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« Respuesta #1080 : 07/Abr/2024~14:44 » |
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Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or Loginhttps://www.economistjurist.es/articulos-juridicos-destacados/el-dificil-encaje-de-la-condicion-de-fijo-del-personal-temporal-de-las-aa-pp-derivado-de-la-sentencia-del-tjue/ Parece que la cosa va para largo...es lo que pasa cuando no hay voluntad de hacer bien las cosas.
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« Respuesta #1081 : 07/Abr/2024~16:14 » |
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Vuela amig@, vuela alto porque cuando vuelas muy bajo la gente tira a matar...
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« Respuesta #1082 : 07/Abr/2024~16:25 » |
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« Respuesta #1083 : 07/Abr/2024~20:13 » |
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Se supone que si pero como comenta el compañero, eso llevará su tiempo ya que el camino está abierto por el TJUE pero no está fijada la ruta para ponerlo en marcha porque los gobiernos autonómicos, central, Tribunal Supremo y sindicatos no están por la labor de hacerlo de forma inmediata como debería de realizarse.
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« Respuesta #1084 : 07/Abr/2024~23:02 » |
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En relación a lo que he dicho antes sobre Vox, dejo noticia para que se entienda lo que quiero decir, y viene muy al caso además, porque afecta al sector docente. Es sobre el nuevo presidente de Argentina, Milei, muy amigo de Vox (ahora ha sido invitado a un congreso de Vox en Madrid), que hizo campaña con un lenguaje que, por su aparente radicalidad "antisistema", podía recordar incluso a Podemos: que si iba a luchar contra "la casta", que si la "libertad", que si iba a aplicar una motosierra contra no se sabe qué, etc. Bueno, pues los argentinos, por lo que se ve desesperados ante una mala situación económica y social que viene de décadas, apoyaron a este tal Milei y ahora lo que están teniendo son recortes a mansalva, privatizaciones y, por supuesto, políticas que garantizan el mantenimiento del sistema capitalista, es decir, reservar el dinero del presupuesto público para el pago a los organismos de préstamo internacionales (FMI, Banco Mundial, etc.), que son los que tienen a Argentina arruinada desde hace décadas, además de abrir la economía a los grandes monopolios transnacionales (principalmente de EEUU). Quiero decir con esto que, ante situaciones muy malas, parece que es fácil la tentación de dejarse convencer por la demagogia ultraderechista y sus "soluciones" aparentemente simples y "radicales", pero, como vemos, toda ese discurso "antisistema" y "libertario" no es más que pura demagogia para llegar al poder, para luego reforzar precisamente los peores aspectos del sistema capitalista y que los trabajadores, docentes incluidos, empeoren todavía más, además de aumentar la represión para que los trabajadores no puedan protestar contra sus políticas. Dejo el artículo: Milei ordena reprimir a docentes y jubilados en Argentina - Diario OctubreSólo los usuarios registrados pueden ver los Links. Register or LoginLa Policía argentina usó gases lacrimógenos al arremeter este jueves contra docentes y jubilados congregados frente al Congreso para rechazar las medidas del Gobierno de Javier Milei.
La Confederación de Trabajadores de la Educación y la Federación de Docentes Universitarios realizan esta jornada un paro nacional para denunciar los recortes en el sector, la eliminación fondos y los 15 mil despidos realizados en los últimos días en la administración pública.
Además, acompañan una marcha de la Central de Trabajadores para defender a los jubilados y exigir el aumento de sus haberes.
Fuimos gaseados y reprimidos. No hay plata para el pueblo, pero sí para el Fondo Monetario Internacional. Debe haber un gran paro general para derrotar el ajuste en las calles. Exigimos que se destinen fondos a la educación y los jubilados, afirmó Mariana, profesora de Ciencias Sociales, en declaraciones a la prensa.
Por su parte, Raúl aseguró que los manifestantes estaban encima de la vereda cuando llegó la Policía y los agredió.
Tenemos experiencia en las marchas y sabemos que están usando un gas más dañino. Sentimos ahogo y picazón en la garganta. Los jubilados estamos desprotegidos y abandonados, pero si no nos organizamos desde abajo, nadie nos defenderá, señaló.
Los participantes en la protesta llevaban carteles en los que acusaban al Gobierno de llevar a cabo “un genocidio silencioso”, al provocar el hambre de niños, ancianos y el pueblo en general.
Como parte de la manifestación, los docentes reiteraron la necesidad de convocar a una paritaria (negociación) que permita aumentar los salarios de manera que los trabajadores puedan hacer frente a la elevada inflación.
También defendieron la educación pública y repudiaron el protocolo antiprotestas aprobado por la ministra de Seguridad Patricia Bullrich.
Por otra parte, abogaron por el respeto al derecho a una jubilación justa y condenaron la interrupción del envío de fondos a las cajas previsionales de las provincias.
Prensa Latina / La Primerísima
------------------------------ Un saludo. Y tú dale que te pega con la ultraderecha y no te enteras que en España el problema es la ultraizquierda. Pero da igual, cada loco con su tema. Yo no sé bien a qué te refieres con eso de "ultraizquierda", pero desde luego, si la hay, no está en el parlamento. De todas formas, sobre el tema de este hilo, la enseñanza que hay que extraer del caso argentino es que en lugar de resolver o mejorar los servicios públicos, se están produciendo recortes y despidos, y si se proponen manifestaciones o incluso cortes de carreteras, como alguno ha hecho o se ha mostrado de acuerdo, conviene saber que los palos serán más fuertes y los gases lacrimógenos más tóxicos si aquí gobernasen los amigos de Milei -o igual alguien cree que les iban a llevar bocadillos y cerveza fresquita cuando estén cortando una carretera-. Un saludo.
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¡NO A LA PARTICIPACIÓN DE ESPAÑA EN LA GUERRA IMPERIALISTA DE LA OTAN CONTRA RUSIA, NO MÁS ENVÍOS DE ARMAS A UCRANIA!
¡NO A LA PARTICIPACIÓN EN EL GENOCIDIO PALESTINO!
¡OTAN NO, BASES FUERA! ¡POR LA SALIDA DE LA UE!
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« Respuesta #1085 : 07/Abr/2024~23:17 » |
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La presión que pueden ejercer los interinos es, a mi parecer, muy limitada. Al menos si hablamos del colectivo docente en Andalucía. Los funcionarios de carrera, y por lo tanto los sindicatos, nunca apoyarán la demanda de fijeza para interinos, ya que les perjudica, y los aspirantes igual, con la excepción de primaria, donde el tapón para aspirantes es terrible.
Es tan limitada que si hacemos huelga solo los interinos, tienen que cerrar todos los colegios de andalucia porque no pueden sacar el dia adelante. O bueno sí, sacando los niños al patio la mañana entera. ¿Cuánto pueden durar asi? La cosa es querer No sé qué porcentaje de interinos quedará ahora, pero antes estaba en torno al 30%, por lo que claro que se notaría una huelga. Como dices, la cuestión es querer, y entender también que es la forma principal que tenéis de presionar para que den una solución. La cuestión de la estabilidad del colectivo interino no es nueva, se ha dado cada tantos años, y, que yo sepa, con la presión siempre han acabado buscando una u otra solución, aunque no sea definitiva y vuelva a reproducirse el problema. Un saludo.
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Pata Negra
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Registro:01/Sep/2009~16:53
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« Respuesta #1086 : 08/Abr/2024~09:22 » |
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Esto va para largo y se habla que va a salir una sentencia mejor y creo que se está haciendo una bola de algo que no va a haber nada al final…
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Avanzad@
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« Respuesta #1087 : 08/Abr/2024~11:29 » |
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Iniciad@
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Registro:21/Jul/2021~11:55
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« Respuesta #1088 : 08/Abr/2024~12:44 » |
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Buenas tardes:
Soy marido de una maestra de primaria interina, funcionario de carrera en la Inspección de Trabajo; y me gustaría daros mi opinión al respecto por si os puede resultar de utilidad y/o aclaración.
En primer lugar, debéis tener muy clara una cuestión, y es que el derecho comunitario prima o prevalece sobre el derecho soberano nacional desde que se suscribió el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), guste o no guste. Cuestión distinta es que en determinados ámbitos los países se puedan mostrar un poco reacios a delegar su competencia, como puede ser la contratación en el ámbito del sector público.
La Directiva 1999/70/CE del Consejo, a la que se hace referencia en la reciente sentencia del TJUE, es una directiva que se refiere a todos los tipos de trabajadores, es decir, no discrimina entre los trabajadores cuyas relaciones laborales se rigen por Estatuto de los Trabajadores, por el Estatuto Básico del Empleado Público o por relaciones estatutarias, etc. Por ende, debe ser aplicada al margen de dichas consideraciones; si bien esta cuestión está más que resuelta en el Estatuto de los Trabajadores, no es así en el ámbito del funcionariado porque nuestro estado no ha legislado esta cuestión. Y aunque la sentencia se refiere a personal laboral, es más que evidente que resulta aplicable a los trabajadores de la administración pública, y así se confirmará en la próxima sentencia que se ocupa de trabajadores de dicho sector.
Si bien, en el ámbito educativo de Andalucía la figura del interino es más que conocida, no debéis olvidar que esta controversia se aplica a todos los trabajadores que prestan servicios en la administración pública, y que hace años la situación no es para nada la actual; derivada en gran parte por la limitación en la contratación pública de la etapa del gobierno de Rajoy debido a la crisis económica que se dilató bastantes años en el tiempo. Ahora bien, en el derecho laboral un trabajador, de por sí, se presume indefinido salvo que se demuestre lo contrario por determinadas circunstancias que no vienen al caso; más aún debería ser así en la administración pública donde se ocupan puestos de trabajo estructurales.
Dicho lo cual, y a título de opinión personal, las AAPP se han aprovechado de las reglas de juego utilizadas durante la época de crisis para ABUSAR de muchos de sus trabajadores, y me gustaría volver a remarcarlo, ABUSAR. El hecho de que en agosto o septiembre o cuando queráis, tengáis una vacante más o menos cerca de vuestra residencia, no quiere decir que no seáis trabajadores en situación de abuso de temporalidad; recordemos, en el derecho laboral está situación jamás se permitiría, y, además, sería gravemente sancionada. Lo que quiero decir con ello, es que no penséis que sois privilegiados porque estáis trabajando, para nada, la privilegiada es la administración, que sin sacar las plazas oportunas está cubriendo el servicio mediante el uso (o abuso) de miles de trabajadores disponibles en 3 días, para desplazar su hogar, familia, asumir X gastos extraordinarios, etc. etc.
Ahora bien, ¿qué hacemos entonces? El TJUE lo tiene claro, ni más procesos selectivos ni indemnizaciones ridículas compensan la situación de abuso que han generado las AAPP, abriendo la puerta a una posible fijeza.
¿Quiere decir por ello que se van a regalar plazas como caramelos y que ya no importan los sacrosantos principios de igualdad, mérito y capacidad? En mi humilde opinión, no es así por diversos motivos. En primer lugar, no hay que olvidar que, en vuestro caso, para ser interino se ha tenido que pasar un proceso selectivo (a excepción de casos excepciones como bolsas extraordinarias, etc.); por tanto, no le veo sentido que una persona en la que se ha presentado a, por ejemplo, 5 oposiciones, aprobándolas, sacando buenas notas, etc. No haya sacado plaza porque en la mayoría de ellas la oferta de plazas ha sido ridícula, porque hay un tapón bestial de personal con tiempo de servicio generado durante lustros, porque caíste en el tribunal equivocado (ya conocéis el magnífico sistema selectivo que tenéis, eso sí que cumple los principios de igualdad, mérito y capacidad), etc. Y luego una persona que estuvo en el lugar idóneo, en el momento idóneo, estudió 4 meses y como había tropecientas plazas por cuestiones electoralistas o de otra índole, entró esa persona y hasta el último mono... ¿Dónde está ahí el mérito y la capacidad? En segundo lugar, la Constitución Española contempla la posibilidad de medidas extraordinarias para casos de desigualdad; por ejemplo, las personas con discapacidad tienen una vía diferente de acceso, precisamente para garantizar esa igualdad. ¿Un interino que lleva años dando vueltas, con familia evidentemente porque tiene que vivir y no puede estar eternamente hipotecando su vida con oposiciones, está en igualdad con una chaval recién salido de la carrera, en su casa, con sus padres y una Fanta encima de la mesa mientras tiene todo el día para estudiar? Por favor, seamos serios. Además, se ha podido llevar a cabo un concurso extraordinario de méritos sin un proceso selectivo y ya nadie se pregunta si es anticonstitucional...
Personalmente, considero que todo aquel funcionario interino que haya prestado servicios durante más de tres años, y haya pasado un proceso selectivo previo que haya superado, debe ser considerado funcionario de carrera. No obstante, no considero que deba ser así para personas que han entrado por bolsas extraordinarias o (edito) de alguna otra manera en la que no hayan pasado un proceso selectivo previo.
¿Posibles soluciones? Los sindicatos tuvieron su oportunidad con la nefasta Ley de estabilización, que siguen defendiendo aunque sea palmario que no está teniendo los efectos esperados; han sido cómplices y, a la vez, han actuado negligentemente en una ley que no hay por donde cogerla. ¿Estabilizando aspirantes? ¿Procesos selectivos de estabilización abiertos? En fin... Es curioso que haya casos en los que hayan personas estabilizadas con muy poco tiempo de servicio o ninguno, porque, una vez más, cayeron en el tribunal X o se presentaron en una especialidad en la que pocos interinos pudieron estudiar por sus circunstancias personales, etc. Y qué decir de todas aquellas CCAA donde no existen plazas de estabilización, o son claramente insuficientes. Un nuevo reflejo de la incompetencia de las personas responsables... Pobres funcionarios interinos de Canarias...
En lo concerniente al aspecto económico, no le veo mayor problema. La mayor parte de los funcionarios interinos en situación de abuso ya están trabajando, es decir, no genera ningún coste adicional. Mucho más gravoso será tener que indemnizar, o si algún día a alguno/a se le ocurre reclamar responsabilidad patrimonial a la administración, ahí sí que podrán tener un sobrecoste importante...
En conclusión, la realidad es que las AAPP españolas tienen una patata caliente importante, mucho más de lo que pensáis, a la UE le importa muy poco tu Constitución o tus problemas políticos y/o sindicales, únicamente le importa que haya una sistemas de relaciones laborales propio de Europa, no de África. Y le toca al estado legislar sobre la materia, sería lo correcto y responsable. Y si no lo hacen, se abriría la vía de denuncias masivas de todos los funcionarios interinos en fraude de ley, y entonces añadimos un problema más a la ecuación, los tribunales más saturados de lo que están. Podrán pasar 1, 2 o 3 años, pero lo que tengo claro es que el status quo actual tiene fecha de caducidad.
Un abrazo y mucho ánimo para tod@s que os encontráis en esta situación
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Registro:25/Ago/2017~11:53
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« Respuesta #1089 : 08/Abr/2024~14:06 » |
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Buenas tardes:
Soy marido de una maestra de primaria interina, funcionario de carrera en la Inspección de Trabajo; y me gustaría daros mi opinión al respecto por si os puede resultar de utilidad y/o aclaración.
En primer lugar, debéis tener muy clara una cuestión, y es que el derecho comunitario prima o prevalece sobre el derecho soberano nacional desde que se suscribió el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), guste o no guste. Cuestión distinta es que en determinados ámbitos los países se puedan mostrar un poco reacios a delegar su competencia, como puede ser la contratación en el ámbito del sector público.
La Directiva 1999/70/CE del Consejo, a la que se hace referencia en la reciente sentencia del TJUE, es una directiva que se refiere a todos los tipos de trabajadores, es decir, no discrimina entre los trabajadores cuyas relaciones laborales se rigen por Estatuto de los Trabajadores, por el Estatuto Básico del Empleado Público o por relaciones estatutarias, etc. Por ende, debe ser aplicada al margen de dichas consideraciones; si bien esta cuestión está más que resuelta en el Estatuto de los Trabajadores, no es así en el ámbito del funcionariado porque nuestro estado no ha legislado esta cuestión. Y aunque la sentencia se refiere a personal laboral, es más que evidente que resulta aplicable a los trabajadores de la administración pública, y así se confirmará en la próxima sentencia que se ocupa de trabajadores de dicho sector.
Si bien, en el ámbito educativo de Andalucía la figura del interino es más que conocida, no debéis olvidar que esta controversia se aplica a todos los trabajadores que prestan servicios en la administración pública, y que hace años la situación no es para nada la actual; derivada en gran parte por la limitación en la contratación pública de la etapa del gobierno de Rajoy debido a la crisis económica que se dilató bastantes años en el tiempo. Ahora bien, en el Derecho Laboral un trabajador, de por sí, se presume indefinido salvo que se demuestre lo contrario por determinadas circunstancias que no vienen al caso; más aún debería ser así en la administración pública donde se ocupan puestos de trabajo estructurales.
Dicho lo cual, y a título de opinión personal, las AAPP se han aprovechado de las reglas de juego utilizadas durante la época de crisis para ABUSAR de muchos de sus trabajadores, y me gustaría volver a remarcarlo, ABUSAR. El hecho de que en agosto o septiembre o cuando queráis, tengáis una vacante más o menos cerca de vuestra residencia, no quiere decir que no seáis trabajadores en situación de abuso de temporalidad; recordemos, en el derecho laboral está situación jamás se permitiría, y, además, sería gravemente sancionada. Lo que quiero decir con ello, es que no penséis que sois privilegiados porque estáis trabajando, para nada, la privilegiada es la administración, que sin sacar las plazas oportunas está cubriendo el servicio mediante el uso (o abuso) de miles de trabajadores disponibles en 3 días, para desplazar su hogar, familia, asumir X gastos extraordinarios, etc. etc.
Ahora bien, ¿qué hacemos entonces? El TJUE lo tiene claro, ni más procesos selectivos ni indemnizaciones ridículas compensan la situación de abuso que han generado las AAPP, abriendo la puerta a una posible fijeza.
¿Quiere decir por ello que se van a regalar plazas como caramelos y que ya no importan los sacrosantos principios de igualdad, mérito y capacidad? En mi humilde opinión, no es así por diversos motivos. En primer lugar, no hay que olvidar que, en vuestro caso, para ser interino se ha tenido que pasar un proceso selectivo (a excepción de casos excepciones como bolsas extraordinarias, etc.); por tanto, no le veo sentido que una persona en la que se ha presentado a, por ejemplo, 5 oposiciones, aprobándolas, sacando buenas notas, etc. No ha haya sacado plazas porque en la mayoría de ellas la oferta de plazas ha sido ridícula, porque hay un tapón bestial de personal con tiempo de servicio generado durante lustros, porque caíste en el tribunal equivocado (ya conocéis el magnífico sistema selectivo que tenéis, eso sí que cumple los principios de igualdad, mérito y capacidad), etc. Y luego una persona que estuvo en el lugar idóneo, en el momento idóneo, estudió 4 meses y como había tropecientas plazas por cuestiones electoralistas o de otra índole, entró esa persona y hasta el último mono... ¿Dónde está ahí el mérito y la capacidad? En segundo lugar, la Constitución Española contempla la posibilidad de medidas extraordinarias para casos de desigualdad; por ejemplo, las personas con discapacidad tienen una vía diferente de acceso, precisamente para garantizar esa igualdad. ¿Un interino que lleva años dando vueltas, con familia evidentemente porque tiene que vivir y no puede estar eternamente hipotecando su vida con oposiciones, está en igualdad con una chaval recién salido de la carrera, en su casa, con sus padres y una Fanta encima de la mesa mientras tiene todo el día para estudiar? Por favor, seamos serios. Además, se ha podido llevar a cabo un concurso extraordinario de méritos sin un proceso selectivo y ya nadie se pregunta si es anticonstitucional...
Personalmente, considero que todo aquel funcionario interino que haya prestado servicios durante más de tres años, y haya pasado un proceso selectivo previo que haya superado, debe ser considerado funcionario de carrera. No obstante, no considero que deba ser así para personas que han entrado por bolsas extraordinarias o de alguna otra manera en la que no haya pasado un proceso selectivo previo.
¿Posibles soluciones? Los sindicatos tuvieron su oportunidad con la nefasta Ley de estabilización, que siguen defendiendo aunque sea palmario que no está teniendo los efectos esperados; han sido cómplices y, a la vez, han actuado negligentemente en una ley que no hay por donde cogerla. ¿Estabilizando aspirantes? ¿Procesos selectivos de estabilización abiertos? En fin... Es curioso que haya casos en los que hayan personas estabilizadas con muy poco tiempo de servicio o ninguno, porque, una vez más, cayeron en el tribunal X o se presentaron en una especialidad en la que pocos interinos pudieron estudiar por sus circunstancias personales, etc. Y qué decir de todas aquellas CCAA donde no existen plazas de estabilización, o son claramente insuficientes. Un nuevo reflejo de la incompetencia de las personas responsables... Pobres funcionarios interinos de Canarias...
En lo concerniente al aspecto económico, no le veo mayor problema. La mayor parte de los funcionarios interinos en situación de abuso ya están trabajando, es decir, no genera ningún coste adicional. Mucho más gravoso será tener que indemnizar, o si algún día a alguno/a se le ocurre reclamar responsabilidad patrimonial a la administración, ahí sí que podrán tener un sobrecoste importante...
En conclusión, la realidad es que las AAPP españolas tienen una patata caliente importante, mucho más de lo que pensáis, a la UE le importa muy poco tu Constitución o tus problemas políticos y/o sindicales, únicamente le importa que haya una sistemas de relaciones laborales propio de Europa, no de África. Y le toca al estado legislar sobre la materia, sería lo correcto y responsable. Y si no lo hacen, se abriría la vía de denuncias masivas de todos los funcionarios interinos en fraude de ley, y entonces añadimos un problema más a la ecuación, los tribunales más saturados de lo que están. Podrán pasar 1, 2 o 3 años, pero lo que tengo claro es que el status quo actual tiene fecha de caducidad.
Un abrazo y mucho ánimo para tod@s que os encontráis en esta situación
Los que están en bolsas que accedieron por extraordinaria TAMBIÉN han pasado un proceso selectivo, no es el examen de oposición pero es un proceso, y en la ley están recogidos los diferentes sistemas de acceso, todos ellos igual de válidos. Otra cosa es que personalmente pienses que se merecen más unos que otros pero legalmente son exactamente igual de válidos los dos accesos.
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« Respuesta #1090 : 08/Abr/2024~14:46 » |
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Personalmente desconozco esa forma de acceso a la que haces referencia, si comentas que han hecho un proceso selectivo para acceder donde se garantice la igualdad, mérito y capacidad pues que así sea. Yo me refiero más bien a formas de acceso que se hacen con opositores suspensos y situaciones similares, los cuales desconozco como se denominan pero me consta su existencia.
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« Respuesta #1091 : 08/Abr/2024~15:03 » |
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Personalmente desconozco esa forma de acceso a la que haces referencia, si comentas que han hecho un proceso selectivo para acceder donde se garantice la igualdad, mérito y capacidad pues que así sea. Yo me refiero más bien a formas de acceso que se hacen con opositores suspensos y situaciones similares, los cuales desconozco como se denominan pero me consta su existencia.
Esos procesos son totalmente válidos ya que se demuestra mérito y capacidad en base a unos criterios y se ordena a la gente. El primero de la lista no sale de la ruleta de la suerte, sale de que se ha formado y ha estado X años o meses ejerciendo de docente, etc. ¿Quién tiene más mérito y capacidad alguien que acaba de salir de la carrera y ha aprobado unas opos con un 9 o alguien que lleva 10 años enseñando? Pues depende de lo que ponga en la convocatoria del proceso selectivo que puede ser oposición libre, concurso-oposición o concurso de méritos. El proceso de bolsa extraordinaria ordenada por méritos es un proceso selectivo válido, con lo cual no vayamos a hacer lo blanco negro porque memorizar cosas no te hace tener más mérito ni más capacidad, ni ser superior a quien ha accedido por bolsa extraordinaria ¡Qué ya está bien de prepotencia! cuando todos sabemos que las oposiciones son una lotería y hay gente que son unos máquinas y se han sacado plaza con un 6 y otros funcionarios que vemos que son poco competentes y que los interinos les dan mil vueltas y sacaron un 9 en las lotoposiciones. Se tenía que decir y se dijo. El día que hagamos todos el mismo examen de test, y no se repartan las plazas por tribunal, entonces podremos hacer comparaciones más objetivas del mérito y capacidad, mientras tanto no seamos hipócritas y no protejamos más este sistema subjetivo que se debería de mandar al carajo pero como hay mucho dinero por medio de los chupócteros (sindicatos y academias) se sigue manteniendo.
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« Respuesta #1092 : 08/Abr/2024~15:04 » |
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En relación al mensaje de Cris87, estoy de acuerdo con FranLu, el acceso por bolsa extraordinaria también cumple con los principios de mérito y capacidad, pues se hace, como es lógico, mediante un concurso de méritos público en el que se exige una titulación, se bareman las posibles oposiciones a las que se haya presentado el candidato, etc., y es equiparable, por tanto, a otros tipos de acceso a la bolsa desde un punto de vista legal. Y, en cualquier caso, un trabajador es un trabajador, por lo que si tiene tiempo de servicio acumulado y se considera que está en fraude de ley y esa interpretación es aplicable, no veo cómo se puede discriminar por la forma en que hubiera accedido a su puesto de trabajo.
Por otra parte, el problema de la estabilidad de los interinos se remonta a la década de los 80 del siglo pasado (1980) -por lo menos-, porque el problema lo genera el propio sistema de acceso y el uso (o abuso) que las Administraciones han venido haciendo de los interinos para dar el servicio público. Aquí se han mencionado los procedimientos transitorios del 2010, pero hubo otros procesos antes convocados con características específicas para facilitar la estabilización de los interinos con muchos años de tiempo de servicio. Por eso decía que es un problema recurrente.
En cuanto a lo de las oposiciones aprobadas de los que están en bolsa, es difícil saber en qué consiste eso, pues durante muchas convocatorias, lo habitual (al menos en Secundaria), ha sido que de las tres fases o partes, los tribunales optaran por suspender a todos los que "sobraban" en la tercera fase (oral), ajustando el número de aprobados final al número de plazas disponibles. Es decir, el propio proceso de oposición era fraudulento, impidiendo que muchos opositores con tiempo de servicio pasasen a la fase de concurso, es decir, dejando el concurso-oposición, que es lo que es, sólo en "oposición" (y, además, de "aquella manera"). ¿se consideraría entonces que ha aprobado la oposición quien haya superado las dos primeras fases o sólo los que hayan aprobado las tres (sin plaza, se entiende, cosa poco frecuente durante muchas convocatorias)?
Sobre las bolsas y la acumulación de interinos, lo que si ocurrió a partir del 2010 aproximadamente, es que para evitar que se acumularan de nuevo bolsas de interinos con mucho tiempo de servicio, algunas Administraciones (p.e., Valencia, con el PP), optaron por aplicar la "rotación" de los trabajadores, reordenando en función de los resultados de las oposiciones. Eso en Andalucía y en otras Comunidades no se hizo, como forma precisamente de proteger de algún modo a los trabajadores que ya estaban en bolsa.
Por último: a la Unión Europea le importa poco lo bien o mal que estén los trabajadores en España (o en cualquier otro país): si estuvieran tan preocupados, intervendrían en relación a las condiciones laborales en el sector privado, que eso sí que es una verdadera jungla, donde ni se cumplen convenios, ni horarios, ni medidas de seguridad ni nada de nada. Y eso lo saben perfectamente las instituciones europeas y quieren además que sea así. Todo lo más, exigen un lavado de cara (tipo Reforma Laboral de Yolanda Díaz), para que la explotación siga igual, pero más maquillada. En cuanto al porcentaje de interinos, la Unión Europea se quedará seguro tan pancha si expulsan a los actuales trabajadores y los sustituyen por otros nuevos mediante oposiciones o como sea, todo lo más, exigirán que se reduzca el porcentaje, pero no van a entrar en cómo.
Un saludo.
PD.- Edito y añado: también de acuerdo con lo dicho por Misstery en su mensaje.
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¡NO A LA PARTICIPACIÓN DE ESPAÑA EN LA GUERRA IMPERIALISTA DE LA OTAN CONTRA RUSIA, NO MÁS ENVÍOS DE ARMAS A UCRANIA!
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Avanzad@
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« Respuesta #1093 : 08/Abr/2024~15:08 » |
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Cris87 Tienes razón pero aún así los que llevan ya 10 años sin haber aprobado oposición también están en fraude así que entran en el saco…. Y además ganado porque unas Opos con tan poca transparencia…. No me dan seguridad de valer más o menos. Por lo demás si, llegará y ojalá salga lo de Barcelona pronto. Todos nos están ninguneando y creo que tenemos ya derecho a ser fijos y estar tranquilos. Gracias por tus palabras
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Expert@-Veteran@
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Registro:09/Nov/2014~19:18
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« Respuesta #1094 : 08/Abr/2024~15:14 » |
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Ojalá se aclare todo más pronto que tarde!!!
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Pata Negra
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Registro:01/Sep/2009~16:53
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« Respuesta #1095 : 08/Abr/2024~15:23 » |
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Muchas gracias por esa aclaración. Considero que ya no deberíamos a entrar en debates si aprobó una vez, aprobó 5 veces o entró de manera extraordinaria por una bolsa…. Todos hemos estado dando vueltas y de alguna manera sometidos a un proceso o bien de méritos o bien de pruebas poco objetivas. O quizás entre los funcionarios interinos se nombra algo de que muchos entraron por un informe que luego al cabo de los años se dijo que era” ilegal “. Vamos a luchar por todos porque divididos hemos estado siempre. PS: No luchamos solo contra el sistema también contra propios compañeros poco solidarios.
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Iniciad@
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Registro:21/Jul/2021~11:55
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« Respuesta #1096 : 08/Abr/2024~15:25 » |
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caminante_diciembre_2021, llevas mucha razón en que un trabajador es un trabajador independientemente de la forma de acceso. Pero no penséis únicamente en vuestro gremio, tenéis que pensar que los tribunales españoles tendrán que generar la preceptiva jurisprudencia para todos los trabajadores del sector público. Todos conocemos a la típica persona que ha accedido a un puesto de trabajo en la administración por conocer a, o ser simpatizante de, es decir, digitalmente (a dedo). Típico en administraciones locales, diputaciones, etc. Y el argumento principal que ha esgrimido el Tribunal Supremo para no reconocer la fijeza es el acceso mediante igualdad, mérito y capacidad, de ahí la importancia que tenéis los interinos que sí habéis pasado ese proceso y varias veces... Y que no habéis podido obtener vuestra plaza sencillamente porque la administración no ha querido convocar el número de plazas que realmente necesita el sistema. Todo ello independientemente de que el proceso selectivo sea más o menos justo, que eso da para otro debate diferente.
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Iniciad@
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Registro:08/Jun/2021~15:53
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« Respuesta #1097 : 08/Abr/2024~15:31 » |
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Buenas tardes:
Soy marido de una maestra de primaria interina, funcionario de carrera en la Inspección de Trabajo; y me gustaría daros mi opinión al respecto por si os puede resultar de utilidad y/o aclaración.
En primer lugar, debéis tener muy clara una cuestión, y es que el derecho comunitario prima o prevalece sobre el derecho soberano nacional desde que se suscribió el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), guste o no guste. Cuestión distinta es que en determinados ámbitos los países se puedan mostrar un poco reacios a delegar su competencia, como puede ser la contratación en el ámbito del sector público.
La Directiva 1999/70/CE del Consejo, a la que se hace referencia en la reciente sentencia del TJUE, es una directiva que se refiere a todos los tipos de trabajadores, es decir, no discrimina entre los trabajadores cuyas relaciones laborales se rigen por Estatuto de los Trabajadores, por el Estatuto Básico del Empleado Público o por relaciones estatutarias, etc. Por ende, debe ser aplicada al margen de dichas consideraciones; si bien esta cuestión está más que resuelta en el Estatuto de los Trabajadores, no es así en el ámbito del funcionariado porque nuestro estado no ha legislado esta cuestión. Y aunque la sentencia se refiere a personal laboral, es más que evidente que resulta aplicable a los trabajadores de la administración pública, y así se confirmará en la próxima sentencia que se ocupa de trabajadores de dicho sector.
Si bien, en el ámbito educativo de Andalucía la figura del interino es más que conocida, no debéis olvidar que esta controversia se aplica a todos los trabajadores que prestan servicios en la administración pública, y que hace años la situación no es para nada la actual; derivada en gran parte por la limitación en la contratación pública de la etapa del gobierno de Rajoy debido a la crisis económica que se dilató bastantes años en el tiempo. Ahora bien, en el derecho laboral un trabajador, de por sí, se presume indefinido salvo que se demuestre lo contrario por determinadas circunstancias que no vienen al caso; más aún debería ser así en la administración pública donde se ocupan puestos de trabajo estructurales.
Dicho lo cual, y a título de opinión personal, las AAPP se han aprovechado de las reglas de juego utilizadas durante la época de crisis para ABUSAR de muchos de sus trabajadores, y me gustaría volver a remarcarlo, ABUSAR. El hecho de que en agosto o septiembre o cuando queráis, tengáis una vacante más o menos cerca de vuestra residencia, no quiere decir que no seáis trabajadores en situación de abuso de temporalidad; recordemos, en el derecho laboral está situación jamás se permitiría, y, además, sería gravemente sancionada. Lo que quiero decir con ello, es que no penséis que sois privilegiados porque estáis trabajando, para nada, la privilegiada es la administración, que sin sacar las plazas oportunas está cubriendo el servicio mediante el uso (o abuso) de miles de trabajadores disponibles en 3 días, para desplazar su hogar, familia, asumir X gastos extraordinarios, etc. etc.
Ahora bien, ¿qué hacemos entonces? El TJUE lo tiene claro, ni más procesos selectivos ni indemnizaciones ridículas compensan la situación de abuso que han generado las AAPP, abriendo la puerta a una posible fijeza.
¿Quiere decir por ello que se van a regalar plazas como caramelos y que ya no importan los sacrosantos principios de igualdad, mérito y capacidad? En mi humilde opinión, no es así por diversos motivos. En primer lugar, no hay que olvidar que, en vuestro caso, para ser interino se ha tenido que pasar un proceso selectivo (a excepción de casos excepciones como bolsas extraordinarias, etc.); por tanto, no le veo sentido que una persona en la que se ha presentado a, por ejemplo, 5 oposiciones, aprobándolas, sacando buenas notas, etc. No haya sacado plaza porque en la mayoría de ellas la oferta de plazas ha sido ridícula, porque hay un tapón bestial de personal con tiempo de servicio generado durante lustros, porque caíste en el tribunal equivocado (ya conocéis el magnífico sistema selectivo que tenéis, eso sí que cumple los principios de igualdad, mérito y capacidad), etc. Y luego una persona que estuvo en el lugar idóneo, en el momento idóneo, estudió 4 meses y como había tropecientas plazas por cuestiones electoralistas o de otra índole, entró esa persona y hasta el último mono... ¿Dónde está ahí el mérito y la capacidad? En segundo lugar, la Constitución Española contempla la posibilidad de medidas extraordinarias para casos de desigualdad; por ejemplo, las personas con discapacidad tienen una vía diferente de acceso, precisamente para garantizar esa igualdad. ¿Un interino que lleva años dando vueltas, con familia evidentemente porque tiene que vivir y no puede estar eternamente hipotecando su vida con oposiciones, está en igualdad con una chaval recién salido de la carrera, en su casa, con sus padres y una Fanta encima de la mesa mientras tiene todo el día para estudiar? Por favor, seamos serios. Además, se ha podido llevar a cabo un concurso extraordinario de méritos sin un proceso selectivo y ya nadie se pregunta si es anticonstitucional...
Personalmente, considero que todo aquel funcionario interino que haya prestado servicios durante más de tres años, y haya pasado un proceso selectivo previo que haya superado, debe ser considerado funcionario de carrera. No obstante, no considero que deba ser así para personas que han entrado por bolsas extraordinarias o de alguna otra manera en la que no haya pasado un proceso selectivo previo.
¿Posibles soluciones? Los sindicatos tuvieron su oportunidad con la nefasta Ley de estabilización, que siguen defendiendo aunque sea palmario que no está teniendo los efectos esperados; han sido cómplices y, a la vez, han actuado negligentemente en una ley que no hay por donde cogerla. ¿Estabilizando aspirantes? ¿Procesos selectivos de estabilización abiertos? En fin... Es curioso que haya casos en los que hayan personas estabilizadas con muy poco tiempo de servicio o ninguno, porque, una vez más, cayeron en el tribunal X o se presentaron en una especialidad en la que pocos interinos pudieron estudiar por sus circunstancias personales, etc. Y qué decir de todas aquellas CCAA donde no existen plazas de estabilización, o son claramente insuficientes. Un nuevo reflejo de la incompetencia de las personas responsables... Pobres funcionarios interinos de Canarias...
En lo concerniente al aspecto económico, no le veo mayor problema. La mayor parte de los funcionarios interinos en situación de abuso ya están trabajando, es decir, no genera ningún coste adicional. Mucho más gravoso será tener que indemnizar, o si algún día a alguno/a se le ocurre reclamar responsabilidad patrimonial a la administración, ahí sí que podrán tener un sobrecoste importante...
En conclusión, la realidad es que las AAPP españolas tienen una patata caliente importante, mucho más de lo que pensáis, a la UE le importa muy poco tu Constitución o tus problemas políticos y/o sindicales, únicamente le importa que haya una sistemas de relaciones laborales propio de Europa, no de África. Y le toca al estado legislar sobre la materia, sería lo correcto y responsable. Y si no lo hacen, se abriría la vía de denuncias masivas de todos los funcionarios interinos en fraude de ley, y entonces añadimos un problema más a la ecuación, los tribunales más saturados de lo que están. Podrán pasar 1, 2 o 3 años, pero lo que tengo claro es que el status quo actual tiene fecha de caducidad.
Un abrazo y mucho ánimo para tod@s que os encontráis en esta situación
Podría estar de acuerdo, salvo en una cosa. Las bolsas extraordinarias se abren por necesidades de la administración, y el personal que entra en el sistema por ellas, cumple todos y cada uno de los requisitos, siendo ordenado por los criterios que fija la propia administración y sometiéndose a ellos. Así que en mi opinión tienen el mismo derecho que quienes se presentaron y, por suerte, capacidad u otra causa, aprobaron mínimo una prueba de las opos. Pero yo iría más allá . Por qué no abrimos el melón de los méritos y capacidad , una vez dentro del sistema. Todos en mayor o menor medida estamos (yo lo estoy) de ver gente con plaza e interinos desempeñando sus funciones docentes en los centros educativos -digamos-, de forma poco ortodoxa, o poco adecuada. Para cuándo un régimen que sea justo en el acceso, y que también penalice a quien se cree que ha ganado la lotería y no trabaja, dejando con el culo al aire al resto. El principal problema de la educación en este país, como también pasa en otros gremios ya, es la falta de vocación, y por ende, la cantidad de personas que con su mala praxis laboral contribuyen al deprecio de la profesión. Obviamente una de las soluciones que se ocurren es la económica. Castigo a quien se escaquea, tocarle el bolsillo, suele funcionar. En la empresa privada es así. Y no pasa nada. Si entras porque apruebas las oposiciones demuestra que eres un buen docente. A mí no me sirve el actual proceso selectivo para encontrar buenos profesores y maestros. Me sirve el día a día en el aula. El desempeño. El MIR educativo. Llamarlo como queráis. Pero eso sí que sería justo. Que quienes ocupen las plazas sean aquellas personas a las que les gusta, y que hacen bien, su trabajo. El resto estaría mejor en Mercadona.
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Pata Negra
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« Respuesta #1098 : 08/Abr/2024~19:19 » |
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Buenas tardes:
Soy marido de una maestra de primaria interina, funcionario de carrera en la Inspección de Trabajo; y me gustaría daros mi opinión al respecto por si os puede resultar de utilidad y/o aclaración.
En primer lugar, debéis tener muy clara una cuestión, y es que el derecho comunitario prima o prevalece sobre el derecho soberano nacional desde que se suscribió el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), guste o no guste. Cuestión distinta es que en determinados ámbitos los países se puedan mostrar un poco reacios a delegar su competencia, como puede ser la contratación en el ámbito del sector público.
La Directiva 1999/70/CE del Consejo, a la que se hace referencia en la reciente sentencia del TJUE, es una directiva que se refiere a todos los tipos de trabajadores, es decir, no discrimina entre los trabajadores cuyas relaciones laborales se rigen por Estatuto de los Trabajadores, por el Estatuto Básico del Empleado Público o por relaciones estatutarias, etc. Por ende, debe ser aplicada al margen de dichas consideraciones; si bien esta cuestión está más que resuelta en el Estatuto de los Trabajadores, no es así en el ámbito del funcionariado porque nuestro estado no ha legislado esta cuestión. Y aunque la sentencia se refiere a personal laboral, es más que evidente que resulta aplicable a los trabajadores de la administración pública, y así se confirmará en la próxima sentencia que se ocupa de trabajadores de dicho sector.
Si bien, en el ámbito educativo de Andalucía la figura del interino es más que conocida, no debéis olvidar que esta controversia se aplica a todos los trabajadores que prestan servicios en la administración pública, y que hace años la situación no es para nada la actual; derivada en gran parte por la limitación en la contratación pública de la etapa del gobierno de Rajoy debido a la crisis económica que se dilató bastantes años en el tiempo. Ahora bien, en el derecho laboral un trabajador, de por sí, se presume indefinido salvo que se demuestre lo contrario por determinadas circunstancias que no vienen al caso; más aún debería ser así en la administración pública donde se ocupan puestos de trabajo estructurales.
Dicho lo cual, y a título de opinión personal, las AAPP se han aprovechado de las reglas de juego utilizadas durante la época de crisis para ABUSAR de muchos de sus trabajadores, y me gustaría volver a remarcarlo, ABUSAR. El hecho de que en agosto o septiembre o cuando queráis, tengáis una vacante más o menos cerca de vuestra residencia, no quiere decir que no seáis trabajadores en situación de abuso de temporalidad; recordemos, en el derecho laboral está situación jamás se permitiría, y, además, sería gravemente sancionada. Lo que quiero decir con ello, es que no penséis que sois privilegiados porque estáis trabajando, para nada, la privilegiada es la administración, que sin sacar las plazas oportunas está cubriendo el servicio mediante el uso (o abuso) de miles de trabajadores disponibles en 3 días, para desplazar su hogar, familia, asumir X gastos extraordinarios, etc. etc.
Ahora bien, ¿qué hacemos entonces? El TJUE lo tiene claro, ni más procesos selectivos ni indemnizaciones ridículas compensan la situación de abuso que han generado las AAPP, abriendo la puerta a una posible fijeza.
¿Quiere decir por ello que se van a regalar plazas como caramelos y que ya no importan los sacrosantos principios de igualdad, mérito y capacidad? En mi humilde opinión, no es así por diversos motivos. En primer lugar, no hay que olvidar que, en vuestro caso, para ser interino se ha tenido que pasar un proceso selectivo (a excepción de casos excepciones como bolsas extraordinarias, etc.); por tanto, no le veo sentido que una persona en la que se ha presentado a, por ejemplo, 5 oposiciones, aprobándolas, sacando buenas notas, etc. No haya sacado plaza porque en la mayoría de ellas la oferta de plazas ha sido ridícula, porque hay un tapón bestial de personal con tiempo de servicio generado durante lustros, porque caíste en el tribunal equivocado (ya conocéis el magnífico sistema selectivo que tenéis, eso sí que cumple los principios de igualdad, mérito y capacidad), etc. Y luego una persona que estuvo en el lugar idóneo, en el momento idóneo, estudió 4 meses y como había tropecientas plazas por cuestiones electoralistas o de otra índole, entró esa persona y hasta el último mono... ¿Dónde está ahí el mérito y la capacidad? En segundo lugar, la Constitución Española contempla la posibilidad de medidas extraordinarias para casos de desigualdad; por ejemplo, las personas con discapacidad tienen una vía diferente de acceso, precisamente para garantizar esa igualdad. ¿Un interino que lleva años dando vueltas, con familia evidentemente porque tiene que vivir y no puede estar eternamente hipotecando su vida con oposiciones, está en igualdad con una chaval recién salido de la carrera, en su casa, con sus padres y una Fanta encima de la mesa mientras tiene todo el día para estudiar? Por favor, seamos serios. Además, se ha podido llevar a cabo un concurso extraordinario de méritos sin un proceso selectivo y ya nadie se pregunta si es anticonstitucional...
Personalmente, considero que todo aquel funcionario interino que haya prestado servicios durante más de tres años, y haya pasado un proceso selectivo previo que haya superado, debe ser considerado funcionario de carrera. No obstante, no considero que deba ser así para personas que han entrado por bolsas extraordinarias o de alguna otra manera en la que no haya pasado un proceso selectivo previo.
¿Posibles soluciones? Los sindicatos tuvieron su oportunidad con la nefasta Ley de estabilización, que siguen defendiendo aunque sea palmario que no está teniendo los efectos esperados; han sido cómplices y, a la vez, han actuado negligentemente en una ley que no hay por donde cogerla. ¿Estabilizando aspirantes? ¿Procesos selectivos de estabilización abiertos? En fin... Es curioso que haya casos en los que hayan personas estabilizadas con muy poco tiempo de servicio o ninguno, porque, una vez más, cayeron en el tribunal X o se presentaron en una especialidad en la que pocos interinos pudieron estudiar por sus circunstancias personales, etc. Y qué decir de todas aquellas CCAA donde no existen plazas de estabilización, o son claramente insuficientes. Un nuevo reflejo de la incompetencia de las personas responsables... Pobres funcionarios interinos de Canarias...
En lo concerniente al aspecto económico, no le veo mayor problema. La mayor parte de los funcionarios interinos en situación de abuso ya están trabajando, es decir, no genera ningún coste adicional. Mucho más gravoso será tener que indemnizar, o si algún día a alguno/a se le ocurre reclamar responsabilidad patrimonial a la administración, ahí sí que podrán tener un sobrecoste importante...
En conclusión, la realidad es que las AAPP españolas tienen una patata caliente importante, mucho más de lo que pensáis, a la UE le importa muy poco tu Constitución o tus problemas políticos y/o sindicales, únicamente le importa que haya una sistemas de relaciones laborales propio de Europa, no de África. Y le toca al estado legislar sobre la materia, sería lo correcto y responsable. Y si no lo hacen, se abriría la vía de denuncias masivas de todos los funcionarios interinos en fraude de ley, y entonces añadimos un problema más a la ecuación, los tribunales más saturados de lo que están. Podrán pasar 1, 2 o 3 años, pero lo que tengo claro es que el status quo actual tiene fecha de caducidad.
Un abrazo y mucho ánimo para tod@s que os encontráis en esta situación
Podría estar de acuerdo, salvo en una cosa. Las bolsas extraordinarias se abren por necesidades de la administración, y el personal que entra en el sistema por ellas, cumple todos y cada uno de los requisitos, siendo ordenado por los criterios que fija la propia administración y sometiéndose a ellos. Así que en mi opinión tienen el mismo derecho que quienes se presentaron y, por suerte, capacidad u otra causa, aprobaron mínimo una prueba de las opos. Pero yo iría más allá . Por qué no abrimos el melón de los méritos y capacidad , una vez dentro del sistema. Todos en mayor o menor medida estamos (yo lo estoy) de ver gente con plaza e interinos desempeñando sus funciones docentes en los centros educativos -digamos-, de forma poco ortodoxa, o poco adecuada. Para cuándo un régimen que sea justo en el acceso, y que también penalice a quien se cree que ha ganado la lotería y no trabaja, dejando con el culo al aire al resto. El principal problema de la educación en este país, como también pasa en otros gremios ya, es la falta de vocación, y por ende, la cantidad de personas que con su mala praxis laboral contribuyen al deprecio de la profesión. Obviamente una de las soluciones que se ocurren es la económica. Castigo a quien se escaquea, tocarle el bolsillo, suele funcionar. En la empresa privada es así. Y no pasa nada. Si entras porque apruebas las oposiciones demuestra que eres un buen docente. A mí no me sirve el actual proceso selectivo para encontrar buenos profesores y maestros. Me sirve el día a día en el aula. El desempeño. El MIR educativo. Llamarlo como queráis. Pero eso sí que sería justo. Que quienes ocupen las plazas sean aquellas personas a las que les gusta, y que hacen bien, su trabajo. El resto estaría mejor en Mercadona. Polémicas palabras, la verdad que sí, hay mala praxis (no generaliza obviamente), pero que queda oculta por x motivos y la patata va pasando de compañero en compañero, hasta diluirse las responsabilidades.
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"Lo que quieren es dividir: no es una pelea entre funcionarios de carrera y opositores, es contra la administración" - Ana Dueñas.
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« Respuesta #1099 : 09/Abr/2024~09:11 » |
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