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« Respuesta #69 : 19/Nov/2013~17:09 » |
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Me ha llegado esto al correo:
Enredo 2013-14 El concurso está convocado en Andalucía y a la hora de editar esta entrada nos consta que en Murcia y en Castilla y León, también.
Lamentamos hondamente el desprecio que la Administración andaluza muestra por las justas reivindicaciones que más de dos mil personas le han hecho y aún le siguen haciendo por un modelo de gestión más JUSTO, HUMANO y sin visos de ILEGALIDAD. Recordamos que la recogida de firmas seguirá abierta mientras la CEJA no se mueva en favor de las propuestas que desde aquí defendemos y, desde este momento, exploraremos la solidez de los argumentos que exponíamos en la entrada inmediatamente anterior de este blog respecto a la dudosa legalidad de un modelo de gestión del profesorado que lamina antojadizamente nuestro derecho individual a la conciliación de la vida laboral y familiar sin conjugarlo, necesariamente, con unas obligaciones funcionariales y unas necesidades del servicio que ni cuestionamos ni eludimos.
Vaya por delante el exclusivo compromiso de Otro Concurso Es Posible por las dos únicas propuestas que pueden aglutinar las voluntades de todos los docentes andaluces: el concursillo para definitivos que vuelven a concursar con poca suerte y la libre elección de provincia(s) en caso de destino forzoso para maestros (al menos) a la espera de su primer destino definitivo, exactamente igual que en las dos comunidades castellanas.
Juramentados por esas dos causas miramos, no obstante, con enormes reticencias el desconcierto que se cierne sobre las convocatorias regionales de concurso de traslados.
Galicia convocó, hace dos semanas, el CGT baremando en igualdad de condiciones el servicio ejercido como funcionario interino y de carrera. Cuesta creer que esa Comunidad Autónoma se haya tirado a una piscina vacía estando dirigida por el mismo partido político que gobernando también el país tiene sobre sí la responsabilidad de regular y (des)coordinar los concursos de traslados que se convocan en todo el territorio nacional. Es de sospechar que Galicia esté muy bien informada y que haya hecho lo más sólido desde el punto de vista jurídico. Incluso podría saber que es eso lo que proyectaría hacer el MECD en 2014-2015.
Actualización 19-11-2013 14:40 - Y sin embargo, Castilla y León, en manos del mismo partido político que Galicia, leída la convocatoria, no barema el tiempo de interino en concurso de traslados. Hipótesis abajo. A ver quién entiende este gazpacho.
A Extremadura, por otra parte, su más alto Tribunal, apelando a la jurisprudencia europea, le está señalando que el tiempo de interino ha de baremarse en los concursos de traslados del personal docente a efectos de antigüedad en el Cuerpo. Es cierto que, a fuerza de querer ver la cuestión con orejeras, esa sentencia no tiene efectos erga omnes --frente a todos-- y solo afecta a una persona, la demandante, una compañera a la que en esta próxima convocatoria del concurso general de traslados extremeño se le computará, sí o sí, su tiempo de interina. Y no es menos cierto que, jurídicamente, la normativa nacional que los regula, el RD 1364/2010, sigue por tanto vigente. Con esto último en mente, según fuentes sindicales, todos las organizaciones "mayoritarias" sentadas en la Mesa Técnica extremeña de 13-11-2013 estimaban como lo más sensato convocar conforme al vigente RD 1364/2010. Sin embargo, esa Consejería, que no parece tenerlas todas consigo, en el mismo acto, traslada a los presentes su decisión de posponer sine die la convocatoria del concurso de traslados "mientras recaba informes de su gabinete jurídico y consulta con el MECD y las demás CCAA".
Hace bien la Consejería extremeña en posponer la convocatoria porque aquí todo el mundo parece ignorar una cosa llamada Europa, su ordenamiento jurídico y la jurisprudencia que de ella emana. A los compañeros y compañeras extremeños no se les escapará, desde luego, que esa Consejería responde de sus actos administrativos ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Extremadura y por sobre ellos, ante la Sala o Salas de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Tribunal que, miren ustedes, ya se ha manifestado taxativamente respecto al asunto que nos ocupa. Y tampoco se les esconderá, a buen seguro, a los extremeños, que cualquier juez nacional puede dejar sin efecto toda norma nacional por entrar en conflicto con la jurisprudencia europea.
Así que, con la bola de cristal en la mano aventuramos que si a la Administración educativa extremeña le da por convocar el concurso de traslados y lo hace en los justos términos señalados en el RD 1364/2010, esa Consejería recibiría un aluvión de demandas exigiendo la nulidad de la convocatoria por contravenir el ordenamiento jurídico europeo. Y lo grave no es que se presente denuncia. Es que además de presentarse, esas denuncias se ganarían muy rápidamente por tratarse de un asunto ya juzgado por su más alto Tribunal regional, recayendo sentencia seguramente antes de que se manifestara el Tribunal Supremo y posiblemente antes de que el resultado del concurso fuera irreversible.
En la seguridad del escenario anterior, la Consejería extremeña podría intentar evadirse. ¿Cómo? Como ya ha confesado, no sin cierto pudor: retrasando al máximo la convocatoria para no dar margen a que un chorreo de demandas en plazo le paren el concurso de traslados. Claro que esta alternativa carece de la más mínima ética. Los perjudicados serían precisamente quienes parecen ser los legítimos beneficiarios de la jurisprudencia europea, a mayor agravio, históricos damnificados por una reaccionaria interpretación nacional del Derecho que ha impedido que desde 2001 se aplicara la baremación de los servicios como interino a efectos de antigüedad en el Cuerpo o que se reconociera la retribución de trienios y sexenios que, solo tarde y en escasa cuantía, se ha ganado en los juzgados.
Yendo aún más allá, en Andalucía, donde en apariencia --solo en apariencia-- nuestro TSJ nos ha dado paz impartiendo justicia sobre el particular, ¿quién o qué le impide a un docente andaluz impugnar el dispar criterio que reflejan las convocatorias gallega y andaluza, por ejemplo, exigiendo UN ÚNICO CRITERIO PARA UN ÚNICO CUERPO por la vía rápida, esto es, invocando vulneración de derechos fundamentales? O mejor aún, ¿qué o quién se lo impediría a un compañero castellano leonés cuyo TSJ ya tiene cierta experiencia en cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia Europeo sobre este particular y parece estar más al corriente de la jurisprudencia europea?
¿Responsables? Antes de escudriñar qué parte de responsabilidad puede tener, si la tuviera, el único TSJ que hasta la fecha se opone en solitario, aunque con la autoridad que nadie le discute, a la valoración del tiempo de interino --contra el criterio expreso de los TSJ de Extremadura y de Asturias, que nos conste-- y enfrentado a una realidad establecida en TODAS las Administraciones Públicas del Estado español como es la baremación del servicio como funcionario interino en concurso de traslados en igualdad con el servicio ejercido como funcionario de carrera; antes de escrutar la parte de culpa, si la hubiera, de una Administración Central que, enfrascada en su particular guerra de frentes contra la otra España, no habría sabido anticipar una bola de nieve que arrancó del caso Rosado Santana en 2011 y que rueda ya desbocada sobre el concurso general de traslados de los cuerpos docentes de la Educación Pública no universitaria; y antes de remover la insoslayable responsabilidad, aquí sí que sí, de unas organizaciones sindicales rémoras, autocomplacientes, remisas, desacreditadas, deslegitimadas y gangrenadas por su bajísima representatividad y su inmoral rechazo a la autocrítica, habría que centrarse en soluciones justas... de haberlas.
Porque si la solución que se pretende dar es que las víctimas de esta nueva convocatoria sigan siendo aquellos mismos históricos perjudicados, a sabiendas de que son los legítimos beneficiarios del superior derecho de la Unión y ahora que esas víctimas, los históricamente explotados, conocen las dimensiones del abuso que sobre ellos se cometió, a golpe de sentencias --sobre trienios y sexenios-- que tarde se ganan y poco y mal les resarcen, nos preguntamos si cualquiera de esos indignados concursantes de cualquier Comunidad Autónoma no estará tentado de plantar denuncia contra las convocatorias de concurso de traslados de criterios encontrados para exigir un solo criterio para un único cuerpo.
¿O también esto es mucho pedir? Parece que sí. Como dice CCOO Extremadura, el concurso está en el aire. Y patas arriba, habrá que añadir. Pero no solo el suyo, posiblemente. Bienvenidos a la comedia de enredo del CGT 2013 - 2014
Otro Concurso Es Posible (Carthago delenda est)
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