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Registro:05/Jun/2008~15:46
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« : 06/Jun/2012~18:53 » |
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Creo que sí, porque en teoría estamos a disposición el mes de Julio, verdad? Con cuánto tiempo de antelación? (espero q no sea demasiado tarde).... Lo hacen desde el cole o tengo que ir a Delegación?? Ah, el 1º día sería el 30 de junio (de ahí en adelante). Sé que lo podría hacer al revés para aprovechar las vacaciones, pero me daba remordimiento de conciencia.... seré..... Gracias de antemano!!
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Registro:27/Ene/2008~14:15
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« Respuesta #1 : 06/Jun/2012~20:15 » |
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no creo.
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Registro:05/Jun/2008~15:46
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« Respuesta #2 : 06/Jun/2012~22:00 » |
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Alguna opinión más??
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Pata Negra
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Registro:03/Mar/2012~02:07
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« Respuesta #3 : 06/Jun/2012~22:23 » |
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Creo que sí, porque en teoría estamos a disposición el mes de Julio, verdad? Con cuánto tiempo de antelación? (espero q no sea demasiado tarde).... Lo hacen desde el cole o tengo que ir a Delegación?? Ah, el 1º día sería el 30 de junio (de ahí en adelante). Sé que lo podría hacer al revés para aprovechar las vacaciones, pero me daba remordimiento de conciencia.... seré..... Gracias de antemano!! El permiso por matrimonio o inscripción como pareja de hecho, se encuentra regulado en el art. 12.1.1 del Decreto 349/1996 de 16 de julio en su redacción dada por el decreto 347/2003 de 9 de diciembre (BOJA de 19 de diciembre), y en el apartado II.1.2.1 de la Circular de 6 de abril de 2005 de la Dirección General de Gestión de recursos Humanos de licencias y permisos con las modificaciones introducidas por la Instrucción 8/2007. En dicha regulación se establece que los días de duración del permiso se han de entender naturales y consecutivos, comprendiendo el día de la boda o de inscripción de la pareja de hecho, no recogiéndose la posibilidad de disfrutar del mismo o del período vacacional que coincida con éste, en período distinto, a diferencia de lo que ocurre con los permisos derivados de la maternidad. Es por ello por lo que si la boda se lleva a cabo el dia 29 de Junio, no podrá disfrutar en Septiembre ni del permiso, ni del período vacacional que coincida con éste.
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"No confundas mi personalidad con mi actitud, mi personalidad es quién soy yo, mi actitud, depende de quién seas tú". "El tiempo pone a cada uno en su sitio... y cada cual paga o recibe lo que dió o recibió".
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Registro:05/Jun/2008~15:46
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« Respuesta #4 : 06/Jun/2012~22:38 » |
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Creo que sí, porque en teoría estamos a disposición el mes de Julio, verdad? Con cuánto tiempo de antelación? (espero q no sea demasiado tarde).... Lo hacen desde el cole o tengo que ir a Delegación?? Ah, el 1º día sería el 30 de junio (de ahí en adelante). Sé que lo podría hacer al revés para aprovechar las vacaciones, pero me daba remordimiento de conciencia.... seré..... Gracias de antemano!! El permiso por matrimonio o inscripción como pareja de hecho, se encuentra regulado en el art. 12.1.1 del Decreto 349/1996 de 16 de julio en su redacción dada por el decreto 347/2003 de 9 de diciembre (BOJA de 19 de diciembre), y en el apartado II.1.2.1 de la Circular de 6 de abril de 2005 de la Dirección General de Gestión de recursos Humanos de licencias y permisos con las modificaciones introducidas por la Instrucción 8/2007. En dicha regulación se establece que los días de duración del permiso se han de entender naturales y consecutivos, comprendiendo el día de la boda o de inscripción de la pareja de hecho, no recogiéndose la posibilidad de disfrutar del mismo o del período vacacional que coincida con éste, en período distinto, a diferencia de lo que ocurre con los permisos derivados de la maternidad. Es por ello por lo que si la boda se lleva a cabo el dia 29 de Junio, no podrá disfrutar en Septiembre ni del permiso, ni del período vacacional que coincida con éste. Lo siento muchísimo, debe ser que es muy tarde y estoy reventá, pero no me queda claro... No quiero decir que quiera disfrutar de esos 15 días en septiembre, sino que tenga que pedirla por si, POR SI ACASO, somos requeridos por el motivo q sea en Julio. Lo siento de nuevo, estoy espesica....
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Pata Negra
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Registro:03/Mar/2012~02:07
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« Respuesta #5 : 06/Jun/2012~22:43 » |
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Creo que sí, porque en teoría estamos a disposición el mes de Julio, verdad? Con cuánto tiempo de antelación? (espero q no sea demasiado tarde).... Lo hacen desde el cole o tengo que ir a Delegación?? Ah, el 1º día sería el 30 de junio (de ahí en adelante). Sé que lo podría hacer al revés para aprovechar las vacaciones, pero me daba remordimiento de conciencia.... seré..... Gracias de antemano!! El permiso por matrimonio o inscripción como pareja de hecho, se encuentra regulado en el art. 12.1.1 del Decreto 349/1996 de 16 de julio en su redacción dada por el decreto 347/2003 de 9 de diciembre (BOJA de 19 de diciembre), y en el apartado II.1.2.1 de la Circular de 6 de abril de 2005 de la Dirección General de Gestión de recursos Humanos de licencias y permisos con las modificaciones introducidas por la Instrucción 8/2007. En dicha regulación se establece que los días de duración del permiso se han de entender naturales y consecutivos, comprendiendo el día de la boda o de inscripción de la pareja de hecho, no recogiéndose la posibilidad de disfrutar del mismo o del período vacacional que coincida con éste, en período distinto, a diferencia de lo que ocurre con los permisos derivados de la maternidad. Es por ello por lo que si la boda se lleva a cabo el dia 29 de Junio, no podrá disfrutar en Septiembre ni del permiso, ni del período vacacional que coincida con éste. Lo siento muchísimo, debe ser que es muy tarde y estoy reventá, pero no me queda claro... No quiero decir que quiera disfrutar de esos 15 días en septiembre, sino que tenga que pedirla por si, POR SI ACASO, somos requeridos por el motivo q sea en Julio. Lo siento de nuevo, estoy espesica.... jajaja por pedirlos, pídelos, de todas formas si no hay oposiciones en el que te podría tocar ser miembro de tribunal, en julio y a día de hoy, no te van a requerir para nada. La normativa establece, que si te casas, el permiso es consecutivo a la fecha del evento, si no es así, no se podrá " coger" en otro momento. Repásate la normativa que lo regula sino te queda claro.
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« Respuesta #6 : 07/Jun/2012~13:59 » |
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se puede pedir un dia antes el permiso de casarte, a ver me caso un sabado y trabajaria el viernes un follon, podria pedir el viernes de antes
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« Respuesta #7 : 07/Jun/2012~15:45 » |
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Te voy a contar lo que yo hice: me case un 28 de junio y me pille esos 15 dias antes de esa fecha; desde el 15 mas o menos hasta el 30. La verdad que como no era tutora no hubo mucho problemas, es mas mandaron una chica que me sustituyo. Pero como estan las cosas no se si ahora pasaria lo mismo. Esos dias me vinieron de escandalo para preparar pequeños detalles y estar mas tranquilita. Si te corresponden esos dias por que no los vas a coger??? Tambien puedes pensarte en pedirlos a partir del 22, que ya no hay niños...
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Registro:05/Jun/2008~15:46
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« Respuesta #8 : 07/Jun/2012~15:47 » |
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Es lo que me dice todo el mundo, pero soy tan ******** q me da cosa!! Además, creo que me agobiaría en casa, pensando las 24 horas en el tema.... En el trabajo, hablando con unos y con otros, me entretengo...
Estoy del tó, lo sé.
Gracias!!
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« Respuesta #9 : 07/Jun/2012~16:12 » |
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Una compañera se casa tb el 30 d junio y se los ha pedido antes, es decir, q el último día q trabaja es el jueves q viene.No sé dnd los solicitó o si el centro lo hace directamente.
Felicidadesss!!Y no creo q en casa te agobies, hay muchas cosas q tb distraen.
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« Respuesta #10 : 07/Jun/2012~16:14 » |
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Gracias!! De todas maneras, creo q voy a ir (es decir, q no me voy a coger la baja....)
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