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« Respuesta #21 : 12/Nov/2011~10:41 » |
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La CEJA siempre advierte en sus convocatorias que se obtiene primer destino definitivo por la especialidad de ingreso. Copio y pego los términos de la última convocatoria (lo que no significa que no puedan cambiar en la siguiente):
g) Personal funcionario que no ha obtenido su primer destino definitivo.
Tienen obligación de participar en esta convocatoria el personal funcionario de carrera que, estando en servicio activo en centros dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, nunca haya obtenido destino definitivo.
Dicho personal está obligado a obtener su primer destino definitivo en centros dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
A quienes no participen o no obtengan un destino de los solicitados, se les destinará de oficio, de existir vacante, a un puesto de trabajo en centros dependientes de la Consejería de Educación, siempre que cumplan con el requisito de especialidad.
El personal funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros que superó el procedimiento selectivo de ingreso de los años 2007 y 2009, convocados al amparo del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, obtendrá su primer destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dicho personal no podrá ser destinado de oficio por una especialidad distinta a la de ingreso en el cuerpo.
h) Personal funcionario en prácticas, seleccionado en los procedimientos selectivos, convocados por Orden de 25 de marzo de 2010, para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros, de Taller de Artes Plásticas y Diseño, y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
Dicho personal está obligado a participar y a obtener su primer destino definitivo en centros dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la especialidad por la que haya superado el procedimiento selectivo.
De aquí se deduciría que los provisionales pueden pedir por todas sus habilitaciones en las 300 peticiones voluntarias pero que destino forzoso por provincia solo se les puede endosar por la especialidad de ingreso. Y sin embargo, los que están en prácticas solo pueden obtener destino definitivo, en todo caso, por su especialidad de ingreso.
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