gragongo se refería al anteproyecto de los Presupuestos Generales de Estado, que tienen previsto presentar a finales de este mes.
No creo que sirva (Méndez de Vigo puede decir misa, creo que la legislación es como es), porque en el decreto que se apruebe con la OPE debería aparecer la ley de PGE en la que te basas para validar la OPE. Ejemplo:
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"Para el cómputo de las plazas ofertadas se ha tenido en consideración lo establecido en el artículo 20.Uno.2 y 4 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, y en el artículo 13.1 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, respecto a la aplicación del porcentaje de la tasa de reposición, fijado en un máximo del 100%, constando el informe favorable de la Consejería de Hacienda y Administración Pública."
Para el caso de Andalucía, como lo transmite la Junta, es mediante prórroga de la Ley 48/2015 (PGE 2016) y de su propia Ley de Presupuestos ya aprobada. Pero como no existen precedentes, queda a criterio de cada uno: parece mayoritaria la idea de que a una prórroga no se pueden acoger, por lo que transmiten las diferentes comunidades autónomas (inseguridad jurídica).
El otro caso sería el famoso RD que sustituyese a esta Ley, que tampoco lo contemplan desde Hacienda. (En la OPE de 2016 constaba un informe favorable de la Consejería de Hacienda, no del Ministerio, ojo).