Pata Negra
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« Respuesta #20 : 14/Nov/2012~23:16 » |
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En qué legislación dice eso...?
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Moderadora Madroñera
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« Respuesta #21 : 14/Nov/2012~23:28 » |
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En qué legislación dice eso...?
Sin ir más lejos en las instrucciones de principio de curso de la Comunidad de Madrid. Puntos: 4.1.2 4.2.3 4.3.4.4 letras e y l) 4.3.8 Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttp://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application/pdf&blobheadername1=Content-Disposition&blobheadervalue1=filename=instrucciones+de+inicio+de+curso.pdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1310997258671&ssbinary=true Saludos
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Avanzad@
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« Respuesta #22 : 14/Nov/2012~23:30 » |
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Los maestros y maestras que hacemos huelga, estamos luchando por nuestros derechos, y por los de aquellos/as que van al colegio... Que encima tenga yo que aguantar que se diga que por quedarse con mis niños/as, tienen trabajo extra...VERGÜENZA AJENA!
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Avanzad@
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« Respuesta #23 : 14/Nov/2012~23:32 » |
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Entonces....el director que esta de servicios minimos....no se queda con los alumnos de los compañeros que esten en huelga?
A estos se les quita el sueldo del dia, pero a los que van...no se les da mas dinero por hacerse cargo de alumnos que no son suyos....
no?
Y encima se pide que se les pague más...CON UN PAR!!!!!!
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Moderadora Madroñera
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« Respuesta #24 : 14/Nov/2012~23:33 » |
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Los maestros y maestras que hacemos huelga, estamos luchando por nuestros derechos, y por los de aquellos/as que van al colegio... Que encima tenga yo que aguantar que se diga que por quedarse con mis niños/as, tienen trabajo extra...VERGÜENZA AJENA!
La verdad es que trabajo extra no se puede decir que, en general, lo tengan, puesto que la afluencia de alumnos en este caso es muy limitada. Por arte de birlibirloque apenas tienen niños que atender de sus propias tutorías. Saludos
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Avanzad@
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« Respuesta #25 : 14/Nov/2012~23:48 » |
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Ya, Ligia, si esto es conocido por tod@s, lo que me repatea es tener que leer estas cosas... En fin.... OOOOOOOMMMMMMMM.....
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Pata Negra
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« Respuesta #26 : 15/Nov/2012~08:36 » |
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En qué legislación dice eso...?
Sin ir más lejos en las instrucciones de principio de curso de la Comunidad de Madrid. Puntos: 4.1.2 4.2.3 4.3.4.4 letras e y l) 4.3.8 Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttp://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application/pdf&blobheadername1=Content-Disposition&blobheadervalue1=filename=instrucciones+de+inicio+de+curso.pdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1310997258671&ssbinary=true Saludos Que no ligia, que eso son ausencias normales y corrientes que el derecho a huelga supone el NO SUSTITUIR AL TRABAJADOR por otro, de ninguna manera. Muéstrame una normativa que diga que en HUELGA, los maestros estamos a disponibilidad del centro. No la vas a encontrar, porque no existe.
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Moderadora Madroñera
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« Respuesta #27 : 15/Nov/2012~18:41 » |
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Sicilia, ya comenté que creía que no había nada específico para esta situación, pero consultado en inspección, la respuesta ha sido A DISPOSICIÓN DEL CENTRO y punto. Por lo tanto así se hace y el que no quiera hacerlo está en su derecho de hacer la reclamación correspondiente a inspección. Ya digo que no se sustituye puesto que no das materia. Simplemente ATIENDES a los niños. Saludos
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Pata Negra
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« Respuesta #28 : 15/Nov/2012~19:36 » |
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Pero es que mira, me pone negra esto...
La inspección también se equivoca o interpreta la normativa a su interés (y lo digo con conocimiento de causa, de verdad)
El derecho a la huelga supone unas consecuencias en los usuarios de un servicio.
El atender a alumnos de compañeros que hacen huelga supone tener un concepto del centro meramente asistencial (nosotros mismos, el equipo directivo y la administración educativa). Los equipos directivos están en su derecho de solicitar más servicios mínimos a la administración, la cual, los negocia con los sindicatos... pero aaaaaaaaaaaaaah, como repartimos los niños..como somos aparcacoches, no pasa na.... que se apañen con dos y ya está.
Francamente, a mí me parece, que somos idiotas.
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Moderador/a
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« Respuesta #29 : 15/Nov/2012~21:40 » |
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En qué legislación dice eso...?
Sin ir más lejos en las instrucciones de principio de curso de la Comunidad de Madrid. Puntos: 4.1.2 4.2.3 4.3.4.4 letras e y l) 4.3.8 Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttp://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application/pdf&blobheadername1=Content-Disposition&blobheadervalue1=filename=instrucciones+de+inicio+de+curso.pdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1310997258671&ssbinary=true Saludos Que no ligia, que eso son ausencias normales y corrientes que el derecho a huelga supone el NO SUSTITUIR AL TRABAJADOR por otro, de ninguna manera. Muéstrame una normativa que diga que en HUELGA, los maestros estamos a disponibilidad del centro. No la vas a encontrar, porque no existe. Creo que te confundes. Hay dos cuestiones básicas: Vas a la huelga o no vas a la huelga. Si no vas a la huelga, acudes a tu centro con normalidad y te tocará cubrir las necesidades del centro, sean la que sean. Te imaginas en un autobús, que diga el conductor, como normalmente a esta hora se monta 50 y caben 70, pues cuando llegue a 50 no monto más, ya que no voy a llevar los pasajeros de mis otros compañeros. Uno de una cafetería que diga, como en un día normal mi compeñero atiende a esta parte de la barra y yo la otra, pues no atiendo a los clientes que se suelen poner en la otra barra, aunque acudan a mi barra esta mañana. Lo que propones es un sin sentido. Aunque diga lo que diga la legislación, ya que una vez con Castuo estuvimos debatiendo esto. Al menos en un colegio.
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"El que no pueda aguantar un defecto de educación en persona ajena, carece él mismo de educación".
Benjamin Franklin
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Pata Negra
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« Respuesta #30 : 15/Nov/2012~21:55 » |
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Insisto..enseñame la normativa donde diga q en huelga tenemos q atender a los niños de los compañeros q no asisten al trabajo por huelga.
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Moderador/a
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« Respuesta #31 : 16/Nov/2012~00:34 » |
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Insisto..enseñame la normativa donde diga q en huelga tenemos q atender a los niños de los compañeros q no asisten al trabajo por huelga.
No hace falta enseñarla. Simplemente, que si vas a trabajar, trabajas con las condiciones de las empresa. En este caso, una nuestra funciones es atender a las necesidades del centro. ¿Tienes alguna normativa donde diga que en caso de huelga no es necesario que atiendas a las necesidades del centro? O trabajas o no trabajas, así de fácil.
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"El que no pueda aguantar un defecto de educación en persona ajena, carece él mismo de educación".
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Pata Negra
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« Respuesta #32 : 16/Nov/2012~01:27 » |
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Insisto..enseñame la normativa donde diga q en huelga tenemos q atender a los niños de los compañeros q no asisten al trabajo por huelga.
No hace falta enseñarla. Simplemente, que si vas a trabajar, trabajas con las condiciones de las empresa. En este caso, una nuestra funciones es atender a las necesidades del centro. ¿Tienes alguna normativa donde diga que en caso de huelga no es necesario que atiendas a las necesidades del centro? O trabajas o no trabajas, así de fácil. Ningún trabajador puede ser sustituido por otro en un día de huelga, jero... así de fácil. Yo trabajo, pero en mi puesto, con el aula que tengo asignada y con los alumnos que consta en ello. Para eso tengo un horario y una asignación de grupos que todos firmamos al comenzar el curso. Fíjate si será fácil, que si en un centro escolar, todo el mundo se pone de huelga, situación que no es necesario comunicar previamente, los servicios mínimos tienen que hacerse cargo de todo el alumnado que asista al centro, que para eso se prevén dichos servicios y no otros. Y dichos servicios mínimos igualmente pueden hacerse cargo de todo el alumnado en un centro donde hay gente que hace huelga y gente que no. Y si no son suficientes, es función de los ED solicitar mayores servicios mínimos para las siguientes huelgas, como se ha hecho, en concreto, en mi centro de trabajo y se lo han concedido.
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Sabio-Moderador
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« Respuesta #33 : 16/Nov/2012~01:30 » |
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18 alumnos de más de 500... para 16 maestros que no se pusieron en huelga...
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Moderador/a
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« Respuesta #34 : 16/Nov/2012~20:25 » |
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Insisto..enseñame la normativa donde diga q en huelga tenemos q atender a los niños de los compañeros q no asisten al trabajo por huelga.
No hace falta enseñarla. Simplemente, que si vas a trabajar, trabajas con las condiciones de las empresa. En este caso, una nuestra funciones es atender a las necesidades del centro. ¿Tienes alguna normativa donde diga que en caso de huelga no es necesario que atiendas a las necesidades del centro? O trabajas o no trabajas, así de fácil. Ningún trabajador puede ser sustituido por otro en un día de huelga, jero... así de fácil. Yo trabajo, pero en mi puesto, con el aula que tengo asignada y con los alumnos que consta en ello. Para eso tengo un horario y una asignación de grupos que todos firmamos al comenzar el curso. Fíjate si será fácil, que si en un centro escolar, todo el mundo se pone de huelga, situación que no es necesario comunicar previamente, los servicios mínimos tienen que hacerse cargo de todo el alumnado que asista al centro, que para eso se prevén dichos servicios y no otros. Y dichos servicios mínimos igualmente pueden hacerse cargo de todo el alumnado en un centro donde hay gente que hace huelga y gente que no. Y si no son suficientes, es función de los ED solicitar mayores servicios mínimos para las siguientes huelgas, como se ha hecho, en concreto, en mi centro de trabajo y se lo han concedido. Si te solicitan ayuda o colaboración, ya que estás trabajando y no estás de huelga, no hay que realizar excepciones por ese motivo. Es como si mañana hay una epidemia de gripe y no va media plantilla de profseores, pues si los niños van, pues se reparten como se pueda. No se puede decir, ah, que no es mi grupo. El servicio mínimo, es lo mínimo que debe haber, pero no implica que ese mínimo tenga que hacerse cargo de todo el alumnado cuyo profesor esté de huelga.
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Pata Negra
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« Respuesta #35 : 16/Nov/2012~20:58 » |
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En mi IES si había un profe de huelga y otro de guardia,pues éste se quedaba con los alumnos,pero no reciben clase.Si no había de guardia,el que estuviese libre o la dirección.Siempre sin darle clase.
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Avanzad@
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« Respuesta #36 : 16/Nov/2012~22:02 » |
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L@s niñ@s no son "nuestr@s",son del centro y si es necesario atenderles ,son prioritari@s a cualquier otra cosa.Es exactamente como dice alguien por aquí,si hay una gripe,hay que atenderles sea como sea.
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