Tiritas, informate bien vaya que no tengas derecho a paro, pues eres tú la que decides no trabajar.
si, ya me informé.
Hay dos opciones:
al cesar el contrato el 31 agosto ( digamso que me despide la administración), puedo pedir paro, si me congelo en las listas es como no tener trabajo; y habiendo trabajado dos años a jornada completa, se puede pedir 12 meses de paro ( más o menos).
Otra cosa es que yo estando trabajando, decidiera romper el contrato y dimitir; en esos casos no hay derecho a paro, pq es el trabajador el que deja por su voluntad dejar de trabajar; pero en el caso de educación, como el contrato finaliza el 31 de agosto ( es la administración la que te despide, no es el trabajador el que dimite).
La otra opción , es intentar coger 1/3 de jornada, y solicitar paro igualmente, lo que pasa es que el inaem, te paga la diferencia de ese tercio, es decir 2/3, no te paga la ayuda íntegra, por estar trabajando, sino que te paga la diferencia del 100%, si uno trabaja a 1/3, el inaem, paga 2/3, si trabajas a media jornada, el inaem, paga la otra media jornada; lo que pasa es que no tiene mucho sentido eso, porque cada dia que se cobra el paro, se pierde ya; de cobrarlo es mejor cobrarlo al 100% integro, trabajar a media jornada y cobrar 1/2 de paro, pero que cuente como si hubieras cobrado el dia entero, es perder dinero; otra cosa seria si cojo vacante a 1/3, entonces me lo plantearia.
Las dos opciones estas ya las pregunté, y me dijeron que podía optar a eso.
A mi me interesaría, en mi caso concreto trabajar a 1/3, para cotizar ( aunque sea a 1/3), y a su vez ir sumaando puntos; y coger la ayuda del inaem a 2/3.
Dejar de trabajar un año, sería lo suyo, pq tengo situaciones familiares de prioridad a atender, lo que pasa es que un año sin trabajar sin puntos que uno no suma, entonces ahi esta la cosa.
Todo dependerá de la vacante que toque si estaría lejos o no de casa.