el Cuerpo no hay más que añadir a las sentencias sobre trienios y sexenios favorables al colectivo de interinos docentes.

Pero respecto a los méritos, repasad el baremo del concurso y el de las oposiciones y veréis cuántos méritos te has baremado en el momento de tus oposiciones y que vuelves a "rebaremarte" en el concurso de traslados otra vez: título universitario distinto al que te permite presentarte a oposiciones, master, cursos, jornadas... Este es otro argumento del TSJA que descoloca a cualquier docente y que parece mentira que sostengan compañeros del gremio. Vamos a ver, compas... Un poquito de memoria... Venga, copio y pego:

Citar
Postgrados, doctorado y premios extraordinarios

Certificado-Diploma acreditativo de Estudios Avanzados, el Título Oficial de Master, la Suficiencia investigadora o cualquier otro título equivalente (Reales Decretos 778/1998, de 30 de abril, 56/2005, de 21 de enero y 1393/2007, de 29 de octubre).

poseer el título del doctorado

premio extraordinario en el doctorado.

Otras titulaciones universitarias de carácter oficial, en el caso de que no hubieran sido alegadas como requisito para el ingreso en la función pública
docente (primer ciclo y segundo ciclo)

Titulaciones de Enseñanzas de Régimen Especial y de la Formación Profesional Específica.

Formación permanente: Por cada curso de formación y perfeccionamiento superado relacionado con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, psicopedagogía o sociología de la educación, convocado, organizado e impartido por las Administraciones educativas, Universidades públicas o privadas, Centros de Profesorado e Institutos de Ciencias de la Educación, así como por entidades sin ánimo de lucro cuyos cursos hayan sido inscritos en el registro de actividades de Formación Permanente de las citadas Administraciones u homologados por éstas.

Participación en planes y proyectos educativos

publicaciones de carácter didáctico o científico relacionadas con la especialidad a la que se opta.

Esto lo he sacado del concurso de traslados?? Noooooo..... Del baremo de las oposiciones de 2011. Y que encima el TSJA no solo diga que se estaría rebaremando sino que además solo pueden contar los méritos conseguidos una vez ingresado en el Cuerpo como funcionario de carrera... ¿¿De dónde se lo habrán sacado?? No sé cómo será en Función Pública pero, evidentemente, no tienen ni idea de cómo va el asunto en Educación. Es que ni como criterio es bueno que para valorar los méritos de un funcionario de carrera se desprecien todos los méritos conseguidos antes de su ingreso y que lo dimensionan en su verdadera valía. Es una pretensión verdaderamente inadecuada e indeseable. Y para colmo no tiene el menor ajuste dentro de la función pública docente. Aquí debajo lo llevas.

Ruego comparación con el baremo de la Orden de 15 de octubre de 2012, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.


Aún así, veo una opción posible que podría ser un apartado diferente, con un tope de años y de puntos, pero sería porque el gobierno quisiese incorporar ese apartado, no porque lo exija la resolución de TSJE

Antigüedad en el Cuerpo es antigüedad en el Cuerpo. Yo no me bajo de la burra :018: :eusa_snooty: :025:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: akistaertio en 07/Abr/2013~08:28
Yo estoy de acuerdo con que puntúe el tiempo de servicio como interino en los CGT, PERO si por ser provisional puntúa menos que definitivo, sería razonable que la interinidad puntuara menos que la provisionalidad ;)


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 07/Abr/2013~11:35
Yo estoy de acuerdo con que puntúe el tiempo de servicio como interino en los CGT, PERO si por ser provisional puntúa menos que definitivo, sería razonable que la interinidad puntuara menos que la provisionalidad ;)

Completamente de acuerdo. Es lo justo. Ni más menos.  :119:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 07/Abr/2013~20:19
Vamos a ver, askitaertio, que es que te había entendido lo que no pone.

Estás diciendo que el tiempo de servicio de funcionario interino debería puntuar menos que el de funcionario provisional...??!!

Decir eso es lo mismo que acatar la doctrina europea... "pero no mucho". ¿¿Alguien se ha leído la Directiva 1999/70 CE y el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada?? En la exposición de motivos viene a decirse que con esta normativa lo que se pretende evitar es el abuso del contrato precario (de eso sabemos mucho los que hemos sido interinos; ni trienios ni sexenios ni ahora antigüedad... qué hartazgo) y para ello, queda proscrito cualquier tipo de diferenciación que no esté fundamentada en el tipo de puesto (son los mismos), las funciones (son las mismas), las obligaciones (son las mismas) y la cualificación profesional (es la misma)... Y se excluye, de manera expresa, cualquier discriminación por el hecho de tener un contrato de duración determinada (interino).

Por cierto, el TSJA decía que la cualificación no era la misma precisamente porque no habían aprobado las oposiciones. Y eso es lo que está interpretado con el culo y es lo que viene a denunciar el bloguero de Otro Concurso Es Posible en la entrada sobre la judicatura española y corrobora el dictamen sobre la cuestión prejudicial que determina la situación comparable entre funcionarios interinos y de carrera. Entendámoslo. No son las oposiciones las que suponen un mérito, que el error lo tienen todos los españoles ahí. El mérito está en el desempeño laboral, en el trabajo desarrollado y no cómo accedes a él ni durante cuánto tiempo.

Si yo como interino he tenido acceso a un puesto que bien pudiera haber tenido un provisional, si he cumplido con las mismas funciones que hubiera ejercido el provisional y tenía las mismas obligaciones que hubiera tenido ese provisional dime por qué motivo me va a puntuar menos ese tiempo de servicio.

¡Ah, es que tú no has aprobado o no habías aprobado las oposiciones! ¿Y qué me estás contando con eso? Ya sé que es difícil cambiar el ENORRRRME prejuicio que existe en España por el modelo de función pública que tenemos. Pero es el trabajo y las características de su desempeño la fuente del derecho comunitario que tanto trabajo les cuesta a algunos asimilar.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: zeronter en 07/Abr/2013~21:02
Sansila ojalá que esto se haga realidad y se vea ese sufrimiento que se pasa de interin@ recompensado. Ojalá y hagan las cosas como se deben hacer y si no que hagan lo mejor para todos.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: penny en 07/Abr/2013~21:27
Siempre habrá un colectivo que salga más perjudicado. Cuando yo era interina, algunos años las oposiciones eran restringidas, y sacaban las plazas sólo los interinos que llevaban muchos años trabajando, yo no lo conseguía ni con un diez... me parecía muy injusto. Ahora que soy funcionaria definitiva entiendo que deben valorarnos en el CGT los años de interinidad, al igual que hacen con los cursos que hicimos en el año maricastaña. El trabajo que hacemos todos es el miso, con la diferencia de que unos tenemos las oposiciones y otros no. Durante mis años de interina di muchas vueltas, hasta 10 coles en un curso, trenes, hostales, pisos alquilados , sustituciones de dos días, avisos de delegación a las ocho de la noche...en fin , todo eso se te olvida. Pero no es justo, deben valorarse los méritos por curso y por antigüedad.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: elrutegno en 07/Abr/2013~21:33
Bla, bla, bla, bla. ¿Cuándo será realidad la aplicación de la dichosa sentencia?. Me jubilo y no lo veo.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: akistaertio en 07/Abr/2013~22:02
Vamos a ver, askitaertio, que es que te había entendido lo que no pone.

Estás diciendo que el tiempo de servicio de funcionario interino debería puntuar menos que el de funcionario provisional...??!!


Eaaaa pues el mismo baremo para interinos - provisionales - definitivos y todos contentos!!  :D Todos hacemos el mismo trabajo  :023:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: penny en 07/Abr/2013~22:13
A los interinos no le pueden aplicar el mismo baremo porque no concursan.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 07/Abr/2013~22:28
A los interinos no le pueden aplicar el mismo baremo porque no concursan.

Ufff....

Mira, quien quiera leer que lea; quien quiera entender que entienda. Me basta con que el juez rompehielos haya abierto la brecha que nos lleve, por fin, a buen puerto. Todo va bien.

Que prevalezca la mejor razón fundada en derecho (... europeo)  :117:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: penny en 07/Abr/2013~22:32
No veo justo que en el concurso tengan los mismos puntos dos personas aprobadas en el mismo año, pero habiendo trabajado de interino bastantes años una y la otra no, no entiendo porqué esos puntos se pierden una vez conseguida la plaza. Los puntos por cursos no se pierden nunca.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: prieto en 07/Abr/2013~22:36
A los interinos no le pueden aplicar el mismo baremo porque no concursan.
Estamos hablando de funcionarios de carrera que en su tiempo fueron interinos.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: zeronter en 07/Abr/2013~22:38
Sansila esperemos que llegue a buen puerto lo de ese juez y otros que ya han dictado a favor de que se valore el tiempo de servicio de interin@ que hasta ahora se ha borrado de un plumazo como si eso no fuera trabajo en la enseñanza y encima enseñanza pública para mas motivo. Ojalá lo veamos cumplido porque es muy justo.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 07/Abr/2013~22:44
 :eusa_pray:


Título: Re: puntos por tiempo de servicio ya
Publicado por: greeniris en 08/Abr/2013~13:55
Pues yo no lo veo bien, con todos mis respetos, pero ya esta bien. He conocido a compañeros que no se han movido de sus casas, que no se presentaban a oposiciones porque sabían que estaban cerca de casa, a otros que obtenían plaza en oposiciones por el famoso informe, y yo como otros muchos, que no hemos sido interinos, hemos tenido que marcharnos a tres horas de casa, aprobando previamente, y ahora nos vuelven a adelantar? No me parece para nada justo. Debe de contar desde que es funcionario de carrera. Mil disculpas a los compañeros interinos, pero es que he visto de todo, afortunadamente.

Efectivamente, llevas toda la razón si yo tengo que matarme estudiando para tener plaza y buen destino por qué se lo va a llevar otro que no ha aprobado nunca ?????? :eusa_naughty:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: nsc en 08/Abr/2013~15:21
Vamos a ver, askitaertio, que es que te había entendido lo que no pone.

Estás diciendo que el tiempo de servicio de funcionario interino debería puntuar menos que el de funcionario provisional...??!!


Eaaaa pues el mismo baremo para interinos - provisionales - definitivos y todos contentos!!  :D Todos hacemos el mismo trabajo  :023:

Todos hacemos el mismo trabajo, eso es verdad, pero NO todos han aprobado los exámenes de las oposiciones, NO ES LO MISMO!!
Muchos sencillamente no se las han estudiado en su vida...  :eusa_naughty:



Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 08/Abr/2013~20:07
Todos hacemos el mismo trabajo, eso es verdad, pero NO todos han aprobado los exámenes de las oposiciones, NO ES LO MISMO!!
Muchos sencillamente no se las han estudiado en su vida...  :eusa_naughty:

Pues por poco que hayan estudiado, como tú dices, eso no es lo que importa. Así de claro. Se es completamente libre de dar una opinión en contra, aún sin conocer los argumentos a favor, pero rogaría la lectura de los posts de abajo para conocer los argumentos que muy probablemente el juez ha considerado más ajustados al derecho comunitario... hasta que no conozcamos los términos exactos de los fundamentos de derecho con los que sentencia el juez:

1. http://www.maestros25.com/forum/index.php?topic=145167.msg1100606#msg1100606

2. http://www.maestros25.com/forum/index.php?topic=145167.msg1100784#msg1100784

3. http://www.maestros25.com/forum/index.php?topic=145167.msg1100785#msg1100785

4. http://www.maestros25.com/forum/index.php?topic=145167.msg1100972#msg1100972


Título: Re: puntos por tiempo de servicio ya
Publicado por: guiomar en 08/Abr/2013~20:36
Pues yo no lo veo bien, con todos mis respetos, pero ya esta bien. He conocido a compañeros que no se han movido de sus casas, que no se presentaban a oposiciones porque sabían que estaban cerca de casa, a otros que obtenían plaza en oposiciones por el famoso informe, y yo como otros muchos, que no hemos sido interinos, hemos tenido que marcharnos a tres horas de casa, aprobando previamente, y ahora nos vuelven a adelantar? No me parece para nada justo. Debe de contar desde que es funcionario de carrera. Mil disculpas a los compañeros interinos, pero es que he visto de todo, afortunadamente.

Efectivamente, llevas toda la razón si yo tengo que matarme estudiando para tener plaza y buen destino por qué se lo va a llevar otro que no ha aprobado nunca ?????? :eusa_naughty:

Hombre, si están concursando es que han aprobado, algo habrán estudiado, digo yo.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: zeronter en 08/Abr/2013~22:31
Si estan concursando es que se han sacado sus oposiciones como es normal.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: penny en 08/Abr/2013~22:59
greeniris y nsc, estais algo confundidos. Estamos hablando de gente que ya es funcionaria y que participan en el concurso de traslados con más o menos tiempo trabajado cuando eran interinos.  ;)


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: nsc en 10/Abr/2013~13:26
Creo que lo que se discute es que se cuente el tiempo de servicios ANTES  de aprobar. Claro que al final aprobaron!!! hasta ahí estaba claro.... :119:
Pero hay algunos que yo conozco  personalmente, estuvieron años sin querer estudiar porque estaban más cómodos en sus casas, y ahora les van a considerar igual que el que sacó las oposiciones hace 10 años o más.... no es lógico
Es igual cuando apruebas las oposiciones?? e incluso no sacarlas??, es eso lo que aquí se está valorando.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: melegil en 10/Abr/2013~14:43
Los que sacaron las oposiciones hace diez años ,ya están en su casa seguro...jejej el problema son los demás,pienso yo.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: penny en 10/Abr/2013~15:39
Está claro, en todos los colectivos hay gente que se lo curra más o se lo curra menos. También hay muchos definitivos que aprobaron hace 14 años como en mi caso y que estuvimos de interinos 8 años estudiando mucho y trabajando a la vez por toda la provincia. Había años que no convocaban oposiciones y otros años eran restringidas. Yo no estaba cerca de mi casa y como yo, había mucha gente. Siempre salen unos favorecidos y otros perjudicados. También creo que a veces es difícil centrarte y estudiar lo suficiente cuando cada quince días te mandan a un destino diferente y en un ciclo, especialidad o etapa diferente .En fin, no me quejo, ya estoy en mi ciudad, pero mi trabajo me ha costado, cada uno tenemos nuestra experiencia. ¿Qué es lo justo?..................... ???


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: prieto en 10/Abr/2013~15:45
Los que sacaron las oposiciones hace diez años ,ya están en su casa seguro...jejej el problema son los demás,pienso yo.

Pues depende lo que las circunstancias de la vida te haya acarreado,... porque yo personalmente "no estoy en casa"...Estoy cerca, pero no en casa.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: rvermor107 en 22/Abr/2013~22:21
Pues si las oposiciones no sirven para nada y todos son funcionarios por hacer el mismo trabajo, ¡¡que las quiten de una vez por todas!! Que vayan colocando a los maestros según vayan terminando la carrera y punto. Total, para lo que me ha servido a mí sacar la oposición, para llevarme 20 años en pueblos mientras los "funcionarios" interinos estaban al lado de su casa. Esas son las "mismas condiciones laborales" que hemos tenido, ja, ja, ja. Y si es así, que también hagan funcionarios a los maestros de religión, porque también curran lo suyo ¿o no?


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 23/Abr/2013~00:35
Pues si las oposiciones no sirven para nada y todos son funcionarios por hacer el mismo trabajo, ¡¡que las quiten de una vez por todas!! Que vayan colocando a los maestros según vayan terminando la carrera y punto.

Claro que las oposiciones sirven. Pero luego, el trabajo que no se puede cubrir por los funcionarios de carrera lo cubren los funcionarios interinos. Y a igual trabajo, iguales derechos. ¿Alguien puede negar ahora que los funcionarios interinos tengan derecho a los trienios? ¿Alguien se opone ya a que cobren los sexenios? ¿Pues por qué no va a contar la misma antigüedad que les permite cobrar los sexenios en el concurso de traslados? ¿Es que deja de ser antigüedad en el Cuerpo? Vamos a ver, que no solo es justo que cuente sino que así lo dicta la doctrina europea que es la que debe prevalecer por encima de actitudes reaccionarias hasta en los juzgados, que ya es lamentable.

Total, para lo que me ha servido a mí sacar la oposición, para llevarme 20 años en pueblos mientras los "funcionarios" interinos estaban al lado de su casa. Esas son las "mismas condiciones laborales" que hemos tenido, ja, ja, ja.

Por favor, más respeto a los funcionarios interinos. Me parece una mezquindad que uses las comillas. No solo por la doblez peyorativa que deslizas sino porque, además, el Estatuto Básico del Empleado Público no las usa cuando habla de funcionarios interinos. Ese es nuestro problema, no nos obligan a conocer las leyes no educativas a las que nos debemos y hablamos con un desconocimiento y un prejuicio que afortunadamente Europa está desmontando por fin. Veinte años ha costado desmontar la infame ley hipotecaria que hemos padecido y creo que en este asunto la cosa va a durar algo menos.

Y si es así, que también hagan funcionarios a los maestros de religión, porque también curran lo suyo ¿o no?

Para ser funcionario hay que concurrir a determinadas convocatorias en escrupuloso respeto a los principios de publicidad, mérito y capacidad. Lo de los de religión viene de unos acuerdos que no creo que puedan considerarse de la misma forma y que dé lugar a lo que Europa llama "situaciones comparables". De hecho, hasta hace poco, eran nombrados por el obispado correspondiente (de aquella manera) aunque ahora creo que son nombrados por la delegación. Su situación se ha regularizado bastante con la de los interinos. En cualquier caso, en el supuesto que nos ocupa aquí, si aprobaran unas oposiciones sería por una especialidad distinta a la de religión por lo que los puestos no serían los mismos y por tanto no creo que fueran consideradas situaciones comparables a la luz de la doctrina europea. No creo que llegara a contarles ese tiempo de servicio como antigüedad en el concurso de traslados. ¿Eres o has sido de religión? Móntate una causa con suficientes argumentos legales y ...suerte.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: rvermor107 en 23/Abr/2013~22:56
Para ser funcionario hay que concurrir a determinadas convocatorias en escrupuloso respeto a los principios de publicidad, mérito y capacidad.

Tú mismo lo estás diciendo, Sansila. Pero no solo hay que concurrir, también hay que aprobar. Porque, al parecer, por el hecho de presentarte a la convocatoria y entrar en una bolsa de sustituciones ya eres funcionario, interino, pero funcionario. Perdona, pero yo esto no lo entiendo, lo diga la normativa autonómica, española o europea, me da exactamente igual. Es por eso que puse las comillas a la palabra funcionario, porque, para mí, solo existe una clase de funcionarios: los de carrera. Y con esto no pretendo menospreciar a nadie, pues no hablo del trabajo o la dedicación de cada tipo de personal, solo me refiero a la utilización, desde mi punto de vista inadecuada, de la palabra "funcionario" junto a la palabra "interino", pues creo que o se es una cosa o se es otra, no ambas a la vez. Cuando se aprueban unas oposiciones y te nombran funcionario, tu nombre, número de registro, etc, sale publicado en el BOE ¿Ocurre lo mismo con los interinos? Pues si son funcionarios deberían hacerlo ¿no?


¿Alguien puede negar ahora que los funcionarios interinos tengan derecho a los trienios? ¿Alguien se opone ya a que cobren los sexenios? ¿Pues por qué no va a contar la misma antigüedad que les permite cobrar los sexenios en el concurso de traslados? ¿Es que deja de ser antigüedad en el Cuerpo?

Pues sí, para mí no puede tenerse antigüedad, porque no se pertenece a dicho "Cuerpo" hasta que eres funcionario de carrera.
Y esto, al menos en España, ha sido así de toda la vida, diga lo que diga ahora la "doctrina europea". También están en Europa en contra de la doctrina Parot que impide que salgan de prisión muchos asesinos, ¿tengo que estar de acuerdo con esto porque lo diga Europa? Pues, por supuesto que no. El hecho de que los maestros interinos cobren trienios y sexenios no perjudica a los maestros funcionarios y puede considerarse algo de justicia, pero reconocer la antigüedad de todos los años de interinidad sí perjudica a gran cantidad de funcionarios de carrera a la hora de obtener destino. A eso se le llama "vestir a un santo para desvestir a otro" y no se pueden otorgar beneficios a un colectivo perjudicando a otro; eso, sencillamente, no es justo.

En cualquier caso, en el supuesto que nos ocupa aquí, si aprobaran unas oposiciones sería por una especialidad distinta a la de religión por lo que los puestos no serían los mismos y por tanto no creo que fueran consideradas situaciones comparables a la luz de la doctrina europea.

Y dale con la doctrina europea. A ver, ahora sí que no te entiendo. Dices que a un maestro de Religión que aprobase las oposiciones no podría reconocersele la antigüedad porque los puestos serían distintos, pero ¿en qué quedamos? ¿es que un maestro de Religión no da clases igual que tú y que yo? ¿no justificas tú tus demandas en la igualdad del trabajo realizado? Porque, desde luego, no puedes justificarlas en otro tipo de igualdad. Entonces, no debería haber problema para que el maestro de Religión también tuviera su antigüedad. Aunque, claro, si la doctrina europea no lo ve así...
Respondiendo a tu última pregunta, no, no soy maestra de Religión. Soy maestra de Primaria, aunque aprobé las oposiciones en 1985 por Matemáticas y Ciencias, especialidad que me quitaron con la LOGSE. Y durante años y años (nada más que 20) he trabajado en pueblos mientras los maestros interinos estaban en la capital al lado de casa, yendo a las oposiciones a firmar y dejar el examen en blanco. A esos mismos maestros se les ha hecho luego unas oposiciones a medida para que las aprueben y, ahora, quieren tener la misma antigüedad en el cuerpo que yo ¿Eso a tí te parece justo? Pues perdona, pero si tu respuesta es que sí, no entiendo tu idea de justicia.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 23/Abr/2013~23:49
Sabes, lo que yo doy es una opinión. Lo que das tú, también. Y lo que diga el juez que dicte sentencia firme, será justicia. Nos guste más o menos. Habrá que cuidar que esa justicia esté en consonancia con la doctrina europea porque, le pique a quien le pique, es esa doctrina, la misma con la que Europa ha abofeteado en la cara de gobiernos y justicia españoles a cuento de la ley hipotecaria, la que ha de prevalecer sobre la nacional. Veremos qué pasa.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: penny en 24/Abr/2013~00:02
Creo que ambos teneis parte de razon. Pero tambien se que todos los que nos llevamos algunos años de intetinos antes de aprobar, no estabsmos al lado de casa, ni me hicieron oposiciones a la medida, yo aprobe en el 99 y fue muy dificil, nos ordenaron por nota y puntos a todos los de Andalucia. Y algunos años ni las convocaban.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: rvermor107 en 24/Abr/2013~00:40
Mira penny, el problema no radica en los que os llevasteis algunos años de interinos antes de aprobar por las circunstancias que fuesen. El problema está en los ahora funcionarios que fueron interinos durante años y años. Estos puede que concursen por su primer destino definitivo o por el segundo.Puede darse la circunstancia de que un maestro funcionario de carrera haya tenido que tener dos destinos definitivos antes de poder acercarse mas o menos a su casa, con lo cual ha perdido todos los puntos de permanencia en el centro. Si quisiera volver a concursar para acercarse aún más o mejorar de centro, tendría que competir con maestros con muchos menos años de funcionario de carrera, pero puede que más de permanencia en el centro de destino definitivo. Si a esos puntos ahora se le añadiesen los de interinidad, se pondrían por delante de los que eran funcionarios antiguos y obtendrían mejores destinos. Esto es una realidad que no podemos obviar. No es de recibo que una persona que lleva 6 o 7 años de funcionario tenga más puntos en el concurso que otra que lleve casi 30 años. Ahí está la injusticia y esto es independiente de lo que cada uno haya rodado, porque durante mucho tiempo, al menos en Andalucía donde recuerdo que no ha habido nunca concursillo, los que más rodaban o más lejos se quedaban eran precisamente los funcionarios.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: rvermor107 en 24/Abr/2013~00:50
Sabes, lo que yo doy es una opinión. Lo que das tú, también. Y lo que diga el juez que dicte sentencia firme, será justicia. Nos guste más o menos. Habrá que cuidar que esa justicia esté en consonancia con la doctrina europea porque, le pique a quien le pique, es esa doctrina, la misma con la que Europa ha abofeteado en la cara de gobiernos y justicia españoles a cuento de la ley hipotecaria, la que ha de prevalecer sobre la nacional. Veremos qué pasa.

Sabes, ya que defiendes con tanto ahínco tus ideas me gustaría saber algunas cosas:
1º ¿Cuánto tiempo fuiste interino y cuanto llevas de funcionario?
2º ¿ Defendías con el mismo ardor el concursillo cuando eras interino como ahora que eres funcionario?
3º¿Por qué no respondes a mi observación de reconocer también la antigüedad al profesorado de religión que aprobase las oposiciones? ¿No te interesa por si se te ponen delante con sus puntos?


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 24/Abr/2013~18:58
Sabes, lo que yo doy es una opinión. Lo que das tú, también. Y lo que diga el juez que dicte sentencia firme, será justicia. Nos guste más o menos. Habrá que cuidar que esa justicia esté en consonancia con la doctrina europea porque, le pique a quien le pique, es esa doctrina, la misma con la que Europa ha abofeteado en la cara de gobiernos y justicia españoles a cuento de la ley hipotecaria, la que ha de prevalecer sobre la nacional. Veremos qué pasa.

Sabes, ya que defiendes con tanto ahínco tus ideas me gustaría saber algunas cosas:
1º ¿Cuánto tiempo fuiste interino y cuanto llevas de funcionario?
2º ¿ Defendías con el mismo ardor el concursillo cuando eras interino como ahora que eres funcionario?
3º¿Por qué no respondes a mi observación de reconocer también la antigüedad al profesorado de religión que aprobase las oposiciones? ¿No te interesa por si se te ponen delante con sus puntos?

A ver, que no te has enterado... lo contrario de las razones son las casuísticas personales. No me habrás leído ni una a no ser precisamente para descalificarlas por irrelevantes. Es fácil, te vas a mi perfil y repasa del primero al último mis posts. No solo puedes comprobar esto que te digo sino que quizá empieces a entender más sobre el panorama que se ha abierto en España y que en Europa ya lleva así desde 2001.

3º¿Por qué no respondes a mi observación de reconocer también la antigüedad al profesorado de religión que aprobase las oposiciones? ¿No te interesa por si se te ponen delante con sus puntos?

Lo he hecho:

Citar
Para ser funcionario hay que concurrir a determinadas convocatorias [entendiste que me refería a oposiciones pero parece que no te entra en la cabeza que las bolsas de trabajo cumplen los mismos requisitos mientras que los de religión hasta hace muyyy poco han entrado (y salido) a dedo] en escrupuloso respeto a los principios de publicidad, mérito y capacidad. Lo de los de religión viene de unos acuerdos que no creo que puedan considerarse de la misma forma y que dé lugar a lo que Europa llama "situaciones comparables". De hecho, hasta hace poco, eran nombrados por el obispado correspondiente (de aquella manera) aunque ahora creo que son nombrados por la delegación. Su situación se ha regularizado bastante con la de los interinos. En cualquier caso, en el supuesto que nos ocupa aquí, si aprobaran unas oposiciones sería por una especialidad distinta a la de religión por lo que los puestos no serían los mismos y por tanto no creo que fueran consideradas situaciones comparables a la luz de la doctrina europea. No creo que llegara a contarles ese tiempo de servicio como antigüedad en el concurso de traslados. ¿Eres o has sido de religión? Móntate una causa con suficientes argumentos legales y ...suerte.

O sea, que aunque me parece que las situaciones no son comparables (y por tanto cabe la diferenciación sin incurrir por ello en discriminación) si algún afectado/a cree que tiene argumentos para ello, le invito a hacerlo, faltara más. No me opongo, cosa que haces tú vehementemente con tus compañeros... "interinos", que son FUNCIONARIOS, también.

Citar
(...) Perdona, pero yo esto no lo entiendo, lo diga la normativa autonómica, española o europea, me da exactamente igual. Es por eso que puse las comillas a la palabra funcionario, porque, para mí, solo existe una clase de funcionarios: los de carrera.

Ese es tu problema, no el nuestro, vives en el empeño de que la realidad coincida con tus deseos pero voy a despertarte bruscamente de tu ensoñación, copio y pego del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP):

Citar
Artículo 8 Concepto y clases de empleados públicos

1. Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales.

2. Los empleados públicos se clasifican en:

a) Funcionarios de carrera.
b) Funcionarios interinos.
c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal.
d) Personal eventual.

Y es por esto por lo que nunca nos entenderemos; porque "para ti solo existe un tipo de funcionarios". No hay discusión constructiva posible si no barajamos argumentos basados en la realidad ni sabemos reconocer dónde está la razón del otro. Yo no te la doy en lo de los de religión pero tampoco te la niego; que ya es bastante.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: cangrejillo4 en 26/Abr/2013~15:22
Quiero opinar y opino!
Estoy más cerca de los 60 años que  de los 50.
Mi discapacidad fisica   es de un 65%, lo que  me sitúa en un nivel de dependencia para  poder  realizar muchos actos de la vida. No siempre fuí  discapacitado   con tanto porcentaje. Durante una intervención  quirúrgica de un gran doctor: el doctor  D. Alfonso Carpintero, cuando yo contaba con unos 19 años,me echó  a andar, y con un 52% de discapacidad he trabajado incluso más  de 10 años de agricultor. En la enseñanza llevo 21 años, 18 de interino. A esta edad  si no  me valoran  mi tiempo de servicio dedicado, todo, me  muero siendo el último en todo.
Por cierto, hay mucha similitud  entre  lo agraario, agri-CULTURA,   y nuestra  profesión  de transmisores de la   CULTURA. a las dos profesiones se le ven sus  frutos, al campo antes.

Cada uno tiene sus circunstancias y todos miramos por lo nuestro. Yo tengo muchos menos años que tú, nunca he sido interino y eso no quiere decir que tengas más derecho que nadie...creo yo. Ahora, lo de la discapacidad, es otra cosa, que nadie me malinterprete.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 26/Abr/2013~19:41
Cada uno tiene sus circunstancias y todos miramos por lo nuestro.

Pues sí, cada uno miramos por lo nuestro pero afortunadamente la Justicia mira (se supone) por lo más ajustado a Derecho. Así que no todas las "circunstancias" tienen el mismo recorrido. Y esta, como llegue a Europa, la ganamos sí o sí (opino, claro)

Califa ché, espero celebrarlo contigo. Saludos. :023:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: cangrejillo4 en 26/Abr/2013~20:17
Cada uno tiene sus circunstancias y todos miramos por lo nuestro.

Pues sí, cada uno miramos por lo nuestro pero afortunadamente la Justicia mira (se supone) por lo más ajustado a Derecho. Así que no todas las "circunstancias" tienen el mismo recorrido. Y esta, como llegue a Europa, la ganamos sí o sí (opino, claro)

Califa ché, espero celebrarlo contigo. Saludos. :023:

Para entonces espero que ya hayan salido los destinos definitivos, tener el mío y no acordarme de gente que se ha colado, a mi parecer injustamente, delante de gente que aprobamos a la primera y que ahora se nos pisotea, con la de interinos que hemos tenido que luchar en la oposición.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 26/Abr/2013~22:37
Para entonces espero que ya hayan salido los destinos definitivos, tener el mío y no acordarme de gente que se ha colado, a mi parecer injustamente, delante de gente que aprobamos a la primera y que ahora se nos pisotea, con la de interinos que hemos tenido que luchar en la oposición.

Lamento que opines que hay gente que "se cuela" cuando lo único que ha hecho es trabajar en justa competición con otros por un puesto que no salió a oposiciones porque a la Administración educativa no le dio la gana. Te equivocas de parte a parte. Tu contrariedad debería estar dirigida hacia la Administración no hacia tus compañeros/as funcionarios interinos que han currado, mientras lo han sido, exactamente igual que tú, desempeñando las mismas funciones, con las mismas obligaciones y la misma cualificación profesional.

Repito por enésima vez: no es la forma de provisión de los puestos sino la catalogación del puesto de trabajo (idéntica), las funciones desempeñadas (las mismas), las obligaciones que de ellas emanan (iguales) y la cualificación profesional requerida para desempeñarlas (la misma titulación profesional) lo que cuenta. Es por ello que el Derecho europeo considera ambas situaciones comparables y a consecuencia de ello cualquier diferenciación incurre en discriminación. Es lo que hay. Es justo. Y el principio de primacía del Derecho europeo obliga a sobreponerlo al nacional, como así ha entendido el juez que dicta la sentencia que nos ocupa.

Ruego la lectura de esta entrada del blog del concurso de traslados. Creo que es definitiva.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: cangrejillo4 en 27/Abr/2013~08:30
Para entonces espero que ya hayan salido los destinos definitivos, tener el mío y no acordarme de gente que se ha colado, a mi parecer injustamente, delante de gente que aprobamos a la primera y que ahora se nos pisotea, con la de interinos que hemos tenido que luchar en la oposición.

Lamento que opines que hay gente que "se cuela" cuando lo único que ha hecho es trabajar en justa competición con otros por un puesto que no salió a oposiciones porque a la Administración educativa no le dio la gana. Te equivocas de parte a parte. Tu contrariedad debería estar dirigida hacia la Administración no hacia tus compañeros/as funcionarios interinos que han currado, mientras lo han sido, exactamente igual que tú, desempeñando las mismas funciones, con las mismas obligaciones y la misma cualificación profesional.

Repito por enésima vez: no es la forma de provisión de los puestos sino la catalogación del puesto de trabajo (idéntica), las funciones desempeñadas (las mismas), las obligaciones que de ellas emanan (iguales) y la cualificación profesional requerida para desempeñarlas (la misma titulación profesional) lo que cuenta. Es por ello que el Derecho europeo considera ambas situaciones comparables y a consecuencia de ello cualquier diferenciación incurre en discriminación. Es lo que hay. Es justo. Y el principio de primacía del Derecho europeo obliga a sobreponerlo al nacional, como así ha entendido el juez que dicta la sentencia que nos ocupa.

Ruego la lectura de esta entrada del blog del concurso de traslados. Creo que es definitiva.

Habéis desempeñado el trabajo en calidad de Maestros INTERINOS, no de Maestros FUNCIONARIOS, con lo cual, para mí eso es estar en un escalón inferior en cuanto a ESCALAFÓN, así que no entiendo por qué razón deberíais de adelantarnos.

Yo no estoy en contra vuestra, porque cada uno barre para su casa, estoy en contra de esta sentencia y por supuesto, de la Administración.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 27/Abr/2013~10:05
Habéis desempeñado el trabajo en calidad de Maestros INTERINOS, no de Maestros FUNCIONARIOS

No hay peor ciego que el que no quiere leer.


Ese es tu problema, no el nuestro, vives en el empeño de que la realidad coincida con tus deseos pero voy a despertarte bruscamente de tu ensoñación, copio y pego del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP):

Citar
Artículo 8 Concepto y clases de empleados públicos

1. Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales.

2. Los empleados públicos se clasifican en:

a) Funcionarios de carrera.
b) Funcionarios interinos.
c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal.
d) Personal eventual.

Y es por esto por lo que nunca nos entenderemos; porque "para ti solo existe un tipo de funcionarios". No hay discusión constructiva posible si no barajamos argumentos basados en la realidad ni sabemos reconocer dónde está la razón del otro. Yo no te la doy en lo de los de religión pero tampoco te la niego; que ya es bastante.

Citar
para mí eso es estar en un escalón inferior en cuanto a ESCALAFÓN, así que no entiendo por qué razón deberíais de adelantarnos.

Para ti, no para el juez ni para el resto de Europa ni para cualquiera que esté por un elemental sentido de la justicia. Qué extraño y reaccionario ese empeño por instalarse en la negación de la realidad para seguir manteniendo unos prejuicios y discriminaciones que le han venido bien a la Administración para usar y abusar de mano de obra que le resultaba más barata. Y ahora que Europa dice que santa rita rita, y que la fuente del derecho laboral es el trabajo realizado, algunos aún se empeñan en enarbolar argumentos vacíos como lo del escalafón.

Lo siento pero después de haber escrito tanto, dando tantas razones, esto empieza a ser una pérdida de tiempo. Más aún desde la tablet, que no es demasiado cómoda que se diga para postear. Recomiendo la lectura de la Directiva europea y el acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada sobre los que se fundamenta la sentencia.

Aunque, a decir verdad, es comprensible ese prejuicio. Está tan arraigado en nuestro modelo de función pública que hasta a la judicatura le cuesta adaptarse al derecho de la UE, como se denuncia en el blog del concurso de traslados.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: jorge30 en 27/Abr/2013~10:22
Vaya pandilla de resentidos, pues nada chicos, protestad en este post lo que queráis que espero que los compañeros que se dejaron la piel en mil y un destinos, cosa que vosotros ni os acercáis, obtengan al fin la recompensa.Lo que hay que oír, que si segundo escalafón, que si plazas regaladas, muy fuerte lo vuestro. A seguir pataleando que la justicia al final se hará camino. Suerte compañeros, espero que la sentencia os llegue pronto.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: cangrejillo4 en 27/Abr/2013~11:11
Lo dicho, que se haga justicia...pero para todos.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: califa valenciano en 27/Abr/2013~11:58
Cangrejillo.


Cuando tú no alcanzabas, siete palmos del suelo (te lo digo a raíz de lo que  me comentas que eres mucho más joven que yo). Yo   ya había  aprobado   mis oposiciones, y fue la primera vez   que me presentaba, saqué un 5,7. aprobado , casi un bien. Esto me valió menos que una mierda de gato (perdona nuevamente por la expresión).

Fue mi primera oposición como  ya te digo, curso 1990-91. Desde   entonces no he dejado de presentarme siempre que se  convocaron, y como ya sabes estuve de interino hasta 2009. En esta oposición primera gente  con un 4 o un 3,  o incluso menos, de nota  de examen en oposición, llegó a sacar un 13  en concurso- oposición. ¿Te parece justo que  con un examen suspenso  te dejen a ti en la cuneta  con tu  examen aprobado?
Todas esta barbaridades he visto (…), he  visto pasar  delante  de mis ojos. Sin  embargo  todavía duermo de  un tirón y pesar de mi edad  y todo lo demás. Pero tú  te empeñas en ir  por otros derroteros y  no quieres valorar  el trabajo de las personas  o lo minimizas. Piensas  que porque un día   te echaste 25 temitas  bajo el brazo y tocaste  pelo, ya tienes  el rango, el escalafón, el culo pegado al sillón de por vida, y vas  sobrado de todo  por  que lo tuyo es seguro.
Los miedos  del que ha tenido que jugar con la vida  y sin poner objeciones  a nada, cumpliendo  con su deber   allá donde lo han mandado, todo esto  vale menos que  tus 25 temitas  aprobados. Esos los aprobé yo mucho antes  que tú y, como te digo, me valió menos  que una caca de gato.
A pesar de todo estoy muy agradecido a la vida. No voy pidiendo indulgencia,  ni pena de nadie, pero si me valoraran (que creo que lo van a hacer por JUSTICIA) mi  tiempo de servicio…


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: cangrejillo4 en 27/Abr/2013~12:13
Que haya aprobado las oposiciones a la primera no quiere decir que yo no levantara siete palmos cuando tú ya opositaste.

Todos esos miedos de los que tú hablas yo los he vivido y estoy viviendo de provisional y eso no te da derecho a ponerte por delante.

Yo me eché 25 temitas a las espaldas, además de no se cuántos miles de interinos en una oposición en la que ya tuvísteis privilegios, renuncié a mi vida por dar lo mejor de mí...y bastantes cosas más...así que no me vengas de mártir.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: cangrejillo4 en 27/Abr/2013~12:20
Y si sólo eran 25 temitas...haberlos estudiado bien tú y haber sacado la plaza a la primera...o a la segunda, o las que fueran; o es que a lo mejor estábamos más cerquita de casa y no nos interesaba...


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 27/Abr/2013~12:31
Eh, PAZ (dijo Carlos Gámez ;)) que no es ausencia de conflictos sino su debido encauzamiento. Ya está encauzado por vía judicial (la Justicia empieza allí donde acaba el afecto), dejemos que la Justicia siga su curso y dejad a un lado el desafecto y las cuestiones personales, por favor. Es suficiente.

Este hilo aún puede alojar más argumentos. Dejemos la casuística aparte.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: zeronter en 27/Abr/2013~13:17
Yo no entiendo que se diga o se interprete que los interinos pisotean a quienes se sacan las oposiciones a la primera. Vamos a ver plazas para todos no hay y mucha gente se las saca a la primera no por haber sido un lumbreras cerebrito y sea mejor docente que otros sino mas bien por otras circunstancias como tener mas suerte que otros por ejemplo. Es cierto que habrá estudiado si pero influyen mas factores.  Ya te cansa alguna gente que se cree mas que nadie por haberselas sacado a la primera.
Qué pasa que ahora los interinos han estado trabajando en una cafeteria de camareros 15 años y ese trabajao no se les reconoce ¿? Pues mira oye si ese fuera el trabajo que han hecho pues yo veria muy mal que se les reconociera ese tiempo de servicio pero por favor que han estado trabajando en la enseñanza pública años y años y ese tiempo de servicio no ha exisitido nunca¿? Se borra de un plumazo¿? Seamos serios como dicen desde Europa y ya algunos jueces lo reconocen, que ese tiempo de servicio como DOCENTES y lo pongo en grande, ha exisitido, existirá y se valorará tarde o temprano aunque a algunos les escueza. Un saludo!!


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: Rangun en 27/Abr/2013~13:37
El interino hace el mismo trabajo que yo. Se le debe reconocer el tiempo de servicio, porque dentro de la clase, ante los alumnos, todos hacemos lo mismo: dar clase.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: aikido34 en 27/Abr/2013~13:44
Y si sólo eran 25 temitas...haberlos estudiado bien tú y haber sacado la plaza a la primera...o a la segunda, o las que fueran; o es que a lo mejor estábamos más cerquita de casa y no nos interesaba...

No sé cuántos años tienes, pero yo aprobé con plaza en 2011 después de "aprobar sin plaza" 2003, 2005, 2007 y 2009. Sé de lo que hablo cuando digo que el sistema de acceso ha cambiado durante estos años en los que me he presentado, y te puedo asegurar que yo por lo menos me lo he tomado siempre en serio y he estudiado siempre como el que más. En 2003 aprobé con un 6 y medio de media en la oposición (eran mis primera oposiciones) y me quedé sin plaza por décimas (maldito examen oral). Con esa nota empecé a trabajar en noviembre de 2004 (más de un curso después de las oposiciones) y me mandaron a Cadiz siendo de Almería (no me quejo porque yo puse las 8 provincias, no como algunos que llegan a un destino que está alejado relativamente de su casa habiendo pedido dicha provincia y se quejan encima, ¡pues no haberla pedido!). En fin, con esto quiero decir que yo sí que me merecía la plaza que conseguí en 2011, pues siempre me lo he currado y en la mayoría de las ocasiones me he quedado a muy poquito de la misma, por lo que me merezco que todo el tiempo de servicio previo me sea reconocido, no lo vería justo de otra manera, así como los cargos directivos y tutorías siendo interino que también tengo y que no me han sido valorados en el concurso. Con esto no quiero decir que no haya todo tipo de casos, pero por lo menos por lo que yo he vivido, y me consta que hay compañeros en mi misma situación, ni siquiera tendríamos que tener este debate, se tendría que haber dado por hecho desde hace muchos muchos años.

Un saludo.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: cangrejillo4 en 27/Abr/2013~18:55
Y si sólo eran 25 temitas...haberlos estudiado bien tú y haber sacado la plaza a la primera...o a la segunda, o las que fueran; o es que a lo mejor estábamos más cerquita de casa y no nos interesaba...


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: jorge30 en 28/Abr/2013~00:41
Definitivamente eres tonto de capirote cangrejillo


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: prieto en 28/Abr/2013~00:54
Definitivamente eres tonto de capirote cangrejillo
Por favor, rebatamos sin llegar al "insulto" aunque sea "menor"


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: jorge30 en 28/Abr/2013~01:09
Lo digo sin acritud, es que el personaje en cuestión insulta con sus argumentos, a lo mejor cree que estamos en la India y que aquí impera el sistema de castas, es que es muy fuerte lo que insinúa. Creo que debería tener una cura de humildad. Pero si ofende lo dicho lo retiro, aunque pido que por su parte retire sus insinuaciones sobre compañeros que se merecen mucho respeto.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 28/Abr/2013~01:33
!!Sí me queréis, irse!! Digo... Callarse!!  ;D

De verdad que no entiendo cómo se os va la pinza así. Si fuera moderador os borraba todos los posts que no aportan nada o mejor los movía al de "en contra de la sentencia (...)". Estáis estropeando un hilo que es principalmente informativo. Para despotricar unos de otros id a ese otro y allí os despellejáis a gusto, narices.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: cangrejillo4 en 28/Abr/2013~09:41
Yo he hablado con respeto en todo momento, sin embargo, a mí se me ha insultado.

Está claro que después de las gracias dadas a mis comentarios referidos a estos temas, indican que hay más gente que piensa como yo...simplemente soy de los pocos que dicen estar en contra de algo y le da igual que haya miles a favor, es MI OPINIÓN y lo seguirá siendo.

A algunos se ve que les molesta leer algo contrario a sus argumentos, además insultan; pues aquí se acaba mi intervención sobre este tema. Seguiré pensando igual, además de que, a mi sorpresa, hay maestros, personas, que no aceptan una opinión contraria a la suya.

Sólo espero y deseo que se haga justicia...PARA TODOS...lo que no voy a hacer es aceptar que se me insulte.

Ante todo, respeto, os guste o no lo que leáis...igual que a los demás no nos gusta algunas cosas que se leen por aquí.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: jorge30 en 28/Abr/2013~12:01
¿De qué respeto hablas?, si te has sacado lo de los escalafones de la manga, has insultado a gente que se ha pasado muchos años de aquí para allá, lo de que al ladito de casa se ve que lo has oído y como te interesa decirlo pues eso, hace muchos años que eso no se da entre los interinos "pata negra", imagínate si los provisionales todavía van algunos de oficio los interinos que van después para dónde irán. Pero es algo que como tú no has vivido pues no tienes ni pajolera idea de lo que implica, ni estudiar estando de aquí para allá, en fin que no hay que explicarte nada porque ni quieres ni puedes entenderlo.
Sin embargo te ofendes por la expresión "tonto de capirote", porque tú no has ofendido, sólo has insinuado que aquellos que después de años y años de interinidad fueron al súper y le regalaron la plaza, total si es que las regalaban, la tuya no, la tuya no por Dios que te tiraste vete a saber de meses, por Dios cómo van a compararse tamaño sacrificio con el de los vagos interinos, ¿verdad? Pero tú sin ofender que los malvados interinos que son mu malos y de otra casta quieren seguir lucrándose con tantos privilegios que se les han concedido por seguir expandiendo su vagancia por toda la Autonomía. Haz el favor y si piensas de otra manera hazlo sin ofender, si sabes y puedes claro.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: jorge30 en 28/Abr/2013~12:14
Pd: Pido disculpas por la redacción del mensaje anterior, es que con tres niños pequeños pululando por el ordenador me es muy difícil construir mensajes con mayor lógica.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: zeronter en 28/Abr/2013~12:43
Hace ya unos años que los interinos son mandados muy lejos de su casa y se les tiene en los centros solamente un año. Hace dos años tuve una compañera de 56 años que la mandaban de una provincia que estaba en la otra punta de Andalucia. Las cosas han cambiado ya bastante. Y como ya se ha dicho mas arriba, que se haga justicia si y ya algunos jueces la estan haciendo, aplicando sentencia a favor de reconocer ese tiempo de servicio que está ahi, existe y existira para el futuro.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: Rangun en 28/Abr/2013~15:01
Lo de los escalafones es una tontería. Hay muchos interinos que hacen su trabajo igual o mejor que gente que ya ha sacado la plaza. En mi centro, la maestra que aprobó a la primera es una mierda de profesional, mientras que la otra que fue 15 años interina antes de sacar la plaza es una gran profesional.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: prieto en 28/Abr/2013~15:17
Lo de los escalafones es una tontería. Hay muchos interinos que hacen su trabajo igual o mejor que gente que ya ha sacado la plaza. En mi centro, la maestra que aprobó a la primera es una mierda de profesional, mientras que la otra que fue 15 años interina antes de sacar la plaza es una gran profesional.
Y al revés también Rangun... hay interinos que mejor no mirarlos y recién aprobados que son grandes profesionales.

Ni la antigüedad ni el escalafón dan la verdad absoluta a nadie... ser mejor o peor maestro está en la persona en si.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: melegil en 29/Abr/2013~00:28
Ese cangreburguer no respeta esta profesión o no la conoce lo suficiente para opinar.....me parece a mí


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: currante en 29/Abr/2013~08:32
Según el Diario de Sevilla de ayer, la Consejería de Educación tiene "fichados" a los mejores maestros para que éstos a su vez impartan sus conocimientos al resto de compañeros que no tienen el nivel que de ellos se espera. Así que en breve sabremos quienes son los buen@s maestro@s según la Consejería.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: cangrejillo4 en 29/Abr/2013~13:48
Ese cangreburguer no respeta esta profesión o no la conoce lo suficiente para opinar.....me parece a mí

A mí me parece que se respeta muy poco por aquí.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: cangrejillo4 en 29/Abr/2013~13:48
Ese cangreburguer no respeta esta profesión o no la conoce lo suficiente para opinar.....me parece a mí

A mí me parece que se respeta muy poco por aquí.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: magister malaka en 29/Abr/2013~18:08
Siempre con la mirada al frente, orgullosos de nuestro trabajo, de la suerte de pertenecer a este colectivo, a esta bendita profesión, que tantas satisfacciones nos da a pesar del viento desfavorable de los últimos tiempos, olvidando lo negativo que hemos ido dejando en el camino, pero sin renunciar a nuestra experiencia, formación, vivencias, las que nos han hecho ser lo que somos... Siempre caminando hacia adelante, viviendo el presente, valorando el pasado, pero con las vistas puestas en el futuro más inmediato; pero nunca, jamás, caminando hacia atrás, cangrejillo, como haces tú y todos "los crustáceos" como tú, que tenéis la particularidad de caminar hacia atrás, en dirección contraria a los demás pobladores del reino... (Se me fue la pinza... cangrejillo)  :eusa_shifty:

PD. Orgulloso de los años como maestro interino (no soy "pata negra", más bien marrón); al fin y al cabo, como interino siempre me he considerado maestro, con todas las letras, nadie me ha regalado nada, he desempeñado el mismo trabajo que los demás docentes, mismas funciones, miles de kms a mis espaldas, como provisional lo mismo y, hoy en día, como definitivo, más de lo mismo. Mi mejor amiga, la carretera, mi radio en el coche y las mismas ganas e ilusión de trabajar o más que el primer día...

Un saludo



Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 29/Abr/2013~19:57


¿Quién se monta? 8)


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: penny en 29/Abr/2013~20:19
Creo que debemos todos relajarnos un poco, que después lo pagamos con los chavales... Esta discusión la tenemos entre nosotros desde siempre, cuando yo acabé la carrera en el  89 ya defendíamos nuestros argumentos los interinos y los definitivos... Está claro que todos queremos defender nuestros derechos y que nos respeten y valoren, lo malo es que siempre sale perdiendo algún colectivo con todo esto... Que le vamos a hacer. Además, en todos sitios hay gente que no da ni golpe y otros que se ganan su sueldo dignamente. No tenemos que olvidar que es nuestro trabajo, para eso nos pagan. Vamos a escucharnos  y respetar nuestras opiniones tranquilamente. ¡Animo y suerte a todos!


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: penny en 29/Abr/2013~20:20
Sansila, lo de los moteros muy chulo pero no lo entiendo. Será que es lunes.....


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: mita83 en 29/Abr/2013~20:39
Creo que debemos todos relajarnos un poco, que después lo pagamos con los chavales... Esta discusión la tenemos entre nosotros desde siempre, cuando yo acabé la carrera en el  89 ya defendíamos nuestros argumentos los interinos y los definitivos... Está claro que todos queremos defender nuestros derechos y que nos respeten y valoren, lo malo es que siempre sale perdiendo algún colectivo con todo esto... Que le vamos a hacer. Además, en todos sitios hay gente que no da ni golpe y otros que se ganan su sueldo dignamente. No tenemos que olvidar que es nuestro trabajo, para eso nos pagan. Vamos a escucharnos  y respetar nuestras opiniones tranquilamente. ¡Animo y suerte a todos!

Totalmente de acuerdo contigo penny!!


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 29/Abr/2013~22:00
Sansila, lo de los moteros muy chulo pero no lo entiendo. Será que es lunes.....

Eeemm.... Hay cosas que salen así, no le des muchas vueltas  ;)

:eusa_whistle:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: magister malaka en 29/Abr/2013~22:11
Sansila, lo de los moteros muy chulo pero no lo entiendo. Será que es lunes.....

Eeemm.... Hay cosas que salen así, no le des muchas vueltas  ;)

:eusa_whistle:
¿Eres toda una rebelde? ¿Has nacido para tal?
 :112:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 29/Abr/2013~23:01
Sansila, lo de los moteros muy chulo pero no lo entiendo. Será que es lunes.....

Eeemm.... Hay cosas que salen así, no le des muchas vueltas  ;)

:eusa_whistle:
¿Eres toda una rebelde? ¿Has nacido para tal?
 :112:

Ohh..., dios mío.... :icon_eek:
Con faldas y a lo loco final
 :082:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 22/May/2013~00:00
La sentencia andaluza no está sola ;) :041:

http://otroconcursoesposible.blogspot.com.es/2013/05/el-infame-silencio-de-los-sindicatos-ii.html


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: magister malaka en 22/May/2013~16:08
Sansila, lo de los moteros muy chulo pero no lo entiendo. Será que es lunes.....

Eeemm.... Hay cosas que salen así, no le des muchas vueltas  ;)

:eusa_whistle:
¿Eres toda una rebelde? ¿Has nacido para tal?
 :112:

Ohh..., dios mío.... :icon_eek:
Con faldas y a lo loco final
 :082:
Pero hombreeeeee, Sansila, que eres un tío, haberlo dicho antes, me confundí relacionando la terminación -a del femenino, no sé por qué pero creía que eras una "colega"  :eusa_shifty: :081:


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 22/May/2013~21:29
jeje


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 29/Jun/2013~20:27
Y tenemos el procedimiento en su tramo final. En el blog del concurso de traslados dice el bloguero que el asunto está elevado al TSJA http://otroconcursoesposible.blogspot.com.es/2013/06/asalto-final-por-la-baremacion-del.html
 :026:
La suerte está echada y todo el profesorado de la educación pública no universitaria estará pendiente del resultado.. o de qué bañador se va a poner pa ir a la piscina, más bien.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 12/Jul/2013~22:12
La suerte está echada y todo el profesorado de la educación pública no universitaria estará pendiente del resultado.. o de qué bañador se va a poner pa ir a la piscina, más bien.

Pero entre chapuzón y chapuzón... razones en el blog del Concurso de Traslados en favor de la baremación del tiempo de interino.

 http://otroconcursoesposible.blogspot.com.es/2013/07/ante-el-tsja-por-la-sentencia-andaluza.html


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: davifernan en 12/Jul/2013~22:20
Y tenemos el procedimiento en su tramo final. En el blog del concurso de traslados dice el bloguero que el asunto está elevado al TSJA http://otroconcursoesposible.blogspot.com.es/2013/06/asalto-final-por-la-baremacion-del.html
 :026:
La suerte está echada y todo el profesorado de la educación pública no universitaria estará pendiente del resultado.. o de qué bañador se va a poner pa ir a la piscina, más bien.

 hombre, es que ya NO hay GH...


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: zeronter en 12/Jul/2013~22:41
Cuándo se sabrá el resultado final de esa sentencia¿?


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 12/Jul/2013~23:00
Cuándo se sabrá el resultado final de esa sentencia¿?

Pues... Esas cosas suelen variar bastante. Esa es una buena pregunta que habría que dirigir al bloguero, que parece un tío bastante informado. Lo suyo sería echarle unas letritas en los comentarios del blog del concurso de traslados, a ver qué responde,


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 13/Jul/2013~01:22
FORTVNA AVDATES IVVAT

Acertadas citas. La tuya ...y la de zeronter. Solo queda que se hagan realidad con SIEP y su genial desmarque.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: sansila en 18/Jul/2013~19:38
Y hay buenas noticias sobre el "desmarque", podríamos tener sentencia firme en Andalucía antes del próximo concurso de traslados

http://otroconcursoesposible.blogspot.com.es/2013/07/siep-y-pide-una-pica-en-flandes.html


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: legionariodelatiza en 20/Sep/2016~14:38
hola compis, yo me quiero mover al respecto, además confío mucho en mi abogado, que ya me gano el reconocimiento del tiempo de servicio como interino en otras comunidades autónomas como reconocimiento en la de andalucía. no solo ganó la mía, el resto igualmente. si alguien se quier unir os paso su teléfono. un saludo a todos.


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: martulina en 11/Oct/2016~18:24
hola compis, yo me quiero mover al respecto, además confío mucho en mi abogado, que ya me gano el reconocimiento del tiempo de servicio como interino en otras comunidades autónomas como reconocimiento en la de andalucía. no solo ganó la mía, el resto igualmente. si alguien se quier unir os paso su teléfono. un saludo a todos.

Pues creo que no deberías dispersar fuerzas. Tienes una iniciativa más potente porque se trata NO de una demanda individual sino de una DEMANDA COLECTIVA interpuesta contra el MECD para empezar. Vamos de entrada contra la orden ministerial por la que se convocan las normas que deben seguir las convocatorias autonómicas y que invocan el RD 1364/2010 y el correspondiente baremo discrimintario.

Yo que tú, legionariodelatiza, me uniría a la Plataforma nacional de Docentes por la Baremación de la Interinidad. ¿No has visto el hilo de la DEMANDA contra el MECD? ¿Te vas a gastar una pasta en ir individualmente para encima tener mucha menos fuerza que los que ya estamos en la Plataforma, que nos hemos constituido en SINDICATO con todos los privilegios que ello conlleva y que tú no tienes individualmente??

Venga, te esperamos a ti y a todos los compañeros y compañeras que leéis esto.

El hilo en este mismo foro: http://maestros25.com/forum/index.php/topic,169509.0.html

El grupo de Facebook: https://www.facebook.com/groups/PlataformaDBI/members/



Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: ppoldo69 en 12/Oct/2016~14:29
PLATAFORMA EN DEFENSA DE LA INTERINIDAD EN CONCURSOS DE TRASLADOS DE ÁMBITO NACIONAL
https://www.facebook.com/groups/PlataformaDBI/?fref=ts

CCOO  GALICIA ha puesto en su web lo que ha defendido en la mesa sectorial de hoy respecto al baremo del concurso de traslados. Está en Gallego y lo he traducido con el traductor google

OS PONGO EL TEXTO EN CASTELLANO (TRADUCTOR GOOGLE) Y A CONTINUACIÓN LA DIRECCIÓN DE DEL DOCUMENTO DE CCOO
Orden por el que se convoca  concurso de traslados entre los cuerpos de funcionarios docentes profesores universitarios y profesores de enseñanza secundaria, escuelas oficiales de idiomas, música y artes escénicas, artes plásticas y diseño, profesores técnicos de formación profesional, taller de maestros bellas artes y diseño, profesores, inspectores al servicio de la administración de la educación e inspectores de educación.

Desde esta organización criticó la falta de coordinación entre el gobierno central y autónomo (aunque es mismo signo político) y la negligencia mostrada por las dos administraciones para abrir la negociación del RD 1364/2010 que de autorización para entrar en la competición de transferencia con un Baremo único para todo el estado. Esta situación está poniendo en cuestionar la movilidad de los profesores de Galicia, no sólo dentro de nuestra comunidad, pero para aquellos maestros que quiere volver a Galicia, o por cualquier razón decide solicitar la vacante de otra administración. No debemos olvidar que somos un cuerpo nacional y como tal movilidad debe abarcar todo el estado.

CCOO defiende la movilidad de los profesores, pero no a cualquier precio y sin garantías, la administración debe tener por supuesto que no se puede hacer una llamada en contra de los reglamentos de procedimiento, publicado el 5 de octubre en el Boletín Oficial, un concurso de traslados de carácter nacional, que va a generar quejas, un nuevo Judicialización de la misma y dará lugar a la paralización del concurso, sobre todo después de que en la Base10  se especifica que se tome una decisión sobre la balanza a una comisión en el caso de la desigualdad.
CCOO defiende la existencia de una un único Baremo que regule los concursos de traslados, la situación que provocó La decisión de la Xunta de Galicia de modificar el baremo. Esta organización no se opone a que se cuenta en los servicios antes de ser nombrados funcionarios de carrera, pero cree que es un tema que debe ser debatido dentro del sector de conferencias y la mesa sectorial del estado, tomando la modificación del RD 1364/2010.
Es evidente que la directiva europea es aplicable y que las decisiones judiciales se encontraban en esa línea, pero la interpretación puede hacer que la aplicación de la misma no tiene por qué estar  en la forma que lo está haciendo la Xunta de Galicia.

Esta organización considera que la actitud de la Xunta de Galicia, manteniendo su posición de fuerza en la aplicación del Baremo es irresponsable, no es más que una cortina de humo para ocultar los daños causados a los maestros todo esto mientras que la decisión precipitada de este Consejo.

Desde CCOO considerar la suspensión cautelar necesaria del concurso durante todo breve período de tiempo, una mes por lo menos, que permitirá la apertura de negociaciones en el estado de una nueva propuesta de Baremo, para salvar la situación actual y permite una llamada del concurso de traslados que se respete el principio de igualdad de participantes.

No es el resumen de la mesa sino la postura de CCOO de lo q piensa respecto a contarGalicia en este Concurso Nacional el T. de Interinos
Os pongo el documento, lo más llamativo es CCOO GALICIA pide a la Xunta de Galicia una spensión cautelar DE UN MES Y QUE SE TRATE EN MADRID PARA UNIFICAR CRITERIOS EN TODO ESPAÑA
OS PONGO EL PDF http://www.ccooensino.gal/media/uploads/1476188872_CONCURSO%20MESA%2011%20OUTUBRO.pdf


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: ppoldo69 en 14/Oct/2016~20:49
¡¡ATENCIÓN DOCENTES FUNCIONARI@S DE CARRERA!!
ESTE AÑO IREMOS EN COLECTIVO A LA JUSTICIA A DEFENDER NUESTRO TIEMPO DE SERVICIOS DE INTERIN@S EN EL CONCURSO DE TRASLADOS.
ENTRE TOD@S SERÁ POCO DINERO, NOS PERTENECE, POR ELLO OS PEDIMOS ENTRAR Y COLABORAR CON LA PLATAFOMA: https://m.facebook.com/groups/101217360304358/


Título: Re: ¡¡¡SENTENCIA FAVORABLE A LA BAREMACIÓN DEL TIEMPO DE INTERINO EN CGT!!!
Publicado por: ppoldo69 en 16/Oct/2016~10:18
ESPECIAL INFORME DE LA PLATAFORMA DOCENTES x BAREMACIÓN DE LA INTERINIDAD https://www.facebook.com/groups/PlataformaDBI/ 

FORMULARIO DE DENUNCIA UE - EXTRACTO FUNDAMENTAL.
https://lookaside.fbsbx.com/file/FORMULARIO%20DE%20DENUNCIA%20UE%20-%20EXTRACTO%20FUNDAMENTAL.pdf?token=AWzm-8M5Nl4R5-07baRtcVpg62p7EfNcKU03n-qi4RwEvV7ArfsbenWyJH9rrols--0-lYF7wsybiGGDSUBBxwzy6Md62ySFIk-uw8dCFvI-cHFWLxegJiYOKMNpEsThXXeh_VGL6JhBcC5Lhc_UsRvGR4-afIrBjYVEQIdE7S-ybw

CARTA DE EMPLAZAMIENTO DE LA UE A ESPAÑA SOBRE LA DIRECTIVA 1999/70 http://isandaluza.es/wp-content/uploads/2015/05/Documento-UE.pdf

CCOO ENSEÑANZA GALICIA http://www.ccooensino.gal/media/uploads/1476274461_12:10:2016%20inf%C3%B3rmaTE%20CXT%202016.pdf
http://www.ccooensino.gal/informacion-ampliada.php?idNoti=98

FEDERACIÓN ENSEÑANZA CCOO ANDALUCÍA https://www.feandalucia.ccoo.es/plantillai.aspx?p=3&d=4531

LA VOZ DE GALICIA http://www.lavozdegalicia.es/noticia/galicia/2016/10/12/educacion-fia-ministerio-haya-disparidad-concurso-traslados/0003_201610G12P8996.htm

LA JUNTA ANDALUCÍA CELEBRA CON ESTA NOTICIA QUE EL T. INTERINOS EN EL CONCURSO DE ESTE AÑO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL (PARA ADMINISTRATIVOS Y PERSONAL NO DOCENTE) SE HAN MATERIALIZADO CON TODA NORMALIDAD http://www.europapress.es/esandalucia/sevilla/noticia-casi-50000-peticiones-concursos-traslados-funcionarios-laborales-junta-20161013153708.html