Buenos días,
Retomo este tema, os explico mi caso, me dieron una vacante a finales de octubre en una localidad de distinta provincia a la de mi residencia, y según he visto publicado en varios anuncios de sindicatos, los interinos tenemos derecho a coger dicho permiso por mudanza, pues de un día para otro, tenemos que trasladar todos nuestros enseres. Sé que hay sitios en los que te ponen pegas para estos días, pero creo que es un derecho que nos pertenece, y como tal, deberíamos de poder acogernos a él. ¿Alguien me puede asesorar sobre estos días?
Y otra cuestión, que esta me indigna más aún. Cuando un hijo se nos pone enfermo, entiendo que el llevarlo al médico es una causa más que justificada, siempre que presente la cita y la confirmación de haber asistido a dicha cita, no? Es que me dejaron caer, que hiciese lo posible para que fuese otra persona la que lo llevase al médico, asunto al que me negué rotundamente. Hasta ahí podíamos llegar! Viva la conciliación familiar...
Lo de la mudanza no depende del Equipo Directivo, depende de la NORMATIVA que la he puesto más arriba.
El otro tema que planteas, se puede justificar perfectamente como dices y podría considerarse como "deber inexcusable". Te lo dejan caer porque en los equipos directivos hemos visto de todo y, tristemente, hay gente que abusa de estas cosas, pero el derecho lo tienes independientemente de que seas o no interino/a.
Saludos.