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Autor Tema: ¿CÓMO RECLAMAR LOS SEXENIOS NO PAGADOS DE INTERINO?  (Leído 5313 veces)
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jjcampos
  

Nuev@

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Registro:08/Jun/2009~23:05
Mensajes: 21
 
« : 07/Feb/2013~17:10 »


Muy buenas:
He visto por aquí que hay una sentencia favorable para que los interinos cobren los sexenios desde este mes y que posibilita a los que fuimos interinos reclamar aquello que nos debieron pagar en su día. Yo, según mis cálculos, estuve de interino 23 meses sin recibir el pago de sexenios: unos 1400€.

¿Cómo se reclama este pago de sexenios?

¿Existe algún formato de instancia?

¿Habría que presentar algo más?

Muchas gracias..
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soleole
  

Nuev@

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Registro:16/Oct/2012~12:26
Mensajes: 141
 
« Respuesta #1 : 07/Feb/2013~18:01 »

Muy buenas:
He visto por aquí que hay una sentencia favorable para que los interinos cobren los sexenios desde este mes y que posibilita a los que fuimos interinos reclamar aquello que nos debieron pagar en su día. Yo, según mis cálculos, estuve de interino 23 meses sin recibir el pago de sexenios: unos 1400€.

¿Cómo se reclama este pago de sexenios?

¿Existe algún formato de instancia?

¿Habría que presentar algo más?

Muchas gracias..
En que comunidad autónoma? Tendrás que acreditar las horas de formación y pedir una hoja de servicio que acredite el tiempo que llevabas trabajando.Y presentar la instancia en tu delegación.No se si esto te ayuda.La verdad es que en el tema interinidades estoy pegada.
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fumarmata
  

Nuev@

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Registro:08/Feb/2012~19:52
Mensajes: 255
 
« Respuesta #2 : 10/Feb/2013~11:49 »

Fui interino desde 1998 hasta 2007, y por no enterarme me he quedado sin cobrar los trienios; no quiero que me pase igual con los sexenios, y por eso pregunto: tengo reconocidos los sexenios, anteriores a 2007, pero solo los cobro a partir del nombramiento como funcionario (2008); ¿tengo derecho a que me los abonen? Sigo sin entender por qué prescriben los trienios y no los sexenios. ¿Puede contestarme alguien, por favor?
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fumarmata
  

Nuev@

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Registro:08/Feb/2012~19:52
Mensajes: 255
 
« Respuesta #3 : 13/Feb/2013~19:40 »

¿Nadie ayuda?
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maria202
  

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Registro:18/May/2006~11:07
Mensajes: 191
 
« Respuesta #4 : 13/Feb/2013~21:10 »

ANPE lo tramita. LLamalos
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hola vamos a ver que tal en este nuevo foro
Rosa Amarilla
  

Nuev@

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Registro:31/Jul/2006~19:09
Ubicación: Sevilla
Mensajes: 254
 
« Respuesta #5 : 13/Feb/2013~21:52 »

Yo creo que los trienios no prescriben, no tiene sentido, yo lo he preguntado en ustea y se puesde reclamar si no me equivoco las dos cosas . Yo estoy en tu misma situación casi el mismo tiempo que tú de interinidad y también aprobé en el 2007
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aguadulce
  

Nuev@

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Registro:04/Jun/2009~08:13
Mensajes: 330
 
« Respuesta #6 : 14/Feb/2013~18:19 »

A mi en csif me dijeron que lo de los trienios si ha prescrito. De todas formas si alguien tiene algún modelo de solicitud para ambas cosas sería bueno lo pusiera en este hilo para todos los que lo necesitamos. Lo digo porque me han dicho que algún sindicato publicó un modelo de solicitud para pedir los trienios.
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fumarmata
  

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Registro:08/Feb/2012~19:52
Mensajes: 255
 
« Respuesta #7 : 14/Feb/2013~18:30 »

Yo creo que los trienios no prescriben, no tiene sentido, yo lo he preguntado en ustea y se puesde reclamar si no me equivoco las dos cosas . Yo estoy en tu misma situación casi el mismo tiempo que tú de interinidad y también aprobé en el 2007
Pues a mi USTEA me comunicó por e-mail ante mi pregunta, que ya habían prescrito y no era posible. No sé a qué juegan.
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azulcasinegro
  

Nuev@

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Registro:22/Mar/2009~17:27
Mensajes: 225
 
« Respuesta #8 : 15/Feb/2013~11:00 »

La reclamción q hace USTEA, es para sexenios.
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alfonsocafeino
  

Expert@-Veteran@
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Registro:03/Mar/2012~02:07
Mensajes: 5.778
 
« Respuesta #9 : 15/Feb/2013~14:18 »

Fui interino desde 1998 hasta 2007, y por no enterarme me he quedado sin cobrar los trienios; no quiero que me pase igual con los sexenios, y por eso pregunto: tengo reconocidos los sexenios, anteriores a 2007, pero solo los cobro a partir del nombramiento como funcionario (2008); ¿tengo derecho a que me los abonen? Sigo sin entender por qué prescriben los trienios y no los sexenios. ¿Puede contestarme alguien, por favor?

Desde el día 18-6-2011 las obligaciones prescriben a los cuatro años, según lo establecido en el art. 30 del Decreto Legislativo 1/2010 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía en su redacción dada por la Disposición final  Séptima de la LEY 4/2011, de 6 de junio, de medidas para potenciar inversiones empresariales de interés estratégico para Andalucía y de simplificación, agilización administrativa y mejora de la regulación de actividades económicas en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 17 de junio),
Artículo 30. Prescripción de las obligaciones.
1. Salvo lo establecido por las leyes especiales, prescribirán a los cuatro años:
a.  El derecho al reconocimiento o liquidación por la Hacienda de la Junta de Andalucía de toda obligación que no se hubiere solicitado con la presentación de los documentos justificativos. El plazo se contará desde la fecha en que se concluyó el servicio o la prestación determinante de la obligación.
b. El derecho a exigir el pago de las obligaciones ya reconocidas o liquidadas, si no fuese reclamado por los acreedores legítimos o sus derechohabientes. El plazo se contará desde la fecha de notificación del reconocimiento o liquidación de la respectiva obligación.
2. La prescripción se interrumpirá según lo dispuesto en el Código Civil, salvo lo establecido en Leyes especiales.
3. Las obligaciones a cargo de la Hacienda de la Junta de Andalucía que hayan prescrito serán baja en las respectivas cuentas, previa tramitación del oportuno expediente en el que se dará trámite de audiencia a los acreedores o acreedoras afectados o a sus derechohabientes.

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http://legislacion.derecho.com/decreto-legislativo-1-2010-02-marzo-2010-comunidad-autonoma-de-andalucia-2569497


por lo que sólo podrás reclamar los trienios que tengas del año 2008 en adelante, ya que el resto se encuentran prescritos.


Sobre los sexenios, como ya te han comentado contacta con el sindicato, porque depende si lo tienes recurrido o no.
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"No confundas mi personalidad con mi actitud, mi personalidad es quién soy yo, mi actitud, depende de quién seas tú".
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