Según las instrucciones
Asimismo, el personal funcionario interino con varios nombramientos en un mismo curso escolar, siempre que la suma de los periodos de dichos nombramientos alcance un mínimo de 87 días de
prestación de servicios efectivos, disfrutará de un día, pudiendo hacerse efectivo en cualquier
momento del periodo lectivo del referido curso escolar. En el caso de que este personal alcance
dentro del mismo curso escolar un mínimo de seis meses de prestación de servicios efectivos, tendrá
derecho a un segundo día de asuntos particulares en periodo lectivo. A tal efecto, este personal
habrá de acompañar a la solicitud declaración responsable en la que se haga constar los días de
asuntos particulares retribuidos ya disfrutados en periodo lectivo, así como el documento “Hoja de
Servicios y Servicios Previos” expedido a través del Portal Docente a través del siguiente enlace:
Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
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LoginDebido a causas organizativas excepcionales relacionadas con el derecho a la educación del alumnado,
el permiso podrá denegarse atendiendo a razones objetivas, no arbitrarias y debidamente
motivadas, debiendo emitirse informe motivado por parte de la dirección del centro o responsable
del servicio educativo.