La sentencia establece que “la recurrente tiene derecho a estar en la bolsa, puesto que se
ha presentado al proceso selectivo y tiene la titulación requerida según la Orden de 1 de abril de 2013 para
ser incluida en la bolsa bilingüe de la especialidad de educación primaria.”
Y obliga a la Administración a obrar en consecuencia: “Por lo tanto, se tiene que incluir en las bolsas
a aquellos aspirantes que han superado alguna prueba en el proceso selectivo y que reúnen los requisitos
de la titulación en el idioma respectivo exigido por la Orden de 1 de abril de 2013. Reuniendo la
demandante ambos requisitos, cumple la estimación del presente recurso contencioso administrativo.”
Yo entiendo que ella cobra... le dan el tiempo de servicio y su sitio en bolsa... el resto entrará a la bolsa pero sin tiempo de servicio ni pago de nada no?