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Autor Tema: días por mudanza  (Leído 6187 veces)
0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.
Inma86
  

Nuev@

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« : 08/Feb/2021~18:59 »


Buenas tardes compis,
os quería preguntar unas cositas a ver si sabéis responderme.
Me acabo de comprar un piso por lo que en breves debo ir al notario a firmar la hipoteca, si fuese de mañana la firma, tendría derecho a ese día.
Otra cosita, cuántos días me corresponden por mudanza, y cómo los solicito.

Gracias
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tejalondon
  

Nuev@

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« Respuesta #1 : 08/Feb/2021~19:16 »

Por asistir a notario, no.
Por traslado domicilio, si : misma localidad 1 día, distinta localidad 2 y distinta provincia 3.
Debe acreditarse (con nuevo empadronamiento, contrato, domiciliaciones... ) y se solicita a la dirección del centro.

Un saludo
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Inma86
  

Nuev@

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« Respuesta #2 : 10/Feb/2021~12:40 »

A ver trabajo en Sevilla y vivo en Huelva.  Cuántos días son los que me corresponden? Gracias
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Inma86
  

Nuev@

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Registro:07/Oct/2015~20:59
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« Respuesta #3 : 10/Feb/2021~12:48 »

Es que mi duda es esa... trabajo en Sevilla pero vivo en Huelva y el piso al que me mudo está en Huelva también
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yomisma85
  

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« Respuesta #4 : 10/Feb/2021~15:34 »

Es que mi duda es esa... trabajo en Sevilla pero vivo en Huelva y el piso al que me mudo está en Huelva también

Se refiere a localidad de residencia.  Si no cambias tu localidad de residencia sólo te corresponde 1 día. 
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Inma86
  

Nuev@

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« Respuesta #5 : 10/Feb/2021~21:22 »

Genial! Mil gracias!!
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liamdro
  

Nuev@

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« Respuesta #6 : 30/Nov/2021~20:17 »

¿Me podéis decir qué documento es necesario presentar para justificar la mudanza? Me gustaría utilizar un documento que no tenga muchos datos míos, no me apetece que el equipo directivo tenga la escritura de compraventa de mi piso. Gracias.
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tb
  

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« Respuesta #7 : 01/Dic/2021~19:45 »

Lo ideal es que consultéis la normativa, porque este es uno de los permisos más controvertidos por el tema de la justificación. Copio y pego la normativa:

Solicitud:
La solicitud del permiso deberá efectuarse según modelo normalizado (Anexo I). A fin de garantizar la correcta prestación del servicio, la persona interesada deberá avisar de su ausencia a la dirección del centro con antelación a la fecha en que se vaya a disfrutar del permiso, lo que deberá tener lugar cuando efectivamente se produzca el traslado de domicilio.
En el plazo de los diez días siguientes naturales al disfrute del permiso se deberá aportar justificación documental suficiente que acredite la realidad de haberse realizado el traslado (factura de la empresa de mudanza, contrato de arrendamiento, certificación de empadronamiento o cualquier medio de prueba admisible en derecho).

Duración del permiso:
• Por traslado de domicilio sin cambio de localidad de residencia: un día hábil.
• Por traslado de domicilio a otra localidad: dos días hábiles.
• Por traslado de domicilio a otra localidad de distinta provincia: tres días hábiles.
Se entenderá por localidad de residencia aquella en que la persona con derecho a este permiso tenga su domicilio y así conste oficialmente en cada momento.

Saludos.
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tb
  

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« Respuesta #8 : 01/Dic/2021~19:48 »

¿Me podéis decir qué documento es necesario presentar para justificar la mudanza? Me gustaría utilizar un documento que no tenga muchos datos míos, no me apetece que el equipo directivo tenga la escritura de compraventa de mi piso. Gracias.

El contrato de compra-venta no justifica una mudanza, y, obviamente, no debes entregarlo a nadie.

Arriba comento lo que dice la normativa al respecto. Como digo, es complicado de justificar, pues normalmente las mudanzas se hacen con nuestros propios medios y sin empresas, pero en fin, lee lo que dice la normativa y habla con el equipo directivo.

Saludos.
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maestro_jo
  

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« Respuesta #9 : 15/Dic/2021~09:57 »

Buenos días,

Retomo este tema, os explico mi caso, me dieron una vacante a finales de octubre en una localidad de distinta provincia a la de mi residencia, y según he visto publicado en varios anuncios de sindicatos, los interinos tenemos derecho a coger dicho permiso por mudanza, pues de un día para otro, tenemos que trasladar todos nuestros enseres. Sé que hay sitios en los que te ponen pegas para estos días, pero creo que es un derecho que nos pertenece, y como tal, deberíamos de poder acogernos a él. ¿Alguien me puede asesorar sobre estos días?

Y otra cuestión, que esta me indigna más aún. Cuando un hijo se nos pone enfermo, entiendo que el llevarlo al médico es una causa más que justificada, siempre que presente la cita y la confirmación de haber asistido a dicha cita, no? Es que me dejaron caer, que hiciese lo posible para que fuese otra persona la que lo llevase al médico, asunto al que me negué rotundamente. Hasta ahí podíamos llegar! Viva la conciliación familiar...
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tonisanchez
  

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« Respuesta #10 : 15/Dic/2021~17:01 »

Depende todo lo que planteas del equipo directivo...
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maestro_jo
  

Nuev@

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« Respuesta #11 : 16/Dic/2021~10:59 »

Los días por mudanza puedo entender que dependa de cada equipo directivo, pero el poder llevar a un hijo al médico, no, puesto que es un deber inexcusable que tenemos los padres.
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tb
  

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« Respuesta #12 : 18/Dic/2021~18:21 »

Buenos días,

Retomo este tema, os explico mi caso, me dieron una vacante a finales de octubre en una localidad de distinta provincia a la de mi residencia, y según he visto publicado en varios anuncios de sindicatos, los interinos tenemos derecho a coger dicho permiso por mudanza, pues de un día para otro, tenemos que trasladar todos nuestros enseres. Sé que hay sitios en los que te ponen pegas para estos días, pero creo que es un derecho que nos pertenece, y como tal, deberíamos de poder acogernos a él. ¿Alguien me puede asesorar sobre estos días?

Y otra cuestión, que esta me indigna más aún. Cuando un hijo se nos pone enfermo, entiendo que el llevarlo al médico es una causa más que justificada, siempre que presente la cita y la confirmación de haber asistido a dicha cita, no? Es que me dejaron caer, que hiciese lo posible para que fuese otra persona la que lo llevase al médico, asunto al que me negué rotundamente. Hasta ahí podíamos llegar! Viva la conciliación familiar...

Lo de la mudanza no depende del Equipo Directivo, depende de la NORMATIVA que la he puesto más arriba.

El otro tema que planteas, se puede justificar perfectamente como dices y podría considerarse como "deber inexcusable". Te lo dejan caer porque en los equipos directivos hemos visto de todo y, tristemente, hay gente que abusa de estas cosas, pero el derecho lo tienes independientemente de que seas o no interino/a.

Saludos.
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