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« : 01/Ago/2021~11:11 » |
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Buenas tardes compañeros. Tengo previsto renunciar en las vacantes definitivas de agosto, y tengo muchas dudas. A priori no se puede , ya que te quedas fuera de la bolsa, o el último, que para el caso es lo mismo, si no es por causa justificada, como cuidar a un niño menor de 3 años. Yo ya lo hice en su día, y no tuve problema. Pero según la nueva orden de 10 de junio del 2020, en el artículo 51, punto d dice que si tienes a tu cargo un familiar que no se puede valer por sí solo puedes renunciar, en este caso un niño pero ya de más de 3 años. El caso es que preguntado en sindicatos , dicen que se puede echar esa excepción, pero te la pueden aceptar o no, y si es que no, TE QUEDAS FUERA. ¿¿¿Conocéis a alguna persona que se la hayan aceptado??? Suerte en las definitivas todos
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« Respuesta #1 : 04/Ago/2021~07:27 » |
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Nadie sabe nada? Ahora que han salido las definitivas supongo que os planteareis alguno renunciar
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« Respuesta #2 : 04/Ago/2021~08:29 » |
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Hola, yo estoy igual que tú. Presente la documentación para el punto 2.4 por cuidado de un familiar y me fue aceptada como en años anteriores pero me han dado a la primera provincia y a dos horas de aquí por lo que a efectos de posibilidad de renuncia estoy igual. Mi pregunta es, si renuncio por este hecho que además está reconocido, la situación para el próximo curso cuál es? Hay posibilidad de volver a trabajar? Gracias
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La tierra no es una herencia de nuestros padres...sino un prstamo de nuestros hijos. Gloria Fuertes.
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« Respuesta #3 : 04/Ago/2021~14:12 » |
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« Respuesta #4 : 04/Ago/2021~14:58 » |
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Esta mañana hablé con el sindicato y parece ser que se puede renunciar a vacante por causa justificada en el apartado 51. 52 y siguientes de la orden del 10 de junio, lo explica y en que supuestos se puede hacer. Igualmente la situación a la que pasaríamos sería a la de inactivos y solo puede renunciarse una vez por curso escolar. Te puedes dar de alta 10 días antes de finalizar el primer trimestre, para lo que pasaríamos a situación de activos en Sipri el 7 de enero, y optar a los puestos ofrecidos dentro de la provincia. Este supuesto es viable aunque claro, hay que tener en cuenta que en la bolsa te adelantan muchos y que no cobras hasta febrero, si es sustitución lo que enganches, porque si tienes la suerte de coger vacante cobrarías a finales de enero.
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« Respuesta #5 : 04/Ago/2021~15:21 » |
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¿Y sabes qué pasa si renuncias sin justificación?
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« Respuesta #6 : 04/Ago/2021~15:55 » |
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Durante esos meses de renuncia es posible cobrar el paro?
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No vengas a rezar a mi escuela y yo no iré a pensar a tu iglesia.
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« Respuesta #7 : 04/Ago/2021~22:40 » |
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Hola EsterB, lo primero desear q el niño esté bien. No sé exactamente cuál es tu caso pero te cuento el mío x si te sirve: Yo tengo un hijo de 6 años dependiente debido a una enfermedad y este año me enteré por otra mamá en situación parecida q existe una "ayuda por hijo menor con enfermedad grave" q podemos pedir siempre que tengamos vacante. La ayuda consiste en una reducción del 50% o 99% de la jornada (eso lo decide el comité médico cuando lo solicitas) y aparece en el Anexo I de permisos y licencias. Yo tengo la reducción del 99% y me cuenta el tiempo de servicio y cobro el 100%, pq realmente es como una baja médica, sólo q no eres tú la q está enferma, sino tu hijo.
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La vida es eso que pasa mientras yo estudio oposiciones
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« Respuesta #8 : 05/Ago/2021~12:48 » |
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Yo estoy al cuidado de mi madre, que es mayor y tiene diagnóstico y tratamiento contra la depresión. Me han concedido un destino a dos horas de casa. ¿Puedo alegarlo para renunciar al destino? ¿Qué documentación he de aportar? Muchas gracias.
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« Respuesta #9 : 05/Ago/2021~15:22 » |
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Hola EsterB, lo primero desear q el niño esté bien. No sé exactamente cuál es tu caso pero te cuento el mío x si te sirve: Yo tengo un hijo de 6 años dependiente debido a una enfermedad y este año me enteré por otra mamá en situación parecida q existe una "ayuda por hijo menor con enfermedad grave" q podemos pedir siempre que tengamos vacante. La ayuda consiste en una reducción del 50% o 99% de la jornada (eso lo decide el comité médico cuando lo solicitas) y aparece en el Anexo I de permisos y licencias. Yo tengo la reducción del 99% y me cuenta el tiempo de servicio y cobro el 100%, pq realmente es como una baja médica, sólo q no eres tú la q está enferma, sino tu hijo.
Buenas Carolina No es mi caso, afortunadamente. Estoy pensando en renunciar pero ya por unos problemas de espalda que tengo, ya que me han comentado que por mi hijo solo vale si es menor de 3 años. Siento mucho lo de tu niño, y ojalá se ponga bueno muy pronto. Mucho ánimo, compi
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« Respuesta #10 : 05/Ago/2021~15:29 » |
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Esta mañana hablé con el sindicato y parece ser que se puede renunciar a vacante por causa justificada en el apartado 51. 52 y siguientes de la orden del 10 de junio, lo explica y en que supuestos se puede hacer. Igualmente la situación a la que pasaríamos sería a la de inactivos y solo puede renunciarse una vez por curso escolar. Te puedes dar de alta 10 días antes de finalizar el primer trimestre, para lo que pasaríamos a situación de activos en Sipri el 7 de enero, y optar a los puestos ofrecidos dentro de la provincia. Este supuesto es viable aunque claro, hay que tener en cuenta que en la bolsa te adelantan muchos y que no cobras hasta febrero, si es sustitución lo que enganches, porque si tienes la suerte de coger vacante cobrarías a finales de enero.
Yo también pregunté ayer en ANPE pero me dijeron que no puedes trabajar en todo el curso, y no tienes opción a activarte cuando comience el segundo trimestre. Eso sí, tienes opción a paro. Pero mi duda a la hora de echar la renuncia consiste en qué pasaría si no te aceptan los motivos, ya que has renunciado a tu vacante, y se supone que vas fuera. Los motivos por enfermedad propia son muy ambiguos, ya que depende de la persona que coja tu solicitud, te la acepta o no. Me gustaría saber de alguien que lo haya hecho para asegurarnos bien. Tú vas a hacerlo, Tenshi? He visto que eres de Granada como yo
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« Respuesta #11 : 05/Ago/2021~15:30 » |
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Yo estoy al cuidado de mi madre, que es mayor y tiene diagnóstico y tratamiento contra la depresión. Me han concedido un destino a dos horas de casa. ¿Puedo alegarlo para renunciar al destino? ¿Qué documentación he de aportar? Muchas gracias.
Puedes hacerlo sin problema, libro de familia y adjuntas también informes médicos
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« Respuesta #12 : 05/Ago/2021~16:58 » |
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A ver mi caso no sé si es igual. Yo ya tenía reconocido el punto 2.4 en la colocación con toda la documentación aportada. El tema es que, en el caso de un menor de tres años, si el niño cumple los 3, un suponer, en noviembre, se entiende que esa situación queda extinta y deberías poder pasar a situación de activo en el segundo trimestre. Pero el caso de cuidar un familiar al que no puedes trasladar a un pueblo que queda incomunicado en invierno, a 2 horas de tu casa, como haces ? Creo que o te dejan trabajar o que te dejen cobrar cuanto menos el paro. Algo imagino que se puede hacer. He escrito en Sipri pero no me han respondido. En Delegación me cogen el teléfono, y los sindicatos, al parecer, unos dicen una cosa y otros otra. Entiendo que si te aceptan la renuncia no tienes que ir a ocupar tu puesto, pero si no te la aceptan, imagino que lo tienes que ocupar (no se tiene que perder en tal caso), no sé si me explico. Perdona.
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« Respuesta #13 : 05/Ago/2021~17:40 » |
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He vuelto a leer los apartados 51, 52 y siguientes de la Orden 10 de Junio de 2020. Para evitar interpretaciones que puedan parecer subjetivas, os invito a todos los que queréis alegar alguna circunstancia, ya sea cuidado de hijos menores, familiares, enfermedad propia o lo que fuere, a que lean solo estos apartados, que son muy clarificadores y orientan de manera legal sobre los mismos. Los sindicatos, ya me demostraron hace años que, en ellos hay personas que también se equivocan, o no saben interpretar lo que leen. A mí en aquella ocasión ni me ayudaron ni me orientaron y por mi cuenta encontré una salida más valida. Lo importante es ayudarnos unos a otros y que encontremos una salida a este desastre que se repite año tras año.
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« Respuesta #14 : 05/Ago/2021~17:43 » |
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Si se renuncia a la vacante por cuidado de un hijo menor de 3 años se puede pedir paro?
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« Respuesta #15 : 05/Ago/2021~17:58 » |
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Si se renuncia a la vacante por cuidado de un hijo menor de 3 años se puede pedir paro? [/quo Site]
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« Respuesta #16 : 05/Ago/2021~21:28 » |
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Si se renuncia a la vacante por cuidado de un hijo menor de 3 años se puede pedir paro?
Yo conozco gente que sí ha cobrado el paro en este caso.
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« Respuesta #17 : 05/Ago/2021~22:04 » |
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Si se renuncia a la vacante por cuidado de un hijo menor de 3 años se puede pedir paro?
Yo conozco gente que sí ha cobrado el paro en este caso. Tengo la misma pregunta . Mi permiso de maternidad no finaliza hasta Octubre y estoy pensando en dejarlo perder y renunciar ahora a mi vacante informatizada por cuidado hijo menor de 3 años por miedo a que en Octubre no pueda cobrar paro . Alguien sabe??? Gracias
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« Respuesta #18 : 06/Ago/2021~15:30 » |
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Si se renuncia a la vacante por cuidado de un hijo menor de 3 años se puede pedir paro?
Yo conozco gente que sí ha cobrado el paro en este caso. Tengo la misma pregunta . Mi permiso de maternidad no finaliza hasta Octubre y estoy pensando en dejarlo perder y renunciar ahora a mi vacante informatizada por cuidado hijo menor de 3 años por miedo a que en Octubre no pueda cobrar paro . Alguien sabe??? Gracias A ver, creo que sí que tienes derecho a desempleo, piensa que no es que no quieras trabajar es que tus circunstancias te lo impiden, por lo tanto, ni te excluyen de la bolsa, conservas tu antigüedad y sé de gente que cobró el paro tras una renuncia por cuidado de hijos menores de 3 años. Eso sí, tú cuando vayas al SEPE, rellenas tus papeles y no des explicaciones, y que la solicitud siga su curso.
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« Respuesta #19 : 08/Ago/2021~20:51 » |
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Hola, yo he renunciado a una vacante en agosto por cuidado de una persona mayor dependiente. Sabéis cuánto tiempo tardan en dar respuesta y como lo hacen? Listas, llamada telefónica....? Y si es necesario incorporarse al centro si no nos notifican nada a lo largo de agosto?
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