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Foro de Maestros25 > FORO MAESTROS Y PROFESORES > Foro General-maestros25.com > Tema: MUFACE
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Autor Tema: MUFACE  (Leído 474169 veces)
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Mufacecadiz
  

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Re: MUFACE
« Respuesta #120 : 06/May/2010~13:29 »

Cita de: raigbo en 06/May/2010~10:22
Buenos días:
  Tenemos mi mujer y yo una duda que nos podíais aclarar. Mi mujer tiene MUFACE, está embarazada y la ginecóloga nos ha comunicado que debido a una enfermedad hereditaria, en breve va a tener que cogerse la baja por riesgo en el embarazo. 
  Ella tiene su destino en la Comunidad de Madrid, y somos originarios de León.   Asimismo, tiene concertado el seguro con Adeslas.  La ginecóloga y el resto de especialistas que le hacen el seguimiento de la enfermedad los tiene en León, son sus médicos de toda la vida.  Ahora viene el problema:
  La ginecóloga (que trabaja en público y privado) le ha aconsejado que debe de cambiarse a la Seguridad Social para realizar el seguimiento del embarazo, así que mis preguntas son las siguientes:
  -  Una vez de baja por riesgo de embarazo, puede estar residiendo en León, que es donde ella va a estar tratada?
  - Una vez solicitado el cambio de entidad de forma extraordinaria (tenemos ya el informe médico que se exige), al pertenecer mi mujer a la Delegación Provincial de Madrid, tiene algún problema para realizar el seguimiento en León?
  Muchas gracias

La posibilidad de residir en León mientras está de baja debe consultarlo a la Delegación de Educación de Madrid.

En cuanto al cambio extraordinario a la SS, debe soliictarlo a través de la Oficina de Muface en Madrid, aunque únicamente se concede en casos muy extraordinarios (como su propio nombre indica), dado que si Adeslas tiene medios válidos acordes al Concierto debe acudir a los mismos, y si ni los tuviera tendría que hacerse cargo de la asistencia en medios no concertados.
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lasitapatri
  

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Re: MUFACE
« Respuesta #121 : 08/May/2010~22:35 »

La ayuda por la adquisición de vivienda ¿la puedo solicitar si lo que tengo este año es un cambio de préstamo hipotecario? yo ya tenía una hipoteca pero he hecho este año una nueva sobre la vivienda con cambio de condiciones... ¿podría solicitarla entonces? Huh?
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Mufacecadiz
  

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Re: MUFACE
« Respuesta #122 : 10/May/2010~08:40 »

Cita de: lasitapatri en 08/May/2010~22:35
La ayuda por la adquisición de vivienda ¿la puedo solicitar si lo que tengo este año es un cambio de préstamo hipotecario? yo ya tenía una hipoteca pero he hecho este año una nueva sobre la vivienda con cambio de condiciones... ¿podría solicitarla entonces? Huh?

Las ayudas de Muface se refieren a viviendas adquiridas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010. Si Ud. adquirió su vivienda antes de esa fecha no puede solicitar dicha ayuda, aunque en este periodo haya modificado las condiciones de su hipoteca
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Tamarucha
  

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Re: MUFACE: ASISTENCIA EN LA UNION EUROPEA
« Respuesta #123 : 12/May/2010~09:46 »

Cita de: Mufacecadiz en 26/Abr/2010~13:03
LA TARJETA SANITARIA EUROPEA (TSE) Y EL CERTIFICADO PROVISIONAL SUSTITUTORIO (CPS)

A partir del próximo día 1 de mayo, el colectivo de MUFACE podrá beneficiarse del uso de la Tarjeta Sanitaria Europea. Esto supone que los mutualistas y beneficiarios de MUFACE, en sus desplazamientos temporales por la Unión Europea, podrán acceder a los servicios públicos de salud de los países que visitan al igual que lo hacen en la actualidad los afiliados al Régimen General de la Seguridad Social. Esta incorporación a las prestaciones de MUFACE es el resultado de unas negociaciones desarrolladas a instancias de las demandas de los mutualistas para tener acceso a estos servicios.

La entrada en vigor de esta normativa de la Unión Europea el 1 de mayo permitirá que los mutualistas y beneficiarios de MUFACE disfruten de acceso a los servicios públicos de salud de los Estados miembros de la Unión Europea, Suiza, Noruega, Liechtenstein e Islandia durante sus desplazamientos temporales por dichos países. Los Estados donde tiene validez la Tarjeta Sanitaria Europea son los siguientes:

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza  .

Los documentos acreditativos para poder recibir la atención sanitaria son la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) y el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) de la Tarjeta.

Ambos documentos tienen la misma validez jurídica plena, son personales e intransferibles (por tanto cada mutualista y cada uno de sus beneficiarios deberán disponer de uno propio) y habilitan a su titular a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante su estancia temporal (por motivos de trabajo, estudios, turismo, etc.), teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración de la estancia y de acuerdo con la legislación del país de estancia.

Junto con la TSE/CPS, el facultativo o Institución sanitaria en el país en que se produzca la asistencia podrá requerir la presentación de un documento que acredite la personalidad del titular de la TSE o el CPS (DNI, pasaporte)

La TSE y el CPS no son válidos cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico.

Ámbito de la asistencia recibida:

La TSE y el CPS permiten recibir la asistencia sanitaria con la extensión y contenido establecido por la legislación del Estado que presta la asistencia sanitaria. Esto significa que el titular del documento obtendrá el acceso a la atención sanitaria pública en las mismas condiciones que los ciudadanos del país que esté visitando.

Por ello, dado que para sus propios ciudadanos algunos países establecen que anticipen el importe de la asistencia (sistemas de reembolso) o abonen parte de ésta (sistema de copago), el Mutualista deberá informarse antes del viaje de las condiciones en las que se presta la asistencia sanitaria pública en el Estado concreto de destino, dado que a pesar de viajar con la TSE/CPS se le aplicarán las mismas reglas que a los ciudadanos del país.

Para el colectivo de MUFACE, en el caso de que el interesado haya recibido asistencia en un Estado con régimen de reembolso o copago, puede solicitar que MUFACE le reintegre las cantidades satisfechas conforme a la normativa propia de la Mutualidad.

Para ampliar información del uso de la TSE podrá consultarse la dirección de Internet de la Unión Europea: Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or Login
http://ec.europa.eu/social/.


Plazo de validez del CPS:

En una primera etapa, MUFACE emitirá el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) en lugar de la Tarjeta Sanitaria Europea. Como se ha dicho anteriormente, de acuerdo con la normativa de la Unión Europea este documento tiene la misma validez jurídica y produce los mismos efectos que la Tarjeta Sanitaria Europea.

El período de validez (fecha de inicio y finalización de la misma) consta en el propio CPS y se emite, como norma general, por un plazo de 90 días. No obstante, cuando por razones debidamente justificadas (profesionales, estudios u otras) la estancia en el país o países en que sea susceptible de ser usado esté prevista por un período de tiempo superior, puede solicitarse en los Servicios Provinciales y Oficinas Delegadas de MUFACE el CPS por un período de 180 o de 360 días.

Una vez vencido el plazo de validez que consta en el CPS, el titular podrá solicitar que se expida uno nuevo, siempre y cuando mantenga el alta en la Mutualidad.  Si el mutualista o alguno de sus beneficiarios deja de estar de alta en MUFACE no podrá hacer uso del Certificado, debiendo comunicar tal circunstancia a la Mutualidad.

El uso indebido del CPS supondrá que el titular tenga que hacerse cargo del coste de la asistencia y MUFACE podrá reclamarle las prestaciones indebidamente percibidas.

Cómo solicitar el CPS:

Los mutualistas y sus beneficiarios pueden solicitarlo:

·   En las oficinas de los Servicios Provinciales y Oficinas Delegadas en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, según el Calendario Laboral de cada provincia.

El CPS se emitirá de forma inmediata, entregándose en mano en el acto.

Se podrá solicitar un CPS con una duración de 90, 180 ó 360 días de duración, en función de las necesidades concretas. Para la expedición de un CPS de duración superior a 90 días será imprescindible justificar (aportando la documentación correspondiente) las razones por las que se va a superar ese período.

·   A través de  Muf@ce - Directo”, con Certificado Digital (esta opción estará disponible a partir de junio).

Solicitud del Certificado Provisional Sustitutorio (CPS)

Este Certificado Provisional Sustitutorio será válido únicamente por 90 días. Para duraciones mayores, deberá solicitarlo personalmente en Servicios Provinciales y Oficinas Delegadas.

Importante: si a la hora de realizar un viaje ya dispone de un CPS en vigor, compruebe que su fecha de regreso es anterior a la fecha de expiración del mismo. Si no fuera así, solicite un nuevo CPS que le permita asegurar su cobertura sanitaria durante toda su estancia.






Para ampliar información podrá consultar:
·   Oficinas de MUFACE
·   Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
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www.muface.es

·   Teléfonos 91 273 99 50 y  91 273 49 99
·   Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or Login
http://ec.europa.eu/social




Tengo una duda en este sentido:
¿La tarjeta sanitaria europea hay que solicitarla a través del SAS, y el CPS a través de Muface, o es lo mismo?
Tengo previsto un viaje inmediato a Italia, ¿si no tuviera dichas tarjetas la asistencia sanitaria es como se ha estado prestando hasta ahora, no es cierto?
Gracias.
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No hay mal que cien años dure (ni interino que lo resista) y ahora de funcionaria.
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Re: MUFACE: ASISTENCIA EN LA UNION EUROPEA
« Respuesta #124 : 12/May/2010~12:40 »

Cita de: Tamarucha en 12/May/2010~09:46
Cita de: Mufacecadiz en 26/Abr/2010~13:03
LA TARJETA SANITARIA EUROPEA (TSE) Y EL CERTIFICADO PROVISIONAL SUSTITUTORIO (CPS)


Tengo una duda en este sentido:
¿La tarjeta sanitaria europea hay que solicitarla a través del SAS, y el CPS a través de Muface, o es lo mismo?
Tengo previsto un viaje inmediato a Italia, ¿si no tuviera dichas tarjetas la asistencia sanitaria es como se ha estado prestando hasta ahora, no es cierto?
Gracias.


Lo tiene que pedir a través de Muface. Mientras se confecciona la aplicación que le permitira obtener la TSE, sse le entregara el CPS que tiene la misma validez. En cualquier caso, de momento se van a asimultanear ambos procedimientos, de modo que siempre podrá Ud. Abonar la asistencia y pedir luego el reintegro a MUFACE
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Re: MUFACE
« Respuesta #125 : 17/May/2010~22:55 »

hola, a ver si me pueden resolver esta duda que tengo. Me han dicho que ante una urgencia no puedo ir directamente a un HOSPITAL, que debo pasar antes por un centro medico y el facultativo de urgencias me deriva si lo ve necesario al hospital. Y, que , si voy directamente a un hospital yo tengo que abonar los costes de la atencion sanitaria de urgencias recibida. Bien, donde yo vivo no hay hospital, por ello, siempre que tengo una urgencia voy al centro de salud y sin ningun problema, pero , esta es mi duda. ¿si yo y mis hijas que estan conmigo en adeslas por ser de MUFACE,nos vamos de viaje a Toledo por ejemplo, y tengo una urgencia medica, tengo que buscar un centro de salud primero(un edificio mas pequeño y mas dificil de localizar), lo cual seguro que me lleva mas tiempo, y yo necesito rapidez, pues es una urgencia, o puedo ir directamente a un hospital (que suele ser mas facil de localizar, y un edificio mas grande, por norma general)?,¿ y si voy primero al hospital debo pagar la asistencia del hospital??
Un amigo mio me ha dicho que ya ha cambiado la cosa, y  por lo tanto debo de pagar el hospital, por no pasar antes por un centro de salud. ¿esto es verdad?
Entonces si esto fuera verdad, ni se me pasa por la cabeza avisar a un ambulancia de ningun hospital, pues si me asisten en mitad de una carrera tendre que pagar yo esa asistencia medica, y no adeslas.

Gracias por la atencion. Saludos
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Re: MUFACE
« Respuesta #126 : 18/May/2010~09:45 »

Cita de: popo en 17/May/2010~22:55
hola, a ver si me pueden resolver esta duda que tengo. Me han dicho que ante una urgencia no puedo ir directamente a un HOSPITAL, que debo pasar antes por un centro medico y el facultativo de urgencias me deriva si lo ve necesario al hospital. Y, que , si voy directamente a un hospital yo tengo que abonar los costes de la atencion sanitaria de urgencias recibida. Bien, donde yo vivo no hay hospital, por ello, siempre que tengo una urgencia voy al centro de salud y sin ningun problema, pero , esta es mi duda. ¿si yo y mis hijas que estan conmigo en adeslas por ser de MUFACE,nos vamos de viaje a Toledo por ejemplo, y tengo una urgencia medica, tengo que buscar un centro de salud primero(un edificio mas pequeño y mas dificil de localizar), lo cual seguro que me lleva mas tiempo, y yo necesito rapidez, pues es una urgencia, o puedo ir directamente a un hospital (que suele ser mas facil de localizar, y un edificio mas grande, por norma general)?,¿ y si voy primero al hospital debo pagar la asistencia del hospital??
Un amigo mio me ha dicho que ya ha cambiado la cosa, y  por lo tanto debo de pagar el hospital, por no pasar antes por un centro de salud. ¿esto es verdad?
Entonces si esto fuera verdad, ni se me pasa por la cabeza avisar a un ambulancia de ningun hospital, pues si me asisten en mitad de una carrera tendre que pagar yo esa asistencia medica, y no adeslas.

Gracias por la atencion. Saludos

Si va a ir a Toledo debe informarse de los hospitales que Adeslas tenga concertados. En principio sólo puede acudir a un centro no concertado en casos de urgencia vital o si la Entidad incumpliese las obligaciones de disponibilidad que aparecen en el Concierto de asistencia sanitaria. El Concierto aparece publicado en el BOE del 29/12/09.
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Re: MUFACE
« Respuesta #127 : 18/May/2010~11:56 »

Si va a ir a Toledo debe informarse de los hospitales que Adeslas tenga concertados. En principio sólo puede acudir a un centro no concertado en casos de urgencia vital o si la Entidad incumpliese las obligaciones de disponibilidad que aparecen en el Concierto de asistencia sanitaria. El Concierto aparece publicado en el BOE del 29/12/09.

lo primero gracias por la respuesta. Pero quien debe decidir si es una urgencia vital, el facultativo o yo. Me explico, a una de mis hijas le dio hace poco un "crus expasmodico" (no se si se escribe asi, pero suena asi), ante esos precendentes, cuando a mi hija le de un ataque de tos de esos que no puede respira, voy a buscar en mi agenda los hospitales concertados con Adeslas, y mientras busco el telefono o direccion mi hija sige tosiento  y el oxigeno que entra en su cuerpo disminuye... o a lo mejor es un ateque de tos que se pasa con el tiempo, yo no soy medico pero, la primera vez que le paso eso nos austamos mucho, y el medico que la atendio, nos dijo que menos mal que habiamos reaccionado rapido para llevarla a urgencias, pues estaba ya sin oxigeno en su cuerpo ,y podria haber tenido consecuencias graves, ¿usted piensa que eso es urgencia vital o no?, o espero a que me lo diga un medico para dirigirme a un hospital concertado. O voy al primer hospital que encuentre en mi camino. ¿usted que haria?
¿y si adeslas se niega a pagarme la asistencia al hospital que hago?¿usted se pararia a mirar en el librito para ver que centro concertado esta de urgencia?
Gracias, y un saludo
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Re: MUFACE
« Respuesta #128 : 18/May/2010~18:55 »

Cita de: popo en 18/May/2010~11:56
Si va a ir a Toledo debe informarse de los hospitales que Adeslas tenga concertados. En principio sólo puede acudir a un centro no concertado en casos de urgencia vital o si la Entidad incumpliese las obligaciones de disponibilidad que aparecen en el Concierto de asistencia sanitaria. El Concierto aparece publicado en el BOE del 29/12/09.

lo primero gracias por la respuesta. Pero quien debe decidir si es una urgencia vital, el facultativo o yo. Me explico, a una de mis hijas le dio hace poco un "crus expasmodico" (no se si se escribe asi, pero suena asi), ante esos precendentes, cuando a mi hija le de un ataque de tos de esos que no puede respira, voy a buscar en mi agenda los hospitales concertados con Adeslas, y mientras busco el telefono o direccion mi hija sige tosiento  y el oxigeno que entra en su cuerpo disminuye... o a lo mejor es un ateque de tos que se pasa con el tiempo, yo no soy medico pero, la primera vez que le paso eso nos austamos mucho, y el medico que la atendio, nos dijo que menos mal que habiamos reaccionado rapido para llevarla a urgencias, pues estaba ya sin oxigeno en su cuerpo ,y podria haber tenido consecuencias graves, ¿usted piensa que eso es urgencia vital o no?, o espero a que me lo diga un medico para dirigirme a un hospital concertado. O voy al primer hospital que encuentre en mi camino. ¿usted que haria?
¿y si adeslas se niega a pagarme la asistencia al hospital que hago?¿usted se pararia a mirar en el librito para ver que centro concertado esta de urgencia?
Gracias, y un saludo

Si me pregunta mi opinión personal, yo velaría por la salud de mi hija lo primero, independientemente de quien se tenga que hacer cargo de la factura. Si lleva a su hija a un centro no concertado, debe ponerlo inmediatamente en conocimiento (por escrito) de Adeslas, y si la Entidad no se hace cargo, debe presentar una reclamación en su Servicio provincial de Muface, donde se analizará la situación y se dictará la Resolución correspondiente
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Re: MUFACE
« Respuesta #129 : 19/May/2010~09:46 »

muchas gracias por tu respuesta y tu atención. Un saludo.
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Re: MUFACE
« Respuesta #130 : 19/May/2010~20:19 »

Mi hijo ha nacido con un problema urológico que fue diagnosticado desde el embarazo y por tanto su seguimiento ha sido desde el primer día de vida.
En mi provincia no hay ningún especialista en "urología pediátrica" que esté concertado con Adeslas, por lo que nos hemos ido a otra provincia pagando nosotros la consulta puesto que el especialista en cuestión tampoco estaba concertado con Adeslas.
Mi pregunta es: ¿Tengo derecho a que me reintegren el importe de las consultas y de las pruebas realizadas, alguna de las cuales no se podía hacer en nuestra provincia? ¿Tengo alguna ayuda por tener que desplazarme a otra provincia distinta a la mía?
Muchas gracias.
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Re: MUFACE
« Respuesta #131 : 20/May/2010~09:15 »

Cita de: martinsa en 19/May/2010~20:19
Mi hijo ha nacido con un problema urológico que fue diagnosticado desde el embarazo y por tanto su seguimiento ha sido desde el primer día de vida.
En mi provincia no hay ningún especialista en "urología pediátrica" que esté concertado con Adeslas, por lo que nos hemos ido a otra provincia pagando nosotros la consulta puesto que el especialista en cuestión tampoco estaba concertado con Adeslas.
Mi pregunta es: ¿Tengo derecho a que me reintegren el importe de las consultas y de las pruebas realizadas, alguna de las cuales no se podía hacer en nuestra provincia? ¿Tengo alguna ayuda por tener que desplazarme a otra provincia distinta a la mía?
Muchas gracias.

La urología pediátrica no es una especialidad médica como tal; las Entidades, según el Nivel de asistencia, están obligadas a disponer de urólogo y de pediatra. Por tanto, si acude a facultativos o centros no concertados sin autorización de la Entidad, serán de su cuenta todos los gastos que puedan ocasionarse, incluidas las pruebas prescritas por médicos no concertados y los gastos de desplazamiento,
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« Respuesta #132 : 31/May/2010~13:04 »

hola!! este es mi cuarto mes de baja...solicite incapacidad temporal y ya muface me abono el mes de mayo con 666,17 euros.....me ha venido mi nomina de mayo de delegacion  y me abonan 603,44 euros ...me han descontado casi 300 euros??? eso es asi??? yo ante cobraba 1.632  y este mes he cobrado 1.269 cobras menos por estar de baja?? o es una confusion? solo tengo un trienio, gracias.
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Re: 4 meses baja
« Respuesta #133 : 01/Jun/2010~09:09 »

Cita de: mortadela en 31/May/2010~13:04
hola!! este es mi cuarto mes de baja...solicite incapacidad temporal y ya muface me abono el mes de mayo con 666,17 euros.....me ha venido mi nomina de mayo de delegacion  y me abonan 603,44 euros ...me han descontado casi 300 euros??? eso es asi??? yo ante cobraba 1.632  y este mes he cobrado 1.269 cobras menos por estar de baja?? o es una confusion? solo tengo un trienio, gracias.

Ud. habrá recibido una Resolución donde constan las cantidades que han servido de base para el cálculo del subsidio. Recuerde que el subsidio puede ser bien el 80% de sus retribuciones básicas, bien el 75% de las complementarias, la cantidad más alta de las dos con el tope de sus retribuciones básicas; por ello no siempre el subsidio compensa la pérdida de retribuciones mientras se está de baja.
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Re: MUFACE
« Respuesta #134 : 01/Jun/2010~14:19 »

pero ese dinero se recupera mas adelante??? es decir que se puede cobrar menos por estar de baja no?
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Re: MUFACE
« Respuesta #135 : 02/Jun/2010~08:22 »

Cita de: mortadela en 01/Jun/2010~14:19
pero ese dinero se recupera mas adelante??? es decir que se puede cobrar menos por estar de baja no?

A la primera pregunta: NO
A la segunda pregunta: SI
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Re: MUFACE
« Respuesta #136 : 12/Jun/2010~20:43 »

Hola, yo soy funcionaria y tengo a mi hijo, de doce años, conmigo en muface. Le han puesto un aparato en los dientes, por lo que mi duda es ¿qué tengo que presentar para solicitar las prestaciones de muface? Es que tengo entendido que es la factura del tratamiento, pero, hasta ahora, sólo me han dado una factura pro forma, ¿ésta es válida para preséntarla o tengo que esperar al final del tratamiento o de abonarlo?
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Re: MUFACE
« Respuesta #137 : 14/Jun/2010~08:20 »

Cita de: macu en 12/Jun/2010~20:43
Hola, yo soy funcionaria y tengo a mi hijo, de doce años, conmigo en muface. Le han puesto un aparato en los dientes, por lo que mi duda es ¿qué tengo que presentar para solicitar las prestaciones de muface? Es que tengo entendido que es la factura del tratamiento, pero, hasta ahora, sólo me han dado una factura pro forma, ¿ésta es válida para preséntarla o tengo que esperar al final del tratamiento o de abonarlo?

La factura pro forma no es válida. Debe esperar a tener factura (s) al menos por importe de 446 €, que es la ayuda que da Muface
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Re: MUFACE
« Respuesta #138 : 16/Jun/2010~22:43 »

Hola, de nuevo tengo una duda, o mas bien una cuestión. A ver si me puede contestar, bien, pues el caso es que llevo tiempo sin trabajar (el año pasado fui interino en Andalucia, pero este año por el tema de crisis, que yo pensaba que iba a trabajar, pues no he trabajado en todo el curso escolar), y este verano, en agosto, nos queremos ir de vacaciones unos dias a Italia. Según me he enterado la asitencia sanitaria europea de la seguridad social no la puedo pedir pues, como no trabajo no tengo asistencia sanitaria( no cotizo), pero aqui en España nadie me va negar la asistencia sanitaria. Pero, claro el problema viene que esa asistencia sanitaria de la seguridad social no me la dan fuera España. Así que, me gustaría saber ¿cómo me puedo poner con mi mujer como beneficiario? Mi mujer es de Muface y esta en Adeslas, al igual que mis dos hijas. ¿Que tramites y/o documentos debo de presentar para ser beneficiario?¿Cómo hago para sacar la tarjeta sanitaria europea, para mis dos hijas y mi mujer, y claro, puedo yo tambien entrar como banaficiario de la tarjeta sanitaria europea?
Gracias, un saludo.
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Re: MUFACE
« Respuesta #139 : 16/Jun/2010~22:49 »

ah!! se me olvidaba, no recibo ningun tipo de ayuda, nada de nada, el paro lo cobré hace tiempo.Gracias y saludos
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