Hola, estarías en las 2 bolsas.
Esto lo puse hace poco en otro mensaje del foro, creo que te puede ayudar.
Son preguntas que hice sobre el tema al que aludes a un sindicato, estas son las preguntas y respuestas:
Buenos días, me podrían indicar qué legislación rige el cambio de bolsa que pueda efectuar un interino con tiempo de servicio.
Me explico. Un interino con tiempo de servicio en una especialidad, decide presentarse a la oposición por otra, con la intención de pasar ese tiempo de servicio a la nueva especialidad por la que se presenta.
Preguntas:
- ¿Tiene que aprobar el proceso de oposición completo (escrito y oral) o solo con aprobar la parte escrita vale?
Puedes aprobar sólo la primera prueba. y solicitarlo
- Independientemente de la respuesta anterior, una vez presentada la documentación necesaria para trasladar el tiempo de servicio de una bolsa a otra ¿Cuándo entraría a formar parte de la nueva bolsa? Tengo entendido que sería a partir del siguiente curso ¿Es así?
Sí, en el siguiente curso. Pero lo pides en las peticiones de destinos en la solicitud para participar en las oposiciones
- ¿Ese tiempo de servicio se puede volver a trasladar a la misma bolsa de procedencia? Todo este proceso de traslado de tiempo de servicio ¿Se pude realizar cuantas veces quiera el interino?
Eso lo tendría que preguntar, porque en esta Orden no está recogido
- ¿Qué legislación rige todo esto?
La normativa es la ORDEN de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal. Concretamente en el artículo 3. Aquí llevas el enlace:
Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or
Loginhttp://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2011/117/d/updf/d2.pdf
PD: no entiendo la pregunta que haces "Un saludo.No me obligan a estar en la de otoño?"