Pata Negra
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Registro:09/Ago/2013~09:53
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« Respuesta #3 : 31/Ago/2013~16:57 » |
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No soy un experto, pero quien te podría responder más acertadamente es un inspector de educación. Si puedes pásate un día por la consejería de educación, o llamar por teléfono y que te pasen a un inspector.
Por otro lado ( y esto es opinión personal), si tal como comentas, en el decreto de oposiciones, aparece que tras ser elegida una vez para el tribunal, puede negarse a estar en la siguiente convocatoria, Y NO PONE EN EL AÑO 2012; entiendo que cuando especifica " la siguiente convocatoria" se refiere a la próxima que haya; sea en 2013, en 2014, o en 2030; la siguiente a la anterior, es la que se establezca, quizá en 2014 o en 2015; otra cosa hubiera sido si en lugar de " la siguiente convocatoria" pusiera una fecha concreta ( por ejemplo 2012), entonces como se refiere a una fecha concreta y determinada; si en 2012, que seria la que pusiera en el decreto, no hubo oposiciones; entonces legalmente si en 2014, se convocaran oposiciones, ella ya no estaría exenta, puesto que el decreto especificaría ( en ese caso) que estaría exenta para 2012; pero como el decreto no comenta eso, sino que dice que puede estar exenta en la siguiente convocatoria, desde la última que hubo; si la última oposición fue en 2012, la siguiente es la próxima que haya; sea en 2014, o en 2020. Al menos, con la ley en la mano, es lo que deja a entender.
Otra cosa es que los legisladores de oposiciones, lo quieran entender o enfocar de otra manera.
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