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« Respuesta #20 : 01/Mar/2013~01:53 » |
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Pero es que la legislación es como las tablas de multiplicar, o te las sabes o no. Comprenderla casi es lo de menos.
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Pata Negra
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« Respuesta #21 : 01/Mar/2013~08:03 » |
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¿Para qué escribir la legislación?
En un tema, luego te sirve para soltarlo de pe a pa, pero la legislación es mejor comprenderla que abordarla mecánicamente.
Esto.... ¿cómo se comprende el nombre de una orden, decreto o resolución? Voy a llegar al tribunal y le diré... si, sí, si yo comprendo perfectamente la legislación, pero oiga, no me acuerdo del nombre y numerito de la normativa que habla de esto que les estoy contando... Y tampoco me acuerdo de la otra...!! Ay dios mío...!!! Que no me acuerdo de ningún dato concreto eh? Ah eso sí, lo entiendo todo, todo y todo... Ay Jero hijo... qué cosas tienes, de verdad.
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« Respuesta #22 : 01/Mar/2013~10:58 » |
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En las OPOS, NO hay que COMPRENDER NADA, sólo basta con repetirlo bien...
Carli, ya estoy entrenando la mano derecha... me he apuntado a clases de Tenis... así también se me va el estrés.
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FORTVNA AVDATES IVVAT
Un Buen Maestro es aquél que te dice Dónde mirar, pero NO lo que tienes que VER (A.K. Trenfor)
Al morir, tú NO te enteras, pero sufren quienes te rodean... lo mismo pasa si eres tonto...
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« Respuesta #23 : 01/Mar/2013~12:07 » |
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Jajajajajajajjakka. Vaaaaaale el tenis tambien sirve. Se te. Va a quedar una mano derecha bien potente.
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« Respuesta #24 : 01/Mar/2013~12:13 » |
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Jajajajajajajjakka. Vaaaaaale el tenis tambien sirve. Se te. Va a quedar una mano derecha bien potente.
La mano y el brazo, por si hay que realizar movimientos "más fuertes", jajaja. No hay mal que por bien No venga... lo que pasa es que las clases salen por un pico, ¿habría otra forma de "entrenar"?
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FORTVNA AVDATES IVVAT
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« Respuesta #25 : 01/Mar/2013~17:36 » |
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¿Para qué escribir la legislación?
En un tema, luego te sirve para soltarlo de pe a pa, pero la legislación es mejor comprenderla que abordarla mecánicamente.
Esto.... ¿cómo se comprende el nombre de una orden, decreto o resolución? Voy a llegar al tribunal y le diré... si, sí, si yo comprendo perfectamente la legislación, pero oiga, no me acuerdo del nombre y numerito de la normativa que habla de esto que les estoy contando... Y tampoco me acuerdo de la otra...!! Ay dios mío...!!! Que no me acuerdo de ningún dato concreto eh? Ah eso sí, lo entiendo todo, todo y todo... Ay Jero hijo... qué cosas tienes, de verdad. jaja, pues sigue pensando en lo que he dicho.
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"El que no pueda aguantar un defecto de educación en persona ajena, carece él mismo de educación".
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« Respuesta #26 : 01/Mar/2013~17:59 » |
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Pero es que la legislación es como las tablas de multiplicar, o te las sabes o no. Comprenderla casi es lo de menos.
Al contrario. La legislación no hay que saberla como las tablas de multiplicas, sino que debe ser una especie de brújula que te oriente a la hora de desempeñar la labor educativa. Una buena parte de las academias y preparadores, dan los temas donde citan la legislación y dan un modelo de programación, pero apenas manipulan la legislación. Otras, te dan el tocho de legislación y de ahí te elaboras los temas. Con una u otra forma la peña saca buenas notas y obtienen plazas en ambos sistemas. La legislación en sí no hay que saberla de pe a pa, sino saber aplicarla funcionalmente. Y respondiendo a Sicilia1927, tanto si el examen sigue de forma transitoria o vuelve la famosa criba, pues no hay ocasión para soltar la legislación de pe a pa, pero otra cosa es no acordarse de los nombres ni qué se trata. Lo único que en teorìa tiene más de memoria, si hablamos de Infantil, pues son los objetivos generales y de cada una de las tres áreas, pero si en la defensa de la programación, citas los 9 objetivos generales de la orden de 5 de agosto, los 6 del conocimiento de sí mismo y autonomía pesonal, los 6 del área de conocimiento del entorno y los 7 del área de Comunicación y representación, y al mismo tiempo te paras y lo explicas, pues ya te ha pasado la media en los objetivos, sin olvidar que mientras al tribunal le ha dado un yuyu.
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« Respuesta #27 : 01/Mar/2013~19:42 » |
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Mare mía jero... pero quién ha hablado de objetivos, y de listado de cosas... quién?
La legislación, para mí, es el listado de normas que hay que conocer, con sus nombres y apellidos.
Punto.
Sacabó.
Y eso no se comprende, SE MEMORIZA.
Y si tienes un folio por las dos hojas... de normativa.. un folio por las dos hojas... si tienes una hoja, una hoja... el resto, de lo que tú hablas, creo que hace mucho, pero mucho tiempo que la gente no lo estudia, en general.
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« Respuesta #28 : 01/Mar/2013~19:49 » |
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Mare mía jero... pero quién ha hablado de objetivos, y de listado de cosas... quién?
La legislación, para mí, es el listado de normas que hay que conocer, con sus nombres y apellidos.
Punto.
Sacabó.
Y eso no se comprende, SE MEMORIZA.
Y si tienes un folio por las dos hojas... de normativa.. un folio por las dos hojas... si tienes una hoja, una hoja... el resto, de lo que tú hablas, creo que hace mucho, pero mucho tiempo que la gente no lo estudia, en general.
Eso que aludes no es legislación "funcional", son referencias bibliográficas y que sirven de poco al quedarse meramente en mencionarlas durante el tema y posteriormente en la supuesta bibliografía. Lo que le digo a Carlita es que divierta con la legislación, en concreto con aquellas que más concretan su especialidad y se cuentan con una mano, aunque luego puedas rellenar dos folios citando leyes orgánicas, decretos, órdenes y cía.
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Pata Negra
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« Respuesta #29 : 01/Mar/2013~19:52 » |
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Mare mía jero... pero quién ha hablado de objetivos, y de listado de cosas... quién?
La legislación, para mí, es el listado de normas que hay que conocer, con sus nombres y apellidos.
Punto.
Sacabó.
Y eso no se comprende, SE MEMORIZA.
Y si tienes un folio por las dos hojas... de normativa.. un folio por las dos hojas... si tienes una hoja, una hoja... el resto, de lo que tú hablas, creo que hace mucho, pero mucho tiempo que la gente no lo estudia, en general.
Eso que aludes no es legislación "funcional", son referencias bibliográficas y que sirven de poco al quedarse meramente en mencionarlas durante el tema y posteriormente en la supuesta bibliografía. Lo que le digo a Carlita es que divierta con la legislación, en concreto con aquellas que más concretan su especialidad y se cuentan con una mano, aunque luego puedas rellenar dos folios citando leyes orgánicas, decretos, órdenes y cía. En mi comunidad la legislación "esa funcional que tú dices" nombrada puntúa... así que lo de que sirve de poco... es relativo.
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« Respuesta #30 : 01/Mar/2013~19:55 » |
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Como dice Sicila, con un TriviaLex Magister, nos hacemos un concurso y ¡nos lo pasamos en grande recordando los artículos de los Decretos y las Órdenes! Venga, una de las dudas en Andalucía: ¿En qué parte de la legislación actual vigente se menciona el trabajo a través de las competencias básicas en la Educación Infantil en Andalucía? jaja,En Andalucía todavía no hay competencias básicas en infantil. ¿Cómo? Claro que existen Jero. Desde el 2006. Vamos que el inspector nos obliga a tener la programación hecha por competencias. Viene a revisarlas en breve. - Competencia para aprender a aprender - Tratamiento de la información y competencia digital - Competencia social y ciudadana - Competencias en comunicación lingüistica - Competencia matemática - Competecia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico - Competencia emocional - Autonomía e iniciativa personal - Competecia cultural y artística. Ánima Carlita que tu puedes.
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« Respuesta #31 : 01/Mar/2013~19:58 » |
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Como dice Sicila, con un TriviaLex Magister, nos hacemos un concurso y ¡nos lo pasamos en grande recordando los artículos de los Decretos y las Órdenes! Venga, una de las dudas en Andalucía: ¿En qué parte de la legislación actual vigente se menciona el trabajo a través de las competencias básicas en la Educación Infantil en Andalucía? jaja,En Andalucía todavía no hay competencias básicas en infantil. ¿Cómo? Claro que existen Jero. Desde el 2006. Vamos que el inspector nos obliga a tener la programación hecha por competencias. Viene a revisarlas en breve. - Competencia para aprender a aprender - Tratamiento de la información y competencia digital - Competencia social y ciudadana - Competencias en comunicación lingüistica - Competencia matemática - Competecia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico - Competencia emocional - Autonomía e iniciativa personal - Competecia cultural y artística. Ánima Carlita que tu puedes. Tu inspector está equivocado y la legislación de 2008 no las contempla.
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« Respuesta #32 : 01/Mar/2013~20:00 » |
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Mare mía jero... pero quién ha hablado de objetivos, y de listado de cosas... quién?
La legislación, para mí, es el listado de normas que hay que conocer, con sus nombres y apellidos.
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Y eso no se comprende, SE MEMORIZA.
Y si tienes un folio por las dos hojas... de normativa.. un folio por las dos hojas... si tienes una hoja, una hoja... el resto, de lo que tú hablas, creo que hace mucho, pero mucho tiempo que la gente no lo estudia, en general.
Eso que aludes no es legislación "funcional", son referencias bibliográficas y que sirven de poco al quedarse meramente en mencionarlas durante el tema y posteriormente en la supuesta bibliografía. Lo que le digo a Carlita es que divierta con la legislación, en concreto con aquellas que más concretan su especialidad y se cuentan con una mano, aunque luego puedas rellenar dos folios citando leyes orgánicas, decretos, órdenes y cía. En mi comunidad la legislación "esa funcional que tú dices" nombrada puntúa... así que lo de que sirve de poco... es relativo. Ya, sirve, pero solamente para esa puntuación, pero se le puede sacar más provecho.
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« Respuesta #33 : 01/Mar/2013~20:09 » |
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Como dice Sicila, con un TriviaLex Magister, nos hacemos un concurso y ¡nos lo pasamos en grande recordando los artículos de los Decretos y las Órdenes! Venga, una de las dudas en Andalucía: ¿En qué parte de la legislación actual vigente se menciona el trabajo a través de las competencias básicas en la Educación Infantil en Andalucía? jaja,En Andalucía todavía no hay competencias básicas en infantil. ¿Cómo? Claro que existen Jero. Desde el 2006. Vamos que el inspector nos obliga a tener la programación hecha por competencias. Viene a revisarlas en breve. - Competencia para aprender a aprender - Tratamiento de la información y competencia digital - Competencia social y ciudadana - Competencias en comunicación lingüistica - Competencia matemática - Competecia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico - Competencia emocional - Autonomía e iniciativa personal - Competecia cultural y artística. Ánima Carlita que tu puedes. Tu inspector está equivocado y la legislación de 2008 no las contempla. Pues mira esto: Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttp://www.csi-csif.es/andalucia/modules/mod_ense/revista/pdf/Numero_13/SANDRA_BENITEZ_1.pdf Nosotros tenemos que hacerlo. Cosa distinta es que se haga o no. Otros años nosotros no las hemos hecho por competencias pero este año nos han obligado. Saludos
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« Respuesta #34 : 01/Mar/2013~20:20 » |
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Como dice Sicila, con un TriviaLex Magister, nos hacemos un concurso y ¡nos lo pasamos en grande recordando los artículos de los Decretos y las Órdenes! Venga, una de las dudas en Andalucía: ¿En qué parte de la legislación actual vigente se menciona el trabajo a través de las competencias básicas en la Educación Infantil en Andalucía? jaja,En Andalucía todavía no hay competencias básicas en infantil. ¿Cómo? Claro que existen Jero. Desde el 2006. Vamos que el inspector nos obliga a tener la programación hecha por competencias. Viene a revisarlas en breve. - Competencia para aprender a aprender - Tratamiento de la información y competencia digital - Competencia social y ciudadana - Competencias en comunicación lingüistica - Competencia matemática - Competecia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico - Competencia emocional - Autonomía e iniciativa personal - Competecia cultural y artística. Ánima Carlita que tu puedes. Tu inspector está equivocado y la legislación de 2008 no las contempla. Pues mira esto: Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttp://www.csi-csif.es/andalucia/modules/mod_ense/revista/pdf/Numero_13/SANDRA_BENITEZ_1.pdf Nosotros tenemos que hacerlo. Cosa distinta es que se haga o no. Otros años nosotros no las hemos hecho por competencias pero este año nos han obligado. Saludos Ese artículo y otros que pongan no implican nada. El problema es que salió la ley y hubo un vacio y aplicaron lo de primaria a infantil. Hay asesores expertos en dar conferencias sobre las compentencias básicas (no aficionados de un curso del cep) que lo primero que dicen es que en infantil no hay competencias básicas. Una cosa es que se pueda incluir, como lo haces en tu centro, y otra que trabajemos y tengamos obligación de hacerlo. El problema es que hay inspectores que meten la pata. Después, de tragarme en la fase de prácticas una conferencia sobre las comptencias básicas, donde estábamos todas las especialidades y le pregunto: y los de infantil, ¿tenemos que incluirlo también o es solamente para primaria? Ah, es verdad, los de infantil no la tienen, pero primaria sí. Y este sí es inspector. Mira las orientaciones de evaluación de la junta de Andalucía de infantil y no hace ni una mención a las competencias básicas. Mira el papeleo oficial que tenemos que hacer en Séneca y no se valora nada en ninguna compentencia básica, solamente a las áreas de conocimiento y en base a los objetivos sobre las capacidades.
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« Respuesta #35 : 01/Mar/2013~20:36 » |
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lo del concurso me parece genial me apunto. Carli referente a los temas a mi me pasa igual,el otro dia los desempolve y empece y no me acuerdo de nada. Pero se intentala
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« Respuesta #36 : 01/Mar/2013~21:24 » |
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Jejejejejeje, mucho hablar de competencias básicas pero aquí nadie ha respondido a mi pregunta. Citadme dónde se hace referencia a las competencias básicas en la legislación que afecta a la comunidad andaluza. ;
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« Respuesta #37 : 01/Mar/2013~22:32 » |
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Jero, lo único que SIRVE del temerio es MEMORIZARLO y escribirlo lo más rápido posible... hablo de las Opos, en la Vida cotidiana, ni eso.
A menos que sea uno ABOGADO, ¿para qué quiere COMPRENDER la Legislación DE MEMORIA?
En fin, si sólo se evalúa la memorística, ¿para qué divagar y gastar el tiempo en COMPRENDER? Conste que Yo al principio creía lo contrario, que era mejor comprender que memorizar, pero lso RESULTADOS, demuestran que es mejor (para sacar más nota) repetir CON PUNTOS Y COMAS, el temario de la Academia, que poder sacar DEDUCCIONES del los contenidos del Temario (que se´ria una muestra de haberlo Aprehendido).
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« Respuesta #38 : 02/Mar/2013~01:31 » |
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Jero, lo único que SIRVE del temerio es MEMORIZARLO y escribirlo lo más rápido posible... hablo de las Opos, en la Vida cotidiana, ni eso.
A menos que sea uno ABOGADO, ¿para qué quiere COMPRENDER la Legislación DE MEMORIA?
En fin, si sólo se evalúa la memorística, ¿para qué divagar y gastar el tiempo en COMPRENDER? Conste que Yo al principio creía lo contrario, que era mejor comprender que memorizar, pero lso RESULTADOS, demuestran que es mejor (para sacar más nota) repetir CON PUNTOS Y COMAS, el temario de la Academia, que poder sacar DEDUCCIONES del los contenidos del Temario (que se´ria una muestra de haberlo Aprehendido).
Si comprendes la legislación (no que la memorices), pues puedes mejorar tus temas y luego salen mejor.
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« Respuesta #39 : 02/Mar/2013~12:33 » |
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Jero, lo único que SIRVE del temerio es MEMORIZARLO y escribirlo lo más rápido posible... hablo de las Opos, en la Vida cotidiana, ni eso.
A menos que sea uno ABOGADO, ¿para qué quiere COMPRENDER la Legislación DE MEMORIA?
En fin, si sólo se evalúa la memorística, ¿para qué divagar y gastar el tiempo en COMPRENDER? Conste que Yo al principio creía lo contrario, que era mejor comprender que memorizar, pero lso RESULTADOS, demuestran que es mejor (para sacar más nota) repetir CON PUNTOS Y COMAS, el temario de la Academia, que poder sacar DEDUCCIONES del los contenidos del Temario (que se´ria una muestra de haberlo Aprehendido).
Si comprendes la legislación (no que la memorices), pues puedes mejorar tus temas y luego salen mejor. jajaja, muy bueno, sí señor... ¿a qué PARTE de la Legislación te refieres? Que YO sepa, sólo con los nombrecitos te vale (Aparte de lso elementos curriculares que hay que memorizar también). Te repito que en las Opos sólo se evalúa la MEMORÍSTICA...
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