Buenas. En las instrucciones de 7 de junio de 2018 viene lo siguiente, en la instrucción octava:
"1. Tendrá la consideración de profesorado participante en la enseñanza bilingüe y vendrá obligado a
asumir dichas enseñanzas, además del profesorado de áreas lingüísticas que imparta en los grupos bilingües
L1, L2 o L3, el profesorado de ANL cuya especialidad se encuentre entre las incluidas en el Anexo IV de la
Orden de 28 de junio de 2011, que esté ocupando puesto de carácter bilingüe e impartiendo enseñanza
bilingüe."
Entiendo que si, que si imparte lengua extranjera tiene que dar bilingüe.
Primero, gracias por contestar .Pero,si no tiene el b2 , entonces si es así podría presentarse en el concurso de traslado por primaria bilingüe inglés,no?