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Autor Tema: Paternidad y lactancia  (Leído 4296 veces)
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chacal
  

Nuev@

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« : 14/Abr/2016~17:49 »


Buenas. Según veo en la circular de licencias y permisos que el padre si la madre no trabaja puede disfrutar de 4 semanas de lactancia.

¿Es así o yo me estoy liando con la normativa?
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Mik
  

Nuev@

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« Respuesta #1 : 17/Abr/2016~07:03 »

Así es. Si tu mujer no trabaja puedes solicitar paternidad y lactancia acumulada y te correspondería un permiso de 6 semanas aproximadamente. Saludos.
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Dime y lo olvido, enseñame y lo recuerdo, involúcrame y lo aprendo.
chacal
  

Nuev@

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« Respuesta #2 : 18/Abr/2016~17:30 »

Gracias!!
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chacal
  

Nuev@

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« Respuesta #3 : 19/Jul/2016~10:53 »

Y ahora que estamos en Julio ¿esto como se gestiona? Yo voy a ser papá en septiembre y me gustaría tener todos los trámites por lo menos en conocimiento.
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FER
  

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« Respuesta #4 : 20/Jul/2016~11:16 »

Lo pedirás en septiembre, todo junto. Tienes unos días para pedirlo.
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eseyop
  

Nuev@

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« Respuesta #5 : 20/Jul/2016~18:22 »

Hola, me puedes indicar en qué apartado de la normativa viene este tema, es que no lo encuentro. Sólo veo el del permiso adicional de las 4 semanas que en el caso que comentas los padres no tenemos derecho a él, lo cual no entiendo. Pero del permiso de lactancia no veo lo que comentáis.
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FER
  

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« Respuesta #6 : 23/Jul/2016~11:12 »

A ver. Si la madre no coge la lactancia bien porque no quiera o porque no le pertenezca tu sí la puedes disfrutar, al igual que el permiso de cuatro semanas por trabajador publico, siempre y cuando en este último caso, la madre sera trabajadora. Ahora bien, esos permisos los disfrutarías cuando la madre termine su baja. Es decir, si el niño nace el 1 de septiembre, por ejemplo, pues la lactancia y las cuatro semanas las cogerías a partir del 1 de enero. (esto sin tener en cuenta las vacaciones, que igual empezarías dias más tarde.)
El permiso de paternidad lo da el centro y los otros dos los pides juntos en otra hoja.
Lo más recomendable es que los lleves tu mismo y allí preguntes las dudas. Llevate el libro de familia. Esos sí, para el paternidad ha de estar firmado por el director, el otro no.
Para cualquier duda tb está el telefono de permisos y licencias. Llama a delegación y se lo pides. Un saludo!!!
POr cierto si eres interino, has de pedir a la seguridad social el pago de la paternidad
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FER
  

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« Respuesta #7 : 23/Jul/2016~11:13 »

Como he leído que la madre no trabaja sería todo seguido. Te pertenece lactancia y paternidad. El otro no.Y a la hora de pedirlo tiene que ser una vez que nazca el niño, por simple lógica. (Te hará falta el libro de familia para los trámites) Lo ideal es que no lo dejes mucho.
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eseyop
  

Nuev@

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« Respuesta #8 : 25/Jul/2016~13:27 »

La verdad que no le veo lógica a que se pueda coger el padre (funcionario de la junta) el permiso de lactancia estando la madre en paro y sin embargo no tenga derecho a las 4 semanas adicionales.

En fin, cosas de la vida.

Muchas gracias por aclarar el tema.

Y ya puestos, una duda más, al estar la madre en paro, el padre tiene derecho a la parte del permiso de maternidad de la madre que no es obligatorio y que se pueden repartir ambos??? No sé si me he explicado bien
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