Muchísimas gracias Pedro91. Otra cosa, se pueden alternar códigos de colegios y códigos de localidades? Esto es tanto para vacantes como para sustituciones, no?
Y como he preguntado anteriormente, pero si en lugar de vacante es una sustitución lo que te dan cuando estás en baja de maternidad o posteriormente, si que te puedes poner como activo no disponible, verdad? Eso tenía entendido que, al menos, el tiempo de servicio si que te contaba para ordenación en bolsa. Perdonad tanta pregunta pero es mi primera vez

Compañera Carlotilla, claro tu puedes poner colegios de todas las localidades que quieras en el orden que quieras, es decir, puedes poner si quieres el primer colegio de Málaga, el segundo de Jaén, el tercero otra vez de Málaga el 4º de Sevilla como tu quieras. Sí para vacantes y para sustituciones. Imagina que estás en una sustitución y te das de baja porque vas a dar a luz y mientras estás de baja por maternidad se incorpora la titular de la plaza, entonces tú te tendrás que poner como activa no disponible en Sipri por cuidado de menor y en ese caso el tiempo de servicio si te contaría para la ordenación en bolsa. De todas formas si Zeronter o Juan Máximo o Yosmina leen el mensaje que nos arrojen un poco de luz.
Un saludo.
Si que se pueden alternar los códigos como dice Pedro91.
Y en realidad los códigos son solo para vacantes, bueno y de cara a plaza cuando hay oposiciones.
Para sustituciones los códigos ya no sirven digamos, ahí ya serían los puestos que salgan en SIPRI, dependiendo de las provincias que hayas puesto para sustituciones.
En cuanto a la baja, si tienes una sustitución, te contaría el tiempo de servicio para bolsa y oposiciones mientras dure esa sustitución.
Si se incorpora el/la titular volverías a bolsa y deberías participar en SIPRI como activo no disponible.En caso de que te adjudiquen ya solo te contaría el tiempo de servicio para la bolsa,no para las oposiciones,ya que no te incorporas,claro.
Se podría "encadenar" solicitar cuidado de un menor ,si fuera el caso, por querer continuar en situación de activo no disponible, debiendo solicitarlo con una antelación mínima de quince días hábiles a la finalización de los periodos de permiso relacionados con la maternidad,la paternidad, la adopción o el acogimiento, o del período de descanso legalmente establecido para la maternidad.
Saludos.
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