Principiante
Desconectado
Registro:13/Nov/2020~18:42
Mensajes: 781
|
 |
« Respuesta #1 : 15/May/2026~15:02 » |
|
La normativa, no lo sé, es cuestión de buscarla, pero hay que saber primero si eres funcionario de carrera o interino. Para los interinos, creo que solo se puede con vacante de curso completo, no sustituciones. Cúanto se trabaja? pues dependiendo de la jornada que te reduzcas, creo que lo máximo es el 50% a reducirte, pero cuidado con eso, porque las reducciones, son traicioneras, puede que el centro educativo, te reduzca la jornada que tu quieres, pero el problema es el horario, que igual te ponen 5 dias de 9 a 12 por ejemplo, o 2 dias y medio completos, o en 4 dias, etc, es que todo depende de las cuestiones organizativas del centro. El problema es que cuando yo he estado en vacante reducida ( porque salia asi, no porque yo la solicitara), hasta que no vas al centro, no te enterabas del horario, y te comias igualmente claustros, exclusivas, evaluaciones, reuniones de padres, etc etc vamos un asco, porque prácticamente trabajas igual a nivel burocrático, lo único que se nota es que das menos docencia, pero todo lo demas, te lo comes y aunque no esté en horario tuyo, si hay reuniones, claustros, reuniones de coordinación, con el orientador, etc etc te lo comes igual y regalas horas a piñon. En cuanto a cobrar pues depende de los trienios y sexenios que tengas y demás, pero sobre unos 950- 1000 euros netos/mensuales y dependerá del irpf que te pongas, normalmente si es al 50% de jornada, lo suelen poner al 2% pero es mejor que te lo subas a un 8 o 9%, porque si no hacienda te crujirá.
En cuanto a la cotización para la jubiliación, a día de hoy, y digo a día de hoy, no afecta en cuanto a cotización, porque según legislaron el pasado año, desde media jornada, se cotiza como dia completo; lo que si varía y perjudica, es la base de cotización, al estar a media jornada ( por ejemplo), cobras menos y por tanto tu base de cotización es menor, y eso si que influye de cara a tu jubilación, porque no es lo mismo cotizar por una base de cotización de 2300 euros brutos, que cotizar por una base de 1500 brutos ( si estas a media jornada). Aunque a nivel real 1 año tampoco se nota tanto para la jubilación, pero claro, hablamos de datos del 2026, de cara a que te jubilies a saber qué ley estará sobre la jubiliación y cuáles seran las condiciones...con lo cual no te guies por eso.
En cualquier caso, mira la normativa de reduccion de jornada porque puede que hayan cambiado cosas, igual que tampoco sé si uno se puede reducir la jornada porque le apetece sin más, o necesita acreditar alguna cosa, como cuidado de familiar de primer grado o algo de eso.
|