Tened en cuenta que las conclusiones del abogado del TJUE son claras:
-Fijeza
-Indeminazión reparadora y disuasoria.
Y en cuanto a la indemnización no sirve la de 20 días por año, tampoco la de 33 días por año y no puede estar topada. Un interino que se estabilice hay que indemnizarlo, un interino que se jubile, hay que indemnizarlo, un interino de mas de 10 años, hay que indemnizarlo proporcionalmente aunque lo hagas fijo.
Están retenidos mas de 600 millones de euros a la espera de que se resuelva esto.
No se vosotros, pero yo creo que esta batalla que lleva mas de 25 años en lucha está mejor que nunca.
Los políticos sindicatos y jueces están pegando la última pataleta y se están revolviendo todo lo que pueden, haciendo todo el ruido posible para que parezca que está todo perdido, pero muy al contrario, todo tiene pinta de ir mas adelante que nunca.
Y si el gobierno y las comunidades quieren seguir convocando oposiciones, que lo hagan, si Europa dictamina fijeza, tendrán que crear miles de puestos duplicados o enfrentarse a sanciones cada vez mayores, y si optan por las indemnizaciones, haced el calculo de todos los interinos, de todas las administraciones de todo el estado, comunidades, ayuntamientos, diputaciones y demás, teniendo que ser indemnizados con indemnizaciones que en algunos casos podrían hasta superar los 300.000€.
Exactamente, fijeza y oposiciones a la vez no puede ser, para realizar una convocatoria de oposiciones necesitas hacerlo en base a una oferta de plazas de empleo público previa, con la fijeza de un número indeterminado de trabajadores públicos, que alguien me explique en base a qué número de plazas van a celebrar oposiciones.
Si en 2026 vas a convocar 100 plazas de x puesto y en abril te sale una sentencia que te obliga a estabilizar a 130 trabajadores de ese puesto. ¿Qué se pretende hacer?