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Autor Tema: Permiso retribuido siendo interino en sustitución  (Leído 2882 veces)
0 Usuarios y 2 Visitantes están viendo este tema.
silvitalog
  

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« : 12/Ene/2026~14:31 »


Buenos dias, ¿el permiso de los dos días de asuntos propios en periodo lectivo lo puede pedir alguien en sustitucion por ejemplo en el mes de octubre?
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lozgar
  

Nuev@

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« Respuesta #1 : 12/Ene/2026~17:15 »

Buenos dias, ¿el permiso de los dos días de asuntos propios en periodo lectivo lo puede pedir alguien en sustitucion por ejemplo en el mes de octubre?
Hola por la información que a mí me han dado es sólo para vacantes.
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prieto
  

Sabio-Moderador
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WWW
 
« Respuesta #2 : 12/Ene/2026~19:31 »

Según las instrucciones
Asimismo, el personal funcionario interino con varios nombramientos en un mismo curso escolar, siempre que la suma de los periodos de dichos nombramientos alcance un mínimo de 87 días de
prestación de servicios efectivos, disfrutará de un día, pudiendo hacerse efectivo en cualquier
momento del periodo lectivo del referido curso escolar. En el caso de que este personal alcance
dentro del mismo curso escolar un mínimo de seis meses de prestación de servicios efectivos, tendrá
derecho a un segundo día de asuntos particulares en periodo lectivo. A tal efecto, este personal
habrá de acompañar a la solicitud declaración responsable en la que se haga constar los días de
asuntos particulares retribuidos ya disfrutados en periodo lectivo, así como el documento “Hoja de
Servicios y Servicios Previos” expedido a través del Portal Docente a través del siguiente enlace:
 Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or Login
Debido a causas organizativas excepcionales relacionadas con el derecho a la educación del alumnado,
el permiso podrá denegarse atendiendo a razones objetivas, no arbitrarias y debidamente
motivadas, debiendo emitirse informe motivado por parte de la dirección del centro o responsable
del servicio educativo.
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Maesteacher
  

Expert@-Veteran@
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« Respuesta #3 : 12/Ene/2026~19:46 »

Buenos dias, ¿el permiso de los dos días de asuntos propios en periodo lectivo lo puede pedir alguien en sustitucion por ejemplo en el mes de octubre?
Hola por la información que a mí me han dado es sólo para vacantes.

Hola, eso es en el caso de los permisos no retribuidos.
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"Lo que quieren es dividir: no es una pelea entre funcionarios de carrera y opositores, es contra la administración" - Ana Dueñas.
lozgar
  

Nuev@

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« Respuesta #4 : 12/Ene/2026~20:34 »

Buenos dias, ¿el permiso de los dos días de asuntos propios en periodo lectivo lo puede pedir alguien en sustitucion por ejemplo en el mes de octubre?
Hola por la información que a mí me han dado es sólo para vacantes.

Hola, eso es en el caso de los permisos no retribuidos.
Okk gracias por aclararlo  Giñar´, Prieto y a ti por incluir la información del documento.
 
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lozgar
  

Nuev@

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« Respuesta #5 : 12/Ene/2026~20:38 »

Buenos dias, ¿el permiso de los dos días de asuntos propios en periodo lectivo lo puede pedir alguien en sustitucion por ejemplo en el mes de octubre?
Hola por la información que a mí me han dado es sólo para vacantes.

Hola, eso es en el caso de los permisos no retribuidos.
Disculpad alguien tiene la ruta para pedir estos días en el caso de vacante. Un saludo.   
Okk gracias por aclararlo  Giñar´, Prieto y a ti por incluir la información del documento.
 
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silvitalog
  

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« Respuesta #6 : 12/Ene/2026~21:52 »

Es para sustituciones también, lo que no me queda claro es lo de los 87 días. Si tengo que trabajarlos y a partir de ahí puedo pedir un día o si puedo pedir el día y al final si no haces los 87 días. Mi duda es por si puedo pedir un dia de octubre por ejemplo. Yo voy a trabajar casi seguro más de 87 dias...
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lozgar
  

Nuev@

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« Respuesta #7 : 14/Ene/2026~22:04 »

Es para sustituciones también, lo que no me queda claro es lo de los 87 días. Si tengo que trabajarlos y a partir de ahí puedo pedir un día o si puedo pedir el día y al final si no haces los 87 días. Mi duda es por si puedo pedir un dia de octubre por ejemplo. Yo voy a trabajar casi seguro más de 87 dias...

Hola alguien podría pasarme la ruta para pedirme esos días. Muchas gracias.
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Mmcc
  

Nuev@

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Registro:17/Oct/2020~00:19
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« Respuesta #8 : Hoy a las 14:47 »

Entonces es obligatorio 87 días para pedir uno de los dos días de asuntos propios si eres interino en sustitución, no es suficiente hacer el cálculo proporcional de si 10 meses son 6 días con dos meses te pertenece uno?
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