De rebajar el número de plazas, deberían dejarnos decidir si queremos seguir presentándonos o preferimos que nos devuelvan el dinero.
Porque no es lo mismo opositar a 40 plazas que a 6. De haber 6 plazas yo no me presento. Y creo que cuando yo pagué las tasas era para optar a alguna de las 40 plazas, con más posibildades que en el caso de 6.
Deberían dar una respuesta firme ya. Así no hay quien estudie.
Vaya país este en el que vivimos.
En cualquier caso como estaba previsto no significa la desaparición de las oposiciones, sino la reducción del número de plazas hasta ajustarse a la tasa del 10% establecida por ley. Haber oposiciones, habra´, pero si sigue adelante, no se sabe cuándo ni las plazas que habrá.
CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIAS CONTRA LA NORMATIVA ANDALUZA PARA LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE EMPLEO DE PROFESORES
El Consejo de Ministros ha acordado plantear ante el Tribunal Constitucional un conflicto positivo de competencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía por la Orden de la Consejería de Educación andaluza del 13 de febrero de 2012 en la que se convoca un proceso de selección de 2.389 plazas para cuerpos docentes no universitarios.
El número de plazas convocadas contraviene las limitaciones que, con carácter básico, y por tanto vinculantes para las Comunidades Autónomas, estableció el Real Decreto Ley de 30 de diciembre de 2011, al prohibir la incorporación de nuevo personal, salvo excepciones en servicios esenciales, y la posibilidad de incorporar personal docente, al fijar en un 10 por 100 la tasa de reposición de efectivos en el sector educativo.
Este Real Decreto Ley fijó nuevos límites básicos para el año 2012 en materia de Oferta de Empleo Público, por lo que cualquier convocatoria autonómica anterior queda desplazada y, para no extralimitarse, debe ajustarse al nuevo marco, lo que no ha ocurrido con la convocatoria andaluza de profesores.
La impugnación cuenta con un dictamen favorable del Consejo de Estado del 12 de abril, en el que se establece que la Orden autonómica "no respeta los límites impuestos en el Real Decreto 20/2011 para la Oferta de Empleo Público para 2012, al establecerse una tasa de reposición del 30 por 100 de efectivos". Por ello, el Consejo de Estado concluye que la Orden andaluza "adolece de inconstitucionalidad al ignorar la legislación básica aplicable a todas las Administraciones públicas para el citado ejercicio".
El planteamiento del conflicto comporta la suspensión de la Orden de la Consejería de Educación de Andalucía.Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
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