Nuev@
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« : 04/Mar/2013~18:04 » |
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... solo sirven para la ordenación en la Bolsa de Interinos, y los realizados los 2 últimos años. Os digo esto para que os ahorréis el gasto de hacer cursos, siempre que penséis que cuentan para la Oposición. Que tengáis claro que ya no es como en 2011, que se podían tener 4 puntos sumando cursillos y expediente académico. Ahora los cursos sirven para la ordenación en bolsa, los realizados los 2 últimos años. En cuanto al concurso por las plazas solo se pueden tener 3 puntos, solo por tiempo de servicio u otros títulos universarios. Leer Anexo IV del decreto 276/2007
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Sabio-Moderador
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« Respuesta #1 : 04/Mar/2013~18:40 » |
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2.5 Formación permanente: Por cada curso de forma ción permanente y perfeccionamiento superado, relacionado con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecno logías aplicadas a la edu cación, la didáctica, la psicopedagogía o la so ciología de la educación, convocado por adminis traciones públicas con plenas competencias edu cativas o por universida des, o actividades inclui das en el plan de forma ción permanente organiza dos por entidades colabo radoras con las adminis traciones educativas, o actividades reconocidas por la administración educativa correspondiente: a) No inferior a 3 créditos: 0,2000 puntos. b) No inferior a 10 créditos: 0,5000 puntos. Exclusivamente para la especialidad de música, se valorarán en los mismos términos los cursos orga nizados por los conserva torios de música. A efectos de este subapar tado, se podrán acumular los cursos no inferiores a 2 créditos que cumplan los requisitos que se es pecifican en este subapartado.
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« Respuesta #2 : 04/Mar/2013~19:05 » |
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... solo sirven para la ordenación en la Bolsa de Interinos, y los realizados los 2 últimos años. Os digo esto para que os ahorréis el gasto de hacer cursos, siempre que penséis que cuentan para la Oposición. Que tengáis claro que ya no es como en 2011, que se podían tener 4 puntos sumando cursillos y expediente académico.
Ahora los cursos sirven para la ordenación en bolsa, los realizados los 2 últimos años. En cuanto al concurso por las plazas solo se pueden tener 3 puntos, solo por tiempo de servicio u otros títulos universarios.
Leer Anexo IV del decreto 276/2007
Revisa la lectura que has hecho del decreto. El anexo IV hace referencia al título VI, que precisamente es la transitoria que ya no está en vigor. Para el baremo de las próximas oposciones tienes que leer el anexo I: Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para el ingreso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. Es cierto, que en ese baremo, no se incluye un apartado de formación permanente, pero creo que podrían ir dentro del apartado de otros méritos (máximo 2 puntos). Por otro lado, eso de que sirven para la ordenación de las bolsas, te recomiendo que leas el decreto 311/2012, de 26 de junio, por el que se modifica el Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la Función Pública Docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes.
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Nuev@
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« Respuesta #3 : 04/Mar/2013~21:53 » |
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Entonces por lo que estais diciendo los cursos si te dan puntos, ¿verdad? no son solo para la ordenación en la bolsa de interinos, ¿no? además, no se sabe cuanto vale hasta que no salga la convocatoria o por lo menos eso tenía yo entendido. 
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Nuev@
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Registro:10/Dic/2010~20:19
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« Respuesta #4 : 04/Mar/2013~22:31 » |
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... solo sirven para la ordenación en la Bolsa de Interinos, y los realizados los 2 últimos años. Os digo esto para que os ahorréis el gasto de hacer cursos, siempre que penséis que cuentan para la Oposición. Que tengáis claro que ya no es como en 2011, que se podían tener 4 puntos sumando cursillos y expediente académico.
Ahora los cursos sirven para la ordenación en bolsa, los realizados los 2 últimos años. En cuanto al concurso por las plazas solo se pueden tener 3 puntos, solo por tiempo de servicio u otros títulos universarios.
Leer Anexo IV del decreto 276/2007
Revisa la lectura que has hecho del decreto. El anexo IV hace referencia al título VI, que precisamente es la transitoria que ya no está en vigor. Para el baremo de las próximas oposciones tienes que leer el anexo I: Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para el ingreso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. Es cierto, que en ese baremo, no se incluye un apartado de formación permanente, pero creo que podrían ir dentro del apartado de otros méritos (máximo 2 puntos). Por otro lado, eso de que sirven para la ordenación de las bolsas, te recomiendo que leas el decreto 311/2012, de 26 de junio, por el que se modifica el Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la Función Pública Docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes. el decreto 311 simplemente modifica algunas cosas del 302, y no modifica lo que dice el 302 sobre la ordenación en bolsa, donde cuentan los cursos realizados 2 años antes de la convocatoria ... una vez que ha terminado el sistema transitorio el baremo de méritos nada tiene que ver con las pasadas convocatorias, y es tal y como yo digo y si no,mira la página de la academia Luis Vives: copio y pego FASE DE CONCURSO Sólo se podra obtener un máximo de 3 puntos, o bien por servicios de interinidad quien los tenga, o méritos puramente académicos (expediente, otras titulaciones y masters)Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttp://www.academialuisvives.com/oposiciones.html En cuanto a lo que me dices que relea el decreto 276, te diré que cuando se refiere al baremo de méritos remite al Anexo IV ... Si estoy equivocado que entre Zeronter y me corrija. Solo quiero que se sepa que los cursos no dan puntos para el Concurso-Oposición, simplemente valen para la ordenación en bolsa.
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http://www.youtube.com/watch?v=N7P2ExRF3GQ
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« Respuesta #5 : 04/Mar/2013~22:35 » |
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Academia LUIS VIVES, jajaja, muy buena FUENTE...
jajaja.
Son un lobbie fuerte fuerte en Málaga, eh?
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FORTVNA AVDATES IVVAT
Un Buen Maestro es aquél que te dice Dónde mirar, pero NO lo que tienes que VER (A.K. Trenfor)
Al morir, tú NO te enteras, pero sufren quienes te rodean... lo mismo pasa si eres tonto...
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Nuev@
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« Respuesta #6 : 04/Mar/2013~22:38 » |
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Academia LUIS VIVES, jajaja, muy buena FUENTE...
jajaja.
Son un lobbie fuerte fuerte en Málaga, eh?
Mi fuente es el Decreto 276, la Academia Luis Vives ha hecho lo mismo que yo, leerlo.
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« Respuesta #7 : 04/Mar/2013~22:39 » |
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Academia LUIS VIVES, jajaja, muy buena FUENTE...
jajaja.
Son un lobbie fuerte fuerte en Málaga, eh?
Mi fuente es el Decreto 276, la Academia Luis Vives ha hecho lo mismo que yo, leerlo. Sí ellos son "poco menos" que DIOS... NO CREO que les haya hecho ni falta... ¿todavía hacen publicaciones? jajaja
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FORTVNA AVDATES IVVAT
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Nuev@
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« Respuesta #8 : 04/Mar/2013~22:40 » |
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Academia LUIS VIVES, jajaja, muy buena FUENTE...
jajaja.
Son un lobbie fuerte fuerte en Málaga, eh?
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Nuev@
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« Respuesta #9 : 04/Mar/2013~22:42 » |
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Academia LUIS VIVES, jajaja, muy buena FUENTE...
jajaja.
Son un lobbie fuerte fuerte en Málaga, eh?
Mi fuente es el Decreto 276, la Academia Luis Vives ha hecho lo mismo que yo, leerlo. Sí ellos son "poco menos" que DIOS... NO CREO que les haya hecho ni falta... ¿todavía hacen publicaciones? jajaja Yo se de casos en los que les hicieron pagar las publicaciones y después no se las contaron en los Tribunales, igual no tienen tanto poder, o no lo tuvieron en ese momento.
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« Respuesta #10 : 04/Mar/2013~22:44 » |
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Academia LUIS VIVES, jajaja, muy buena FUENTE...
jajaja.
Son un lobbie fuerte fuerte en Málaga, eh?
Mi fuente es el Decreto 276, la Academia Luis Vives ha hecho lo mismo que yo, leerlo. Sí ellos son "poco menos" que DIOS... NO CREO que les haya hecho ni falta... ¿todavía hacen publicaciones? jajaja Yo se de casos en los que les hicieron pagar las publicaciones y después no se las contaron en los Tribunales, igual no tienen tanto poder, o no lo tuvieron en ese momento. Casos que sí, casos que NO... NO TODOS los alumnos son "iguales".
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FORTVNA AVDATES IVVAT
Un Buen Maestro es aquél que te dice Dónde mirar, pero NO lo que tienes que VER (A.K. Trenfor)
Al morir, tú NO te enteras, pero sufren quienes te rodean... lo mismo pasa si eres tonto...
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Nuev@
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« Respuesta #11 : 04/Mar/2013~22:48 » |
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Academia LUIS VIVES, jajaja, muy buena FUENTE...
jajaja.
Son un lobbie fuerte fuerte en Málaga, eh?
Mi fuente es el Decreto 276, la Academia Luis Vives ha hecho lo mismo que yo, leerlo. Sí ellos son "poco menos" que DIOS... NO CREO que les haya hecho ni falta... ¿todavía hacen publicaciones? jajaja Yo se de casos en los que les hicieron pagar las publicaciones y después no se las contaron en los Tribunales, igual no tienen tanto poder, o no lo tuvieron en ese momento. Casos que sí, casos que NO... NO TODOS los alumnos son "iguales". entiendo ...
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Principiante
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« Respuesta #12 : 04/Mar/2013~22:48 » |
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Estás equivocado roperoempotrao.
Seguramente, valdrán para el último apartado del baremos de oposición (máx 2 ptos.). Aunque es verdad que deben pronunciarse las CCAA. Pero tiene toda la pinta de que los cursos irán en ese apartado. Ahh, y de cualquier fecha.
Los realizados los dos últimos años y para lista de interinos, se lo inventaron en el 302. Ahora solo vale el t. s. y la nota
Sin acritud
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Venga, que este año será mucho mejor!!
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Nuev@
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Registro:10/Dic/2010~20:19
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« Respuesta #13 : 04/Mar/2013~22:51 » |
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Estás equivocado roperoempotrao.
Seguramente, valdrán para el último apartado del baremos de oposición (máx 2 ptos.). Aunque es verdad que deben pronunciarse las CCAA. Pero tiene toda la pinta de que los cursos irán en ese apartado. Ahh, y de cualquier fecha.
Los realizados los dos últimos años y para lista de interinos, se lo inventaron en el 302. Ahora solo vale el t. s. y la nota
Sin acritud
El D 311 que deroga el 302 no dice nada de eso ... al menos no lo he visto.
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Sabio-Moderador
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« Respuesta #14 : 04/Mar/2013~22:58 » |
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Creo, que no has leido correctamente el DECRETO... textualmente ANEXO I Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para el ingreso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
Es decir, el BAREMO para las oposiciones, fuera de la TRANSITORIA. Tal como indica el articulo 23.1 del Capitulo III del TITULO III CAPÍTULO III De la fase de concurso Artículo 23. Méritos. 1. En la fase de concurso se valorarán, en la forma que establezcan las convocatorias, los méritos de los aspirantes; entre otros figurarán la formación académica y la experiencia docente previa.En todo caso, los baremos de las convocatorias deberán respetar las especificaciones básicas y estructura que se recogen en el Anexo I de este Reglamento.
III. Otros méritos Serán determinados en las respectivas convocatorias. Entre ellos se incluirán, en el caso de los cuerpos que imparten enseñanzas artísticas, los méritos relacionados con la especialidad a la que se aspire.
Siempre, siempre, se han incorporado los CURSOS en este apartado... puedes irte a los anteriores RD de organización del acceso a la función pública docente.
Y si te quedas más tranquilo, esperemos que Zeronter te lo confirme.
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Moderadora Gruñona
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« Respuesta #15 : 04/Mar/2013~23:21 » |
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En dos palabras IM-PRESIONANTE!!
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« Respuesta #16 : 05/Mar/2013~00:09 » |
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Bueno, como no soy la única que te he corregido espero que me creas. Es cierto que no hay nada seguro en cuanto a los cursos para el baremo de méritos, que habrá que esperar a la convocatoria, pero tanto como asegurar que no van a valer...
En cuanto al 302.
Lo de los cursos lo nombra aquí: Artículo 20. Permanencia en las bolsas de trabajo. El personal integrante de una bolsa de trabajo podrá permanecer en la misma tras la realización de un nuevo proceso selectivo para el acceso a la función pública docente si alcanza una puntuación de, al menos, cinco puntos según un baremo en el que se tendrán en cuenta el número de años completos de servicio, o la fracción correspondiente, en un centro docente público impartiendo enseñanzas del mismo nivel educativo, la calificación obtenida en la prueba o pruebas superadas en la fase de oposición del último procedimiento selectivo realizado por cualquier Administración educativa para el acceso a la función pública docente en el cuerpo y especialidad de la correspondiente bolsa y, en su caso, la formación realizada durante los dos años inmediatamente anteriores al referido procedimiento selectivo. En dicho baremo, que se establecerá por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, la puntuación otorgada al tiempo de servicio como profesor o profesora en un centro docente público y, en su caso, a la formación adquirida no podrá ser superior a tres puntos.
El 311 dice: Tres. El artículo 20 queda redactado de la siguiente forma: «El personal integrante de una bolsa de trabajo podrá permanecer en la misma tras la realización de un nuevo procedimiento selectivo para el acceso a la función pública docente si participa en dicho procedimiento realizando, al menos, la primera prueba del mismo.»
No dice nada de baremo, por lo tanto creo que nos podemos olvidar de él de momento. Además añade:
Seis. Se añade una nueva disposición transitoria quinta con la siguiente redacción: «Disposición transitoria quinta. Ordenación en las bolsas de trabajo. Hasta tanto el Gobierno de la Nación modifique el acceso a la función pública docente regulado en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la ordenación del personal integrante de las bolsas de trabajo a que se refiere el artículo 21 se llevará a cabo en función del tiempo de servicios prestado como personal funcionario interino en centros docentes públicos. En caso de empate, así como en el supuesto de que se carezca de tiempo de servicios, se atenderá, en primer lugar, al mayor número de pruebas superadas en la fase de oposición del último procedimiento selectivo realizado por cualquier Administración educativa para el acceso a la función pública docente en el cuerpo y especialidad de la correspondiente bolsa y, si fuera necesario, a la mayor puntuación obtenida en dicha prueba o pruebas superadas. De persistir el empate, se procederá a ordenar alfabéticamente las personas empatadas, utilizándose como criterio de desempate la letra resultante del último sorteo realizado por la Consejería competente en materia de función pública, para el orden de actuación en los procedimientos selectivos.»
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Moderadora Gruñona
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« Respuesta #17 : 05/Mar/2013~00:18 » |
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« Respuesta #18 : 05/Mar/2013~00:23 » |
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Si eso quiere decir que me he comido una palabra, ya está corregido! 
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Moderadora Gruñona
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« Respuesta #19 : 05/Mar/2013~00:38 » |
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Si eso quiere decir que me he comido una palabra, ya está corregido!  Nooooooooooooooooooooooooooo es por lo del creer jijiijjiji, a ver si va a tener que venir el PAPA a corroborarlo.
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