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Autor Tema: MUFACE  (Leído 532811 veces)
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maryoc
  

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« Respuesta #380 : 16/May/2011~13:50 »

Hola, cuando solicitamos ayudas dentarias mandando la solicitud por correo que tenemos que mandar las dos que genera el sistema de muface o sólo una y la otra es para que nos la sellen en correos y quedárnosla como justificante de haberlo enviado? Gracias
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ana r,r
  

Nuev@

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« Respuesta #381 : 27/May/2011~16:30 »

sabeis si tarda mucho en pagar muface Córdoba?, gracias
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pemira
  

Nuev@

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« Respuesta #382 : 05/Jun/2011~17:52 »

¿Cómo se piden las prestaciones dentarias de Muface? ¿Qué y como hay que hacer?
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pemira
  

Nuev@

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« Respuesta #383 : 05/Jun/2011~17:55 »

¿Cómo se solicitan las ayudas dentarias de Muface, qué hay que hacer?
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helenn
  

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« Respuesta #384 : 10/Jun/2011~21:33 »

¡Buenas!

¿sabeis si por pordología da alguna ayuda MUFACE? por un tratamiento de un papiloma... y otra cuestión: ¿dan la misma ayuda para lentillas que para gafas?

Muchas gracias
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dulmatid
  

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« Respuesta #385 : 01/Jul/2011~16:15 »

 A mí me cubre la podología ASISA con informe del Endocrino por ser diabética
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chitarrone
  

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« Respuesta #386 : 01/Jul/2011~22:34 »

Maryoc Saludos: recuerdo los animos y recomendaciones con el tema de la muela del juicio.Hoy he ido al maxilofacial,me ha dicho que como estan las dos muelas una encima de la otra,me quitará las dos y para ello habrá anestesia general,me ha dicho que puedo pasar 6 meses sin sensibilidad en la lengua y en la cara.Joeee,me la ha dado pa septiembre (27) y me piden un monton de pruebas antes.Stoy algo asustao Me recuperaré pronto?En fin Ojalá que tu extraccion sea mucho más fácil y por supuesto no te moleste practicamente nada. 064 064
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mariper
  

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« Respuesta #387 : 05/Jul/2011~16:31 »

¿Cómo se solicitan las ayudas dentarias de Muface, qué hay que hacer?
Es muy sencillo métete en la página de Muface, rellena el impreso de la solicitud de prestación dentaria telemáticamente, imprímelo y mándalo junto con las facturas del dentista por correo a Muface. Yo la pedí así en el mes de Mayo y a la semana tenía en mi cuenta bancaria el ingreso hecho.Después tendrás que pedir lo que te falte para que te cubra el 30% de lo que te ha cobrado el dentista, a Acción Social. Para ello manda el justificante de pago de Muface y el impreso de solicitud de Acción Social, en la modalidad de actividad continuada y mandarlo por correo a la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de tu provincia.
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silfide_79
  

Avanzad@
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« Respuesta #388 : 13/Jul/2011~13:04 »

¿Nuestros hermanos y padres también son beneficiarios de nuestras ayudas de muface? ¿y nuestras parejas?
He leído esto en la web de muface:

Pueden ser incluidos como beneficiarios del mutualismo administrativo los familiares o asimilados a cargo de un mutualista en alta que se relacionan a continuación:

    * El cónyuge del mutualista, así como la persona que conviva con el mutualista en análoga relación de afectividad a la del cónyuge con los requisitos establecidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
    * Los descendientes, hijos adoptivos y hermanos. Los descendientes e hijos adoptivos podrán serlo de ambos cónyuges o de cualquiera de ellos, y los hijos también de la persona que conviva con el mutualista en análoga relación de afectividad a la de cónyuge con los requisitos establecidos en el Régimen General de la Seguridad Social. Excepcionalmente, los acogidos de hecho quedan asimilados, a estos efectos, a los familiares mencionados, previo acuerdo, en cada caso, de la Mutualidad General.
    * Los ascendientes, cualquiera que sea su condición legal, e incluso adoptivos, tanto del mutualista como de su cónyuge, y los cónyuges por ulteriores nupcias de tales ascendientes.
    * Cualquiera otra persona relacionada con el mutualista que se determine de acuerdo con lo dispuesto en el Régimen General de la Seguridad Social.


En requisitos pone que debe vivir con nosotros y a nuestras expensas. ¿Se supone que nuestro cónyuge debe vivir de nosotros para ser beneficiario? ¿y tampoco pueden trabajar?

Muchas gracias.
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Mano de acero en guante de terciopelo
maestritastar
  

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« Respuesta #389 : 20/Jul/2011~02:25 »

¿Nuestros hermanos y padres también son beneficiarios de nuestras ayudas de muface? ¿y nuestras parejas?
He leído esto en la web de muface:

Pueden ser incluidos como beneficiarios del mutualismo administrativo los familiares o asimilados a cargo de un mutualista en alta que se relacionan a continuación:

    * El cónyuge del mutualista, así como la persona que conviva con el mutualista en análoga relación de afectividad a la del cónyuge con los requisitos establecidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
    * Los descendientes, hijos adoptivos y hermanos. Los descendientes e hijos adoptivos podrán serlo de ambos cónyuges o de cualquiera de ellos, y los hijos también de la persona que conviva con el mutualista en análoga relación de afectividad a la de cónyuge con los requisitos establecidos en el Régimen General de la Seguridad Social. Excepcionalmente, los acogidos de hecho quedan asimilados, a estos efectos, a los familiares mencionados, previo acuerdo, en cada caso, de la Mutualidad General.
    * Los ascendientes, cualquiera que sea su condición legal, e incluso adoptivos, tanto del mutualista como de su cónyuge, y los cónyuges por ulteriores nupcias de tales ascendientes.
    * Cualquiera otra persona relacionada con el mutualista que se determine de acuerdo con lo dispuesto en el Régimen General de la Seguridad Social.
que lo diga!!  graciasss

En requisitos pone que debe vivir con nosotros y a nuestras expensas. ¿Se supone que nuestro cónyuge debe vivir de nosotros para ser beneficiario? ¿y tampoco pueden trabajar?
sabe algo información... si alguien
Muchas gracias.





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jumucas
  

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« Respuesta #390 : 30/Jul/2011~01:04 »

Si alguien me puede ayudar....
Tengo una duda muy importante. Acabo de sacar la plaza y el caso es que tengo un niño de año y medio que nació con una enfermedad en las venas y me lo mandaron por medio de la seguridad social a Madrid. Cada 3 meses lo tengo que llevar y los viajes y todas las operaciones me las pagan la S.S. La pregunta es:
¿Si en septiembre cojo un seguro privado para mi, mi mujer y mi peque por medio de muface, dejará de llevarnos este médico A través de la SS? ¿Cómo va este tema?
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alevel
  

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« Respuesta #391 : 30/Jul/2011~10:14 »

Según tengo entendido los nuevos funcionarios pasan al regimen de la seguridad social, ya no tienes la posibilidad de elegir compañía privada. Si me equivoco, corregidme.
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silfide_79
  

Avanzad@
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« Respuesta #392 : 30/Jul/2011~11:27 »

Cierto, creo que es así, que ya no existe la posibilidad de adherirse a una compañía privada.
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Mano de acero en guante de terciopelo
maryn
  

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« Respuesta #393 : 02/Ago/2011~11:04 »

Pero los nuevos funcionarios tienen q darse de alta en Muface o directamente en la seguridad social como si tuviesen cualquier otro trabajo???¿y ahora hay q separarse de los padres en la Seguridad social y ponerse solo no?gracdias
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nevus
  

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« Respuesta #394 : 02/Ago/2011~23:30 »

Si, ya no dependes de tus padres.
Pregunta en tu delegación cómo, dónde y cuándo debes apuntarte.
Ta luego.
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martinsa
  

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« Respuesta #395 : 12/Ago/2011~15:12 »

El parto tienes que hacerlo en la privada aunque puedes intentar el cambio y ver si te lo admiten.
Yo hice un cambio extraordinario porque la compañía en la que estaba cambió sus condiciones y me pasé a otra. No tuve problema en conseguirlo, pero esto es distinto. Inténtalo.
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"Educar es: preparar la mente para pensar, la mano para obrar y el corazón para sentir"
evatg23
  

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« Respuesta #396 : 15/Ago/2011~17:41 »

Una duda sobre esto de Muface, ¿tengo que apuntarme a la compañía privada obligatoriamente en septiembre o puedo estar al principio con la seguridad social y luego en enero cambiarme a la compañía?
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No hay maestro que no pueda ser discí­pulo.
rmlg
  

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« Respuesta #397 : 15/Ago/2011~18:07 »

Una duda sobre esto de Muface, ¿tengo que apuntarme a la compañía privada obligatoriamente en septiembre o puedo estar al principio con la seguridad social y luego en enero cambiarme a la compañía?

efectivamente puedes elegir la seguirdad social si quieres.
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evatg23
  

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« Respuesta #398 : 15/Ago/2011~18:21 »

Una duda sobre esto de Muface, ¿tengo que apuntarme a la compañía privada obligatoriamente en septiembre o puedo estar al principio con la seguridad social y luego en enero cambiarme a la compañía?

efectivamente puedes elegir la seguirdad social si quieres.

Si, si, ya sé que puedo elegir la seguridad social, pero la duda es si en cualquier momento me puedo cambiar a la privada, o si ya elijo la seguridad social me tengo que quedar ahi siempre...  017
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No hay maestro que no pueda ser discí­pulo.
gaditana28
  

Moderadora Gruñona
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Ubicación: Gaditaneando
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« Respuesta #399 : 15/Ago/2011~18:27 »

Una duda sobre esto de Muface, ¿tengo que apuntarme a la compañía privada obligatoriamente en septiembre o puedo estar al principio con la seguridad social y luego en enero cambiarme a la compañía?

efectivamente puedes elegir la seguirdad social si quieres.

Si, si, ya sé que puedo elegir la seguridad social, pero la duda es si en cualquier momento me puedo cambiar a la privada, o si ya elijo la seguridad social me tengo que quedar ahi siempre...  017
No tienes pq estar ahi para siempre, luego te puedes cambiar. Nosotros tenemos la SS.
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