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« Respuesta #40 : 08/Abr/2013~22:31 » |
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Si estan concursando es que se han sacado sus oposiciones como es normal.
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Vuela amig@, vuela alto porque cuando vuelas muy bajo la gente tira a matar...
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Avanzad@
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« Respuesta #41 : 08/Abr/2013~22:59 » |
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greeniris y nsc, estais algo confundidos. Estamos hablando de gente que ya es funcionaria y que participan en el concurso de traslados con más o menos tiempo trabajado cuando eran interinos.
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Avanzad@
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« Respuesta #42 : 10/Abr/2013~13:26 » |
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Creo que lo que se discute es que se cuente el tiempo de servicios ANTES de aprobar. Claro que al final aprobaron!!! hasta ahí estaba claro.... Pero hay algunos que yo conozco personalmente, estuvieron años sin querer estudiar porque estaban más cómodos en sus casas, y ahora les van a considerar igual que el que sacó las oposiciones hace 10 años o más.... no es lógico Es igual cuando apruebas las oposiciones?? e incluso no sacarlas??, es eso lo que aquí se está valorando.
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Avanzad@
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« Respuesta #43 : 10/Abr/2013~14:43 » |
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Los que sacaron las oposiciones hace diez años ,ya están en su casa seguro...jejej el problema son los demás,pienso yo.
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Avanzad@
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« Respuesta #44 : 10/Abr/2013~15:39 » |
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Está claro, en todos los colectivos hay gente que se lo curra más o se lo curra menos. También hay muchos definitivos que aprobaron hace 14 años como en mi caso y que estuvimos de interinos 8 años estudiando mucho y trabajando a la vez por toda la provincia. Había años que no convocaban oposiciones y otros años eran restringidas. Yo no estaba cerca de mi casa y como yo, había mucha gente. Siempre salen unos favorecidos y otros perjudicados. También creo que a veces es difícil centrarte y estudiar lo suficiente cuando cada quince días te mandan a un destino diferente y en un ciclo, especialidad o etapa diferente .En fin, no me quejo, ya estoy en mi ciudad, pero mi trabajo me ha costado, cada uno tenemos nuestra experiencia. ¿Qué es lo justo?.....................
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Sabio-Moderador
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« Respuesta #45 : 10/Abr/2013~15:45 » |
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Los que sacaron las oposiciones hace diez años ,ya están en su casa seguro...jejej el problema son los demás,pienso yo.
Pues depende lo que las circunstancias de la vida te haya acarreado,... porque yo personalmente "no estoy en casa"...Estoy cerca, pero no en casa.
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Avanzad@
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« Respuesta #46 : 22/Abr/2013~22:21 » |
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Pues si las oposiciones no sirven para nada y todos son funcionarios por hacer el mismo trabajo, ¡¡que las quiten de una vez por todas!! Que vayan colocando a los maestros según vayan terminando la carrera y punto. Total, para lo que me ha servido a mí sacar la oposición, para llevarme 20 años en pueblos mientras los "funcionarios" interinos estaban al lado de su casa. Esas son las "mismas condiciones laborales" que hemos tenido, ja, ja, ja. Y si es así, que también hagan funcionarios a los maestros de religión, porque también curran lo suyo ¿o no?
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Avanzad@
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« Respuesta #47 : 23/Abr/2013~00:35 » |
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Pues si las oposiciones no sirven para nada y todos son funcionarios por hacer el mismo trabajo, ¡¡que las quiten de una vez por todas!! Que vayan colocando a los maestros según vayan terminando la carrera y punto. Claro que las oposiciones sirven. Pero luego, el trabajo que no se puede cubrir por los funcionarios de carrera lo cubren los funcionarios interinos. Y a igual trabajo, iguales derechos. ¿Alguien puede negar ahora que los funcionarios interinos tengan derecho a los trienios? ¿Alguien se opone ya a que cobren los sexenios? ¿Pues por qué no va a contar la misma antigüedad que les permite cobrar los sexenios en el concurso de traslados? ¿Es que deja de ser antigüedad en el Cuerpo? Vamos a ver, que no solo es justo que cuente sino que así lo dicta la doctrina europea que es la que debe prevalecer por encima de actitudes reaccionarias hasta en los juzgados, que ya es lamentable. Total, para lo que me ha servido a mí sacar la oposición, para llevarme 20 años en pueblos mientras los "funcionarios" interinos estaban al lado de su casa. Esas son las "mismas condiciones laborales" que hemos tenido, ja, ja, ja. Por favor, más respeto a los funcionarios interinos. Me parece una mezquindad que uses las comillas. No solo por la doblez peyorativa que deslizas sino porque, además, el Estatuto Básico del Empleado Público no las usa cuando habla de funcionarios interinos. Ese es nuestro problema, no nos obligan a conocer las leyes no educativas a las que nos debemos y hablamos con un desconocimiento y un prejuicio que afortunadamente Europa está desmontando por fin. Veinte años ha costado desmontar la infame ley hipotecaria que hemos padecido y creo que en este asunto la cosa va a durar algo menos. Y si es así, que también hagan funcionarios a los maestros de religión, porque también curran lo suyo ¿o no?
Para ser funcionario hay que concurrir a determinadas convocatorias en escrupuloso respeto a los principios de publicidad, mérito y capacidad. Lo de los de religión viene de unos acuerdos que no creo que puedan considerarse de la misma forma y que dé lugar a lo que Europa llama "situaciones comparables". De hecho, hasta hace poco, eran nombrados por el obispado correspondiente (de aquella manera) aunque ahora creo que son nombrados por la delegación. Su situación se ha regularizado bastante con la de los interinos. En cualquier caso, en el supuesto que nos ocupa aquí, si aprobaran unas oposiciones sería por una especialidad distinta a la de religión por lo que los puestos no serían los mismos y por tanto no creo que fueran consideradas situaciones comparables a la luz de la doctrina europea. No creo que llegara a contarles ese tiempo de servicio como antigüedad en el concurso de traslados. ¿Eres o has sido de religión? Móntate una causa con suficientes argumentos legales y ...suerte.
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Avanzad@
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« Respuesta #48 : 23/Abr/2013~22:56 » |
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Para ser funcionario hay que concurrir a determinadas convocatorias en escrupuloso respeto a los principios de publicidad, mérito y capacidad.
Tú mismo lo estás diciendo, Sansila. Pero no solo hay que concurrir, también hay que aprobar. Porque, al parecer, por el hecho de presentarte a la convocatoria y entrar en una bolsa de sustituciones ya eres funcionario, interino, pero funcionario. Perdona, pero yo esto no lo entiendo, lo diga la normativa autonómica, española o europea, me da exactamente igual. Es por eso que puse las comillas a la palabra funcionario, porque, para mí, solo existe una clase de funcionarios: los de carrera. Y con esto no pretendo menospreciar a nadie, pues no hablo del trabajo o la dedicación de cada tipo de personal, solo me refiero a la utilización, desde mi punto de vista inadecuada, de la palabra "funcionario" junto a la palabra "interino", pues creo que o se es una cosa o se es otra, no ambas a la vez. Cuando se aprueban unas oposiciones y te nombran funcionario, tu nombre, número de registro, etc, sale publicado en el BOE ¿Ocurre lo mismo con los interinos? Pues si son funcionarios deberían hacerlo ¿no?
¿Alguien puede negar ahora que los funcionarios interinos tengan derecho a los trienios? ¿Alguien se opone ya a que cobren los sexenios? ¿Pues por qué no va a contar la misma antigüedad que les permite cobrar los sexenios en el concurso de traslados? ¿Es que deja de ser antigüedad en el Cuerpo?
Pues sí, para mí no puede tenerse antigüedad, porque no se pertenece a dicho "Cuerpo" hasta que eres funcionario de carrera. Y esto, al menos en España, ha sido así de toda la vida, diga lo que diga ahora la "doctrina europea". También están en Europa en contra de la doctrina Parot que impide que salgan de prisión muchos asesinos, ¿tengo que estar de acuerdo con esto porque lo diga Europa? Pues, por supuesto que no. El hecho de que los maestros interinos cobren trienios y sexenios no perjudica a los maestros funcionarios y puede considerarse algo de justicia, pero reconocer la antigüedad de todos los años de interinidad sí perjudica a gran cantidad de funcionarios de carrera a la hora de obtener destino. A eso se le llama "vestir a un santo para desvestir a otro" y no se pueden otorgar beneficios a un colectivo perjudicando a otro; eso, sencillamente, no es justo.
En cualquier caso, en el supuesto que nos ocupa aquí, si aprobaran unas oposiciones sería por una especialidad distinta a la de religión por lo que los puestos no serían los mismos y por tanto no creo que fueran consideradas situaciones comparables a la luz de la doctrina europea.
Y dale con la doctrina europea. A ver, ahora sí que no te entiendo. Dices que a un maestro de Religión que aprobase las oposiciones no podría reconocersele la antigüedad porque los puestos serían distintos, pero ¿en qué quedamos? ¿es que un maestro de Religión no da clases igual que tú y que yo? ¿no justificas tú tus demandas en la igualdad del trabajo realizado? Porque, desde luego, no puedes justificarlas en otro tipo de igualdad. Entonces, no debería haber problema para que el maestro de Religión también tuviera su antigüedad. Aunque, claro, si la doctrina europea no lo ve así... Respondiendo a tu última pregunta, no, no soy maestra de Religión. Soy maestra de Primaria, aunque aprobé las oposiciones en 1985 por Matemáticas y Ciencias, especialidad que me quitaron con la LOGSE. Y durante años y años (nada más que 20) he trabajado en pueblos mientras los maestros interinos estaban en la capital al lado de casa, yendo a las oposiciones a firmar y dejar el examen en blanco. A esos mismos maestros se les ha hecho luego unas oposiciones a medida para que las aprueben y, ahora, quieren tener la misma antigüedad en el cuerpo que yo ¿Eso a tí te parece justo? Pues perdona, pero si tu respuesta es que sí, no entiendo tu idea de justicia.
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Avanzad@
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« Respuesta #49 : 23/Abr/2013~23:49 » |
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Sabes, lo que yo doy es una opinión. Lo que das tú, también. Y lo que diga el juez que dicte sentencia firme, será justicia. Nos guste más o menos. Habrá que cuidar que esa justicia esté en consonancia con la doctrina europea porque, le pique a quien le pique, es esa doctrina, la misma con la que Europa ha abofeteado en la cara de gobiernos y justicia españoles a cuento de la ley hipotecaria, la que ha de prevalecer sobre la nacional. Veremos qué pasa.
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Avanzad@
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« Respuesta #50 : 24/Abr/2013~00:02 » |
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Creo que ambos teneis parte de razon. Pero tambien se que todos los que nos llevamos algunos años de intetinos antes de aprobar, no estabsmos al lado de casa, ni me hicieron oposiciones a la medida, yo aprobe en el 99 y fue muy dificil, nos ordenaron por nota y puntos a todos los de Andalucia. Y algunos años ni las convocaban.
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Avanzad@
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« Respuesta #51 : 24/Abr/2013~00:40 » |
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Mira penny, el problema no radica en los que os llevasteis algunos años de interinos antes de aprobar por las circunstancias que fuesen. El problema está en los ahora funcionarios que fueron interinos durante años y años. Estos puede que concursen por su primer destino definitivo o por el segundo.Puede darse la circunstancia de que un maestro funcionario de carrera haya tenido que tener dos destinos definitivos antes de poder acercarse mas o menos a su casa, con lo cual ha perdido todos los puntos de permanencia en el centro. Si quisiera volver a concursar para acercarse aún más o mejorar de centro, tendría que competir con maestros con muchos menos años de funcionario de carrera, pero puede que más de permanencia en el centro de destino definitivo. Si a esos puntos ahora se le añadiesen los de interinidad, se pondrían por delante de los que eran funcionarios antiguos y obtendrían mejores destinos. Esto es una realidad que no podemos obviar. No es de recibo que una persona que lleva 6 o 7 años de funcionario tenga más puntos en el concurso que otra que lleve casi 30 años. Ahí está la injusticia y esto es independiente de lo que cada uno haya rodado, porque durante mucho tiempo, al menos en Andalucía donde recuerdo que no ha habido nunca concursillo, los que más rodaban o más lejos se quedaban eran precisamente los funcionarios.
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Avanzad@
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« Respuesta #52 : 24/Abr/2013~00:50 » |
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Sabes, lo que yo doy es una opinión. Lo que das tú, también. Y lo que diga el juez que dicte sentencia firme, será justicia. Nos guste más o menos. Habrá que cuidar que esa justicia esté en consonancia con la doctrina europea porque, le pique a quien le pique, es esa doctrina, la misma con la que Europa ha abofeteado en la cara de gobiernos y justicia españoles a cuento de la ley hipotecaria, la que ha de prevalecer sobre la nacional. Veremos qué pasa.
Sabes, ya que defiendes con tanto ahínco tus ideas me gustaría saber algunas cosas: 1º ¿Cuánto tiempo fuiste interino y cuanto llevas de funcionario? 2º ¿ Defendías con el mismo ardor el concursillo cuando eras interino como ahora que eres funcionario? 3º¿Por qué no respondes a mi observación de reconocer también la antigüedad al profesorado de religión que aprobase las oposiciones? ¿No te interesa por si se te ponen delante con sus puntos?
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Avanzad@
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« Respuesta #53 : 24/Abr/2013~18:58 » |
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Sabes, lo que yo doy es una opinión. Lo que das tú, también. Y lo que diga el juez que dicte sentencia firme, será justicia. Nos guste más o menos. Habrá que cuidar que esa justicia esté en consonancia con la doctrina europea porque, le pique a quien le pique, es esa doctrina, la misma con la que Europa ha abofeteado en la cara de gobiernos y justicia españoles a cuento de la ley hipotecaria, la que ha de prevalecer sobre la nacional. Veremos qué pasa.
Sabes, ya que defiendes con tanto ahínco tus ideas me gustaría saber algunas cosas: 1º ¿Cuánto tiempo fuiste interino y cuanto llevas de funcionario? 2º ¿ Defendías con el mismo ardor el concursillo cuando eras interino como ahora que eres funcionario? 3º¿Por qué no respondes a mi observación de reconocer también la antigüedad al profesorado de religión que aprobase las oposiciones? ¿No te interesa por si se te ponen delante con sus puntos? A ver, que no te has enterado... lo contrario de las razones son las casuísticas personales. No me habrás leído ni una a no ser precisamente para descalificarlas por irrelevantes. Es fácil, te vas a mi perfil y repasa del primero al último mis posts. No solo puedes comprobar esto que te digo sino que quizá empieces a entender más sobre el panorama que se ha abierto en España y que en Europa ya lleva así desde 2001. 3º¿Por qué no respondes a mi observación de reconocer también la antigüedad al profesorado de religión que aprobase las oposiciones? ¿No te interesa por si se te ponen delante con sus puntos?
Lo he hecho: Para ser funcionario hay que concurrir a determinadas convocatorias [entendiste que me refería a oposiciones pero parece que no te entra en la cabeza que las bolsas de trabajo cumplen los mismos requisitos mientras que los de religión hasta hace muyyy poco han entrado (y salido) a dedo] en escrupuloso respeto a los principios de publicidad, mérito y capacidad. Lo de los de religión viene de unos acuerdos que no creo que puedan considerarse de la misma forma y que dé lugar a lo que Europa llama "situaciones comparables". De hecho, hasta hace poco, eran nombrados por el obispado correspondiente (de aquella manera) aunque ahora creo que son nombrados por la delegación. Su situación se ha regularizado bastante con la de los interinos. En cualquier caso, en el supuesto que nos ocupa aquí, si aprobaran unas oposiciones sería por una especialidad distinta a la de religión por lo que los puestos no serían los mismos y por tanto no creo que fueran consideradas situaciones comparables a la luz de la doctrina europea. No creo que llegara a contarles ese tiempo de servicio como antigüedad en el concurso de traslados. ¿Eres o has sido de religión? Móntate una causa con suficientes argumentos legales y ...suerte. O sea, que aunque me parece que las situaciones no son comparables (y por tanto cabe la diferenciación sin incurrir por ello en discriminación) si algún afectado/a cree que tiene argumentos para ello, le invito a hacerlo, faltara más. No me opongo, cosa que haces tú vehementemente con tus compañeros... "interinos", que son FUNCIONARIOS, también. (...) Perdona, pero yo esto no lo entiendo, lo diga la normativa autonómica, española o europea, me da exactamente igual. Es por eso que puse las comillas a la palabra funcionario, porque, para mí, solo existe una clase de funcionarios: los de carrera. Ese es tu problema, no el nuestro, vives en el empeño de que la realidad coincida con tus deseos pero voy a despertarte bruscamente de tu ensoñación, copio y pego del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP): Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or LoginArtículo 8 Concepto y clases de empleados públicos
1. Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales.
2. Los empleados públicos se clasifican en:
a) Funcionarios de carrera. b) Funcionarios interinos. c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal. d) Personal eventual . Y es por esto por lo que nunca nos entenderemos; porque "para ti solo existe un tipo de funcionarios". No hay discusión constructiva posible si no barajamos argumentos basados en la realidad ni sabemos reconocer dónde está la razón del otro. Yo no te la doy en lo de los de religión pero tampoco te la niego; que ya es bastante.
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« Respuesta #54 : 26/Abr/2013~15:22 » |
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Quiero opinar y opino! Estoy más cerca de los 60 años que de los 50. Mi discapacidad fisica es de un 65%, lo que me sitúa en un nivel de dependencia para poder realizar muchos actos de la vida. No siempre fuí discapacitado con tanto porcentaje. Durante una intervención quirúrgica de un gran doctor: el doctor D. Alfonso Carpintero, cuando yo contaba con unos 19 años,me echó a andar, y con un 52% de discapacidad he trabajado incluso más de 10 años de agricultor. En la enseñanza llevo 21 años, 18 de interino. A esta edad si no me valoran mi tiempo de servicio dedicado, todo, me muero siendo el último en todo. Por cierto, hay mucha similitud entre lo agraario, agri-CULTURA, y nuestra profesión de transmisores de la CULTURA. a las dos profesiones se le ven sus frutos, al campo antes.
Cada uno tiene sus circunstancias y todos miramos por lo nuestro. Yo tengo muchos menos años que tú, nunca he sido interino y eso no quiere decir que tengas más derecho que nadie...creo yo. Ahora, lo de la discapacidad, es otra cosa, que nadie me malinterprete.
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Avanzad@
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« Respuesta #55 : 26/Abr/2013~19:41 » |
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Cada uno tiene sus circunstancias y todos miramos por lo nuestro.
Pues sí, cada uno miramos por lo nuestro pero afortunadamente la Justicia mira (se supone) por lo más ajustado a Derecho. Así que no todas las "circunstancias" tienen el mismo recorrido. Y esta, como llegue a Europa, la ganamos sí o sí (opino, claro) Califa ché, espero celebrarlo contigo. Saludos.
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« Respuesta #56 : 26/Abr/2013~20:17 » |
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Cada uno tiene sus circunstancias y todos miramos por lo nuestro.
Pues sí, cada uno miramos por lo nuestro pero afortunadamente la Justicia mira (se supone) por lo más ajustado a Derecho. Así que no todas las "circunstancias" tienen el mismo recorrido. Y esta, como llegue a Europa, la ganamos sí o sí (opino, claro) Califa ché, espero celebrarlo contigo. Saludos. Para entonces espero que ya hayan salido los destinos definitivos, tener el mío y no acordarme de gente que se ha colado, a mi parecer injustamente, delante de gente que aprobamos a la primera y que ahora se nos pisotea, con la de interinos que hemos tenido que luchar en la oposición.
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Avanzad@
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« Respuesta #57 : 26/Abr/2013~22:37 » |
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Para entonces espero que ya hayan salido los destinos definitivos, tener el mío y no acordarme de gente que se ha colado, a mi parecer injustamente, delante de gente que aprobamos a la primera y que ahora se nos pisotea, con la de interinos que hemos tenido que luchar en la oposición.
Lamento que opines que hay gente que "se cuela" cuando lo único que ha hecho es trabajar en justa competición con otros por un puesto que no salió a oposiciones porque a la Administración educativa no le dio la gana. Te equivocas de parte a parte. Tu contrariedad debería estar dirigida hacia la Administración no hacia tus compañeros/as funcionarios interinos que han currado, mientras lo han sido, exactamente igual que tú, desempeñando las mismas funciones, con las mismas obligaciones y la misma cualificación profesional. Repito por enésima vez: no es la forma de provisión de los puestos sino la catalogación del puesto de trabajo (idéntica), las funciones desempeñadas (las mismas), las obligaciones que de ellas emanan (iguales) y la cualificación profesional requerida para desempeñarlas (la misma titulación profesional) lo que cuenta. Es por ello que el Derecho europeo considera ambas situaciones comparables y a consecuencia de ello cualquier diferenciación incurre en discriminación. Es lo que hay. Es justo. Y el principio de primacía del Derecho europeo obliga a sobreponerlo al nacional, como así ha entendido el juez que dicta la sentencia que nos ocupa. Ruego la lectura de Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginesta entrada del blog del concurso de traslados . Creo que es definitiva.
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« Respuesta #58 : 27/Abr/2013~08:30 » |
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Para entonces espero que ya hayan salido los destinos definitivos, tener el mío y no acordarme de gente que se ha colado, a mi parecer injustamente, delante de gente que aprobamos a la primera y que ahora se nos pisotea, con la de interinos que hemos tenido que luchar en la oposición.
Lamento que opines que hay gente que "se cuela" cuando lo único que ha hecho es trabajar en justa competición con otros por un puesto que no salió a oposiciones porque a la Administración educativa no le dio la gana. Te equivocas de parte a parte. Tu contrariedad debería estar dirigida hacia la Administración no hacia tus compañeros/as funcionarios interinos que han currado, mientras lo han sido, exactamente igual que tú, desempeñando las mismas funciones, con las mismas obligaciones y la misma cualificación profesional. Repito por enésima vez: no es la forma de provisión de los puestos sino la catalogación del puesto de trabajo (idéntica), las funciones desempeñadas (las mismas), las obligaciones que de ellas emanan (iguales) y la cualificación profesional requerida para desempeñarlas (la misma titulación profesional) lo que cuenta. Es por ello que el Derecho europeo considera ambas situaciones comparables y a consecuencia de ello cualquier diferenciación incurre en discriminación. Es lo que hay. Es justo. Y el principio de primacía del Derecho europeo obliga a sobreponerlo al nacional, como así ha entendido el juez que dicta la sentencia que nos ocupa. Ruego la lectura de Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginesta entrada del blog del concurso de traslados . Creo que es definitiva. Habéis desempeñado el trabajo en calidad de Maestros INTERINOS, no de Maestros FUNCIONARIOS, con lo cual, para mí eso es estar en un escalón inferior en cuanto a ESCALAFÓN, así que no entiendo por qué razón deberíais de adelantarnos. Yo no estoy en contra vuestra, porque cada uno barre para su casa, estoy en contra de esta sentencia y por supuesto, de la Administración.
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Avanzad@
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« Respuesta #59 : 27/Abr/2013~10:05 » |
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Habéis desempeñado el trabajo en calidad de Maestros INTERINOS, no de Maestros FUNCIONARIOS No hay peor ciego que el que no quiere leer. Ese es tu problema, no el nuestro, vives en el empeño de que la realidad coincida con tus deseos pero voy a despertarte bruscamente de tu ensoñación, copio y pego del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP): Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or LoginArtículo 8 Concepto y clases de empleados públicos
1. Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales.
2. Los empleados públicos se clasifican en:
a) Funcionarios de carrera. b) Funcionarios interinos. c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal. d) Personal eventual . Y es por esto por lo que nunca nos entenderemos; porque "para ti solo existe un tipo de funcionarios". No hay discusión constructiva posible si no barajamos argumentos basados en la realidad ni sabemos reconocer dónde está la razón del otro. Yo no te la doy en lo de los de religión pero tampoco te la niego; que ya es bastante. para mí eso es estar en un escalón inferior en cuanto a ESCALAFÓN, así que no entiendo por qué razón deberíais de adelantarnos. Para ti, no para el juez ni para el resto de Europa ni para cualquiera que esté por un elemental sentido de la justicia. Qué extraño y reaccionario ese empeño por instalarse en la negación de la realidad para seguir manteniendo unos prejuicios y discriminaciones que le han venido bien a la Administración para usar y abusar de mano de obra que le resultaba más barata. Y ahora que Europa dice que santa rita rita, y que la fuente del derecho laboral es el trabajo realizado, algunos aún se empeñan en enarbolar argumentos vacíos como lo del escalafón. Lo siento pero después de haber escrito tanto, dando tantas razones, esto empieza a ser una pérdida de tiempo. Más aún desde la tablet, que no es demasiado cómoda que se diga para postear. Recomiendo la lectura de la Directiva europea y el acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada sobre los que se fundamenta la sentencia. Aunque, a decir verdad, es comprensible ese prejuicio. Está tan arraigado en nuestro modelo de función pública que Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhasta a la judicatura le cuesta adaptarse al derecho de la UE , como se denuncia en el blog del concurso de traslados.
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