Hola a tod@s!
Soy maestra interina con vacante. Necesito solicitar un día sin retribución y al preguntar a la dirección de mi centro, me han dicho que sólo puedo solicitarlo durante los períodos en los que no estamos con niños (primeros de septiembre y finales de junio).
Yo he estado buscando por todos lados dónde se especifica eso, pero no lo veo reflejado en la normativa. ¿Sabéis si tienen razón o se han confundido con algún otro permiso?
Gracias de antemano.
Si tienes vacante, sí puedes solicitar el permiso.
Lo que te han comentado en Dirección es un permiso CON retribución. Son dos cosas diferentes.
La circular lo dice claramente: "Respecto del personal funcionario interino y del personal laboral temporal, este permiso podrá concederse en el supuesto de estar ocupando una vacante, por el mismo período temporal, siempre que, a la fecha de solicitud, le reste aún un período de nombramiento —incluida, en su caso, la prórroga vacacional— igual o superior al tiempo solicitado. Ello no supondrá la exclusión de la correspondiente bolsa o listado."
Lee la circular, rellena el anexo y explícalo en dirección. La dirección debe tramitar el permiso (porque lo conceden en Delegación) junto con un informe favorable en el que diga que el centro puede asumir tu falta en el periodo solicitado.
Si solo pides un día, solo te descontarán ese día. Si pides más, desde el primer día que faltes hasta el que te incorpores, si entre medias pilla el fin de semana, cuenta también como días sin retribución.
Saludos.