b]Leed el artículo 11 de los presupuestos de Andalucía para este año mirar la página 32 [/b] y que cada cual saque sus conclusiones. La mía es que si se pueden convocar otra cosa es que se lleve a cabo
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os lo dejo aqui lo tuve que copiar manualmente por lo que os dejo el enlace por si hubo errores al copiar información no se que le pasa al ordenador que no me dejaba copiar documento
1. Durante el año 2013 no se procederá a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, salvo la que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a ofertas de empleo público de ejercicios anteriores. Esta limitación no ser de aplicación a los sectores determinados en la legislación basica del estado en los que de acuerdo con la misma la tasa de reposición se fijar hasta un maximo del 10 por ciento pudiendo procederse a la acumulación de las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición correspondiente a cada sector en aquellos cuerpos especialidades o escalas cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de los servicios publicos esenciales.
2. En aplicación de lo dispuesto en el apartado anterior durante el año 2013 no se procederá en el sector público andaluz a la contratación de personal laboral temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionario interino, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.
3. Durante el año 2013, la contratación de personal con carácter fijo o indefinido o temporal en las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía requerirá autorización de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
4. El Consejo de Gobierno podrá autorizar, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y a iniciativa de la Consejería o, en su caso, de la agencia administrativa a la que esté adscrita o de la que dependa la entidad, excepciones a la limitación establecida en el apartado 1 con motivo de la priorización o asignación de nuevas funciones que se califiquen como imprescindibles para atender servicios de carácter esencial.
5.Durante el año 2013 se amortizará en las Instituciones y en la Administración de la Junta de Andalucía, agencias administrativas, agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales y el resto de entes del sector público andaluz un número de plazas equivalente, al menos, al de las jubilaciones que se produzcan, salvo en los sectores, funciones y categorias profesionales que se consideren priotitarios o afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales . En el caso de personal funcionario las plazas amortizadas seran del mismo Grupo y Subgrupo profesional en el que se produzca la jubilación , conforme a la clasificación prevista en el articulo 76 y la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Basico del Empleado Público y en el caso del personal laboral del mismo nivel retributivo y categoria equivalente. Se habilita a la Consejería de Hacienda y Administración Pública a establecer los terminos y el alcance de esta amortización
para completar el mensaje os dejo este enlace sobre los presupuestos en el podeis ver la partidas para cada area en el vemos que educacion cae un 9,7 por ciento la inversion perdonar que no lo copie pero me da problemas algo falla en ordenador podeis verlo si leeeis noticia
EDUCACIÓN -9,7% en 2013
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