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« Respuesta #20 : 21/Mar/2012~00:57 » |
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Es que el problema es que mi horario lectivo es de 9 a 2, no tengo horario no lectivo mientras están los niños en clase.
La huelga es el jueves 29. El jueves a 4ª hora tengo horario lectivo: Historia del Arte con 2º de Bachillerato. Si esos alumnos no vienen, nadie me puede obligar a entrar con otro grupo. Y el que lo afirme, que me muestre la normativa que así lo establece. ¿Nos enteramos o no? Claro que nos enteramos, pero eso viene muy bien en secundaria donde por la mañana tienes horario lectivo y no lectivo, mientras en un colegio es todo horario lectivo por la mañana, así que en mi horario lectivo no creo que pueda negarme. Tu horario completo es de 9.00 a 14.00 (por cierto en mi comunidad libramos una hora, la que llamamos 25 la cual es libre total, osea, de ninguna asistencia al centro ni labor en él pero muchas veces estás en en el centro porque viajas y te pilla a mitad de mañana etc...y esta circunstancia ocurre en todos los centros de primaria de castilla y león) por lo tanto, lo que señala castúo al menos, en mi comunidad es aplicable a los centros de primaria, eso por un lado. Por otro lado si tu compañero/a no asiste al centro porque hace huelga, esos niños son responsabilidad de los servicios mínimos. Y si tu grupo no asiste al completo tampoco tienes que hacerte tú cargo de un grupo que su maestro no haya asistido por motivos de huelga porque para eso están los servicios mínimos y creo que es a eso lo que se refiere Castúo en su mensaje. Ya, pero en Andalucía no hay horas libres como en tu comunidad, así que las 25 son lectivas, si no estás en tu clase, estás de refuerzo educativo. Y el refuerzo está planificado, igual que tamibén está planificado que si falta un docente, ese se encarga de cubrir esa ausencia.
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"El que no pueda aguantar un defecto de educación en persona ajena, carece él mismo de educación".
Benjamin Franklin
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Pata Negra
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« Respuesta #21 : 21/Mar/2012~13:34 » |
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Respondería, pero... ya me cansé. Que el día de la huelga echarás toda la mañana en cursos de compañeros en huelga porque te han dicho que tienes que hacerlo, aunque por aquí te hemos dicho unas cuantas de veces, con legislación en la mano, que no tienes obligación ninguna. Ok. Tú mismo.
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« Respuesta #22 : 21/Mar/2012~20:41 » |
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Respondería, pero... ya me cansé. Que el día de la huelga echarás toda la mañana en cursos de compañeros en huelga porque te han dicho que tienes que hacerlo, aunque por aquí te hemos dicho unas cuantas de veces, con legislación en la mano, que no tienes obligación ninguna. Ok. Tú mismo.
Ok, ya leeré esos servicios mínimos para esta convocatoria. De todas formas, el día de la huelga estaré en mi clase, ya que ese día no tengo religión. Y si tengo apoyo ese día en mi clase, pero si va a la huelga, no lo tendré. Y si no va a la huelga, lo lógico es que cubra la ausencia del compañero que no haya venido.
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« Respuesta #23 : 21/Mar/2012~23:01 » |
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Respondería, pero... ya me cansé. Que el día de la huelga echarás toda la mañana en cursos de compañeros en huelga porque te han dicho que tienes que hacerlo, aunque por aquí te hemos dicho unas cuantas de veces, con legislación en la mano, que no tienes obligación ninguna. Ok. Tú mismo.
Ok, ya leeré esos servicios mínimos para esta convocatoria. De todas formas, el día de la huelga estaré en mi clase, ya que ese día no tengo religión. Y si tengo apoyo ese día en mi clase, pero si va a la huelga, no lo tendré. Y si no va a la huelga, lo lógico es que cubra la ausencia del compañero que no haya venido. Efectivamente Jero. Ahora bien, yo no lo llamaría cubrir la ausencia, sino simplemente prestar atención a un grupo de chavales. Mera atención. Lo que no se puede es dar clase como tal. Saludos
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« Respuesta #24 : 26/Mar/2012~18:56 » |
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¿Es aplicable a todas las CCAA? En mi cole dicen que no, que hay que atender a las necesidades del centro.
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« Respuesta #25 : 26/Mar/2012~22:02 » |
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En tus horas lectivas, estás a disposición de las necesidades del centro. No se cubre o sustituye al que está de huelga, simplemente se hace labor de atención. Hay que recordar que son horas lectivas. Si no son lectivas NO te pueden obligar. Saludos
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« Respuesta #26 : 26/Mar/2012~22:23 » |
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Pero yo tengo mi horario completo, es decir, ese día tengo todos los huecos con clase, por tanto, yo podría atender a mis alumnos, vengan muchos o pocos de cada curso; sin embargo, se va a recolocar en función de quien vaya o no. No sé, que voy a pasar las 5 horas con alumnos, pero, creo que es flaco favor el que se hace tanto a los que ejercen su derecho a la huelga, como a los que no la haremos, esa forma de organización. Respuesta textual, ese día nos limitamos a recoger a los niños;....
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« Respuesta #27 : 26/Mar/2012~22:41 » |
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Sólo puedo hablar de mi centro. Cuando se hace huelga depende del número de niños que vayan. Si no estoy de huelga y tengo mi clase al completo, yo doy clase como un día normal, sólo si hay reducción de ratio acojo niños "sueltos". Se ha dado el caso de estar dos o tres profesores con seis o siete alumnos... Lo que se ha hecho es, por horas lectivas, turnos de atención.
Saludos
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Pata Negra
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« Respuesta #28 : 27/Mar/2012~12:05 » |
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¿Es aplicable a todas las CCAA? En mi cole dicen que no, que hay que atender a las necesidades del centro.
Pues o no tienen ni idea o te están mintiendo. Busca información sobre los servicios mínimos acordados en tu Comunidad Autónoma (consulta las webs de los sindicatos). Y una vez informada, aplica lo que he puesto en el primer post del hilo.
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« Respuesta #29 : 27/Mar/2012~15:10 » |
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No encuentro nada al respecto. Sí el porcentaje de los servicios mínimos, pero no quién se tiene que hacer cargo de los chavales.
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« Respuesta #30 : 27/Mar/2012~15:29 » |
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Castuo, si hay legislación y la conoces, por favor, dila. No encuentro nada. Habiendo llamado, en otra ocasión, la respuesta fue que los Servicios Mínimos estaban para garantizar una mínima atención al derecho de los padres a dejar los nenes en el colegio, pero que, dentro de los horarios de los maestros que NO hacían huelga, se les atribuye tareas según las necesidades del Centro. Todo ésto, por supuesto, estando en horas lectivas. Por lo tanto, entiendo con ésto, que la atención (¡ojo! atención, no la sustitución)es deber de todos los que estén en el centro y puedan hacerse cargo de las distintas situaciones que se presenten. Para el que no hace huelga, es un día absolutamente normal.
Saludos
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« Respuesta #31 : 27/Mar/2012~18:47 » |
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A ver, a mi me parece que si se establecen unos servicios mínimos es para que éstos atiendan a los compañeros que están en huelga; reunidos en el patio, en la bibioteca o donde mejor les parezca. Si se diera la situación del conjunto de todo el claustro en huelga, eso es lo que tendrían que hacer, no? Respeto a quién quiera hacer huelga, está en su derecho como yo en el mío a no hacerla. Pero es que si yo me hago cargo de sus alumnos, estaría en cierto modo boicoteando su protesta, o al menos así lo veo. Sin embargo, si yo me hago cargo de mi quehacer diario no boicoteo a nadie, solamente realizo mi trabajo. Los niños no me molestan, si tengo que sustituir en cualquier ocasión la falta de un compañero lo hago porque es mi trabajo, de la misma forma que si yo falto a mi me sustituyen. Pero es que en el caso de una huelga en mi modesto entender son los servicios mínimos los que tienen que hacerse cargo de ello, si no, qué sentido tiene que se establezcan? En cualquier caso, el jueves saldremos de dudas, supongo
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« Respuesta #32 : 27/Mar/2012~19:17 » |
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A ver, a mi me parece que si se establecen unos servicios mínimos es para que éstos atiendan a los compañeros que están en huelga; reunidos en el patio, en la bibioteca o donde mejor les parezca. Si se diera la situación del conjunto de todo el claustro en huelga, eso es lo que tendrían que hacer, no? Respeto a quién quiera hacer huelga, está en su derecho como yo en el mío a no hacerla. Pero es que si yo me hago cargo de sus alumnos, estaría en cierto modo boicoteando su protesta, o al menos así lo veo. Sin embargo, si yo me hago cargo de mi quehacer diario no boicoteo a nadie, solamente realizo mi trabajo. Los niños no me molestan, si tengo que sustituir en cualquier ocasión la falta de un compañero lo hago porque es mi trabajo, de la misma forma que si yo falto a mi me sustituyen. Pero es que en el caso de una huelga en mi modesto entender son los servicios mínimos los que tienen que hacerse cargo de ello, si no, qué sentido tiene que se establezcan? En cualquier caso, el jueves saldremos de dudas, supongo
Es como si tres trabajadores trabajan en una barra de una cafetería y falta dos, y el que va dice que solamente atiende a su lado de la barra, que no se mueve para otro lado. En fin, si se establecen servicios mínimos es para que al menos el centro tenga cubierta su labor asistencial para ese día.
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Pata Negra
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« Respuesta #33 : 28/Mar/2012~09:47 » |
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Castuo, si hay legislación y la conoces, por favor, dila.
Mirad el primer post de este hilo.
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Pata Negra
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« Respuesta #34 : 28/Mar/2012~09:53 » |
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Orden de 20 de marzo de 2012, por la que se garantiza el funcionamiento de los servicios públicos esenciales para la comunidad durante la huelga general del día 29 de marzo de 2012 prestados por empresas e instituciones, públicas o privadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el establecimiento de servicios mínimos. (BOJA 61 de 28 de marzo) Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttp://juntadeandalucia.es/boja/boletines/2012/61/d/33.html ANEXO 7. Personal de las empresas de enseñanza: En todos los Centros de Enseñanza no universitaria: El Director o Directora del Centro o una persona del equipo directivo.
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