Saludos a tod@s; últimamente estoy ausente de este foro debido a la cantidad de opiniones sin funfamento que se realizan.
El sindicato Ustea realiza un análisis de la última mesa sectorial donde aclara los funcionarios o funcionarias que podrían participar en el concursillo, todo ello según el texto del último borrador que posiblemente sea modificado en la próxima reunión del 24 de Febrero.
Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
Register or
Loginhttp://ustea.es/new/mesa-sectorial-24-de-febrero-2016-concursillo-oposiciones16-y-admision-de-alumnado-en-fp-inicial/
Saludos y por favor os pido leer los sindicatos o barradores y no realizar análisis personales no sujetos a lo que se está negociando, que bastante tenemos con los sindicatos y la CEJA.
Espera al 24 de febrero y el final de las restricciones. No lo tengo claro pero la disposición transitoria del último borrador comenta que no es
Disposición transitoria única. Se modifica la disposición transitoria única por la
siguiente:
“Disposición transitoria única. Participación del personal funcionario de carrera con destino
definitivo en los procedimientos de adjudicación de destinos provisionales.
1. El personal funcionario de carrera con destino definitivo podrá participar en el
procedimiento de adjudicación de destinos provisionales para el curso 2016/2017, cumpliendo el
requisito, respecto de las peticiones, que se establece en el apartado 3 del artículo 12 bis.
2. Al personal funcionario de carrera con destino definitivo le será de aplicación, de forma
progresiva, el requisito establecido en el apartado 1 del artículo 12 bis, a partir del curso 2016/2017.”
Ustea dice en el comunicado de la Mesa lo siguiente:
SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 24 DE MAYO DE 2011
USTEA recuerda que su posición desde el principio ha sido defender restricciones en la participación del personal definitivo en el proceso de colocación provisional. Entendemos el concursillo como una medida de conciliación para este colectivo, pero siempre formando parte de una serie de medidas de conciliación para todo el personal. En este sentido, el texto planteado por la CEJA nos parece más coherente que los anteriores, puesto que sujeta la participación en el citado concursillo al hecho de participar previamente en el concurso de traslados, y además no puede usarse para cambiar de cuerpo o especialidad.
La CEJA aclara que la obligación de haber concursado no tendría carácter retroactivo, tal y como indica la disposición transitoria única. Por otro lado, quienes estuvieran este curso en su primer destino definitivo, también podrían participar en el concursillo.Resumen: Vosotr@s mismos