Tal vez sea una pregunta de fácil respuesta, pero alguien me podría decir cuándo se pueden cobrar los meses de verano, es decir, ¿se cobran cuándo se acumula 6 meses de tiempo de servicio?
De ser así, imagino que a un interino se le permitirá impartir clases durante el verano. Creo que no podemos ser actualmente autónomos, pero si no nos pagan el verano todo cambia, porque entonces deberían dejarnos bucarnos la vida.
Y si los interinos trabajan en el verano..., ocupan puestos que podría ocupar otros parados..., luego esto lleva a más precariedad...
¿Qué le está pasando a mi país?