Gracias a todos/as por vuestras respuestas, la verdad me son de muchísima ayuda para esclarecer esta duda.
Efectivamente, lo que a mí siempre me ha resultado dudoso es la ambigüedad del término "
título de grado correspondiente" que aparece en todas y cada una de las bases para las oposiciones en las distintas comunidades autónomas.
Cierto es que se recogen tres requisitos académicos: el anteriormente citado pero también los de "
título de maestro" y "
título de maestro en educación general básica". Estos dos últimos son bastante claros y recogen la antigua diplomatura y se ve bien que con cualquiera de las distintas diplomaturas de magisterio se podía opositar a cualquier cuerpo de magisterio: primaria, infantil, EF, lengua extranjera, EE, musical,...
Sin embargo, no lo veo tan claro en el actual grado (Plan Bolonia) ya que en las convocatorias pone "
título de grado correspondiente". Correspondiente, ¿a qué? ¿Se refiere a que tienes que opositar específicamente al título de grado de educación que estudiaste (primaria para primaria e infantil para infantil, exclusivamente)? O bien, ¿se refiere a que basta con tener un grado en educación, sea el que sea, para optar a la oposición de Magisterio que quieras?
Yo siempre me he inclinado, desde mi absoluto desconocimiento (reitero), a pensar que ese término tan ambiguo de "correspondiente" hace referencia a que sólamente puedes hacer primaria si tienes el correspondiente Grado en Educación Primaria (y lo mismo con Infantil) y que por tanto a los graduados por Bolonia ya no se les permite opositar a cuerpo distinto para el que estudiaron.
Pero según me indicáis parece ser que eso no es asi y estoy equivocado. Entonces me alegro de al menos conocer la respuesta de parte vuestra que sabéis de estos temas muchísimo más que yo... Gracias por aclarármelo y un afectuoso saludo