Hola, un compañero que trabaja en un colegio concertado me dijo que cuando él empezó a trabajar todavía le correspondían días de paro, por lo que pudo cobrar las 15 horas de paro que le correspondían hasta llegar a las 40, ya que el contrato que él tenía era de 25 horas.
¿Esto se puede hacer en la función pública?
Gracias.
Creo que tu amigo estaría en un colegio privado. En los concertados el cómputo de horas se hace igual que en los públicos si es que estaba como maestro/profesor (no así en los privados) y si tenía 25 horas en cualquiera de estos dos últimos casos corresponde al 100% de la jornada, por lo que me temo que no da lugar a cobrar el paro. Se puede hacer cuando tienes menos del 100% y únicamente del porcentaje hasta llegar al 100%.