ANDALUCÍAINSTRUCCIÓN 2/2013, DE 24 DE ENERO, PARA LA PUESTA EN PRÁCTICA DE LO
ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 14 DE LA LEY 3/2012, DE 21 DE SEPTIEMBRE, DE
MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS, LABORALES Y EN MATERIA DE HACIENDA
PÚBLICA PARA EL REEQUILIBRIO ECONÓMICO-FINANCIERO DE LA JUNTA DE
ANDALUCÍA.
1ª Se abonará el 100 por cien del complemento por incapacidad temporal en los
supuestos que la IT se origine por contingencias profesionales1 y por contingencias
comunes2 que generen hospitalización o intervención quirúrgica.
El personal que presta servicios en la Administración educativa de Andalucía que inicia
una situación de incapacidad temporal por contingencias profesionales, o por contingencia
común que requiera hospitalización, intervención quirúrgica o esté causada por una enfermedad
grave recogida entre los supuestos del Anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la
aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por
cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, podrá solicitar el
reconocimiento del derecho a percibir el cien por cien del complemento por incapacidad temporal
al órgano de personal correspondiente.
a) En los casos de incapacidad temporal por contingencia común, referida a una
patología que requiera una intervención quirúrgica, se presentará como documento
acreditativo y junto al parte de baja, el informe médico que reconozca la práctica de la
intervención quirúrgica. Si la intervención quirúrgica se produce una vez iniciada la baja,
el justificante correspondiente se adjuntará con el primer parte de confirmación que se
presente una vez se produzca la intervención.
b) En el caso de incapacidad temporal por contingencia común referida a procesos
que requieran hospitalización, junto con el parte de baja se presentará justificante de la
misma, emitido por el centro hospitalario. Si la hospitalización se produce una vez iniciada
la baja, el justificante correspondiente se adjuntará con el primer parte de confirmación
que se presente una vez iniciada la hospitalización.
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