Avanzad@
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Registro:29/Abr/2012~17:59
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« : 05/Jun/2018~08:30 » |
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Según esta ley: Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centro públicos específicos de educación especial.
Titulo II Artículo 7. Funciones y deberes del profesorado g) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.Tengo que promocionarla, organizarla, preparar la coreografía, el baile, la decoración y estar presente en la fiesta sea el día que sea y a la hora que sea...
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Pata Negra
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« Respuesta #1 : 05/Jun/2018~08:39 » |
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¿Es una fiesta lúdica una actividad complementaria?¿O es una actividad extraescolar?.Creo que según se responda puede ser obligatoria o no.
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Avanzad@
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Registro:29/Abr/2012~17:59
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« Respuesta #2 : 05/Jun/2018~10:05 » |
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Pues no sé cómo clasificarla. Se trata de una graduación un martes a las 20:00 y una fiesta con sus bailes y coreografías el jueves a las 20:00.
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Avanzad@
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Registro:22/May/2018~14:38
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« Respuesta #3 : 05/Jun/2018~11:09 » |
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Pues no sé cómo clasificarla. Se trata de una graduación un martes a las 20:00 y una fiesta con sus bailes y coreografías el jueves a las 20:00.
Yo creo que no es obligatorio estando fuera del horario lectivo.
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Avanzad@
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Registro:01/Jun/2009~17:13
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« Respuesta #4 : 05/Jun/2018~11:17 » |
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Eso son actividades extra-escolares y no complementarias y por tanto no tienes obligación de asistir.
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bokepasa
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Pata Negra
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Registro:09/Feb/2008~19:44
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« Respuesta #5 : 05/Jun/2018~14:44 » |
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Una actividad complementaria como su nombre indica complementa el currúculo,pero una graduación y un baile nada tiene que ver con ello,es una actividad festiva extraescolar y si encima es por la noche no sería obligatorio asistir.
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Veteran@
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Registro:27/Ene/2011~13:21
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« Respuesta #6 : 05/Jun/2018~15:56 » |
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Si está en el plan de centro es obligatoria. Lo que no comprendo es la manía de obligar, si quieres vas o no vas, pero no me parece ético que obliguen.
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Pata Negra
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Registro:29/Nov/2010~18:04
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« Respuesta #7 : 05/Jun/2018~17:04 » |
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Si está en el plan de centro es obligatoria. Lo que no comprendo es la manía de obligar, si quieres vas o no vas, pero no me parece ético que obliguen.
No todo lo que esté en un Plan de Centro ha de ser legal....y una fiesta de fin de curso hecha mas allá de las 20 horas está hasta fuera de horario extraescolar. TAMPOCO PUEDEN OBLIGAR
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Pata Negra
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Registro:29/Nov/2010~18:04
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« Respuesta #8 : 05/Jun/2018~17:24 » |
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Consejería de Educación Orden de 17 abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar.
CAPÍTULO V
Utilización de las instalaciones de los centros docentes públicos fuera del horario escolar
Artículo 26. Utilización de las instalaciones de los centros docentes públicos.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 6/2017, de 16 de enero, las instalaciones deportivas y recreativas de los colegios de educación infantil y primaria, de los centros públicos específicos de educación especial y de los institutos de educación secundaria, así como otras que lo permitan, en tanto que no se altere el normal funcionamiento y la seguridad de los centros, podrán permanecer abiertas para su uso público hasta las 20:00 horas en los días lectivos y de 08:00 a 20:00 horas durante todos los días no lectivos del año, a excepción del mes de agosto.
2. Para posibilitar lo establecido en el apartado 1, será necesario un proyecto elaborado por el centro docente, por la asociación de madres y padres del alumnado del centro, por entidades locales o por entidades sin ánimo de lucro, para la realización de actividades educativas, culturales, artísticas, deportivas o sociales.
3. El proyecto describirá la actividad a realizar, su finalidad y desarrollo, la persona o personas físicas responsables, las dependencias, incluidas las instalaciones deportivas a utilizar, así como los días y horas para ello.
4. Las personas solicitantes asumirán, en el proyecto que presenten, la responsabilidad de asegurar el normal desarrollo de la actividad propuesta, garantizarán las medidas necesarias de control de las personas que participarán en la actividad y del acceso al centro, así como la adecuada utilización de las instalaciones.
5. Las personas solicitantes sufragarán los gastos originados por la utilización de las instalaciones del centro, así como los que se originen por posibles deterioros, pérdidas o roturas en el material, instalaciones o servicios y cualquier otro que se derive directa o indirectamente de la realización de la actividad.
6. Los proyectos presentados junto a la solicitud serán remitidos a la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación antes del 20 de mayo de cada año, previo informe del Consejo Escolar del centro, junto con la solicitud que se acompaña como Anexo VI a la presente Orden.
7. Los proyectos presentados serán aprobados por Resolución de la Dirección General competente en materia de planificación educativa, previo informe, a través del sistema de información Séneca, de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación.
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Avanzad@
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Registro:24/Mar/2011~17:30
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« Respuesta #9 : 06/Jun/2018~06:30 » |
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Yo no iría. Nadie puede obligarte a que te desplaces de tu domicilio fuera de tu horario. Es de sentido común.
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Avanzad@
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Registro:22/May/2018~14:38
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« Respuesta #10 : 06/Jun/2018~07:31 » |
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Yo no iría. Nadie puede obligarte a que te desplaces de tu domicilio fuera de tu horario. Es de sentido común.
Yo me tengo q hacer 160km extra(ida y vuelta) o quedarme 7 horas pa un baile de 4 minutos...ademas como no cabemos en el teatro del pueblo hay q hacer turnos y vamos en dos dias...iban a ser 3 pero se ve q jugaba España el mundial y como va a ser ese día se nos está yendo de las manos...y la graduación de sexto el sabado 23 a 20.30h Pues vaya plan! Si que se está yendo de las manos y que ganas de complicarse la vida. Como le pase algo a alguien... no creo que ningún seguro del centro ni de Delegación cubra eso.
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Pata Negra
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Registro:15/Jul/2009~12:45
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Aquí me planto
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« Respuesta #11 : 06/Jun/2018~08:44 » |
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Pero bueno, vamos a ver...
Yo es que os leo y alucino.
Que no, que nadie puede obligar a hacer nada fuera de horario.
Y si es así, se lo pedís por escrito y vais a la inspección.
Jolín, si el claustro no se planta se planta uno, que no pasa nada, que hay que sacar pecho, hombre...
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No quiero ser maestra de nada, me conformaría con ser una lección de algo. Gloria Fuertes
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Avanzad@
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Registro:24/Mar/2011~17:30
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« Respuesta #12 : 07/Jun/2018~06:55 » |
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Pero bueno, vamos a ver...
Yo es que os leo y alucino.
Que no, que nadie puede obligar a hacer nada fuera de horario.
Y si es así, se lo pedís por escrito y vais a la inspección.
Jolín, si el claustro no se planta se planta uno, que no pasa nada, que hay que sacar pecho, hombre...
Olé, así se habla. No se puede vivir con miedo. Yo me he opuesto en varias ocasiones a pasar por ese aro.
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Avanzad@
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Registro:22/May/2018~14:38
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« Respuesta #13 : 07/Jun/2018~07:32 » |
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Consejería de Educación Orden de 17 abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar.
CAPÍTULO V
Utilización de las instalaciones de los centros docentes públicos fuera del horario escolar
Artículo 26. Utilización de las instalaciones de los centros docentes públicos.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 6/2017, de 16 de enero, las instalaciones deportivas y recreativas de los colegios de educación infantil y primaria, de los centros públicos específicos de educación especial y de los institutos de educación secundaria, así como otras que lo permitan, en tanto que no se altere el normal funcionamiento y la seguridad de los centros, podrán permanecer abiertas para su uso público hasta las 20:00 horas en los días lectivos y de 08:00 a 20:00 horas durante todos los días no lectivos del año, a excepción del mes de agosto.
2. Para posibilitar lo establecido en el apartado 1, será necesario un proyecto elaborado por el centro docente, por la asociación de madres y padres del alumnado del centro, por entidades locales o por entidades sin ánimo de lucro, para la realización de actividades educativas, culturales, artísticas, deportivas o sociales.
3. El proyecto describirá la actividad a realizar, su finalidad y desarrollo, la persona o personas físicas responsables, las dependencias, incluidas las instalaciones deportivas a utilizar, así como los días y horas para ello.
4. Las personas solicitantes asumirán, en el proyecto que presenten, la responsabilidad de asegurar el normal desarrollo de la actividad propuesta, garantizarán las medidas necesarias de control de las personas que participarán en la actividad y del acceso al centro, así como la adecuada utilización de las instalaciones.
5. Las personas solicitantes sufragarán los gastos originados por la utilización de las instalaciones del centro, así como los que se originen por posibles deterioros, pérdidas o roturas en el material, instalaciones o servicios y cualquier otro que se derive directa o indirectamente de la realización de la actividad.
6. Los proyectos presentados junto a la solicitud serán remitidos a la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación antes del 20 de mayo de cada año, previo informe del Consejo Escolar del centro, junto con la solicitud que se acompaña como Anexo VI a la presente Orden.
7. Los proyectos presentados serán aprobados por Resolución de la Dirección General competente en materia de planificación educativa, previo informe, a través del sistema de información Séneca, de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación.
Ésto se hace realmente?
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Pata Negra
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Registro:29/Nov/2010~18:04
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« Respuesta #14 : 07/Jun/2018~08:39 » |
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Consejería de Educación Orden de 17 abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar.
CAPÍTULO V
Utilización de las instalaciones de los centros docentes públicos fuera del horario escolar
Artículo 26. Utilización de las instalaciones de los centros docentes públicos.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 6/2017, de 16 de enero, las instalaciones deportivas y recreativas de los colegios de educación infantil y primaria, de los centros públicos específicos de educación especial y de los institutos de educación secundaria, así como otras que lo permitan, en tanto que no se altere el normal funcionamiento y la seguridad de los centros, podrán permanecer abiertas para su uso público hasta las 20:00 horas en los días lectivos y de 08:00 a 20:00 horas durante todos los días no lectivos del año, a excepción del mes de agosto.
2. Para posibilitar lo establecido en el apartado 1, será necesario un proyecto elaborado por el centro docente, por la asociación de madres y padres del alumnado del centro, por entidades locales o por entidades sin ánimo de lucro, para la realización de actividades educativas, culturales, artísticas, deportivas o sociales.
3. El proyecto describirá la actividad a realizar, su finalidad y desarrollo, la persona o personas físicas responsables, las dependencias, incluidas las instalaciones deportivas a utilizar, así como los días y horas para ello.
4. Las personas solicitantes asumirán, en el proyecto que presenten, la responsabilidad de asegurar el normal desarrollo de la actividad propuesta, garantizarán las medidas necesarias de control de las personas que participarán en la actividad y del acceso al centro, así como la adecuada utilización de las instalaciones.
5. Las personas solicitantes sufragarán los gastos originados por la utilización de las instalaciones del centro, así como los que se originen por posibles deterioros, pérdidas o roturas en el material, instalaciones o servicios y cualquier otro que se derive directa o indirectamente de la realización de la actividad.
6. Los proyectos presentados junto a la solicitud serán remitidos a la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación antes del 20 de mayo de cada año, previo informe del Consejo Escolar del centro, junto con la solicitud que se acompaña como Anexo VI a la presente Orden.
7. Los proyectos presentados serán aprobados por Resolución de la Dirección General competente en materia de planificación educativa, previo informe, a través del sistema de información Séneca, de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación.
Ésto se hace realmente? No, no se hace porque en los Claustros nadie plasma en los morros de Equipo Directivo y maestr@s con vocación de showman esta normativa al respecto
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« Respuesta #15 : 07/Jun/2018~09:19 » |
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Los colegios de pueblos tienen su particular cortijo en el que el equipo directivo hace y obedece lo que dicta el AMPA y como tu digas que no estas conforme o no estas de acuerdo te enfilan y puedes acabar mal. La dura realidad de algunos centros.
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Vuela amig@, vuela alto porque cuando vuelas muy bajo la gente tira a matar...
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Pata Negra
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« Respuesta #16 : 07/Jun/2018~12:13 » |
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Los colegios de pueblos tienen su particular cortijo en el que el equipo directivo hace y obedece lo que dicta el AMPA y como tu digas que no estas conforme o no estas de acuerdo te enfilan y puedes acabar mal. La dura realidad de algunos centros.
Cierto de la muerte
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Avanzad@
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Registro:22/May/2018~14:38
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« Respuesta #17 : 07/Jun/2018~14:36 » |
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Los colegios de pueblos tienen su particular cortijo en el que el equipo directivo hace y obedece lo que dicta el AMPA y como tu digas que no estas conforme o no estas de acuerdo te enfilan y puedes acabar mal. La dura realidad de algunos centros.
Estas cosas son las que todo el mundo debería repudiar, el que enfilen a alguien y le hagan la vida imposible. Es un delito. Hay una doble moral en los centros en los que no repudian estas cosas y, luego, se echan las manos a la cabeza con la violencia de género. Es violencia ambas cosas y un delito. A ver cuando desde la administración se mete mano a estas cosas.
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« Respuesta #18 : 07/Jun/2018~14:59 » |
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Noila te puedo de hablar de algunos casos concretos ocurridos en centros andaluces y la victima otro u otra docente es la que se ha tenido que ir de dicho centro escolar porque le hacian la vida imposible por parte del equipo directivo y otros compañeros. Muy triste y duro que se permitan cosas asi por parte de docentes que educan a niños que son el futuro de la sociedad pero esa es la realidad que se vive en algunos centros escolares y que incluso algunos sindicatos conocen de buena tinta. Y lo triste de todo es que eso se queda impune y esa gente sigue adueñada de esos centros escolares. Por lo tanto, si te dicen que debes estar en la fiesta de curso no te queda otra que tragar y decir que estas de acuerdo en el caso de que sigas en ese centro escolar los próximos años.
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Vuela amig@, vuela alto porque cuando vuelas muy bajo la gente tira a matar...
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Pata Negra
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« Respuesta #19 : 07/Jun/2018~15:09 » |
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Noila te puedo de hablar de algunos casos concretos ocurridos en centros andaluces y la victima otro u otra docente es la que se ha tenido que ir de dicho centro escolar porque le hacian la vida imposible por parte del equipo directivo y otros compañeros. Muy triste y duro que se permitan cosas asi por parte de docentes que educan a niños que son el futuro de la sociedad pero esa es la realidad que se vive en algunos centros escolares y que incluso algunos sindicatos conocen de buena tinta. Y lo triste de todo es que eso se queda impune y esa gente sigue adueñada de esos centros escolares. Por lo tanto, si te dicen que debes estar en la fiesta de curso no te queda otra que tragar y decir que estas de acuerdo en el caso de que sigas en ese centro escolar los próximos años.
Nueva, y tristemente, cierto de la muerte. Pero hay formas de no claudicar y arrodillarse ante esto
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