Pata Negra
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« : 25/Sep/2011~14:18 » |
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Hola!!! A lo mejor se ha dicho ya, pero a mí sigue sin quedarme clara una cuestión. ¿Los funcionarios de carrera provisionales tenemos derecho a ese permiso o solo los definitivos? Es que he estado leyendo la circular de ANPE de permisos y licencias e incluso los decretos a los que hace referencia...y solo habla de funcionarios (sin especificar en absoluto si todos los funcionarios de carrera o solo los definitivos) e interinos (sobre estos últimos se especifica claramente que no pueden pedirlo). ¿Alguien me puede aclarar algo al respecto?
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Sabio-Moderador
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« Respuesta #1 : 25/Sep/2011~14:45 » |
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Es para cualqier funcionario... cuando no se especifica.
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Pata Negra
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« Respuesta #2 : 25/Sep/2011~15:37 » |
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Gracias, prieto Por cierto, ¿alguien sabe si para el permiso sin retribución debes presentar un escrito justificando los motivos por los que lo solicitas?
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Pata Negra
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« Respuesta #3 : 25/Sep/2011~15:52 » |
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tienes que presentar un escrito, pero no hace falta que pongas los motivos ya que no son importantes para su concesión
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Pata Negra
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Registro:21/Ago/2009~14:02
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« Respuesta #4 : 25/Sep/2011~16:51 » |
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Gracias, mocupoc! P.D.: He eliminado mi mensaje anterior, porque yo mismo he encontrado la respuesta a la consulta que había planteado en el mismo. e) CONSIDERACIONES GENERALES: Los días de duración del permiso por asuntos propios se han de entender naturales.
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Avanzad@
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« Respuesta #5 : 25/Sep/2011~18:36 » |
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yo estoy pensando en pedir 1 mes sin sueldo y me han comentado que hay que pedirlo con mucha antelación, tiene que tener el visto bueno de la directiva y creo que sólo lo pueden solicitar los funcionarios, otra injusticia más para los interinos, pregunta en sindicato pq me suena que es sólo para los definitivos, espero equivocarme
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Pata Negra
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« Respuesta #6 : 25/Sep/2011~19:30 » |
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Pues sí, daniel, a mí me comentaron en su momento que solo los definitivos tenían ese derecho, pero leyendo esos decretos no dice nada...pero claro, puede haber alguna ley por ahí que lo especifique. A mí me vendrían bien 2 meses para dedicarme a mis estudios de la universidad y también para hacer un viaje al extranjero. Se debe solicitar con un mínimo de 15 días, pero como la respuesta de Delegación puede tardar un poco, es mejor solicitarlo con bastante más tiempo.
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Pata Negra
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« Respuesta #7 : 25/Sep/2011~20:35 » |
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Yo aconsejo solicitarlo con bastante antelación, ya que suele tardar en dar la respuesta. Yo una vez solicité una semana de enero en el mes de octubre y no me respondieron hasta diciembre.
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« Respuesta #8 : 25/Sep/2011~20:42 » |
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Yo quiero pedirlo para cuando se me termine mi permiso por maternidad, pero no se si es compatible con lactancia acumulada...¿ alguien lo sabe?
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Pata Negra
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« Respuesta #9 : 25/Sep/2011~20:46 » |
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No lo es; hasta que sea mayor de 16 meses no puedes acogerte a la licencia sin sueldo una vez terminada la lactancia acumulada.
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« Respuesta #10 : 26/Sep/2011~11:39 » |
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¿Qué diferencia hay entre coger estos tres meses sin retribución o cogerte una excedencia? Bueno, no sé si se puede pedir excedencia por tres meses... Estoy estudiando la posibilidad para después del permiso por maternidad y me gustaría saber cuáles son las diferencias, qué ventajas o inconvenientes hay para una y otra opción.
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Pata Negra
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« Respuesta #11 : 26/Sep/2011~13:05 » |
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Acabo de preguntar en la Delegación de Sevilla, concretamente en Recursos Humanos de Infantil y Primaria. Le he dicho a la mujer que me ha atendido que soy funcionario de carrera provisional y me ha respondido que tengo derecho a los asuntos particulares sin retribución. Según ella, depende del informe del director y si se trata de más de 15 días, el Jefe de Personal te tiene que autorizar. Yo voy a pedirlo esta misma semana o la que viene; solicitaré desde principios de enero hasta principios de marzo. A ver si hay suerte y me lo conceden, aunque tarden en responderme. Crucemos los dedos Por cierto, ¿son muy duros a la hora de conceder este permiso? ¿Qué diferencia hay entre coger estos tres meses sin retribución o cogerte una excedencia? Bueno, no sé si se puede pedir excedencia por tres meses... Estoy estudiando la posibilidad para después del permiso por maternidad y me gustaría saber cuáles son las diferencias, qué ventajas o inconvenientes hay para una y otra opción. Hola, Anansk! La excedencia tiene otras condiciones aparte, pero no sé mucho más sobre el tema. Creo que se exige un mínimo de tiempo trabajado y la excedencia tenía un periodo mínimo (1 año ó 2). De todas formas, es mejor que te informe alguien con más idea que yo. Si la excedencia es por maternidad/paternidad, las cosas cambian y no se exige ningún mínimo de tiempo trabajado, pero no sé si este tipo de excedencia tendría un mínimo de duración.
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« Respuesta #12 : 26/Sep/2011~13:48 » |
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Muchas gracias Kukal. Pues vuelvo a dejar la pregunta ahí por si alguien sabe algo más. Sobre todo, ya que lo has dicho, saber si la excedencia tiene tiempo mínimo de un año.
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« Respuesta #13 : 26/Sep/2011~13:49 » |
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Por cierto, mucha suerte con lo de los asuntos particulares. Espero que te los concedan sin problema.
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« Respuesta #14 : 26/Sep/2011~16:18 » |
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Yo sí que cogí los tres meses no retribuidos tras la lactancia acumulada, acabar una cosa y empezar la otra (en Aragón, pero no veo por qué no ha de ser así en otros sitios, si una cosa no quita la otra)
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Avanzad@
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« Respuesta #15 : 27/Sep/2011~15:42 » |
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Pues una compañera sí se pidió sin sueldo tras la lactancia, eso sí, tuvo que firmar un compromiso. Informáte bien.
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« Respuesta #16 : 27/Sep/2011~21:04 » |
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Muchas gracias Medina Azahara...me informaré bien, y pondré algo por aquí por si a alguien le interesa!
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« Respuesta #17 : 28/Sep/2011~14:31 » |
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Me interesa el tema de pedir este permiso tras la lactancia acumulada... Con mis dos primeros hijos no pude hacerlo ya que no me concedieron (no es compatible, me dijeron, una injusticia...), pero ahora leo que conocéis gente que sí lo ha hecho.
Sería permiso de maternidad + 4 semanas adicionales + lactancia acumulada + 20 días de asuntos particulares sin retribución... Entonces, ¿se puede? Me daríais una gran alegría... ¿Cuándo se solicita y cómo? Supongo que junto al permiso de maternidad, en otro anexo aparte.
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« Respuesta #18 : 06/Oct/2011~12:49 » |
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Hola, he llamado a delegación en málaga y me han dicho que la lactancia acumulada y los días sin empleo y sueldo no son compatibles.
Medina Azahara...tu comentas que sí lo son...¿de que comunidad eres???
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Avanzad@
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« Respuesta #19 : 08/Oct/2011~15:03 » |
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En Aragón no hay incompatibilidad, la lactancia es un derecho del niño y no puedo entender que se mezcle con nada más, no lo entiendo!!
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