Avanzad@
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Registro:19/Abr/2012~19:38
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« : 06/Sep/2018~16:38 » |
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¡Hola! Me ha surgido una duda pensando en un futuro a medio-largo plazo, a ver si algún compi tenéis idea Cuando ya eres funcionario y deseas pedir una excedencia, puedes pedir tantos años como años de servicio tengas. Pero, y aquí viene mi duda, ¿computan los años de servicio prestados siendo interin@? ¿O solo desde que obtuviste la plaza? Gracias!
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Principiante
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Registro:24/Nov/2016~11:43
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« Respuesta #1 : 08/Oct/2018~21:05 » |
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¡Hola! Me ha surgido una duda pensando en un futuro a medio-largo plazo, a ver si algún compi tenéis idea Cuando ya eres funcionario y deseas pedir una excedencia, puedes pedir tantos años como años de servicio tengas. Pero, y aquí viene mi duda, ¿computan los años de servicio prestados siendo interin@? ¿O solo desde que obtuviste la plaza? Gracias! Hola! Te voy a contestar porque precisamente yo pedí una excedencia por interés particular hace 5 años. Lo único que te pedían si no me equivoco es un cierto número de años trabajando para la administración pública, no necesariamente como funcionario de carrera. A mi me la concedieron con un sencillo trámite en menos de dos semanas. En cuanto al tiempo no hay límite. Tú puedes estar los años que quieras pero ten en cuenta los contras de una excedencia, que no son pocos. Si quieres más información escríbeme. Saludos
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Avanzad@
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Registro:22/Jul/2009~10:00
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« Respuesta #2 : 09/Nov/2018~19:46 » |
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Hola! Soy funcionaria provisional desde hace seis años y estoy embarazada. Tengo pensado pedir excedencia de unos años cuando acabe mi baja por maternidad (mes de noviembre de 2019), lo que coincide con que seguro, me den plaza definitiva en otro cole. Acabo de leer que hay bastantes contras, y la verdad que no me los había ni planteado. Valoro mucho poder estar cuidando de mi bebé y lo antepongo al dinero, pero no se si habrá otras cosas que no sé y que me perjudiquen en un futuro laboral. ¿Podrías por favor informarme un poco?. Te lo agradecería muchísimo. Saludos y muchas gracias!
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Expert@
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Registro:11/Feb/2011~22:25
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« Respuesta #3 : 26/Nov/2018~13:25 » |
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Creo que no cotizas Seguridad Socia, lo que te viene mal a la hora e jubilación
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Pata Negra
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Registro:21/Ago/2009~13:02
Ubicación: Educación Permanente-Andalucía
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« Respuesta #4 : 10/Dic/2018~01:10 » |
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Hola, PATISIA. Puedes pedir una excedencia por cuidado de hijo menor de tres años. De ese tipo de excedencia no tengo apenas información. De lo que sí te puedo hablar es de la excedencia voluntaria por interés particular, que es la situación en la que me encuentro desde septiembre de 2017. Para esa excedencia se pide un mínimo de cinco años consecutivos trabajados, aunque no tengo claro si esos cinco años incluyen solo desde que eres funcionario de carrera o incluye también el año de prácticas y el tiempo de interino. En cualquier caso, yo llavaba ya siete años seguidos como funcionario de carrera, así que pude solicitar la excedencia sin problemas. En tu caso, llevando ya seis años de provisional, seguro que la puedes solicitar, lo que pasa es que a mí me recomendaron que la solicitara al menos un mes antes y además, que mejor la pidiera con efecto de 1 de septiembre, porque si la pides con efecto, por ejemplo, del 10 de enero, pues puede ser más complicado que te la concedan (aunque no es imposible). En cualquier caso, el mínimo de excedencia es de dos años (por ejemplo, se la pides con efecto de 10 de enero de 2019 y te la conceden, pues hasta el 10 de enero de 2021 no podrías regresar al trabajo). No hay duración máxima establecida, puedes estar los años que quieras de excedencia, pero mientras tanto, ni cobras ni cotizas, eso sin olvidar que cuando regreses al servicio activo, volverás como reingresada (pides antes que los provisionales) pero tendrás que pedir de nuevo en el concurso de traslados, porque el puesto definitivo que tuvieras lo pierdes (bueno, en tu caso no pierdes destino definitivo porque eres provisional)
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Civilization
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Pata Negra
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Registro:09/Ago/2013~09:53
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« Respuesta #5 : 10/Dic/2018~01:28 » |
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yo lo único que sé, por informaciones de una compañera que es funcionaria de carrera, es que existe excedencia por cuidado de hijo menor de tres años; es decir, puedes estar de excedencia hasta la fecha que el niño tenga tres años. No te obligan a entrar a trabajar, pero si no entras, no te aseguran tu plaza definitiva en tu centro de trabajo; es decir, la plaza la tienes, pero no te aseguran tenerla en el mismo centro de trabajo que estabas como definitiva, sino que te mandan a otro, en el momento que te incorpores a partir de los 3 años estando de excedencia, ya sea al 4º año, 5º año, etc.
Yo lo sé porque una compañera, estando de excedencia durante tres años por hijo menor de tres años, se ha tenido que incorporar el 22 de octubre, porque justo su hijo cumplía tres años, y no había posiblidad de alargar la excedencia salvo que perdiera el destino en el centro definitivo. Ahora está a 1/3 de jornada porque era lo mínimo que podía elegir ( es decir, ha pedido reducción de jornada), y ahora tenemos un interino que hace 2/3 y la titular 1/3.
Es decir, excedencia puedes coger hasta que el niño tenga 3 años , sin perder el destino en el centro; luego hasta los 12 años del niño tienes opción a pedir reducción de jornada por niño menor de 12 años.
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Principiante
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Registro:24/Nov/2016~11:43
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« Respuesta #6 : 04/Mar/2019~00:02 » |
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Hola! Soy funcionaria provisional desde hace seis años y estoy embarazada. Tengo pensado pedir excedencia de unos años cuando acabe mi baja por maternidad (mes de noviembre de 2019), lo que coincide con que seguro, me den plaza definitiva en otro cole. Acabo de leer que hay bastantes contras, y la verdad que no me los había ni planteado. Valoro mucho poder estar cuidando de mi bebé y lo antepongo al dinero, pero no se si habrá otras cosas que no sé y que me perjudiquen en un futuro laboral. ¿Podrías por favor informarme un poco?. Te lo agradecería muchísimo. Saludos y muchas gracias!
Hola. Siento tardar tanto en contestar, hacía meses que no me metía. Tienes que diferenciar la excedencia por interés particular (la que yo cogí) con la excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años (que es la que tu vas a coger). La segunda tiene una mayor cobertura, ya que los años que estés en excedencia cotizas a la seguridad social y puntúas. En efecto para cuando te reincorpores te habrán dado un destino definitivo que la administración tiene la obligación de conservarte hasta que tu hijo tenga 3 años. Si llegado ese momento decidieras no incorporarte pasarías automáticamente a situación de excedencia por interés particular, lo que conllevaría pérdida de plaza y a partir de de ese momento dejar tanto de cotizar como de puntuar, pero como tu idea es reincorporarte antes de que tu hijo tenga 3 años pues no hay problema. Creo que vas a hacer muy bien, ya verás como no tienes ningún problema. Espero que la información haya sido de utilidad. Por cierto he leído en la ley que la reducción de jornada para el cuidado de hijos es para menores de 9 años pero siempre se ha dicho que es hasta los 12. Alguien sabe algo?
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Registro:04/Jun/2009~13:59
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« Respuesta #7 : 04/Mar/2019~07:28 » |
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La reducción de jornada por cuidado de hijo se puede solicitar, efectivamente, hasta los 12 años. Lo que es hasta los 9, que igual te ha liado, es el permiso para faltar en caso de enfermedad infecto-contagiosa de un hijo.
Hablo de Andalucia, supongo que puede cambiar en otras comunidades.
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Avanzad@
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Registro:28/Abr/2012~21:15
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« Respuesta #8 : 11/Mar/2019~02:06 » |
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Hola. Una duda... No se puede pedir por ejemplo una excedencia por 3 meses por cuidado de hijo menor de 3 años?
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Principiante
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Registro:24/Nov/2016~11:43
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« Respuesta #9 : 25/Mar/2019~00:41 » |
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Hola. Una duda... No se puede pedir por ejemplo una excedencia por 3 meses por cuidado de hijo menor de 3 años?
Si que se puede, lo que sucede es que sólo la puedes solicitar una vez por hijo, es decir, que luego cuando pase el verano no podrás volverla a solicitar. También informarte de que se trata de un derecho que sólo puede ejercer uno de los dos cónyugues
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Registro:10/Ago/2019~17:02
Mensajes: 14
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« Respuesta #10 : 03/Jun/2020~10:43 » |
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Hola!! Perdona que te moleste. Es que al tener en mente pedir una excedencia voluntaria me parece muy valiosa tu experiencia. Verás, no quiero darte la brasa, solamente saber si crees que es posible. Tengo un destino definitivo de más de 2 años en Madrid, el curso que viene voy a concursar para moverme a Andalucía (cualquier zona, las voy a poner todas). Crees que sería posible pedir una excedencia voluntaria desde enero hasta junio? Darme de alta en julio. Y ya desde enero poder instalarme en Andalucía a a la espera, o es un disparate muy grande? Muchas gracias ¡Hola! Me ha surgido una duda pensando en un futuro a medio-largo plazo, a ver si algún compi tenéis idea Cuando ya eres funcionario y deseas pedir una excedencia, puedes pedir tantos años como años de servicio tengas. Pero, y aquí viene mi duda, ¿computan los años de servicio prestados siendo interin@? ¿O solo desde que obtuviste la plaza? Gracias! Hola! Te voy a contestar porque precisamente yo pedí una excedencia por interés particular hace 5 años. Lo único que te pedían si no me equivoco es un cierto número de años trabajando para la administración pública, no necesariamente como funcionario de carrera. A mi me la concedieron con un sencillo trámite en menos de dos semanas. En cuanto al tiempo no hay límite. Tú puedes estar los años que quieras pero ten en cuenta los contras de una excedencia, que no son pocos. Si quieres más información escríbeme. Saludos
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Registro:27/Oct/2016~15:46
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« Respuesta #11 : 14/Jun/2020~12:53 » |
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Hola!! Perdona que te moleste. Es que al tener en mente pedir una excedencia voluntaria me parece muy valiosa tu experiencia. Verás, no quiero darte la brasa, solamente saber si crees que es posible. Tengo un destino definitivo de más de 2 años en Madrid, el curso que viene voy a concursar para moverme a Andalucía (cualquier zona, las voy a poner todas). Crees que sería posible pedir una excedencia voluntaria desde enero hasta junio? Darme de alta en julio. Y ya desde enero poder instalarme en Andalucía a a la espera, o es un disparate muy grande? Muchas gracias ¡Hola! Me ha surgido una duda pensando en un futuro a medio-largo plazo, a ver si algún compi tenéis idea Cuando ya eres funcionario y deseas pedir una excedencia, puedes pedir tantos años como años de servicio tengas. Pero, y aquí viene mi duda, ¿computan los años de servicio prestados siendo interin@? ¿O solo desde que obtuviste la plaza? Gracias! Hola! Te voy a contestar porque precisamente yo pedí una excedencia por interés particular hace 5 años. Lo único que te pedían si no me equivoco es un cierto número de años trabajando para la administración pública, no necesariamente como funcionario de carrera. A mi me la concedieron con un sencillo trámite en menos de dos semanas. En cuanto al tiempo no hay límite. Tú puedes estar los años que quieras pero ten en cuenta los contras de una excedencia, que no son pocos. Si quieres más información escríbeme. Saludos La pregunta es, la excedencia la coges en Madrid? Porque en Andalucía son dos años mínimo obligatoriamente y además pierdes el destino, no varios meses (salvo en las de cuidados por hijos menores de 3 años) . Tendrías que informarte en tu comunidad si es posible la excedencia como a ti te interesa. En Andalucía está el permiso de 3 meses sin retribuir, lo mismo necesitas algo así... Por cierto, a mí no me parece mala idea
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Registro:27/Oct/2016~15:46
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« Respuesta #12 : 14/Jun/2020~12:57 » |
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Hola. Una duda... No se puede pedir por ejemplo una excedencia por 3 meses por cuidado de hijo menor de 3 años?
La excedencia se pide automáticamente hasta que el niño cumple 3 años, la puedes interrumpir a los tres meses de pedirla, eso no es problema, al menos en Andalucía.
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Registro:10/Ago/2019~17:02
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« Respuesta #13 : 17/Jun/2020~10:54 » |
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Hola!! Perdona que te moleste. Es que al tener en mente pedir una excedencia voluntaria me parece muy valiosa tu experiencia. Verás, no quiero darte la brasa, solamente saber si crees que es posible. Tengo un destino definitivo de más de 2 años en Madrid, el curso que viene voy a concursar para moverme a Andalucía (cualquier zona, las voy a poner todas). Crees que sería posible pedir una excedencia voluntaria desde enero hasta junio? Darme de alta en julio. Y ya desde enero poder instalarme en Andalucía a a la espera, o es un disparate muy grande? Muchas gracias ¡Hola! Me ha surgido una duda pensando en un futuro a medio-largo plazo, a ver si algún compi tenéis idea Cuando ya eres funcionario y deseas pedir una excedencia, puedes pedir tantos años como años de servicio tengas. Pero, y aquí viene mi duda, ¿computan los años de servicio prestados siendo interin@? ¿O solo desde que obtuviste la plaza? Gracias! Hola! Te voy a contestar porque precisamente yo pedí una excedencia por interés particular hace 5 años. Lo único que te pedían si no me equivoco es un cierto número de años trabajando para la administración pública, no necesariamente como funcionario de carrera. A mi me la concedieron con un sencillo trámite en menos de dos semanas. En cuanto al tiempo no hay límite. Tú puedes estar los años que quieras pero ten en cuenta los contras de una excedencia, que no son pocos. Si quieres más información escríbeme. Saludos La pregunta es, la excedencia la coges en Madrid? Porque en Andalucía son dos años mínimo obligatoriamente y además pierdes el destino, no varios meses (salvo en las de cuidados por hijos menores de 3 años) . Tendrías que informarte en tu comunidad si es posible la excedencia como a ti te interesa. En Andalucía está el permiso de 3 meses sin retribuir, lo mismo necesitas algo así... Por cierto, a mí no me parece mala idea Ay, muchas gracias por contestar. No lo había visto; me pierdo con esta página. Sí, sería pedirla en enero y reincorporarme en julio (todavía perteneciendo a Madrid). Porque supongo que, al concursar, pasaré a formar parte de Andalucía en septiembre. Ay, me encantaría poder hacerlo pero ni los sindicatos ni mi Comunidad me resultan claros. Seguiré informándome. Gracias de nuevo
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