Buenas tardes, tengo una duda, espero que zeronter o alguien que haya estado en mi misma situación me pueda ayudar.
Explico, soy maestro interino de AL, en la plaza vacante que ocupo durante este curso tengo que atender dos centros que se encuentran a una distancia aproximada de unos 20 kilómetros; asisto a un centro un día a la semana en jornada completa y al otro los cuatro días restantes de la semana. ¿Me correspondería reducción horaria por desplazamiento? ¿O esa reducción sólo se realiza en caso de tener que asistir a los dos centros en un mismo día?
Leyendo la Orden del 20 de agosto de 2010 no especifica si el desplazamiento tiene que ser durante la jornada laboral o si la reducción se realiza también en caso de ir en días completos a cada centro, en un sindicato me comentan que ellos creen que sí me corresponde, lo que pone en la Orden es lo siguiente:
"Los maestros y maestras itinerantes contarán con la siguiente reducción del horario lectivo semanal, según el número de kilómetros de desplazamiento semanal que deban realizar para el desarrollo de su función docente:
- Hasta 30 km: 2,5 horas.
- De 31 a 70 km: 3 horas.
- De 71 a 100 km: 4 horas.
- De 101 a 130 km: 5 horas.
- De 131 a 160 km: 6 horas.
- De 161 a 190 km: 7 horas.
- De 191 a 210 km: 8 horas.
- De 211 a 240 km: 9 horas.
- De 241 a 270 km: 10 horas.
- De 271 o más km: 12 horas."
Un saludo, muy agradecido espero vuestra ayuda.