Este mensaje es para aquellos/as perjudicados/as (debido a que no le han contado la nota o porque directamente le han echado de la bolsa sin contarle el aprobado).
LEGISLACIÓN:
- Orden 11 de junio de 2013 , por la que se modifica la de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal fincionario interio y se establecen las bases reguladoras de dicho personal,.
" A continuación del personal funcionario interino a que se refieren los apartados anteriores figurará
el personal aspirante a interinidad, ordenado por la calificación obtenida en el último procedimiento selectivo
en el que se hubiera convocado la especialidad del cuerpo de la bolsa a que se pertenezca, en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
A continuación, también por orden de calificación, figurará el personal aspirante a interinidad de
convocatorias selectivas anteriores, teniendo prioridad el año posterior sobre el anterior. Por último, figurará el
personal de acceso a las bolsas a través de convocatorias extraordinarias, priorizándose la convocatoria más
antigua sobre la más reciente." (Pág 10, nº115)
- Decreto 311/2012, de 26 de junio, por el que se modifica el Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la Función Pública Docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes.
"Disposición transitoria quinta. Ordenación en las bolsas de trabajo.
Hasta tanto el Gobierno de la Nación modifique el acceso a la función pública docente regulado en
el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la ordenación del personal integrante de las bolsas de trabajo
a que se refiere el artículo 21 se llevará a cabo en función del tiempo de servicios prestado como personal
funcionario interino en centros docentes públicos. En caso de empate, así como en el supuesto de que se
carezca de tiempo de servicios, se atenderá, en primer lugar, al mayor número de pruebas superadas en la fase
de oposición del último procedimiento selectivo realizado por cualquier Administración educativa para el acceso
a la función pública docente en el cuerpo y especialidad de la correspondiente bolsa y, si fuera necesario, a
la mayor puntuación obtenida en dicha prueba o pruebas superadas. De persistir el empate, se procederá a
ordenar alfabéticamente las personas empatadas, utilizándose como criterio de desempate la letra resultante del
último sorteo realizado por la Consejería competente en materia de función pública, para el orden de actuación
en los procedimientos selectivos."
(Núm. 129, pág. 7)
- Orden 1 de abril de 2013, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.
"En el supuesto de que se participe en el presente procedimiento selectivo por las especialidades de Infantil, Física, Música o Primaria se podrán incluir en el Anexo III puestos de perfil bilingüe de la especialidad correspondiente, susceptibles de impartición en Inglés, Francés o Alemán, siempre que se acredite estar en posesión de alguna de las titulaciones o certificados que se indican a continuación:
a) Titulaciones:- Licenciatura en: Filología, Filosofía y Letras (sección Filología), Traducción e Interpretación en el idioma solicitado.- Diplomatura en Traducción e Interpretación en el idioma solicitado.
b) Certificados:- Certificado de Aptitud de la Escuela Oficial de Idiomas (cinco cursos) o certificado de nivel avanzado en el idioma solicitado.
- Otros certificados:
Francés
- Diplôme de Langue Française (DL-Alliance Française).
- d’Études en Langue Française (DELF second degré o B2).
- Supérieur d’Études Françaises Modernes (DS- Alliance Française).
- Diplôme Appronfondi de Langue Française (DALF, DALF C1 o C2).
- de Hautes Études Françaises (DHEF- Alliance Française).
Inglés
- First Certificate in English (FCE-Universidad de Cambridge).
- Certificate in Advanced (CAE-Universidad de Cambridge).
- Certificate of Proficiency in English (CPE- Universidad de Cambridge).
- Integrated Skills in examinations ISEII B2, ISEIII C1, ISEIV C2 (ISETrinity College).
- Graded Examinations in Spoken English (GESE), grades 8,9,10,11,12 (GESETrinity College)."
(pág 26)
- REAL DECRETO 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso,accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
"Para cada uno de los cuerpos objeto de la convo-
catoria, los órganos de selección elaborarán una lista
única por especialidades, formada por todos los aspiran-
tes seleccionados. En el caso de que la convocatoria sea
única para las distintas formas de ingreso y acceso a un
cuerpo, en estas listas figurarán en primer lugar los aspi-
rantes que hayan accedido desde cuerpos del mismo
grupo y nivel de complemento de destino; en segundo
lugar los del turno de acceso desde cuerpos de distinto
grupo y, en tercer lugar, los ingresados por el turno
libre."
Pág. 8922
- Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
"Artículo 2. Especialidades docentes del Cuerpo de Maestros.
1. Las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñará sus
funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria son las siguientes:
– Educación Infantil.
– Educación Primaria.
– Lengua extranjera: Inglés.
– Lengua extranjera: Francés.
– Lengua extranjera: Alemán.
– Educación Física.
– Música.
– Pedagogía Terapéutica.
– Audición y Lenguaje."
Sec. I. Pág. 116653
La modalidad bilingüe NO ES UNA ESPECIALIDAD. Por lo que no se pueden convocar Oposiciones de Esp. Bilingüe.
En ninguna parte pone que tengamos que estar fuera, es más, la misma convocatoria permite que se entre en la modalidad bilingüe. La gente que no esté de acuerdo, les diría que hagan una alegación mencionando todos estos documentos legales, y entregando todos los títulos que crea conveniente, necesarios para estar en la bolsa.