Pata Negra
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« Respuesta #1 : 14/Ago/2019~17:42 » |
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para cobrar el paro, hay que haber cotizado un mínimo de seis meses, de lo que sea. Si te cesan en enero, desde el primer día de cese, puedes solicitar el paro y cuando te vuelvan a llamar te das de baja en el paro. Pero vamos que es un poco complicado, ahora me pongo al paro, ahora me quito, ahora me pongo ahora me quito, no sé. Por poder se puede, eso sí, día que cobras de paro, dia que pierdes.
Si entre interinidades del colgio, te sale otro trabajo en medio, el paro se puede cobrar pero en proporcion. imaginate que te cesan en enero, y vuelves al colegio para abril. Entre enero y abril te sale otro trabajo a media jornada por ejemplo; tienes derecho a cobrar el paro ( si has cotizado seis meses mínimo), pero el paro no lo cobras al 100% porque estás trabajando a media jornada; el paro te paga la diferencia, que sería el otro 50%. En ese caso , no te compensa pedir el paro, porque pierdes dinero; como te he dicho, dia que cobras dia que ya pierdes; cobres al 50% el paro o al 100%, En ese caso es mejor cobrar el paro, cuando estas parado al 100%, o solo trabajas un tercio; pero trabajando a media jornada o mas, no compensa, pq el inaem te paga la diferencia, de tal manera que si no trabajas, te paga la totalidad según los meses cotizados.
Mi idea este curso ( si puedo), es trabajar en el cole a un tercio, y cobrar el paro 2/3 durante un año. Por eso sé todo esto, pq ya lo pregúnté hace unas semanas.
Lo que tu te referías, es que cuando se trabaja en educació en la pública, tenemos la exclusividad, salvo contadas circunstancias; el que se mete a jornada completa en la pública, no puede estar a la vez en otro trabajo, pero es a la vez; no en periodos que no trabajamos en enseñanza en la pública.
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