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Autor Tema: Oposiciones 2015 Andalucía----> NORMATIVA APLICABLE  (Leído 6011 veces)
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juan máximo
  

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Nada es imposible si crees que lo puedes lograr.
 
« Respuesta #20 : 10/Abr/2015~13:58 »

El enlace es de un sindicato,pero bueno,interesa.
Indicaciones sobre los temarios en las oposiciones 2015 de maestros.

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hippie
  

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« Respuesta #21 : 10/Abr/2015~17:36 »

No se aclaran ni ellos. En la base octava dice "de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria segunda del real decreto 276/2007, de 23 de febrero, serán de aplicación los temarios contenidos en la Orden eCI/592/2007, de 12 de marzo, para la especialidad de Primaria y en la Orden de 9 de septiembre de 1993, del Ministerio de educación y Ciencia para el resto de especialidades en lo que se refiere exclusivamente a la parte A de los temarios, quedando sin vigencia para su aplicación lo dispuesto en cuanto a la parte B."

Lo primero no dice si es para la primera prueba o la segunda y después dice que los temarios están vigentes para la parte A (que en la convocatoria es la parte práctica de la primera parte, es decir, los supuestos) y queda sin vigencia para la parte B (que en la convocatoria es la parte teórica de la primera parte, es decir, el desarrollo del tema).

Según ellos debemos poner una nota aclarativa en el tema y después en la convocatoria se equivocan al decir las partes. Si nos regimos por la convocatoria, tendríamos que aplicar la LOMCE para los temas y poner la nota aclarativa en los supuestos.

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juan máximo
  

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« Respuesta #22 : 10/Abr/2015~18:58 »

No se aclaran ni ellos. En la base octava dice "de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria segunda del real decreto 276/2007, de 23 de febrero, serán de aplicación los temarios contenidos en la Orden eCI/592/2007, de 12 de marzo, para la especialidad de Primaria y en la Orden de 9 de septiembre de 1993, del Ministerio de educación y Ciencia para el resto de especialidades en lo que se refiere exclusivamente a la parte A de los temarios, quedando sin vigencia para su aplicación lo dispuesto en cuanto a la parte B."

Lo primero no dice si es para la primera prueba o la segunda y después dice que los temarios están vigentes para la parte A (que en la convocatoria es la parte práctica de la primera parte, es decir, los supuestos) y queda sin vigencia para la parte B (que en la convocatoria es la parte teórica de la primera parte, es decir, el desarrollo del tema).

Según ellos debemos poner una nota aclarativa en el tema y después en la convocatoria se equivocan al decir las partes. Si nos regimos por la convocatoria, tendríamos que aplicar la LOMCE para los temas y poner la nota aclarativa en los supuestos.


Lo de la parte A y parte B de los temarios no es nuevo.Ya se especificaba en otras convocatorias.
En realidad la parte A corresponden a los temas que usamos actualmente,los que contienen las cuestiones específicas de cada especialidad.
Y la parte B corresponde a otros 25 temas de carácter didáctico y contenido educativo general,que constituían la parte B del examen escrito.Aunque esta parte B desapareció en 2003.
Lo que pasa,claro,es que esto no lo explican,y crea confusión.
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hippie
  

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« Respuesta #23 : 10/Abr/2015~19:15 »

Entonces en este caso la parte B a que se mención, a los antiguos 25 temas de carácter didáctico general o a los supuestos?
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« Respuesta #24 : 10/Abr/2015~19:35 »

Entonces en este caso la parte B a que se mención, a los antiguos 25 temas de carácter didáctico general o a los supuestos?
A los antiguos 25 temas de carácter didáctico general. eusa_dance
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« Respuesta #25 : 12/Abr/2015~12:53 »

Bueno,en las órdenes de convocatoria no aparecen los decretos de currículo.

Legislación Aplicable.

Para Programación de Primaria:

a)Cursos impares.(1º,3º y 5º):
-LOMCE(8/2013),referida a la normativa siguiente: RD.126/2014,Decreto 97/2015 y orden 17/03/2015.

b)Cursos pares.(2º,4º y 6º):
-LOE(2/2006),referida a su normativa:RD 1513/2006.(modificado por RD 1190/2012),Decreto 230/2007,Orden 10/08/07.(curric.primaria),modificada por orden 12/12/2012, y orden 10/08/2007.(Evaluación),modificada por orden 17/03/2011.

En cuanto a temas:
-Según la Consejería , ha de ser el opositor quien decida cómo enfocarlo y que normativa va a utilizar, siempre justificándolo previamente en el propio tema.


Dónde se recoge que se pueda utilizar loe o lomce?

Muchas gracias!
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« Respuesta #26 : 12/Abr/2015~19:09 »

Bueno,en las órdenes de convocatoria no aparecen los decretos de currículo.

Legislación Aplicable.

Para Programación de Primaria:

a)Cursos impares.(1º,3º y 5º):
-LOMCE(8/2013),referida a la normativa siguiente: RD.126/2014,Decreto 97/2015 y orden 17/03/2015.

b)Cursos pares.(2º,4º y 6º):
-LOE(2/2006),referida a su normativa:RD 1513/2006.(modificado por RD 1190/2012),Decreto 230/2007,Orden 10/08/07.(curric.primaria),modificada por orden 12/12/2012, y orden 10/08/2007.(Evaluación),modificada por orden 17/03/2011.

En cuanto a temas:
-Según la Consejería , ha de ser el opositor quien decida cómo enfocarlo y que normativa va a utilizar, siempre justificándolo previamente en el propio tema.


Dónde se recoge que se pueda utilizar loe o lomce?

Muchas gracias!
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« Respuesta #27 : 12/Abr/2015~20:15 »

MUCHÍSIMAS GRACIAS!
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maestro1986
  

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« Respuesta #28 : 14/Abr/2015~12:07 »

Lo intento de nuevo por aquí. En Andalucía con respecto  a los supuestos (primaria) creo que no te especifican curso.tendremos nosotros que decidir adaptarlos a LOE o LOMCE? Y si fueran como en años anteriores de hacer una propuesta didáctica a un curso..tendríamos que inventar el contexto, características, etc? Tento muchas dudas con los supuestos, ya que nunca me examiné de ellos.gracias
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« Respuesta #29 : 14/Abr/2015~13:19 »

Lo intento de nuevo por aquí. En Andalucía con respecto  a los supuestos (primaria) creo que no te especifican curso.tendremos nosotros que decidir adaptarlos a LOE o LOMCE? Y si fueran como en años anteriores de hacer una propuesta didáctica a un curso..tendríamos que inventar el contexto, características, etc? Tento muchas dudas con los supuestos, ya que nunca me examiné de ellos.gracias
Correcto,no especifican curso.
En infantil no hay problema porque la Lomce no afecta.
En primaria,pues ya depende de cada uno.Si eliges curso impar lo adaptas a LOMCE,si eliges curso par a LOE.
Si no te dan el contexto,te "lo inventas".Yo suelo poner el mismo de mi programación.Y dentro del contexto también hablo de las características psicoevolutivas de los alumnos.
Un saludo.
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« Respuesta #30 : 16/Abr/2015~13:45 »

Juan, en anterior mensajes decías que en la última mesa sectorial la Consejería daba carta blanca al opositor a elegir la LOMCE  o LOE para el desarrollo de los temas siempre que lo justificase con una nota aclaratoria. Pues en la conferencia que dieron Ustea el martes decían bien claro que para el desarrollo de los temas nos debemos basar en la LOMCE y no en la LOE, ya que es la actual legislación vigente. Otra cosa es para la programación que si lo refleja el calendario de implantación, pero para los temas LOE. No dijeron nada de esta última mesa sectorial, ni que podemos justificarlo y utilizar la ley que queramos, así que según Ustea, no hay ,as remedio que utilizar LOMCE para los temas, a no ser que haya un comunicado oficial de la Consejería como en el caso de la programación como el que ya adjuntaste: Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
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« Respuesta #31 : 16/Abr/2015~14:44 »

Juan, en anterior mensajes decías que en la última mesa sectorial la Consejería daba carta blanca al opositor a elegir la LOMCE  o LOE para el desarrollo de los temas siempre que lo justificase con una nota aclaratoria. Pues en la conferencia que dieron Ustea el martes decían bien claro que para el desarrollo de los temas nos debemos basar en la LOMCE y no en la LOE, ya que es la actual legislación vigente. Otra cosa es para la programación que si lo refleja el calendario de implantación, pero para los temas LOE. No dijeron nada de esta última mesa sectorial, ni que podemos justificarlo y utilizar la ley que queramos, así que según Ustea, no hay ,as remedio que utilizar LOMCE para los temas, a no ser que haya un comunicado oficial de la Consejería como en el caso de la programación como el que ya adjuntaste: Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
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Si comenté eso sobre los temas era por una información que dió el sindicato CSIF sobre lo tratado en aquella mesa sectorial.
No he visto esa conferencia de USTEA,pero cuando menos,me parece sorprendente que ahora digan eso.
Por supuesto que lo que haría falta sería un comunicado oficial de la Consejería sobre este aspecto y otros,como las programaciones de PT,....
Parece ser que hay actas que reflejan todo esto.Pero también parece que no interesa que se hagan públicas.
Esto ya se trata de creer a uno u otro sindicato o Academia.
Aquí dejo el comunicado de otro sindicato sobre los temarios.

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maribeljina
  

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« Respuesta #32 : 16/Abr/2015~15:11 »

Juan, en anterior mensajes decías que en la última mesa sectorial la Consejería daba carta blanca al opositor a elegir la LOMCE  o LOE para el desarrollo de los temas siempre que lo justificase con una nota aclaratoria. Pues en la conferencia que dieron Ustea el martes decían bien claro que para el desarrollo de los temas nos debemos basar en la LOMCE y no en la LOE, ya que es la actual legislación vigente. Otra cosa es para la programación que si lo refleja el calendario de implantación, pero para los temas LOE. No dijeron nada de esta última mesa sectorial, ni que podemos justificarlo y utilizar la ley que queramos, así que según Ustea, no hay ,as remedio que utilizar LOMCE para los temas, a no ser que haya un comunicado oficial de la Consejería como en el caso de la programación como el que ya adjuntaste: Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
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Si comenté eso sobre los temas era por una información que dió el sindicato CSIF sobre lo tratado en aquella mesa sectorial.
No he visto esa conferencia de USTEA,pero cuando menos,me parece sorprendente que ahora digan eso.
Por supuesto que lo que haría falta sería un comunicado oficial de la Consejería sobre este aspecto y otros,como las programaciones de PT,....
Parece ser que hay actas que reflejan todo esto.Pero también parece que no interesa que se hagan públicas.
Esto ya se trata de creer a uno u otro sindicato o Academia.
Aquí dejo el comunicado de otro sindicato sobre los temarios.

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Esto es lo que dice el enlace:

Si bien es cierto que con respecto a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (LOMCE), algunos temarios se ven alterados, los opositores podrán a la hora de redactar sus temas ante el tribunal correspondiente, contextualizarlos a través de la redacción de una introducción o nota aclaratoria, siempre a elección del opositor, que permita al tribunal comprobar que  está al día sobre la normativa vigente, dado que un temario aprobado mediante una Orden ministerial sólo puede ser modificado por otra orden de igual o superior rango, lo cual no se ha llevado a cabo.

En todo caso, será de aplicación lo  recogido en la  Orden de 23 de marzo de 2015, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestro en su base octava, en  la mención a los temarios : “De conformidad con lo previsto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, serán de aplicación los temarios contenidos en la Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, para la especialidad de Primaria y en la Orden de 9 de septiembre de 1993, del Ministerio de educación y Ciencia, para el resto de especialidades en lo que se refiere exclusivamente a la parte A de los temarios, quedando sin vigencia para su aplicación lo dispuesto en cuanto a la parte B”



yo lo veo coherente...
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« Respuesta #33 : 16/Abr/2015~15:42 »

Juan, en anterior mensajes decías que en la última mesa sectorial la Consejería daba carta blanca al opositor a elegir la LOMCE  o LOE para el desarrollo de los temas siempre que lo justificase con una nota aclaratoria. Pues en la conferencia que dieron Ustea el martes decían bien claro que para el desarrollo de los temas nos debemos basar en la LOMCE y no en la LOE, ya que es la actual legislación vigente. Otra cosa es para la programación que si lo refleja el calendario de implantación, pero para los temas LOE. No dijeron nada de esta última mesa sectorial, ni que podemos justificarlo y utilizar la ley que queramos, así que según Ustea, no hay ,as remedio que utilizar LOMCE para los temas, a no ser que haya un comunicado oficial de la Consejería como en el caso de la programación como el que ya adjuntaste: Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
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Si comenté eso sobre los temas era por una información que dió el sindicato CSIF sobre lo tratado en aquella mesa sectorial.
No he visto esa conferencia de USTEA,pero cuando menos,me parece sorprendente que ahora digan eso.
Por supuesto que lo que haría falta sería un comunicado oficial de la Consejería sobre este aspecto y otros,como las programaciones de PT,....
Parece ser que hay actas que reflejan todo esto.Pero también parece que no interesa que se hagan públicas.
Esto ya se trata de creer a uno u otro sindicato o Academia.
Aquí dejo el comunicado de otro sindicato sobre los temarios.

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Esto es lo que dice el enlace:

Si bien es cierto que con respecto a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (LOMCE), algunos temarios se ven alterados, los opositores podrán a la hora de redactar sus temas ante el tribunal correspondiente, contextualizarlos a través de la redacción de una introducción o nota aclaratoria, siempre a elección del opositor, que permita al tribunal comprobar que  está al día sobre la normativa vigente, dado que un temario aprobado mediante una Orden ministerial sólo puede ser modificado por otra orden de igual o superior rango, lo cual no se ha llevado a cabo.

En todo caso, será de aplicación lo  recogido en la  Orden de 23 de marzo de 2015, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestro en su base octava, en  la mención a los temarios : “De conformidad con lo previsto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, serán de aplicación los temarios contenidos en la Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, para la especialidad de Primaria y en la Orden de 9 de septiembre de 1993, del Ministerio de educación y Ciencia, para el resto de especialidades en lo que se refiere exclusivamente a la parte A de los temarios, quedando sin vigencia para su aplicación lo dispuesto en cuanto a la parte B”



yo lo veo coherente...

Yo también lo veo coherente. De hecho cuando Juan lo puso lo vi igual que tú. La cuestión es como dice Juan, ¿a quién creemos? para mi es mucho mas fácil poner esa nota aclaratoria en la introducción y decir que yo a basarme en la legislación LOE para el desarrollo del tema, ya que sino tendría que modificar todo la parte legislativa, y este año no he tenido mucho tiempo para estudiar. Además, de que mi programación es para 6º y así no tengo que estar utilizando las dos leyes y tener un mareo con los elementos curriculares. Pero claro, ahora después de ver la conferencia tengo mis dudas y no se que hacer, si adaptar todo el temario a la nueva legislación, que no se si me dará tiempo, o arriesgarme poniendo esa nota aclarativa.

Juan te dejo el enlace de la conferencia.

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« Respuesta #34 : 16/Abr/2015~16:51 »

Comunicado de CSIF tras la mesa sectorial.

 OPOSICIONES 2015: Adelantamos varias cosas salidas de la Mesa Técnica de esta mañana:
1.- Fecha Publicación Convocatoria: La Consejería estima como fecha probable de publicación de la convocatoria el martes 31 de marzo. Aunque podría salir antes. Así que atentos.
2.- Normativa: La Orden de desarrollo del Decreto de Primaria saldrá publicada esta semana.
3.- Rechazan la petición de CSIF (también apoyada por CCOO) de concretar cómo afecta la situación normativa LOE-LOMCE a los temas de la oposición. Dicen que ha de ser el opositor quien decida cómo enfocarlo y siempre justificándolo previamente en el propio tema. Hemos de reconocer el fracaso de nuestros intentos, no hemos conseguido nuestro objetivo de que sacaran unas instrucciones precisas sobre el asunto que ayudaran a los opositores, aunque os podemos asegurar que lo hemos intentado por todos los medios democráticos a nuestro alcance: en las mesas técnicas, en las mesas sectoriales, en los pasillos de manera personal y por escrito y registro de entrada.
4.- Rechazan la petición de CSIF (apoyada por Anpe) de convocar pruebas para la adquisición de nuevas especialidades a los funcionarios del Cuerpo de Maestros.
- A la espera de un resumen más amplio, esto es lo que os podemos adelantar de lo ocurrido en la Mesa Técnica. Pedimos perdón y lamentamos la actitud de cerrazón y falta de diálogo y empatía de la Consejería con respecto al asunto de la normativa de los temas de las oposiciones.



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« Respuesta #35 : 16/Abr/2015~18:03 »

Juan, la cuestión es cómo justificas que vas utilizar LOE, en mi caso por ejemplo. Por que si es un tema de aprendizaje motor (EF) que digo, que lo utilizo LOE porque en una mesa sectorial se ha dicho? el tema no va dirigido a un curso en concreto como pasa en la programación, que si está recogido en el calendario de implantación, además de que la Consejería ha sacado una circular, pero, en los temas no se de que forma se podría justificar la utilización de una ley u otra.
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« Respuesta #36 : 16/Abr/2015~18:55 »

Juan, la cuestión es cómo justificas que vas utilizar LOE, en mi caso por ejemplo. Por que si es un tema de aprendizaje motor (EF) que digo, que lo utilizo LOE porque en una mesa sectorial se ha dicho? el tema no va dirigido a un curso en concreto como pasa en la programación, que si está recogido en el calendario de implantación, además de que la Consejería ha sacado una circular, pero, en los temas no se de que forma se podría justificar la utilización de una ley u otra.
Si comprendo lo que dices. Yo sólo comento lo que han dicho CSIF y UGT,al respecto.Y que por supuesto la Consejería debía de haber hecho un comunicado igual que hizo con la Programación.
Pero entre que no lo hace,y que nadie se lo exige,pues así nos va.
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« Respuesta #37 : 16/Abr/2015~19:02 »

No te estoy echando la bronca Juan, jjjjjjjjjj, solamente que estamos en una situación de incertidumbre en ese aspecto, porque si ponemos esa nota aclarativa y al tribunal no le parece suficientemente argumentada te suspenden, y si ponemos las dos leyes tampoco se sabe, un lío vamos.
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« Respuesta #38 : 16/Abr/2015~19:07 »

No te estoy echando la bronca Juan, jjjjjjjjjj, solamente que estamos en una situación de incertidumbre en ese aspecto, porque si ponemos esa nota aclarativa y al tribunal no le parece suficientemente argumentada te suspenden, y si ponemos las dos leyes tampoco se sabe, un lío vamos.
Si no digo que me estés echando la bronca.Yo sé lo que tú.Pero que alguien debería de exigir a la Consejería que aclare esto,y parece que nadie lo va a hacer.Parece como si no les interesara aclarar. 006
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« Respuesta #39 : 16/Abr/2015~19:20 »

Digo yo que lo mas normal es atenernos a lo que tenemos que es la información de estos sindicatos salida de la mesa sectorial aunque no haya comunicado oficial. Lo que no entiendo es porque Ustea ha dicho que se utiliza la LOMCE para el temario cuando ellos también estuvieron en esa mesa no? Tenían que haber dicho en la conferencia lo mismo que CSIF.
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