Buenas,
La comisión te la conceden simplemente adjuntando el reconocimiento del 65% o más de discapacidad y el empadronamiento conjunto.
En el caso de que no tuviese reconocimiento de discapacidad oficial, es decir, que tuviese reconocida la dependencia, ahí sí necesitarías demostrar que eres tú quien lo atiende. En caso de discapacidad reconocida, simplemente con el informe te sirve para esa comisión A2.
Saludos.
Una duda, en la orden exigen como documentación para A2 el certificado de discapacidad y el libro de familia ¿es necesario también el empadronamiento?