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Autor Tema: Dirección  (Leído 4017 veces)
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mcarmen
  

Principiante
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Registro:03/May/2006~21:18
Ubicación: Granada(Ed.Primaria)
Mensajes: 549
 
« : 23/May/2013~13:54 »


¿Alguien sabe cuánto tiempo como máximo puede un profesor  ocupar el puesto de director?
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yomisma85
  

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Sexo: Femenino
Registro:04/Jun/2009~14:59
Mensajes: 8.500
 
« Respuesta #1 : 23/May/2013~15:18 »

Cada mandato es de 4 años, y yo creo que no hay límite de años.
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yceballos
  

Nuev@

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Registro:16/Sep/2006~12:52
Ubicación: Cdiz
Mensajes: 195
 
« Respuesta #2 : 23/May/2013~16:35 »

Hola, una pregunta por si alguien lo sabe, ¿Puede una persona seguir ocupando un puesto de dirección, si le han dado destino definitivo en otra comunidad autónoma distinta de la que desempeña su función como director?
Muchas gracias.
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solanillo
  

Nuev@

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Registro:02/Sep/2008~13:27
Mensajes: 15
 
« Respuesta #3 : 23/May/2013~17:05 »

Si le han dado definitiva en otra comunidad es por que, ovbiamente, ha concursado y tiene intención de marcharse.
Lo normal es que ahora mantenga y finalice su legislatura en comisión de servicio.
Un docente puede presentarse a la dirección de un centro aunque no esté definitivo en él.
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yceballos
  

Nuev@

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Registro:16/Sep/2006~12:52
Ubicación: Cdiz
Mensajes: 195
 
« Respuesta #4 : 23/May/2013~20:23 »

Entiendo entonces que esa persona puede ocupar el puesto de dirección en comisión de servicio aunque su destino ahora este en otra comunidad. ¿¨Pero quien concede esa comisión?¿La comunidad por la que ha obtenido destino?¿la comunidad en donde esta ejerciendo la dirección? o ambas? (entiendonque sería esta última, no?) Gracias de nuevo.
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rmlg
  

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Registro:04/Ago/2007~21:10
Ubicación: Andalucía
Mensajes: 9.393
 
« Respuesta #5 : 23/May/2013~22:11 »

¿Y pueden formar parte del equipo directivo provisionales, si en el centro hay maestros definitivos?
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solanillo
  

Nuev@

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Registro:02/Sep/2008~13:27
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« Respuesta #6 : 24/May/2013~10:03 »

La comisión de servicio la concede la delegación a la que pertenece ahora como equipo directivo, es decir, la actual, no la del destino nuevo. Y la comisión normalmente si es por permanencia en el ED la apoya una propuesta de la inspección de referencia de ese centro. Lo que quiero decir es que supone un "marrón" para vuestro inspector/a cambiar de director/a y buscar otra persona que se garantice su profesionalidad en el cargo sobre todo si no queda ningún candidato que se presente para ocupar la dirección cuando el actual director se vaya.

Por otro lado, a la pregunta de si puede ocupar un provisional un cargo en el equipo directivo, antes sí había casos, pero estoy casi seguro que con la normativa en la mano, ya no. Se entiende que un provisional no puede dar garantías de permanencia y contribución a una mejor trayectoria y coherencia del Plan de Centro.
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rmlg
  

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Registro:04/Ago/2007~21:10
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« Respuesta #7 : 24/May/2013~15:11 »

La comisión de servicio la concede la delegación a la que pertenece ahora como equipo directivo, es decir, la actual, no la del destino nuevo. Y la comisión normalmente si es por permanencia en el ED la apoya una propuesta de la inspección de referencia de ese centro. Lo que quiero decir es que supone un "marrón" para vuestro inspector/a cambiar de director/a y buscar otra persona que se garantice su profesionalidad en el cargo sobre todo si no queda ningún candidato que se presente para ocupar la dirección cuando el actual director se vaya.

Por otro lado, a la pregunta de si puede ocupar un provisional un cargo en el equipo directivo, antes sí había casos, pero estoy casi seguro que con la normativa en la mano, ya no. Se entiende que un provisional no puede dar garantías de permanencia y contribución a una mejor trayectoria y coherencia del Plan de Centro.


Gracias.
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rmlg
  

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« Respuesta #8 : 24/May/2013~21:35 »

La comisión de servicio la concede la delegación a la que pertenece ahora como equipo directivo, es decir, la actual, no la del destino nuevo. Y la comisión normalmente si es por permanencia en el ED la apoya una propuesta de la inspección de referencia de ese centro. Lo que quiero decir es que supone un "marrón" para vuestro inspector/a cambiar de director/a y buscar otra persona que se garantice su profesionalidad en el cargo sobre todo si no queda ningún candidato que se presente para ocupar la dirección cuando el actual director se vaya.

Por otro lado, a la pregunta de si puede ocupar un provisional un cargo en el equipo directivo, antes sí había casos, pero estoy casi seguro que con la normativa en la mano, ya no. Se entiende que un provisional no puede dar garantías de permanencia y contribución a una mejor trayectoria y coherencia del Plan de Centro.

¿Me puedes poner el enlace de la normativa? Graciass
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