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Autor Tema: ¿Cómo se recuperan los días perdidos por enfermedad?  (Leído 3993 veces)
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micordoba
  

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« : 26/Ago/2019~02:20 »


He estado enferma en agosto y una compañera vino a verme y me dijo que podía recuperar esos días, pero no sé como hacerlo voy al colegio , solicito en delegación mediante instancia ...todo son dudas, la verdad es que me vendrían bien para reponerme del todo...
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Toda la tierra tiene desconocidas semillas que algun dia germinaran
marisolreva
  

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« Respuesta #1 : 26/Ago/2019~08:46 »

He estado enferma en agosto y una compañera vino a verme y me dijo que podía recuperar esos días, pero no sé como hacerlo voy al colegio , solicito en delegación mediante instancia ...todo son dudas, la verdad es que me vendrían bien para reponerme del todo...

Yo sé que el médico tiene que haberte dado de baja si alguien tiene más información...
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Jerezana1
  

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« Respuesta #2 : 26/Ago/2019~09:15 »

Si has estado de baja (y digo baja, no enferma) durante el mes de vacaciones (solo agosto), puedes solicitar esos días, pero no te los dan ahora, sino cuando a ellos les conviene, que normalmente es navidad. En el centro deben tener el impreso que deben tramitar.

No se si habrá cambiado la normativa, pero el que yo tuve que tramitar aparece en el ANEXO I de la CIRCULAR DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2013, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS, POR LA QUE SE INCORPORA A LA DE 6 DE
FEBRERO DE 2013, SOBRE PERMISOS, LICENCIAS Y REDUCCIONES DE JORNADA
DEL PERSONAL DOCENTE DEL ÁMBITO DE GESTIÓN DE LA CONSEJERÍA DE
EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, LO ESTABLECIDO EN EL ACUERDO DE
9 DE JULIO DE 2013, DEL CONSEJO DE GOBIERNO.
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micordoba
  

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« Respuesta #3 : 26/Ago/2019~17:08 »

He estado de baja, no enferma, si me dan los días en periodo vacacional  no me están dando los días de vacaciones que me corresponden eso no es recuperar ...la normativa europea no dice eso, en España las empresas tienen la obligación de dar vacaciones por los días no disfrutados cuando se está de baja, la normativa del 2013 es la vigente , ¿ no ha habido ninguna  modificación ?
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Ligia
  

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« Respuesta #4 : 26/Ago/2019~17:51 »

Te conceden vacaciones si has estado de baja julio y agosto. Si solo ha sido uno de esos dos meses se dan por disfrutadas.
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micordoba
  

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« Respuesta #5 : 26/Ago/2019~18:02 »

Ligia he perdido Julio y dieciocho de agosto. Muchas gracias
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marisolreva
  

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« Respuesta #6 : 26/Ago/2019~19:26 »

Ligia he perdido Julio y dieciocho de agosto. Muchas gracias


El curso pasado un compi tuvo un problema en el pie y estuvo de baja el mes de agosto y se incorporó a final de noviembre ya que unió el alta con las vacaciones pertenecientes al mes de agosto, y se lo cogió todo seguido. Mucha suerte!
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Jerezana1
  

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« Respuesta #7 : 26/Ago/2019~21:59 »

Te conceden vacaciones si has estado de baja julio y agosto. Si solo ha sido uno de esos dos meses se dan por disfrutadas.
Que yo sepa, y si estoy equivocada pido perdón,  vacaciones solamente son las de agosto. En julio estamos a disposición de la delegación. Navidad y semana santa son periodos no lectivos, pero tampoco son vacaciones. Hace dos curso estuve de baja durante el mes de agosto y cuando las solicité me las dieron del 19 diciembre al 15 de enero.
En cuanto a la normativa, desconozco si hay alguna más actualizada.
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jelc
  

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« Respuesta #8 : 01/Sep/2019~13:41 »

Te conceden vacaciones si has estado de baja julio y agosto. Si solo ha sido uno de esos dos meses se dan por disfrutadas.
Que yo sepa, y si estoy equivocada pido perdón,  vacaciones solamente son las de agosto. En julio estamos a disposición de la delegación. Navidad y semana santa son periodos no lectivos, pero tampoco son vacaciones. Hace dos curso estuve de baja durante el mes de agosto y cuando las solicité me las dieron del 19 diciembre al 15 de enero.
En cuanto a la normativa, desconozco si hay alguna más actualizada.
Yo también me encuentro de baja desde el mes de mayo y tengo entendido que es tal y como lo has redactado
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