Veteran@ 
								 
								  Desconectado
Registro:09/Ago/2013~09:53 
								Mensajes: 3.107
								
								
								
								
							  
 
						 | 
						
							
								  | 
								
									
									 « Respuesta #3 : 31/Ago/2013~16:57 »  | 
								
								 | 
							  
							 
							No soy un experto, pero quien te podría responder más acertadamente es un inspector de educación.  Si puedes pásate un día por la consejería de educación, o llamar por teléfono y que te pasen a un inspector.
  Por otro lado ( y esto es opinión personal), si tal como comentas, en el decreto de oposiciones, aparece que tras ser elegida una vez para el tribunal, puede negarse a estar en la siguiente convocatoria, Y NO PONE EN EL AÑO 2012; entiendo que cuando especifica " la siguiente convocatoria" se refiere a la próxima que haya; sea en 2013, en 2014, o en 2030; la siguiente a la anterior, es la que se establezca, quizá en 2014 o en 2015; otra cosa hubiera sido si en lugar de " la siguiente convocatoria" pusiera una fecha concreta ( por ejemplo 2012), entonces como se refiere a una fecha concreta y determinada; si en 2012, que seria la que pusiera en el decreto, no hubo oposiciones; entonces legalmente si en 2014, se convocaran oposiciones, ella ya no estaría exenta, puesto que el decreto especificaría ( en ese caso) que estaría exenta para 2012; pero como el decreto no comenta eso, sino que dice que puede estar exenta en la siguiente convocatoria, desde la última que hubo; si la última oposición fue en 2012, la siguiente es la próxima que haya; sea en 2014, o en 2020.  Al menos, con la ley en la mano, es lo que deja a entender.
  Otra cosa es que los legisladores de oposiciones, lo quieran entender o enfocar de otra manera. 
						 |