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Foro de Maestros25 > FORO MAESTROS Y PROFESORES > Interinos-Maestros > Tema: Días de asuntos propios
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Autor Tema: Días de asuntos propios  (Leído 7422 veces)
0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.
mariamusic
  

Nuev@

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Días de asuntos propios
« : 09/Sep/2016~16:26 »


Quería saber si tenemos derecho los interinos con vacante a días de asuntos propios y qué repercusiones podría tener.

Muchas gracias.
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zeronter
  

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #1 : 09/Sep/2016~16:29 »

Lo interinos no tienen esos días.
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Vuela amig@, vuela alto porque cuando vuelas muy bajo la gente tira a matar...
yoli_eco
  

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #2 : 09/Sep/2016~17:35 »

10. PERMISOS POR ASUNTOS PARTICULARES RETRIBUIDOS.
Dadas las características especiales del calendario y la jornada escolar, los permisos por asuntos particulares retribuidos a que se refiere el artículo 48.k) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la redacción dada por la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, podrá disfrutarlos el personal docente en los períodos no lectivos del referido calendario escolar.
En tales períodos, las personas titulares de las direcciones de los centros o responsables de los servicios educativos podrán conceder hasta un máximo de cuatro días en cada curso académico, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula séptima del Acuerdo de 9 de julio de 2013. El permiso, cuyo disfrute estará condicionado a las necesidades del servicio educativo, será, en todo caso, proporcional al período trabajado en el correspondiente curso académico.
Las personas titulares de las direcciones de los centros o responsables de los servicios educativos podrán denegar el disfrute de este permiso en los días en que los centros tengan programadas actividades relacionadas con la evaluación del alumnado o con la preparación del curso académico.

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"Mientras dudas que ser, puedes llegar a no ser nada"
mariamusic
  

Nuev@

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #3 : 09/Sep/2016~17:49 »

Con lo cual...podríamos dedicar un día a asuntos propios y no nos pagarían ese día, verdad?

Gracias.
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yoli_eco
  

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #4 : 09/Sep/2016~18:12 »

No he conseguido localizar que el permiso por ASUNTOS PARTICULARES RETRIBUIDOS excluya al personal interino, al nombrar en general al PERSONAL DOCENTE.

Sí lo menciona de manera explícita en el permiso por Asuntos Particulares sin Retribución, el cual no podrán disfrutar ni interinos ni laborales.

En cualquier caso, debe solicitarse en forma y plazo adecuados, se disfruta en días no lectivos, sin alumnos ni reuniones, y son un máximo de 4 días en el curso escolar, sin descuento de ninguna retribución. (te pagan esos días)

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"Mientras dudas que ser, puedes llegar a no ser nada"
lamini19_80
  

Nuev@

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #5 : 09/Sep/2016~19:00 »

Efectivamente,los interinos sí podemos coger esos días de asuntos propios retribuidos porque el curso pasado los cogimos todos los compañeros del cole excepto la directora.
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mariamusic
  

Nuev@

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #6 : 09/Sep/2016~19:20 »

Pero yo lo quiero coger un día a finales de septiembre que es día lectivo...no podría? ? Aunque no me.paguen ese día? ?

Gracias.
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lamini19_80
  

Nuev@

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #7 : 09/Sep/2016~19:52 »

Cita de: mariamusic en 09/Sep/2016~19:20
Pero yo lo quiero coger un día a finales de septiembre que es día lectivo...no podría? ? Aunque no me.paguen ese día? ?

Gracias.
Si hay niños, no puedes cogerlo
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mariamusic
  

Nuev@

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #8 : 10/Sep/2016~09:09 »

Seguro que no hay ninguna probabilidad?!
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mariamusic
  

Nuev@

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #9 : 10/Sep/2016~12:30 »

?
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yoli_eco
  

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #10 : 10/Sep/2016~14:36 »

SOLO EN DÍAS NO LECTIVOS

Lo especifica la circular de permisos y licencias. Además queda supeditado también a la concesión por parte de la dirección....
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"Mientras dudas que ser, puedes llegar a no ser nada"
margary
  

Nuev@

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #11 : 11/Sep/2016~15:49 »

Y si es para ir al medico o para hacer algún examen oficial o algún motivo justificado, tampoco se puede coger???
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yoli_eco
  

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #12 : 11/Sep/2016~17:45 »

Cita de: margary en 11/Sep/2016~15:49
Y si es para ir al medico o para hacer algún examen oficial o algún motivo justificado, tampoco se puede coger???

Entrarían dentro de esas categorías de permiso  (si el motivo está contemplado como tal en la circular de permisos y se justifica debidamente). Y puedes ausentarte cualquiera que sea el día que se necesita, aunque algunos con matices.....la asistencia al médico por ejemplo se justifica por el tiempo imprescindible a la cita...

Si es por ejemplo para un examen oficial, o un deber inexcusable,....por citar algo, esos supuestos están debidamente especificados y desarrollados en la normativa.

Pero solicitarlo como Asunto Particular Retribuido es imposible en días lectivos.

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"Mientras dudas que ser, puedes llegar a no ser nada"
viky
  

Avanzad@
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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #13 : 09/Jun/2017~21:44 »

Se pueden solicitar cuando ya no hay clases.
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" San Judas Tadeo ", abogado en casos díficiles y desesperados.

Rezad con Fé.
teacherdonpablo
  

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #14 : 10/Jun/2017~13:42 »

Sí, cuando no hay clases. Yo lo cogi el año pasado siendo interino. No te quitan nada. Pero que no coincida con reuniones.
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pompita81
  

Nuev@

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #15 : 12/Jun/2017~21:49 »

Vaya tela. Nosotros en el cole no lo podemos coger porque supuestamente al director le han dicho que esos 4 días pertenecen a julio y no a junio o septiembre... ¿Hay algo que pueda hacer?
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Podrán cortar todas las flores, pero no podrán detener la primavera
viky
  

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Re: Días de asuntos propios
« Respuesta #16 : 12/Jun/2017~22:36 »

Corresponden del 23 al 30 de junio y en septiembre del 1 hasta el día que comienzan las clases. Son 4 días por curso escolar y parece que ya este curso según la ley son 5 días.
El personal laboral, estatutario... Ya los llevan disfrutando hace años sin problema.
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" San Judas Tadeo ", abogado en casos díficiles y desesperados.

Rezad con Fé.
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